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ORDENANZA Nº 270-2007-MPL
Pueblo Libre, 29 de Noviembre de 2007
ORDENANZA QUE ESTABLECE UN RÉGIMEN PROMOCIONAL DE SALUD – CERTIFICADOS DE SALUD Y CARNET
DE SANIDAD - EN EL DISTRITO DE PUEBLO LIBRE
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Pueblo Libre, en Sesión Ordinaria No. 25 de la fecha;
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo
establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificado por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y en
concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972;
Que, la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de
gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, los gobiernos locales pueden crear, modificar y suprimir contribuciones y tasas, o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y
con los límites que señala la Ley, respetando los principios de reserva de Ley y los de igualdad y respeto de los derechos
fundamentales de la persona, conforme lo establece el artículo 74º de la Constitución Política, en concordancia con el artículo IV del
Título Preliminar del Código Tributario;
Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, establece que mediante Ordenanzas se crean, modifican,
suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por Ley;
Que, la Gerencia de Desarrollo Humano de la Municipalidad de Pueblo Libre propone reducir el costo establecido en el Texto Único
de Procedimientos Administrativos de los certificados de salud para los menores en etapa escolar, así como reducir el valor de los
carné sanitarios para los trabajadores de los mercados de Pueblo Libre; y,
En uso de las facultades conferidas por los artículos 9º y 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal
aprobó por UNANIMIDAD y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- Apruébese el REGIMEN PROMOCIONAL DE SALUD, el mismo que estará dirigido a los menores de edad
que aún se encuentren en etapa escolar y a los trabajadores de los mercados del distrito de Pueblo Libre.
Artículo Segundo.- Establézcase que para efectos del presente régimen, el Certificado de Salud expedido por la Municipalidad
tendrá un valor reducido de Diez Nuevos Soles (S/. 10.00), a efectos de beneficiar a los menores de edad que aún se encuentren en
etapa escolar en el distrito de Pueblo Libre.
El presente régimen promocional tendrá una vigencia de 90 días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación de
la presente Ordenanza en el diario oficial “El Peruano”.
Artículo Tercero.- Asimismo, establézcase un régimen promocional para los trabajadores de los mercados del distrito de Pueblo
Libre por todo el mes de diciembre de 2007, mediante el que podrán obtener su carné de sanidad por el valor de veintidós y 70/100
Nuevos Soles (S/. 22.70).
Artículo Cuarto.- Encargar el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo Humano de esta Corporación Edil
y la difusión de la misma a la Unidad de Comunicaciones.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.