Download Modificación de la ordenanza reguladora de los Precios Públicos

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Aprobación definitiva modificación de la ordenanza reguladora de
los Precios Públicos del Servicio Comarcal de Deportes
A los efectos del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba
el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y no habiéndose presentado ninguna
reclamación durante el periodo preceptivo de exposición al público, queda definitivamente aprobado el
expediente de modificación de la ordenanza reguladora de los Precios Públicos del Servicio Comarcal de
Deportes, pudiendo los interesados formular contra el mismo recurso contencioso administrativo en el
plazo de dos meses desde la publicación del presente anuncio.
MODIFICACIÓN DE LA ORDENANZA FISCAL REGULADORA DE LOS PRECIOS PÚBLICOS POR LA
REALIZACIÓN DE ACTIVIDADES DEL SERVICIO COMARCAL DE DEPORTES.
CUOTA TRlBUTARlA.
Artículo 6:
Epígrafe Primero.- Escuelas Deportivas.
Número 1. Iniciación Deportiva 21,06
Número 2. Patinaje 40,50
Número 3. Atletismo 41,85
Número 4, Fútbol Sala 41,85
Número 5. Taekwon-do 40,50
Epígrafe Segundo. Actividades Adultos.
Número 1. Gimnasia Mantenimiento
(1 h/Semana) 27,00
Número 2. Gimnasia Mantenimiento
(2 h/Semana 47,25
Número 4. Aerobic (1 h/Semana) 36,45
Número 5. Aerobic (2 h/Semana) 56,70
Número 6. Patinaje 40,50
Número 7. Taekwon-do 67,50
Las cuotas se recaudarán en el momento de formalizar la inscripción. No obstante lo anterior, y en
atención a la cuantía de cada sujeto pasivo, en atención al número de actividades a las que se ha inscrito,
se podrán recaudar de forma fraccionadas en tres parte alícuotas.
El Presidente de la Comarca del Maestrazgo, Mariano Balfagón Gascón.