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PROTECCIÓN
PROTECCIÓN DE
DE LA
LA MATERNIDAD
MATERNIDAD
(EMBARAZO
(EMBARAZO Y
Y LACTANCIA
LACTANCIA NATURAL)
NATURAL)
RIESGOS HIGIÉNICOS
Santander, 12 de marzo de 2014
M. Arenas Sardá
[email protected]
Introducción.
Gestación y cambios fisiológicos
Riesgos para la trabajadora y para el feto
Normativa específica y normativa relacionada
Identificación y valoración de los riesgos. Pautas de actuación
Maternidad y lactancia natural
Agentes químicos
Agentes físicos
Agentes biológicos
2
Introducción
Derecho a la protección de la salud
Constitución
Constitución
Española
Española
Artº
Artº 40.2
40.2 :: “Los
“Los poderes
poderes públicos
públicos velarán
velarán por
por
la
la seguridad
seguridad ee higiene
higiene en
en el
el trabajo”
trabajo”
Artº
Artº 43.1:
43.1: “Se
“Se reconoce
reconoce el
el derecho
derecho aa la
la
protección
protección de
de la
la salud…”
salud…”
Ley
Ley 31/1995
31/1995
Artº
Artº 14:
14: Obligación
Obligación empresarial
empresarial de
de proteger
proteger la
la
seguridad
seguridad yy la
la salud
salud de
de los
los trabajadores
trabajadores aa su
su
servicio
servicio
Artº
Artº 15:
15: Principios
Principios de
de la
la acción
acción preventiva
preventiva
Artº
Artº 25:
25: Trabajadores
Trabajadores especialmente
especialmente sensibles
sensibles
Artº
Artº 26:
26: Protección
Protección de
de la
la maternidad
maternidad
3
Introducción
Principios de la acción preventiva
Protección salud
trabajadores
Eliminando
riesgos
(pr
o
Su
duc stitu
tos
, pr ción
o
ces
os,
…)
Minimizando
riesgos
s
a
d
i vas
d
Me enti ción
ev ustitu
r
P ≠s
4
Introducción
Trabajadores sensibles
Trabajadores
sensibles
Condiciones
personales
Menores
Menores
Hiperreactividad
Hiperreactividad química
química
Otras
Otras alteraciones
alteraciones
no
no incapacitantes
incapacitantes
Estado biológico
conocido
Embarazo
Parto reciente
Lactancia
Discapacidades
reconocidas
Físicas
Físicas
Psíquicas
Psíquicas
Sensoriales
Sensoriales
(Ley PRL. Art. 25)
5
Introducción
Principios básicos
Riesgo
Riesgo clínico
clínico
Factores
Factores sociodemográficos:
sociodemográficos:
edad
edad materna
materna <15
<15 aa oo >35
>35 aa
índice
índice de
de masa
masa corporal
corporal <20
<20 oo >29
>29
consumo
consumo de
de alcohol,
alcohol, tabaco,...
tabaco,...
Antecedentes
Antecedentes reproductivos
reproductivos (abortos
(abortos de
de repetición,
repetición, partos
partos pretérmino,
pretérmino, etc)
etc)
Antecedentes
Antecedentes médicos
médicos (hipertensión,
(hipertensión, cardiopatías,
cardiopatías, problemas
problemas respiratorios,
respiratorios,
tratamientos
tratamientos crónicos,
crónicos, sensibilizaciones
sensibilizaciones químicas,...)
químicas,...)
Embarazo
Embarazo actual
actual (patología
(patología obstétrica)
obstétrica)
REM
REM yy RLN
RLN
Agentes
Agentes físicos
físicos químicos
químicos yy biológicos,
biológicos, procedimientos
procedimientos yy
condiciones
condiciones de
de trabajo
trabajo que,
que, no
no suponiendo
suponiendo riesgo
riesgo en
en otra
otra
situación,
situación, lo
lo pueden
pueden ser
ser para
para la
la trabajadora
trabajadora embarazada
embarazada oo en
en
situación
situación de
de lactancia
lactancia natural
natural
6
Gestación y cambios fisiológicos
Riesgos laborales / Repercusiones sobre la madre.
EMBARAZO
ALTERACIONES
FUNCIONALES Y
METABÓLICAS
DIM. CORPORALES
CAMBIOS
HORMONALES
Ag. químicos
Ag. físicos (Tª, Vibraciones)
Ag. biológicos
Aumento actividad tiroidea
Frecuencia cardiaca
Frecuencia respiratoria
sudoración excesiva
DIM. CORPORALES
ergonomía del puesto
> Exigencias O2
7
Gestación y exposiciones laborales (efectos sobre el feto)
Teratogénesis
Cáncer
Aborto espontáneo
Muerte
AGENTES
QUÍMICOS
AGENTES
FÍSICOS
AGENTES
BIOLÓGICOS
Energía radiante
Efectos térmicos (RNI)
Cáncer (RI)
Energía térmica
Efectos térmicos
Energía mecánica
Sordera/ Abortos
Toxoplasma y
Virus rubeola
Aborto/muerte fetal/
malformaciones
Resto AABB
Infecciones/
anomalías/muerte
8
Protección de la maternidad
Normativa específica
Directiva Marco PRL
89/391/CE
Art. 15
Ley 31/1995(Art. 15)
Artº 25. T. Especialmente sensibles
Artº 26. Maternidad
T. Especialmente sensibles
RD 39/1997
Artº 4.Contenido de la evaluación
Directiva 92/85/CE
RD 298/2009
Maternidad
Modificación RD 39/1997
9
Protección de la maternidad
Normativa relacionada
Ley 39/1999
Ley 3/2007
Para promover la conciliación
de la vida familiar y laboral de
las personas trabajadoras
Para la igualdad efectiva de
mujeres y hombres
Modificaciones a:
RD39/199
7
Ley 1/1995
Estatuto de los
Trabajadores
Ley 2/1995
de procedimiento
laboral
Ley 31/1995
de prevención
de RRLL
Suspensión de
contrato por riesgo
de embarazo
Nulidad de la rescisión
de contrato por situación
de embarazo,…
Evaluación de
riesgos específica.
Adecuación del pt
Cambio de pt
RD298/2009
10
Objetivo de las normas
Cumplimiento
Normas PRL
Trabajadores,
en general
Ley 39/1999
RD 39/1997
RD298/2009
Trabajadoras en
situación de
embarazo, parto
reciente o lactancia
11
RD 298/2009
ANEXO VII (Riesgos que necesitan valorarse)
lista no exhaustiva de agentes, procedimientos y
condiciones de trabajo (*) que pueden influir
negativamente en la salud de las trabajadoras
embarazadas o en período de lactancia natural, del
feto o del niño durante el período de lactancia natural….
(*) sin especificar.
Se tendrán en cuenta las consideradas por La Directiva COM
(2000), 466 final
12
RD 298/2009. Anexo VII
(REM y RLN)
Agentes.
Agentes físicos, cuando se considere que puedan implicar lesiones
fetales o provocar un desprendimiento de la placenta, en particular:
a) choques, vibraciones o movimientos.
b) manejo manual de cargas
c) ruido
e) radiaciones no ionizantes
f) frío y calor extremos
13
RD 298/2009. Anexo VII
(REM y RLN)
Agentes
Agentes biológicos.- Agentes biológicos de los grupos de riesgo 2,
3 y 4, según la clasificación de los agentes biológicos establecida
en el RD 664/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los
trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a
agentes biológicos durante el trabajo, en la medida en que se sepa
que dichos agentes o las medidas terapéuticas que
necesariamente traen consigo ponen en peligro la salud de las
trabajadoras embarazadas o del feto y siempre que no figuren en
el anexo VIII (Toxoplasma y virus de la rubeola)
14
RD 298/2009. Anexo VII
(REM y RLN)
Agentes.
Agentes químicos .– Los siguientes agentes químicos, en la
medida en que se sepa que ponen en peligro la salud de las
trabajadoras embarazadas o en período de lactancia, del feto o del
niño durante el período de lactancia natural y siempre que no
figuren en el anexo VIII:
a) Las sustancias etiquetadas R 40, R 45, R 46, R 49, R 68, R
62 y R63 por el Reglamento sobre clasificación, envasado y
etiquetado de sustancias peligrosas, aprobado por el Real
Decreto 363/1995, de 10 de marzo, o etiquetadas como H351,
H350, H340, H350i, H341, H361f, H361d y H361fd por el
Reglamento (CE) n.º 1272/2008 del Parlamento Europeo, en
la medida en que no figuren todavía en el anexo VIII.
15
RD 298/2009. Anexo VII
(REM y RLN)
b) Los agentes químicos que figuran en los anexos I y III del
Real Decreto 665/1997
c) Mercurio y derivados
d) Medicamentos antimitóticos
e) Monóxido de carbono
f) Agentes químicos peligrosos de reconocida penetración
cutánea
Procedimientos.
Procedimientos industriales que figuran en el anexo I del Real
Decreto 665/1997, de 12 de mayo, sobre la protección de los
trabajadores contra los riesgos relacionados con la exposición a
agentes cancerígenos durante el trabajo.»
16
RD 298/2009
ANEXO VIII (Prohibido el riesgo de exposición)
Parte A: lista no exhaustiva de agentes y condiciones de
trabajo a las que la trabajadora embarazada no podrá
exponerse
Parte B: lista no exhaustiva de agentes y condiciones de
trabajo a las que la trabajadora en periodo de lactancia
no podrá exponerse
17
RD 298/2009. Anexo VIII-A
(REM)
Agentes
a) Agentes físicos:
Radiaciones ionizantes.
Trabajos en atmósferas de sobrepresión elevada
b) Agentes biológicos:
Toxoplasma.
Virus de la rubeola.
Salvo si existen pruebas de que la trabajadora embarazada está suficientemente protegida
contra estos agentes por su estado de inmunización.
c) Agentes químicos:
Las sustancias etiquetadas R60 y R61
Los C y M sin VLA
Plomo y derivados absorbibles por el organismo
18
RD 298/2009. Anexo VIII-A
(REM)
Condiciones de trabajo: Trabajos de minería subterráneos
RD 298/2009. Anexo VIII-B
(RLN)
Agentes químicos
Las sustancias etiquetadas R64
Los C y M sin VLA
Plomo y derivados absorbibles por el organismo
Condiciones de trabajo: Trabajos de minería subterráneos
19
El procedimiento, paso a paso
CAMBIO
Puesto trabajo
Comprobar si se trata de un puesto incluido en la
“lista de puestos exentos de riesgo REM o RLN”
Obligación empresarial:
Disponer de una lista de puestos exentos de riesgo
durante el embarazo y la lactancia natural.
(Ley 39/1999, de 5 de noviembre, para promover la
conciliación de la vida familiar y laboral de las personas
trabajadoras y modificación correspondiente en la Ley
31/1995. Artº 26).
20
Si no está incluido, seguir diagrama de la imagen
La trabajadora COMUNICA
su estado a la empresa
NO EXISTEN
condiciones de riesgo
para su situación 1
EXISTEN
condiciones de riesgo
para su situación
Suspensión
contrato por
REM
Adecuación de
condiciones
de trabajo
no 3
Cambio
de puesto
de trabajo
no
si 2
Condiciones
seguras
Revisión EIR
3
si
2
21
Textos de consulta para la valoración de riesgos durante el
EMBARAZO y la LACTANCIA
22
23
Guías para la valoración del riesgo durante el
EMBARAZO y la LACTANCIA,
propuestas por el Mº Trabajo e Inmigración
Informe SEGO (Sdad. Española de Ginecología y
Obstetricia). Año 2008
“Orientaciones para la valoración del riesgo laboral
y la incapacidad temporal durante el embarazo”
Informe AEP (Asociación Española de Pediatría).
Año 2008
“Orientaciones para la valoración del riesgo laboral
durante la lactancia natural”
24
Guías para la valoración del riesgo durante el
EMBARAZO y la LACTANCIA,
propuestas por el Mº Trabajo e Inmigración
Guía INSHT (Mº de Empleo y Seguridad
Social). Noviembre/2011
“Directrices para la evaluación de riesgos y
protección de la maternidad en el trabajo”
25
Otras guías para la valoración de riesgos
durante el EMBARAZO y la LACTANCIA
“guía clínico-laboral para la prevención de riesgos durante el
embarazo, Parto reciente y lactancia en el ámbito sanitario.
(Asociación Española de Especialistas en Medicina
del Trabajo. AEEMT. Grupo Sanitario). Año 2008
“guía de valoración de riesgos laborales en el embarazo y lactancia en
trabajadoras del ámbito sanitario”
(ANMTAS. Asociación Nacional de Medicina del Trabajo en el
Ámbito Sanitario) , s/acuerdo con ENMT (Escuela Nacional de
Medicina del Trabajo) del Instituto de Salud Carlos III. Año 2008
26
Otras guías para la valoración de riesgos
durante el EMBARAZO y la LACTANCIA
a
“guía médica para la valoración de los riesgos profesionales
efectos de la Prestación de Riesgo durante el embarazo y
Riesgo en la lactancia” (AMAT. Asociación MATEPSS).
Año 2008
“prevención de riesgos laborales de la trabajadora en situación
de embarazo, que haya dado a luz o de lactancia”
(OSALAN. Inst. Vasco Seguridad y Salud). Año 2005
27
Otras guías para la valoración de riesgos
durante el EMBARAZO y la LACTANCIA
“guía sindical para la prevención de riesgos laborales para la
reproducción, el embarazo y la lactancia” (ISTAS. Inst.
Sindical de Trabajo, Ambiente y Salud - CCOO)
2ª Ed. Noviembre/2008
Bases del estudio:
•Directiva 92/85/CE
•Directrices de la Comisión Europea COM (2000) 466 final
•Guías de Buenas Prácticas (Mº Trabajo y Asuntos Sociales)
•Recomendaciones de Comisiones Obreras
•Informe SEGO
•Informe AEP
28
Otras guías para la valoración de riesgos
durante el EMBARAZO y la LACTANCIA
“Reproducción, embarazo y lactancia . Guía para la
Prevención de riesgos laborales” (UGT).
Edición 2001
Utiliza los criterios de valoración del riesgo durante embarazo
y lactancia recogidos en las Guías Técnicas correspondientes,
publicadas por el INSHT
29
Resumen de contenidos de las Guías
Utilizan criterios comunes,
basados en la Directiva 92/85/ CE así como en
los informes SEGO y AEP, a excepción de los
contenidos en la Guía de UGT, por su fecha de
publicación anterior a éstos. En su favor, la
utilización de criterios de las Guías Técnicas del
INSHT.
30
Procedimiento para la valoración del riesgo durante el
EMBARAZO y la LACTANCIA,
1
Identificación de REM o RLN (RD 298/2009)
2
Valoración de la situación
1. Informes SEGO/AEP
2. Normativa PRL y
Guías INSHT
3. Guías AEEMT y ANMTAS
31
RD 298/2009
ANEXO VII
(embarazo y lactancia)
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
AGENTES
FÍSICOS,
cuando se
considere que
puedan implicar
lesiones fetales o
provocar un
desprendimiento
de la placenta, en
particular:
Comparación de normas
Directiva 92/85/CE
Anexo I
RD 298/2009
Anexo VII
a) choques, vibraciones o
movimientos.
a) choques, vibraciones o
movimientos.
c) ruido
c) ruido
d) Radiaciones Ionizantes (*) Anexo VIII
e) Radiaciones No
Ionizantes (RNI)
e) Radiaciones No
Ionizantes (RNI)
f) frío y calor extremos
f) frío y calor extremos
(*) EURATOM 80/836 y posteriores actualizaciones EURATOM 96/29
33
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Choques, vibraciones o
movimientos
RIESGOS
Los efectos de las vibraciones pueden agravar las condiciones de salud de la
trabajadora gestante, por los cambios funcionales asociados al embarazo.
POSIBLES EFECTOS DE LAS
VIBRACIONES
EFECTOS POTENCIADORES POR
ALTERACIONES FUNCIONALES EN EL
EMBARAZO
Lumbalgia, lumbociática,
hernias discales (VCE)
Lordosis lumbar
Afecciones osteoarticulares
(VMB)
STC por retención de líquidos y >
compresión en muñecas (st, en el último
trimestre)
Problemas vasculares
Periféricos (hemorroides,
varices,…)
Compresión sobre la vena cava inferior, por
aumento de peso del útero (hemorroides,
varices,…)
Deben añadirse los efectos mecánicos asociados a los desprendimientos de
placenta, partos pre-término y abortos espontáneos
34
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Choques, vibraciones o
movimientos
VALORACIÓN y MED. PREV.
Informe SEGO
La exposición a las vibraciones que
abarquen a todo el cuerpo (manejo de
tractores, maquinaria pesada, manejo
de vehículos de gran tonelaje en
terrenos irregulares, etc) son de riesgo
para el embarazo, sobre todo en el
último trimestre.
35
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Choques, vibraciones o
movimientos
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía INSHT – protección maternidad
Las frecuencias de las vibraciones de
cuerpo entero más importantes, pues
coinciden con las frecuencias fundamentales
de vibración de órganos y tejidos, son las
comprendidas entre 1 y 80 Hz (vehículos de
transporte,tractores, maquinaria automotora)
36
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Choques, vibraciones o
movimientos
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía INSHT - vibraciones / COM(2000) 466 final
Guía INSHT – protección maternidad
organizar el trabajo de modo que las mujeres
embarazadas
NO REALICEN ACTIVIDADES QUE
CONLLEVEN UN RIESGO DERIVADO DE
VIBRACIONES INCÓMODAS EN TODO EL
CUERPO,
especialmente a bajas frecuencias
37
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Choques, vibraciones o
movimientos
VALORACIÓN y MED. PREV.
APENDICE 1.- “no se ha encontrado ningún estudio que permita
establecer un valor límite de exposición, a las vibraciones de cuerpo
entero, aplicable a mujeres embarazadas. Sin embargo, algunos de
estos estudios desaconsejan el trabajo en las siguientes situaciones:
•
•
•
•
•
•
•
•
Conducción de autobuses de largas distancias
Conducción de metro, tranvías o equivalentes
Conducción de grúas eléctricas
Conducción de carretillas elevadoras
Conducción de vehículos pesados y agrarios
Conducción de camiones de transporte
Conducción de helicópteros y situaciones similares
Trabajo sobre compactadoras de cemento “
38
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Choques, vibraciones o
movimientos
VALORACIÓN y MED. PREV.
APENDICE 2.salvo situaciones de especial
susceptibilidad del trabajador
el riesgo se considera ACEPTABLE
cuando no se alcanza el valor que da
lugar a una acción:
•
•
Vibraciones Cuerpo Entero (VCE), 0,5 m/s2
Vibraciones Mano-Brazo (VMB), 2,5 m/s2
39
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Choques, vibraciones o
movimientos
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía clínico-laboral AEEMT
Los valores de referencia legales se
consideran de riesgo para el embarazo
sobre todo en el último trimestre del
mismo (parto prematuro o feto de bajo peso
al nacer, y mayor porcentaje de abortos
espontáneos, por desprendimiento de
placenta y/o lesiones fetales).
El trabajo se organizará de modo que las mujeres
embarazadas o que hayan dado a luz recientemente
no realicen actividades que conlleven un riesgo
derivado de vibraciones incómodas en todo el cuerpo,
especialmente a bajas frecuencias, o de choques o
sacudidas en la parte inferior del cuerpo.
40
CASO REAL: Sentencia Juzgado de lo Social nº
ASUNTO: Azafata de AVE, que solicita prestación desde el
comienzo de su embarazo
41
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Ruido
RIESGOS
El ruido va a afectar al feto cuando se esté desarrollando su sistema de
audición. Las medidas de protección que deba utilizar la madre no protegen
al feto.
POSIBLES EFECTOS DEL RUIDO
EFECTOS POTENCIADORES POR
ALTERACIONES FUNCIONALES EN EL
EMBARAZO
Hipoacusia
N.A.
Otros (estrés, aumento de la
presión sanguínea, fatiga,
alteraciones del sueño,…)
Aumento de la frecuencia cardiaca y
respiratoria
42
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Ruido
VALORACIÓN y MED. PREV.
Informe SEGO
Los efectos patológicos para el embarazo
son desprendimientos de placenta, mayor
probabilidad de parto pretérmino y abortos
espontáneos.
En condiciones de ruido excesivo (más de 80 dB) se
debe retirar a la mujer embarazada de dichos puestos a
partir de la semana 20 o 22.
43
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Ruido
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía técnica INSHT y
Guía clínico-laboral AEEMT
A partir de la semana 24 de gestación
se empieza a desarrollar la cóclea del
futuro niño y en la semana 28 las vías
auditivas funcionan correctamente.
La transmisión del sonido a través del
líquido amniótico se produce de forma que
los ruidos de baja frecuencia (125 Hz) son
amplificados 3,7 dB de media mientras
que los de alta frecuencia (4000 Hz) son
atenuados en más de 10 dB.
44
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Ruido
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía INSHT – protección maternidad
los ruidos más lesivos son esencialmente
aquellos en los que predominan las bajas
frecuencias, siendo el período crítico el
último trimestre
45
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Ruido
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía técnica INSHT y
Guía clínico-laboral AEEMT
El Comité Médico Provincial de salud en el
trabajo del Québec así como otros
investigadores recomiendan no exponer a
las mujeres embarazadas de más de 25
semanas a un nivel diario equivalente
superior o igual a 80 – 85 dB(A).
Aconseja especial atención a la exposición
combinada a ruido y otros factores de riesgo
como ototóxicos, vibraciones o turnos.
46
Agentes Físicos – Vibraciones y Ruido
LACTANCIA NATURAL
VIBRACIONES
Las vibraciones en general y las de cuerpo entero en
particular, no presentan mayor riesgo para las
trabajadoras lactantes.
RUIDO
Con respecto al ruido, no existen publicaciones que
demuestren que se produzca un mayor riesgo en las
trabajadoras lactantes que en otras trabajadoras.
47
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
POSIBLES EFECTOS DE LAS
RADIACIONES NO IONIZANTES
Radiaciones No Ionizantes
RIESGOS
EFECTOS POTENCIADORES POR
ALTERACIONES FUNCIONALES EN EL
EMBARAZO
Efectos térmicos sobre órganos
N.A.
poco vascularizados (ojos,
testículos)
48
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Radiaciones No Ionizantes
VALORACIÓN Y MED. PREV
Informe SEGO
Son dudosos los efectos genéticos y
sobre la reproducción
Las radiaciones no ionizantes presentes en las
pantallas de visualización de datos, líneas de
alta tensión, aparatajes de uso médico…, en las
dosis de los puestos de trabajo con ellos
relacionados, no se ha demostrado que tengan
un efecto negativo en el embarazo y, por tanto,
no deben tenerse en cuenta en este sentido.
49
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Radiaciones No Ionizantes
VALORACIÓN Y MED. PREV
COM(2000) 466 final
No puede excluirse la posibilidad de
que la exposición electromagnética,
incluida la vinculada a:
• los tratamientos por onda corta,
• la soldadura de plásticos y la
• vulcanización de adhesivos
pueda aumentar el riesgo para el feto.
Se aconseja reducir al mínimo esta exposición
50
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Radiaciones No Ionizantes
VALORACIÓN Y MED. PREV
Guía clínico-laboral AEEMT
Guía de valoración ANMTAS
aunque no existen evidencias
científicas para considerarlas de alto
riesgo, como medida de precaución:
se deberá reducir al mínimo la
exposición a radiaciones no
ionizantes (sobre todo onda corta)
durante el embarazo
51
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Radiaciones No Ionizantes
VALORACIÓN Y MED. PREV
Guía INSHT –protección maternidad
Los posibles efectos biológicos de las
radiaciones de RF y MO sobre el
organismo son en todo caso los que se
describen para el resto de individuos y
todos parecen derivarse del calentamiento
previo de órganos y tejidos. El aumento de
temperatura (1ºC) necesita de una dosis
de cierta magnitud (0,4 W/Kg), que no es
fácil alcanzar, siendo necesario que la
fuente emisora disponga de suficiente
potencia y que la trabajadora permanezca
cerca de la fuente (BPT)
52
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Estudios basados en mediciones
de Radiaciones No Ionizantes
53
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Estudios basados en mediciones
de Radiaciones No Ionizantes
Estudio I+D+i 2008/FREMAP
Tras
efectuar
39
mediciones
personales
(dosimetrías) a fisioterapeutas y auxiliares de
rehabilitación que aplicaran tratamientos con
equipos de microondas y de magnetoterapia, se
obtuvieron las siguientes conclusiones:
El 100% de los datos < 10% VA (ocupacional*)
El 100% de los datos < VLE (público**)
(*) Directiva 2004/40/CE – exposición laboral a CEM de 0 a 300 GHz
VA (Valor de exposición que da lugar a una acción)
(**) RD 1066/2001 - protección del espacio radioeléctrico
VLE (valor límite de exposición para el público en general ≅ 20% VA ocupacional)
54
Agentes Físicos – Radiaciones
LACTANCIA NATURAL
RADIACIONES NO IONIZANTES
No se ha demostrado ningún efecto negativo sobre la
lactancia natural
55
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
POSIBLES EFECTOS DE LAS
TEMPERATURAS EXTREMAS
Frío y Calor extremos
RIESGOS
EFECTOS POTENCIADORES POR
ALTERACIONES FUNCIONALES EN EL
EMBARAZO
Hipotermia
Mecanismos termorreguladores
comprometidos (vasoconstricción, tiritera,..)
Hipertermia
(deshidratación, taquicardia,
fallos circulatorios, golpe de
calor)
Aumento de la frecuencia cardiaca
Aumento de la frecuencia respiratoria
Sudoración excesiva
Mayores requerimientos de oxígeno
Cambios bruscos de
temperatura
Incapacidad de respuesta inmediata de los
mecanismos termorreguladores
56
Estimación cuantitativa de los cambios fisiológicos que afectan a
los mecanismos de termorregulación
Metabolismo basal
Frecuencia cardiaca
Volumen sanguíneo
Consumo de O2
Peso corporal
20%
20 ppm
25-45%
20-30%
0,3 Kg/sem
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Frío y Calor extremos
VALORACIÓN y MED. PREV.
Informe SEGO
se estima que, desde el inicio de la gestación:
• la mujer embarazada debe ser retirada de
puestos de trabajo en condiciones de
temperatura extrema (por encima de 36º C)
•la mujer embarazada debe ser
retirada de puestos de trabajo en condiciones de
temperatura extrema (inferiores a 0º C.)
58
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Frío y Calor extremos
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía INSHT – protección maternidad
Restringir las tareas que comportan el
riesgo
59
Agentes Físicos
(excluidas MMC y r. posturales)
Exposiciones a valorar
Frío y Calor extremos
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía clínico-laboral AEEMT
Las embarazadas presentan una
tolerancia menor al calor y son más
propensas a los desmayos o al estrés
debido al calor.
Las trabajadoras embarazadas no
deben estar expuestas al calor ni al frío
excesivo y prolongado en el lugar de
trabajo, por lo que se limitaran este tipo
de tareas cuando se identifiquen.
60
Agentes Físicos – Temperaturas extremas
LACTANCIA NATURAL
CALOR EXTREMO
No parece existir mayor riesgo en las trabajadoras
lactantes que en otras trabajadoras. Solamente podría
hacerse mención a que el calor excesivo podría producir
una deshidratación en la mujer lactante y alterar la
producción de leche. Este riesgo se minimiza si se
dispone de bebidas en el lugar de trabajo.
61
Agentes Físicos – Temperaturas extremas
LACTANCIA NATURAL
FRÍO EXTREMO
En situación de frío extremo, no existen referencias
bibliográficas que indiquen un mayor riesgo para la
madre lactante que para el resto de las trabajadoras.
62
Agentes Biológicos
Exposiciones a valorar
AGENTES
BIOLÓGICOS
en la medida en que se
sepa que dichos agentes
o las medidas
terapéuticas que
necesariamente traen
consigo ponen en peligro
la salud de las
trabajadoras
embarazadas y del niño
aún no nacido
Comparación de normas
Directiva 92/85/CE
Anexo I
RD 298/2009
Anexo VII
AG. Grupos 2, 3 y 4,
≠ toxoplasma ≠ rubeola,
-ID-
63
Agentes Biológicos
Exposiciones a valorar
POSIBLES EFECTOS DE LOS
AGENTES BIOLÓGICOS
Infecciones, que pueden
afectar al feto, en forma de:
• teratogénesis
• bajo peso al nacer
• parto pretérmino
• mortinato
AABB ≠ Toxoplasma y Rubivirus
RIESGOS
EFECTOS POTENCIADORES POR
ALTERACIONES FUNCIONALES EN EL
EMBARAZO
N.A.
Aunque hay infecciones que cursan con mayor agresividad, en la
mayoría de los casos los problemas que originan en mujeres
embarazadas derivan de las limitaciones de éstas frente a la
adopción de determinadas medidas terapéuticas.
64
Agentes Biológicos
Exposiciones a valorar
Todos los AABB,
≠ Toxoplasma y Rubivirus
VALORACIÓN y MED. PREV.
Informe SEGO
En los riesgos de infección debe actuarse con la
lógica de la intensidad del teórico contagio. Es
factible el riesgo en personal sanitario en planta
o centros de infecciosos pero no es tan claro el
riesgo en el resto de trabajos, si se toman las
precauciones debidas.
65
Agentes Biológicos
Exposiciones a valorar
Todos los AABB,
≠ Toxoplasma y Rubivirus
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía técnica INSHT
• Programa de vacunación.
• Equipos de protección personal y
estricta higiene individual.
• Limitar el contacto con material
infeccioso o fluidos biológicos.
• Separación temporal del puesto de
trabajo en tanto no haya transcurrido
el periodo de incubación después del
ultimo caso detectado
66
Agentes Biológicos
Exposiciones a valorar
Todos los AABB,
≠ Toxoplasma y Rubivirus
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía técnica INSHT
Para el estudio de la posible repercusión
en la salud de la mujer trabajadora y el
feto, los agentes biológicos pueden
dividirse en dos grandes grupos:
Agentes causantes de la rubeola
y la toxoplasmosis
El resto de agentes recogidos en
el Anexo II, especialmente…….
67
Agentes Biológicos
Exposiciones a valorar
Todos los AABB,
≠ Toxoplasma y Rubivirus
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía técnica INSHT
68
Agentes Biológicos
Exposiciones a valorar
Todos los AABB,
≠ Toxoplasma y Rubivirus
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía clínico-laboral AEEMT
Algunas infecciones, como por ejemplo la
varicela pueden ser más graves durante
el embarazo.
Las infecciones transplacentarias por
algunos virus como el parvovirus, la
varicela y la rubeola se han asociado con
abortos, malformaciones congénitas y
retraso mental.
Otras enfermedades en las que el agente
infeccioso se puede transmitir al feto son
el CMV, VHB, Herpes simple, gripe y
sarampión.
69
Agentes Biológicos
Exposiciones a valorar
Todos los AABB,
≠ Toxoplasma y Rubivirus
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía clínico-laboral ANMTAS
…, durante la gestación existe cierta
supresión de la inmunidad celular y
humoral haciendo que la embarazada
sea más sensible y vulnerable, más
especialmente en el primer trimestre de
la gestación, a la mayoría de las viriasis.
70
Agentes Biológicos
Exposiciones a valorar
Todos los AABB,
≠ Toxoplasma y Rubivirus
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía clínico-laboral ANMTAS
71
Todos los AABB,
≠ Toxoplasma y Rubivirus
VALORACIÓN y MED. PREV.
Agentes Biológicos
Exposiciones a valorar
Guía clínico-laboral ANMTAS
ALTO RIESGO BIOLOGICO / ASIST. SANITARIA
SERVICIOS
AREAS QUIRÚRGICAS
URGENCIAS
CIRUGIA CARDIACA a corazón
abierto
VIA
HEMATÓGENA
PROCEDIMIENTOS
CIRUGIA MAXILOFACIAL
CESÁREAS
RCP, en politraumatizados
SERVICIOS
VÍA
RESPIRATORIA
URGENCIAS, UCI,
NEUMOLOGIA,
HOSPITALIZACION
INFECCIOSOS,
PEDIATRIA
BRONCOSCOPIAS
INDUCCION DE ESPUTO
PROCEDIMIENTOS
TERAPIAS DE AEROSOLES
INTUBACION ENDOTRAQUEAL
ASPIRACION SECRECIONES
72
Agentes Biológicos
LACTANCIA NATURAL
VHB
La transmisión por la leche materna es posible aunque no
es frecuente. Existe la posibilidad de tratamiento al
lactante en el momento de conocer la infección mediante
vacuna e inmunoglobulina.
VHC
no se trasmite por la lactancia materna según todos los
estudios que se recogen en la literatura científica.
73
Agentes Químicos
Exposiciones a valorar
Comparación de normas
Directiva 92/85/CE
Anexo I
AGENTES
QUÍMICOS
En la medida
en que se sepa
que ponen en
peligro la salud
de las mujeres
embarazadas y
del niño aún no
nacido
a) R40, R45, R46, R47, que
no figuren en Anexo II
RD 298/2009
Anexo VII
a) R40, R45, R46, R49, R68,
R62 y R63 (H351, H350,
H340, H350i, H341, H361f,
H361d, H361fd), que no
figuren en Anexo VIII
b) Los AQ del Anexo I de la
Directiva 90/394/CE
b) Los AQ de los anexos I y III
del RD 665/97 (trasposición
Dir)
c) Mercurio y derivados
c) Mercurio y derivados
d) Medicamentos antimitóticos
d) Medicamentos antimitóticos
e) Monóxido de carbono
e) Monóxido de carbono
f)
f)
AQ peligrosos de
penetración cutánea formal
AQ peligrosos de reconocida
p. cutánea
74
Agentes Químicos
Exposiciones a valorar
Todos los Agentes Químicos
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía INSHT – protección maternidad
los límites de exposición profesional
no pueden considerarse a priori un
criterio de valoración adecuado para
la determinación del riesgo por
exposición a agentes químicos para la
trabajadora embarazada o en período de
lactancia
75
Agentes Químicos
Exposiciones a valorar
Todos los Agentes Químicos
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía técnica INSHT
Vigilancia de la salud
Incluirá la protección de los
trabajadores especialmente sensibles
como consecuencia de que el
empresario debe garantizar la protección
de todos aquellos trabajadores que
puedan verse afectados de forma
singular por algún riesgo identificado en
el puesto de trabajo
76
Agentes Químicos
Exposiciones a valorar
Todos los Agentes Químicos
VALORACIÓN y MED. PREV.
Guía técnica INSHT
La vigilancia de la salud será un requisito
obligatorio para trabajar con un agente químico
cuando así esté establecido en una disposición
legal o cuando resulte imprescindible para
evaluar los efectos de las condiciones de trabajo
sobre la salud del trabajador
…….se deberían determinar cuáles son las
circunstancias personales que pueden convertir a
un trabajador (de forma permanente o temporal)
en especialmente sensible a un agente químico y
todo ello con la finalidad de establecer una
protección singularizada.
77
a) Cancerígenos, mutágenos y perjudiciales para la fertilidad
FRASE
“R”
FRASE
“R”
RD 353/95
Reglamento
1272/2008
R40
R68
R45
R46
R49
R62
R63
H351
H341
H350
H340
H350i
H361f
H361d
R62-63
H361fd
Significado frases
•Posibles efectos cancerígenos (C3)
•Posibilidad de efectos irreversibles (M3)
•Puede causar cáncer (C1-2)
•Puede causar alteraciones genéticas hereditarias (M1-2)
•Puede causar cáncer por inhalación (C 1-2)
•Posible riesgo de perjudicar la fertilidad (R2)
•Posible riesgo durante el embarazo de efectos adversos
para el feto (R / M)
•Posible efecto de perjudicar la fertilidad + posibles efectos
sobre el feto (R / M)
78
AGENTES DE LOS ANEXOS I y III del RD 665/1997
(C y M con VLA)
Anexo I.LISTA DE SUSTANCIAS, PREPARADOS Y
PROCEDIMIENTOS
auramina.
hidrocarburos aromáticos
policíclicos
polvo, humo o nieblas de níquel.
ácidos fuertes
(*)
Anexo III
RD349/2003
2ª modificación RD 665/1997(*)
Benceno
Cloruro de vinilo monómero
Polvo de maderas duras
1ª modif. RD 665/1997: RD 1124/2000 (benceno)
2ª modif. RD 665/1997: RD 349/2003 (CVM y polvo maderas duras)
79
EFECTOS SOBRE EL ORGANISMO
Mecanismos de actuación
MERCURIO Y DERIVADOS MERCURIALES
(AEEMT)
Mercurio.No es bien conocido su efecto patológico en embarazo.
Atraviesa barrera placentaria y hematoencefálica
Puede provocar la parálisis cerebral del recién nacido.
Derivados mercuriales.Los compuestos orgánicos de mercurio pueden tener efectos nocivos en el
feto. Las pruebas en animales y las observaciones en seres humanos han
demostrado que la exposición a estas formas de mercurio durante el
embarazo puede frenar el crecimiento del feto, afectar a su sistema nervioso
y provocar el envenenamiento de la madre.
80
EFECTOS SOBRE EL ORGANISMO
Mecanismos de actuación
MEDICAMENTOS ANTIMITÓTICOS
(AEEMT)
la mayoría de recomendaciones publicadas sobre manejo de
citostáticos desaconsejan su manipulación a mujeres
embarazadas, a las que planifiquen un embarazo a corto
plazo, a madres en período de lactancia, madres de hijos con
malformaciones congénitas o con historias de abortos
espontáneos, personas con historias de alergias o
tratamientos previos con citostáticos, radiaciones o ambos.
En cualquier caso en el manejo de medicamentos citotóxicos
o citostáticos se debe hacer una VALORACIÓN
INDIVIDUALIZADA DE LOS PUESTOS DE TRABAJO.
81
Excepciones en cuanto a la clasificación y
etiquetado de sustancias químicas empleadas en el
medio sanitario
Tanto los medicamentos de uso humano como las
sustancias radiactivas están excluidas del ámbito de
aplicación del Reglamento de Notificación de
Sustancias Nuevas y Clasificación, Envasado y
Etiquetado de Sustancias Peligrosas (RD 363/1995 y
sus modificaciones posteriores) ya que se regulan por
sus reglamentos específicos.
82
EFECTOS SOBRE EL ORGANISMO
Mecanismos de actuación
MONÓXIDO DE CARBONO
(AEEMT)
El monóxido de carbono atraviesa fácilmente la placenta y puede
privar al feto de oxígeno.
El monóxido de carbono durante el embarazo tiene alto riesgo para la
madre y el niño, aumentando las complicaciones, desórdenes del
desarrollo, lesiones cerebrales por anoxia y muerte fetal.
Valor de referencia (Guía INST): 10 ppm
83
LISTA DE AGENTES QUÍMICOS DE RECONOCIDA
PENETRACIÓN CUTÁNEA
RD 363/1995
(hasta 01/12/10)
Reglamento
1272/2008
Excepto las
siguientes
y las R67
H336
R20
R21
R22
R62
R63
H332
H312
H302
H361f
H361d
R40/20,21,22
R48/20,21,22
H351
H372
R23
R24
R25
R29
H331
H311
H301
EUH029
R31
EUH031
R 33
H373
Significado
Toxicidad
intrínseca
La inhalación de vapores puede provocar
somnolencia y vértigo
Baja
Nocivo por inhalación
Nocivo en contacto con la piel
Nocivo por ingestión
Posible riesgo de perjudicar la fertilidad
Posible riesgo durante el embarazo de
efectos adversos para el feto
Posibles efectos cancerígenos, (R, C, D)
Riesgo de efectos graves en caso de
exposiciones prolongadas (R, C, D)
Moderada
Tóxico por inhalación
Tóxico en contacto con la piel
Tóxico por ingestión
En contacto con agua, libera gases
tóxicos
En contacto con ácidos, libera gases
tóxicos
Peligro de efectos acumulativos
Alta
84
LISTA DE AGENTES QUÍMICOS DE RECONOCIDA
PENETRACIÓN CUTÁNEA
RD 363/1995
(hasta 01/12/10)
R40
R41
R64
Reglamento
1272/2008
H351
H318
H362
R39/23,24,25
H370
R48/23,24,25
H372
R26
R27
R28
R32
R39/26,27,28
H330
H310
H300
EUH032
H370
R60 y R61
(exposiciones
prohibidas)
R45
R46
Significado
Posibles efectos cancerígenos
Riesgo de lesiones oculares graves
Puede perjudicar a los niños
alimentados con leche materna
Peligro de efectos irreversibles muy
graves (R, C, D)
Riesgo de efectos graves (R, C, D)
Muy tóxico por inhalación
Muy tóxico en contacto con la piel
Muy tóxico por ingestión
Toxicidad
intrínseca
Alta
Muy alta
Peligro de efectos irreversibles muy
graves (R, C, D)
-
H350
H340
Puede causar cáncer
Puede causar alteraciones genéticas
hereditarias
Extrema
85
Sustancias químicas y
LACTANCIA NATURAL
Características que favorecen su difusión en la leche
LIPOFILIA
pH LIGERAMENTE BÁSICO (la leche es más ácida que el plasma)
BAJO PESO MOLECULAR
86
Sustancias químicas y
LACTANCIA NATURAL
Monóxido de carbono.- No hay ninguna indicación de que un niño
alimentado con leche materna sufra efectos nocivos derivados de la
exposición de su madre al monóxido de carbono ni de que la madre sea
especialmente más sensible al monóxido de carbono tras el parto.
87
Sustancias químicas y
LACTANCIA NATURAL
Clasificación según riesgo (Hosp. Marina Alta)
NIVEL 0.- Seguras. Compatibles con la lactancia
NIVEL 1.- Con efectos adversos leves
88
Sustancias químicas y
LACTANCIA NATURAL
DE ESPECIAL CONSIDERACION, EN ASISTENCIA SANITARIA
Productos
farmacéuticos
Nivel 1
Glutaraldehído
Medicamentos
administrados en
aerosol
Nivel 0
Pentamidina
Otros agentes y
sustancias
No constan efectos
adversos (*)
Gases anestésicos
Oxido de etileno
(*) se deben extremar las precauciones reglamentarias
89
Procedimientos
Exposiciones a valorar
Comparación de normas
Directiva
92/85/CEE
Anexo I
RD 298/2009
Anexo VII
Los que figuran en el Anexo I de la Directiva
90/394/CEE (id. Anexo I RD 665/1997)
1. Fabricación de auramina.
PROCMTOS.
RD 665/1997
2. Trabajos que supongan exposición a los hidrocarburos
aromáticos policíclicos presentes en el hollín, el
alquitrán o la brea de hulla.
3. Trabajos que supongan exposición al polvo, al humo o
a las nieblas producidas durante la calcinación y el
afinado eléctrico de las matas de níquel.
4. Procedimiento con ácido fuerte en la fabricación de
alcohol isopropílico
90
Condiciones de trabajo
a valorar
Directiva 92/85/CEE
Anexo I
Comparación de normas
RD 298/2009
Anexo VII
(Sin definir en la norma. Se consideran los
relacionados en la COMM(2000) 466 final)
CONDICIONES Trabajos de
DE TRABAJO minería
subterráneos
Fatiga mental y física y tiempo de trabajo:
jornadas de trabajo prolongadas, trabajo por
turnos, horario nocturno
Posturas forzadas
Trabajo en altura
Trabajo en solitario
Estrés profesional (> vulnerabilidad)
Bipedestación y sedestación
Ausencia de zonas de descanso
Instalaciones sanitarias inadecuadas
Disponibilidad de agua
Condiciones de los lugares de trabajo
(superficies deslizantes, olores, desplazam.)
Utilización de ropa de trabajo y EPIs
91
Condiciones de trabajo
a valorar
Comparación de normas
Utilización de ropa de trabajo y EPIs
LIMITACIONES
1.Ropa de trabajo: volumen corporal
2.EPIs:
• ropa de protección:
• volumen corporal
• características de aislamiento térmico,
peso de las prendas de protección y tiempo
de uso
• protección respiratoria
• altos requerimientos de oxígeno
92
RD 298/2009
ANEXO VIII-A
(embarazo)
Exposiciones prohibidas
Comparación de normas
Directiva 92/85/CE
Anexo II-A
AGENTES
FÍSICOS
RD 298/2009
Anexo VIII-A
-
Radiaciones Ionizantes
Trabajos en atmósferas de
sobrepresión elevada, por
ejemplo en locales a
presión, submarinismo.
Trabajos en atmósferas
de sobrepresión elevada,
por ejemplo en locales a
presión, submarinismo.
94
Exposiciones prohibidas
Radiaciones ionizantes
RIESGOS
Pueden afectar al embarazo, desde su viabilidad (abortos) hasta desarrollo
de cáncer infantil en los primeros años de vida, según la etapa.
POSIBLES EFECTOS DE LAS
RADIACIONES IONIZANTES
EFECTOS POTENCIADORES POR
ALTERACIONES FUNCIONALES EN
EL EMBARAZO
Abortos, en fase de preimplantación
(en las dos primeras semanas)
Efectos teratógenos
(entre la tercera y la octava semana)
Retraso mental
N.A.
(entre la octava y la vigésimoquinta semana)
Cáncer o leucemia
(último trimestre)
95
Exposiciones prohibidas
Radiaciones ionizantes
RIESGOS
Las alteraciones funcionales propias del embarazo no son
condiciones que potencien su acción sobre el organismo
El RD 298/2009 las incluye en su Anexo VIII como riesgo para
el que debe garantizarse la ausencia de exposición.
La Directiva 92/85/CE remite a los criterios establecidos en la
Directiva 80/836/29/EURATOM, trasladados a la normativa
española para la protección radiológica (RD 783/2001).
96
Exposiciones prohibidas
Radiaciones ionizantes
VALORACIÓN Y MED. PREV.
Informe SEGO
El efecto depende del momento de la
gestación. Si en las primeras semanas el
efecto puede provocar aborto, posteriormente
las lesiones son teratogénicas con mayor
afectación del sistema nervioso central y de
los órganos de los sentidos (sobre todo a nivel
del ojo).
No está claro qué dosis puede recibir una mujer sin que
tenga repercusión sobre el feto. La única dosis que podemos
considerar de seguridad absoluta es la dosis cero.
97
Exposiciones prohibidas
Radiaciones ionizantes
VALORACIÓN Y MED. PREV.
Informe SEGO
la condición de embarazo de una trabajadora
expuesta a radiaciones ionizantes no presupone
obligatoriamente la separación del puesto de
trabajo, haciendo necesaria la evaluación de las
condiciones del mismo y de los riesgos a los que
está expuesta para cumplir con los requisitos
legales vigentes.
Para llevar a cabo dicha evaluación, deberá existir
una coordinación total entre el servicio de
prevención de riesgos laborales, el director o
supervisor de la instalación y el responsable de
protección radiológica
98
Exposiciones prohibidas
Radiaciones ionizantes
VALORACIÓN Y MED. PREV.
Directiva 92/85/CE / RD 783/2001
Guía clínico-laboral AEEMT y
Guía de valoración ANMTAS
… la protección del feto deberá ser comparable a
la de los miembros del público.
… condiciones de trabajo de la mujer embarazada:
dosis equivalente al feto sea tan baja como sea
razonablemente posible …. improbable que
dicha dosis exceda de 1 mSv, al menos desde la
comunicación de su estado hasta el final del
embarazo.
99
Exposiciones prohibidas
Radiaciones ionizantes
VALORACIÓN Y MED. PREV.
Medidas complementarias
Guía clínico-laboral AEEMT y
Guía de valoración ANMTAS
Niveles de riesgo para trabajadoras
gestantes,
s/dosis sobre la piel del abdomen (*)
(*) debe contarse con datos de dosis a la altura
del abdomen
100
Exposiciones prohibidas
Radiaciones ionizantes
VALORACIÓN Y MED. PREV.
PRL frente a la contaminación radiactiva
Medidas generales
Se trabajará bajo condiciones de trabajo establecidas y
justificadas por el Servicio de Protección Radiológica de
la instalación que, además, deberá supervisar su
cumplimiento.
Las trabajadoras embarazadas estarán excluidas de
participar en los planes de emergencia de la instalación
101
Exposiciones prohibidas
Radiaciones ionizantes
VALORACIÓN Y MED. PREV.
Medidas PRL frente a la contaminación radiactiva
Medidas específicas
• Evitar que las trabajadoras expuestas gestantes desarrollen su actividad
laboral en zonas en las que exista riesgo significativo de contaminación radiactiva.
• Garantizar que las condiciones de trabajo supongan una probabilidad de
contaminación radiológica prácticamente nula. Estas condiciones de trabajo
contemplarán, según proceda:
• La adecuada ventilación de las zonas
• Utilización de ropa específica para el trabajo
• Uso de guantes desechables (evitar contaminación a través de la piel)
• Antes de abandonar la instalación, comprobar que no se han contaminado
ni las manos ni la ropa.
• Evitar la ingesta de alimentos en zonas de contaminación radiactiva
• No usar cosméticos
• Trabajar con blindajes ante la posibilidad de aerosolizaciones
102
Exposiciones prohibidas
Radiaciones ionizantes
VALORACIÓN Y MED. PREV.
Guía de valoración ANMTAS
(fragmento de tabla resumen)
103
Exposiciones prohibidas
Trabajos en atmósferas de
sobrepresión elevada
VALORACIÓN Y MED. PREV.
SEGO
En los casos de trabajos expuestos a
sobrepresión atmosférica (trabajos por
debajo del nivel del mar, en general trabajo
de submarinismo) o en condiciones de
sobrepresión atmosférica (personal sanitario
de cabinas hiperbáricas), es una situación de
CLARA INCOMPATIBILIDAD PARA EL
EMBARAZO
104
Exposiciones prohibidas
Trabajos en atmósferas de
sobrepresión elevada
VALORACIÓN Y MED. PREV.
AEEMT
Actividades afectadas: submarinismo
profesional , profesionales del medio
aeroespacial; cabinas presurizadas en
aviónica y trajes presurizados en vuelos
espaciales.
AEEMT / ANMTAS
A nivel sanitario, ¿la cámara hiperbárica?. NO.
“…los sanitarios que proporcionan los
tratamientos y que manejan la cámara
hiperbárica no se encuentran expuestos a
estos ambientes, por lo que no participan de
estos riesgos”.
105
Exposiciones prohibidas
Trabajos en atmósferas de
sobrepresión elevada
VALORACIÓN Y MED. PREV.
AEEMT
Las trabajadoras embarazadas NO DEBEN
TRABAJAR EN UN ENTORNO DE AIRE
COMPRIMIDO aunque se desconoce si corren
un riesgo mayor, es posible que las burbujas de
gas puedan causar daños importantes al nonato
No puede exigirse a las trabajadoras
embarazadas que practiquen el submarinismo.
El empresario debe asegurarse de que las
trabajadoras embarazadas son conscientes de
que el embarazo constituye una razón médica
para no practicarlo
106
Exposiciones prohibidas
AGENTES
BIOLÓGICOS
Comparación de normas
Directiva 92/85/CE
Anexo II-A
RD 298/2009
Anexo VIII-A
Salvo si existen pruebas de que
la trabajadora embarazada está
Toxoplasma
suficientemente protegida
Virus de la rubeola
contra estos agentes por su
estado de inmunización
107
EFECTOS SOBRE EL ORGANISMO
Mecanismos de actuación
TOXOPLASMA
Parásito intracelular, de transmisión placentaria
Efectos sobre el adulto:
desde infecciones asintomáticas hasta infecciones graves
(cerebrales, oculares, musculares) y la muerte
Efectos sobre el feto:
muerte intrauterina
infecciones asintomáticas que pueden derivar en daños
cerebrales, hidrocefalia, inflamación ocular
108
EFECTOS SOBRE EL ORGANISMO
Mecanismos de actuación
TOXOPLASMA
Profesionales potencialmente afectados:
•
•
•
•
•
Personal sanitario (asistencial, laboratorios,…. )
Personal de actividades agropecuarias
Personal de mataderos
Personal dedicado al cuidado y venta de mascotas (gatos)
Personal de mantenimiento de jardines,….
109
MEDIDAS PREVENTIVAS
TOXOPLASMA
Evitar contacto con
carne infectada y heces de gato
Utilizar guantes
Higiene personal
Realizar pruebas de inmunización frente al agente.
Los resultados negativos indicarán la prohibición de la exposición
profesional (un gran porcentaje de la población está inmunizada
frente al parásito, por contacto anterior con él en los cinco
primeros años de vida
110
EFECTOS SOBRE EL ORGANISMO
Mecanismos de actuación
VIRUS DE LA RUBEOLA (RUBIVIRUS)
Virus, de transmisión placentaria
Efectos sobre el adulto:
enrojecimiento de la piel, inflamación de párpados, dolores
articulares
Efectos sobre el feto:
infección asintomática que pueden derivar en: sordera,
cataratas, defectos cardiacos, alteraciones del conocimiento
y el aprendizaje, y bajo peso al nacer
Profesionales potencialmente afectados:
• Personal sanitario (asistencial, laboratorios,…)
• Personal en contacto con niños (guarderías)
111
MEDIDAS PREVENTIVAS
VIRUS DE LA RUBEOLA (RUBIVIRUS)
• Inmunización, por vacunación previa de la madre (*).
Los resultados negativos indicarán la prohibición de la exposición
profesional
(*) es previsible que la gran mayoría de mujeres haya sido vacunada,
de acuerdo con los planes sanitarios del SNS español.
112
Exposiciones prohibidas
Directiva 92/85/CE
Anexo II-A
AGENTES
QUÍMICOS
Comparación de normas
RD 298/2009
Anexo VIII-A
-
R60, R61 (H360F, H360D,
H360FD, H360Fd, H360Df)
-
Los C, M sin VLA (tabla 2
VLA/2009)
Plomo y derivados
absorbibles por el
organismo humano
Plomo y derivados
absorbibles
114
Exposiciones prohibidas
RD 363/1995
Agentes químicosPlomo y
derivados
Significado
(hasta 01/12/10)
Reglamento
1272/2008
R60
R61
H360F
H360D
Puede perjudicar la fertilidad (F)
Riesgo durante el embarazo de efectos
adversos para el feto (D)
Toxicidad
intrínseca
Extrema
R60-61
R60-63
R61-62
H360FD
H360Fd
H360Df
Fertilidad + Efectos feto
Fertilidad + posibles efectos feto
Efectos feto+ posible efecto fertilidad
115
C y M sin VLA
116
Exposiciones prohibidas
Plomo y derivados
PLOMO Y DERIVADOS ABSORBIBLES POR EL ORGANISMO HUMANO
EFECTOS
Existen claros indicios de que la exposición al plomo, tanto
intrauterino como después del parto, trae consigo problemas de
desarrollo, especialmente del sistema nervioso y de los órganos
de formación de la sangre. Las mujeres, los recién nacidos y los
niños pequeños son más sensibles al plomo que los adultos de
sexo masculino
117
Exposiciones prohibidas
Comparación de normas
Directiva 92/85/CE
Anexo II-A
CONDICIONES DE
TRABAJO
RD 298/2009
Anexo VIII-A
Trabajos de minería subterráneos
118
Exposiciones prohibidas
Trabajos de minería subterráneos
CONDICIONES DE RIESGO
•
•
•
•
•
•
Consumo metabólico elevado
Vibraciones
Polvo
Temperatura y humedad
Confinamiento
….
119
RD 298/2009
ANEXO VIII-B
(lactancia natural)
Informe AEP (Asociación Española de Pediatría):
“Orientaciones para la valoración del riesgo laboral
durante la lactancia natural”
Consideraciones previas
•
La AEP, a través de su comité de lactancia materna
recomienda la alimentación al pecho durante los
primeros seis meses de vida del niño
•
Todas las enfermedades infecciosas son menos
frecuentes en los lactantes alimentados al pecho en
comparación con los que reciben alimentación artificial
•
En ocasiones, determinadas patologías de la madre o
del niño van a limitar e incluso a desaconsejar la
lactancia. En estas situaciones dicha limitación no puede
de ninguna manera achacarse a la actividad laboral de la
madre
121
Exposiciones prohibidas
Comparación de normas
Directiva 92/85/CE
Anexo II-B
AGENTES
FÍSICOS
RD 298/2009
Anexo VIII-B
No incluidos
122
Riesgo por RADIACIONES IONIZANTES
durante la LACTANCIA natural
(R.D. 783/2001)
Artículo 10.2
“Desde el momento en que una mujer, que se encuentre en
período de lactancia, informe de su estado al titular de la
práctica, no se le asignarán trabajos que supongan un
riesgo significativo de contaminación radiactiva. En tales
supuestos deberá asegurarse una vigilancia adecuada de la
posible contaminación radiactiva de su organismo”.
123
Riesgo por RADIACIONES IONIZANTES
Guía INSHT – protección maternidad
Por riesgo de contaminación radiactiva, es
aconsejable separar a la mujer lactante de todo
puesto de trabajo en el que se utilicen o manipulen
radionucleidos, como puede ser el caso de
instalaciones de medicina nuclear o de laboratorios
de radioinmunoensayo. Estas áreas han de estar
señalizadas adecuadamente.
124
Riesgo a SOBREPRESIÓN ATMOSFÉRICA
durante la LACTANCIA natural
En los casos de trabajos a sobrepresión atmosférica,
trabajos por debajo del nivel del mar, o en condiciones
de sobrepresión atmosférica en el personal sanitario de
cabinas hiperbáricas para el tratamiento de buzos,
fundamentalmente, NO EXISTEN DATOS QUE
INDIQUEN UN MAYOR RIESGO PARA LA MADRE
LACTANTE respecto al resto de las trabajadoras.
125
Exposiciones prohibidas
Comparación de normas
Directiva 92/85/CE
Anexo II-B
AGENTES
QUÍMICOS
RD 298/2009
Anexo VIII-B
N.A.
R64 ó H362
N.A.
Los C, M sin VLA
Plomo y sus derivados,
en la medida en que estos agentes sean susceptibles de ser
absorbidos por el organismo humano
126
Exposiciones prohibidas
RD 363/1995
(hasta 01/12/10)
R64
Reglamento
1272/2008
H362
Agentes Químicos específicos
Significado
Puede perjudicar a los niños
alimentados con leche materna
127
C y M sin VLA
128
Sustancias químicas y
LACTANCIA NATURAL
Características que favorecen su difusión en la leche
LIPOFILIA
pH LIGERAMENTE BÁSICO (la leche es más ácida que el plasma)
BAJO PESO MOLECULAR
129
Sustancias químicas y
LACTANCIA NATURAL
Clasificación según riesgo (Hospital Marina Alta)
NIVEL 2.- Poco seguras.
Pueden ocasionar efectos adversos moderados
NIVEL 3.- Contraindicadas en lactancia natural
PAUTAS DE ACTUACIÓN:
Prohibir exposiciones a riesgos químicos de Nivel 2, o superior, durante el
periodo de lactancia
130
Sustancias químicas y
LACTANCIA NATURAL
DE ESPECIAL CONSIDERACION
Metales
Nivel 2
Plomo
Sustancias orgánicas
Nivel 2
Bifenilos clorados, pesticidas,
disolventes (trementina, DMSO,
tetracloroetileno..)
Otros agentes y
sustancias
Nivel 2
Anilina
131
Sustancias químicas y
LACTANCIA NATURAL
DE ESPECIAL CONSIDERACION, EN ASISTENCIA SANITARIA
Productos
farmacéuticos
Niveles 2 / 3
Citotóxicos
Medicamentos
administrados en
aerosol
Nivel 2
Ribavirina
132
Exposiciones prohibidas
Agentes Químicos específicos
El plomo pasa de la sangre a la leche con el consiguiente riesgo
para el niño si la madre ha sufrido una exposición importante
antes y durante el embarazo.
133
Exposiciones prohibidas
Otros Agentes Químicos
específicos
134
Exposiciones prohibidas
Directiva 92/85/CE
Anexo II-B
CONDICIONES
DE TRABAJO
Comparación de normas
RD 298/2009
Anexo VIII-B
Trabajos de minería subterráneos
135
Condiciones de trabajo
Minería subterránea
CONDICIONES DE RIESGO
•
•
•
•
•
•
Contaminación (metales, partículas radiactivas, …)
Ausencia de zonas de descanso
Disponibilidad de agua
Disponibilidad de instalaciones sanitarias
Condiciones de los lugares de trabajo
….
136
Otros (No incluidos en Anexos)
Agentes Biológicos
LACTANCIA NATURAL
VIH
El conocimiento o sospecha de su presencia propiciaría la
contraindicación de la lactancia, ya que existe el riesgo de
infección a través de la leche materna. Además, los
fármacos que se utilizan como tratamiento en los casos de
infección son incompatibles con la lactancia (existe
transmisión)
137
RESUMEN
Riesgos durante la LACTANCIA
AGENTES
RIESGO
AFECTA
FISICOS
RADIACIONES
IONIZANTES
NO (irradiación)
SI (contaminación)
RNI
NO
OTROS
NO
QUÍMICOS
AGENTES QUIMICOS SI (lipófilos, básicos,
bajo peso molecular)
BIOLÓGICOS VIH
VHB
VHC
SI
OCASIONAL (Ttmto)
NO
138
Riesgos durante la LACTANCIA NATURAL
(Otros criterios)
Mismas consideraciones que en situación de
embarazo
Analiza las repercusiones de la exposición a:
• agentes químicos R64 y R33
• radiaciones ionizantes (aplicación RD 783/2001)
• agentes biológicos (“si la actividad laboral implica el
contacto directo con materiales infecciosos…, se debe tener un
gran cuidado para evitar la contaminación de la piel y la ropa de
la madre, tanto para prevenir la mastitis como las infecciones del
recién nacido”)
139