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ESTÁNDAR PRIMARIO Y ESTÁNDAR SECUNDARIO En todos los países existe una normatividad propia o se sigue una serie de reglamentos establecidos por organismos internacionales, que son una guía, una referencia o una ley que deberá respetarse con relación a las características que deberá cumplir un agua que se considere como agua potable. Por agua potable se entiende como aquella que proviene de una fuente de suministro y que deberá cumplir en sus características y composición con lo que establece la normatividad. En caso de que el agua no cumpla con uno o más de los parámetros establecidos por la norma, el organismo encargado del suministro de agua potable (por ley) o el usuario (por recomendación), deberán implementar los procesos y tratamientos que sean necesarios para corregir y cumplir con lo establecido por la dicha norma. En México el organismo que se encarga de establecer la normatividad en agua potable es la Secretaria de Salud y la norma es la NOM-127SSA1-1994. Las normas entre diferentes países o comunidades como la Europea, puede diferir pero en términos generales son muy similares. Por ejemplo: quien establece la normatividad en agua potable en Estados Unidos es la EPA (Environmental Protection Agency), y sus límites y valores permitidos para diferentes contaminantes son prácticamente los mismos que establece la norma mexicana. Quien se encarga de vigilar y supervisar que los lineamientos de la norma sean aplicados, son instituciones como SEMARNAT, SSA o CNA. Por ejemplo en la ciudad de Chihuahua, quien se encarga de brindar el servicio de suministro de agua a los habitantes es la Junta Municipal de Agua y Saneamiento (JMAS)1. SEMARNAT, SSA y CNA, supervisan que el agua que llegue a los usuarios cumpla con las normas de agua potable y en caso de que no sea así, el organismo encargado de la operación, en el caso de Chihuahua la JMAS, es obligado a implementar las tecnologías requeridas para corrección del problema y hasta multado en caso de reiteradamente incumplir con la normatividad. 1 Se pone como ejemplo la ciudad de Chihuahua, pero otras ciudades del país operan en el mismo esquema y se aplica el ejemplo. Breves del agua FESTA-HIDROGEL Estándares primarios: existe una serie de características como pH y turbidez, que el agua debe tener para cumplir con la norma. También otros componentes como: flúor, arsénico, plomo, nitratos, plaguicidas, orgánicos sintéticos…………. no deben estar en una concentración mayor a la permitida por la norma. Estos son llamados estándares primarios, son obligatorios y el organismo que proporciona el servicio (JMAS) deberá cumplir con ellos o tomar las acciones correctivas necesarias o de lo contrario se hace acreedor a una negativa de explotación del suministro de agua (CNA, Comisión Nacional del Agua es quien toma esta acción), y a una multa si hubiera lugar. La razón de limitar su concentración máxima de estos elementos o compuestos se debe a que se tienen evidencias bien fundamentadas de que causan daños o tienen efectos tóxicos cuando están por arriba de los valores máximos establecidos. Estándares secundarios: estos son valores establecidos por la normatividad pero son valores guía ó valores recomendados y que no son obligatorios porque son indeseables por sus efectos pero no causan daños en la salud del consumidor. Un ejemplo de un estándar secundario pudiera ser la dureza: la dureza excesiva es indeseable, pero como no tiene efectos negativos en la salud, no está obligado el organismo encargado del suministro de agua (JMAS) a implementar acciones para corrección y disminución de este parámetro. Características de la normatividad: en algunas ocasiones los estándares que son primarios para la legislación sanitaria de un país son secundarios para otro país diferente y viceversa. También continuamente los estándares establecidos pueden cambiar en el tiempo. Como ejemplo: originalmente la normatividad en Estados Unidos establecía como límite máximo permisible 30 ppb2 de arsénico en aguas potables. Actualmente es de 10 ppb y a partir de 2012 el límite máximo permitido será de 5 ppb. En México el máximo permitido es de 25 ppb y se pretende disminuir a 10 ppb el máximo permitido. 2 1 ppm=1000 ppb o también 1 ppb=0.001 ppm. Por ejemplo: 22 ppb=0.022 ppm Página 1 ESTÁNDAR PRIMARIO Y ESTÁNDAR SECUNDARIO FESTA-HIDROGEL ¿Cómo impacta esto en el usuario?. Si por ejemplo el pozo fuente de suministro de una comunidad rural tiene 22 ppb de arsénico, el agua cumple con la norma al respecto y CNA permite que la Junta Rural o Junta Municipal del pueblo use el agua para beber. Si cambia la legislación a permitir un máximo de arsénico de 10 ppb entonces ya no será legal ni permitido que ese pozo sea fuente de abastecimiento de agua potable a menos que se implemente un sistema de tratamiento (como puede ser la osmosis inversa), que disminuya los niveles de arsénico a niveles menores a los máximos permitidos por la ley. Los valores máximos permitidos de diferentes contaminantes y otros parámetros establecidos como estándares primarios, se presentan en las tablas anexas. Los estándares secundarios regulados según la EPA también se encuentran en las hojas al final. Estos valores presentados en estas tablas varían constantemente y es posible que no sean los mismos que los establecidos por referencias mas actualizadas o por otras fuentes de información. Breves del agua Página 2 ESTÁNDAR PRIMARIO Y ESTÁNDAR SECUNDARIO ESTÁNDARES PRIMARIOS Compuestos Inorgánicos NMP (ppm) Antimonio Breves del agua Efectos 0.006 1 Arsénico 0.005 2,3 Asbestos 7´106 fibras/ml. 4 Bario 2 5 Berilio 0.004 6,7,8 Cadmio 0.005 9,10 Cromo 0.1 9 Cobre 1.3 3, 9 Cianuro 0.2 9,11 Fluoruro 4 6 Plomo 0.015 3,9,11 Mercurio 0.002 3,9 Níquel 0.1 9 Nitratos 10 12 Nitritos 1 12 Selenio 0.05 3 Talio 0.002 9,11.13 ESTÁNDARES PRIMARIOS Compuestos Orgánicos: NMP (ppm) Benceno 0.005 FESTA-HIDROGEL Efectos 8 Tetracloruro de Carbono 0.005 8 o-Diclorobenceno 0.6 9 p-Diclorobenceno 0.075 8 1,2-Dicloroetano 0.005 8 1,1 Dicloroetileno 0.007 9 cis-1,2 Dicloroetileno 0.07 3,9 trans-1,2 Dicloroetileno 0.1 3,9 Diclorometano 0.005 8 1,2-Dicloropropano 0.005 8 Etilbenceno 0.7 9 Monoclorobenceno 0.1 9 Estireno 0.1 3,9 Tetracloroetileno 0.005 Tolueno 1 1,2,4-Triclorobenceno 0.07 9 1,1,1,-Tricloroetano 0.2 3 1,1,2,-Tricloroetano 0.005 9 8 3,9 Página 3 ESTÁNDAR PRIMARIO Y ESTÁNDAR SECUNDARIO Tricloroetileno 0.005 8 Cloruro de Vinilo 0.002 8 Xilenos 10 9 ESTÁNDARES PRIMARIOS Pesticidas y orgánicos sintéticos: NMP (ppm) 0.002 8 Atrazine 0.003 5,14 Benzopireno 0.0002 8 Carbofurano 0.04 3,14 Clordane 0.002 8 Dalapon 0.2 9 0.0002 8 Di-(2-etilexi) Adipato 0.4 9,14 Di-(2-etilexi) Ftalato 0.006 8 Dinoseb 0.007 10,14 Diquat 0.02 9,13 Endotal 0.1 9,13,14 0.002 3,9 0.00005 8 Glifosato 0.7 9 Heptaclor 0.0004 8 Epoxido Heptaclor 0.0002 8 Hexaclorobenceno 0.001 8 Hexacloropentadieno 0.05 9,13 Edrin Dibromuro de Etileno Lindano 0.0002 3,9 Metoxiclor 0.04 3,9 Oxamil 0.2 9 PCB’s 0.0005 8 Pentaclorofenol 0.001 8 Picloram 0.5 9 Simasine 0.004 8 Toxafeno 0.003 8 2-4-D 2,3,7,8-TCDD (Dioxine) 2,4,5-TP (Silvex) Breves del agua Efectos Alaclor Dibromocloropropano FESTA-HIDROGEL 0.07 3,9 0.00000008 8 0.05 3,9 Página 4 ESTÁNDAR PRIMARIO Y ESTÁNDAR SECUNDARIO FESTA-HIDROGEL ESTÁNDARES PRIMARIOS TURBIDEZ: 0.5 A 5 NTU’s Efectos † RADIONÚCLIDOS: Partículas alfa 15 pCi/lto. 8 Partículas beta 4 mrem/lto. 8 Radio 226 y 228 5 pCi/lto. 8 BIPRODUCTOS DE DESINFECCIÓN: THM (Trihalometanos) 0.1 ppm 8 † La turbidez interfiere en forma adversa en el proceso de desinfección. La Concentración o Nivel Máximo Permitido (NMP) está dado en mg/lto. o ppm, a menos que se indique explícitamente las unidades de concentración. EFECTOS: 1: Alteración de niveles de colesterol y glucosa 2: Daños al tejido cutáneo 3: Daños al sistema nervioso 4: Tumores benignos 5: Efectos adversos en el corazón y sistema circulatorio 6: Daños a huesos 7: Daños a pulmones 8: Posible cancerígeno 9: Daño a hígado y riñones 10: Efectos en la tiroides 11: Daño cerebral 12: Metahemoglobinemia (síndrome de niño azul) 13: Daño al estomago y sistema gastrointestinal 14: Afectación al sistema reproductivo Breves del agua Página 5 ESTÁNDAR PRIMARIO Y ESTÁNDAR SECUNDARIO FESTA-HIDROGEL ESTÁNDARES SECUNDARIOS O VALORES RECOMENDADOS: NMP (ppm) Efectos Aluminio 0.05 a 0.2 A Cloruros 250 B Color 16 Unidades de Color C Flúor 2 D Agentes Espumantes 0.5 C Fierro 0.1 E Manganeso E Olor Menos de 3 Unidades C pH 6.5 a 8.5 Unidades de pH F Plata 0.1 G Sulfatos 250 H STD (Sólidos Totales Disueltos) 500 I Zinc 5 J A: Precipita y forma coágulos en el agua B: Afecta el sabor del agua y causa problemas de corrosión C: Factor estético D: Fluorosis dental E: El agua causa manchado en ropa y demás artículos y afecta el sabor F: Valores bajos de pH causan problemas de corrosión. G: Decoloración de la piel. Irritación en membrana mucosa y ojos H: Afecta el sabor y tiene efectos laxantes. I: Problemas de sabor. Promueve la incrustación J: Sabor desagradable en el agua. Breves del agua Página 6