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CONTRATO DE COMODATO En Las Rozas (Madrid), a () de () de (). Reunidos: De una parte, Don () mayor de edad, con documento nacional de identidad (), y domicilio a estos efectos en (). En adelante denominada COMODANTE. Y de otra parte Don (), mayor de edad, con documento nacional de identidad () y domicilio a estos efectos en (). En adelante denominada COMODATARIO. Intervienen: Don () en nombre y representación de ALPHABET ESPAÑA FLEET MANAGEMENT, SAU, con CIF: () y domicilio social en () en virtud de escritura de poder otorgada ante el Notario de Madrid, Don () en fecha () y con el número () de su protocolo. Don () en su propio nombre y derecho. Ambas partes, en la representación que ostentan se reconocen la capacidad necesaria para el otorgamiento del presente contrato y a tales efectos EXPONEN I.- Que el COMODANTE, posee título suficiente sobre el vehículo marca () modelo () y matrícula () para proceder a su préstamo de uso a cualquier persona que pueda decidir. II.- Que el COMODANTE declara estar obligado a mantener el seguro de suscripción obligatoria, daños, incendio, asistencia en viaje, y pérdida total, así como a correr con todos los gastos ordinarios y extraordinarios de mantenimiento recomendados por el fabricante para mantenerlo en estado de buen uso y conservación. III.- Que con motivo del sorteo realizado por la entidad COMODANTE en fecha () ha correspondido al COMODATARIO, un premio consistente en recibir a título de préstamo de uso particular, un vehículo automóvil durante el plazo de (). IV.- El COMODATARIO, acepta dicho premio a título gratuito, comprometiéndose ambas partes a respetar las siguientes ESTIPULACIONES Primera. El presente contrato se pacta a fin de hacer efectivo un premio a favor del COMODATARIO en tanto que ha resultado ser ganador del Sorteo efectuado en fecha () por ALPHABET ESPAÑA FLEET MANAGEMENT, SAU. entre sus clientes y se regula por lo dispuesto en las bases del mismo y supletoriamente por lo dispuesto en el Código Civil para el contrato de Comodato. En consecuencia, a los efectos del artículo 1.742 del Código Civil se entiende que el comodato se ha realizado en consideración a la persona del COMODATARIO. El COMODATARIO reconoce y acepta las condiciones expresamente indicadas en la bases del sorteo en el que ha resultado ganador, copia de las cuales declara haber recibido con anterioridad. Se compromete de forma especial devolver el vehículo en el mismo lugar que lo reciba, así como a asumir los gastos correspondientes al desplazamiento del vehículo o cualquier otro que fuere necesario para circular fuera del territorio peninsular. En ningún caso podrá circular fuera del territorio nacional. Segunda. En virtud del presente contrato el COMODANTE hace entrega en este acto al COMADATARIO del vehículo que se cita en el expositivo I en concepto de préstamo de uso PARTICULAR, por lo cual no podrá ser dispuesto por éste para otras actividades de naturaleza profesional o empresarial. Si el COMODATARIO destina el vehículo a un uso diferente, será responsable de su pérdida aunque esta sobrevenga de forma fortuita. Tercera. El presente contrato es gratuito, si bien el COMODATARIO correrá con los gastos de limpieza, combustible y las eventuales infracciones de tráfico que pudiera cometer, autorizando expresamente al titular del vehículo y al COMODANTE a suministrar los datos personales requeridos por las autoridades. Cuarta. El préstamo de uso tendrá una duración de () a contar de fecha a fecha desde la firma del presente documento, pudiendo ser sustituido el vehículo por cualquier otro a iniciativa del COMODANTE en cualquier momento, para lo cual una vez notificada la intención de sustituirlo, el COMODATARIO hará entrega del mismo en el plazo de 24 horas al COMODANTE, que a su vez pondrá a su disposición el vehículo de sustitución, sin que dicha sustitución suponga una prórroga del plazo de vigencia. Quinta. El COMODATARIO no podrá ceder el uso del vehículo a un tercero sin consentimiento previo del COMODANTE y requerirá los datos de la persona a quien se cede el vehículo, y una declaración de la misma de que conoce y acepta los términos de este documento. El COMODATARIO y la persona favorecida con su cesión de uso, responderán solidariamente de los incumplimientos del presente contrato. Sexta. El COMODANTE se obliga a mantener el seguro y a correr con los gastos de las actividades previstos en el expositivo II del presente documento, durante la vigencia del préstamo, en cualquiera de los vehículos que pudieran estar a disposición del COMODATARIO en virtud de este contrato. Séptima. Llegado el término del contrato, el comodatario restituirá el vehículo que estuviera en su poder al COMODANTE, sin que pueda retener la posesión por ninguna causa y siendo de aplicación el artículo 1.744 del Código Civil, en el sentido de que la conservación en su poder durante más tiempo del convenido, supondrá la responsabilidad del mismo incluso ante su pérdida por caso fortuito. Octava. Ambas partes declaran conocer las obligaciones fiscales derivadas del presente contrato y se obligan a cumplirlas. En particular, se advierte que el presente contrato constituye para el COMODATARIO una ganancia patrimonial sujeta al IRPF y a la práctica de ingreso a cuenta, por parte del COMODANTE, quien viene legalmente obligado a declarar a la Administración Tributaria competente tanto la ganancia patrimonial obtenida por el COMODATARIO como el preceptivo ingreso a cuenta de su IRPF ingresado por aquel. El COMODANTE emitirá y entregará al COMODATARIO el correspondiente certificado acreditativo del ingreso a cuenta practicado, a los efectos oportunos de su declaración de impuestos. Novena. Cualquier incumplimiento por parte del COMODATARIO de lo previsto en el presente contrato, o en las disposiciones generales del Título X del Código Civil, facultará al COMODANTE para exigir la restitución inmediata del vehículo entregado y las responsabilidades que se pudieran haber derivado, quedando autorizado expresamente para tomar posesión del vehículo en cualquier lugar en que pudiese ser encontrado. Así mismo y en el sentido del artículo 1.749 del Código Civil, en casos de urgente necesidad, el COMODANTE podrá exigir la restitución definitiva del vehículo. Décima. Para cualquier cuestión de interpretación o litigiosa que pudiera surgir como consecuencia de las obligaciones derivadas de este contrato, las partes se someten expresamente a los Juzgados y Tribunales de Madrid, con renuncia a cualquier fuero propio que les corresponda en tanto fuera disponible.