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CONTRATO DE COMODATO
En Las Rozas (Madrid), a () de () de ().
Reunidos:
De una parte, Don () mayor de edad, con documento nacional de identidad (), y domicilio a estos
efectos en (). En adelante denominada COMODANTE.
Y de otra parte Don (), mayor de edad, con documento nacional de identidad () y domicilio a estos
efectos en (). En adelante denominada COMODATARIO.
Intervienen:
Don () en nombre y representación de ALPHABET ESPAÑA FLEET MANAGEMENT, SAU, con CIF: () y
domicilio social en () en virtud de escritura de poder otorgada ante el Notario de Madrid, Don () en
fecha () y con el número () de su protocolo.
Don () en su propio nombre y derecho.
Ambas partes, en la representación que ostentan se reconocen la capacidad necesaria para el
otorgamiento del presente contrato y a tales efectos
EXPONEN
I.- Que el COMODANTE, posee título suficiente sobre el vehículo marca () modelo () y matrícula ()
para proceder a su préstamo de uso a cualquier persona que pueda decidir.
II.- Que el COMODANTE declara estar obligado a mantener el seguro de suscripción obligatoria,
daños, incendio, asistencia en viaje, y pérdida total, así como a correr con todos los gastos
ordinarios y extraordinarios de mantenimiento recomendados por el fabricante para mantenerlo en
estado de buen uso y conservación.
III.- Que con motivo del sorteo realizado por la entidad COMODANTE en fecha () ha correspondido
al COMODATARIO, un premio consistente en recibir a título de préstamo de uso particular, un
vehículo automóvil durante el plazo de ().
IV.- El COMODATARIO, acepta dicho premio a título gratuito, comprometiéndose ambas partes a
respetar las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera. El presente contrato se pacta a fin de hacer efectivo un premio a favor del COMODATARIO
en tanto que ha resultado ser ganador del Sorteo efectuado en fecha () por ALPHABET ESPAÑA
FLEET MANAGEMENT, SAU. entre sus clientes y se regula por lo dispuesto en las bases del mismo y
supletoriamente por lo dispuesto en el Código Civil para el contrato de Comodato. En consecuencia,
a los efectos del artículo 1.742 del Código Civil se entiende que el comodato se ha realizado en
consideración a la persona del COMODATARIO.
El COMODATARIO reconoce y acepta las condiciones expresamente indicadas en la bases del
sorteo en el que ha resultado ganador, copia de las cuales declara haber recibido con
anterioridad. Se compromete de forma especial devolver el vehículo en el mismo lugar que lo
reciba, así como a asumir los gastos correspondientes al desplazamiento del vehículo o cualquier
otro que fuere necesario para circular fuera del territorio peninsular. En ningún caso podrá
circular fuera del territorio nacional.
Segunda. En virtud del presente contrato el COMODANTE hace entrega en este acto al
COMADATARIO del vehículo que se cita en el expositivo I en concepto de préstamo de uso
PARTICULAR, por lo cual no podrá ser dispuesto por éste para otras actividades de naturaleza
profesional o empresarial. Si el COMODATARIO destina el vehículo a un uso diferente, será
responsable de su pérdida aunque esta sobrevenga de forma fortuita.
Tercera. El presente contrato es gratuito, si bien el COMODATARIO correrá con los gastos de
limpieza, combustible y las eventuales infracciones de tráfico que pudiera cometer, autorizando
expresamente al titular del vehículo y al COMODANTE a suministrar los datos personales
requeridos por las autoridades.
Cuarta. El préstamo de uso tendrá una duración de () a contar de fecha a fecha desde la firma del
presente documento, pudiendo ser sustituido el vehículo por cualquier otro a iniciativa del
COMODANTE en cualquier momento, para lo cual una vez notificada la intención de sustituirlo, el
COMODATARIO hará entrega del mismo en el plazo de 24 horas al COMODANTE, que a su vez
pondrá a su disposición el vehículo de sustitución, sin que dicha sustitución suponga una prórroga
del plazo de vigencia.
Quinta. El COMODATARIO no podrá ceder el uso del vehículo a un tercero sin consentimiento
previo del COMODANTE y requerirá los datos de la persona a quien se cede el vehículo, y una
declaración de la misma de que conoce y acepta los términos de este documento.
El COMODATARIO y la persona favorecida con su cesión de uso, responderán solidariamente de los
incumplimientos del presente contrato.
Sexta. El COMODANTE se obliga a mantener el seguro y a correr con los gastos de las actividades
previstos en el expositivo II del presente documento, durante la vigencia del préstamo, en
cualquiera de los vehículos que pudieran estar a disposición del COMODATARIO en virtud de este
contrato.
Séptima. Llegado el término del contrato, el comodatario restituirá el vehículo que estuviera en su
poder al COMODANTE, sin que pueda retener la posesión por ninguna causa y siendo de aplicación
el artículo 1.744 del Código Civil, en el sentido de que la conservación en su poder durante más
tiempo del convenido, supondrá la responsabilidad del mismo incluso ante su pérdida por caso
fortuito.
Octava. Ambas partes declaran conocer las obligaciones fiscales derivadas del presente contrato y
se obligan a cumplirlas. En particular, se advierte que el presente contrato constituye para el
COMODATARIO una ganancia patrimonial sujeta al IRPF y a la práctica de ingreso a cuenta, por
parte del COMODANTE, quien viene legalmente obligado a declarar a la Administración Tributaria
competente tanto la ganancia patrimonial obtenida por el COMODATARIO como el
preceptivo ingreso a cuenta de su IRPF ingresado por aquel. El COMODANTE emitirá y entregará al
COMODATARIO el correspondiente certificado acreditativo del ingreso a cuenta practicado, a los
efectos oportunos de su declaración de impuestos.
Novena. Cualquier incumplimiento por parte del COMODATARIO de lo previsto en el presente
contrato, o en las disposiciones generales del Título X del Código Civil, facultará al COMODANTE
para exigir la restitución inmediata del vehículo entregado y las responsabilidades que se pudieran
haber derivado, quedando autorizado expresamente para tomar posesión del vehículo en cualquier
lugar en que pudiese ser encontrado. Así mismo y en el sentido del artículo 1.749 del Código Civil,
en casos de urgente necesidad, el COMODANTE podrá exigir la restitución definitiva del vehículo.
Décima. Para cualquier cuestión de interpretación o litigiosa que pudiera surgir como consecuencia
de las obligaciones derivadas de este contrato, las partes se someten expresamente a los Juzgados
y Tribunales de Madrid, con renuncia a cualquier fuero propio que les corresponda en tanto fuera
disponible.