Download 1 contrato para la admisión de animales en el hogar transitorio de
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
CONTRATO PARA LA ADMISIÓN DE ANIMALES EN EL HOGAR TRANSITORIO DE PROTEGERLOSINOCENTES. Esta Asociación, considera que tanto las personas físicas como las Entidades protectoras que le entregan animales para su tutela, conocen de antemano la filosofía y modo de gestión de la misma, lo cual ha debido generar en el CEDENTE la confianza necesaria, base de la relación entre ambas partes. En evitación de posibles malentendidos al respecto, las personas físicas y Asociaciones a las que les sean admitidos animales para su tutela en el HOGAR TRANSITORIO DE PROTEGERLOSINOCENTES, deben conocer y aceptar, los siguientes términos, que tendrán carácter contractual. a) La asociación no tiene funciones de guardería, ni de casa de acogida; por tanto, TODOS LOS ANIMALES QUE SE ACEPTEN, quedarán en la asociación en régimen de TUTELA LEGAL INDEFINIDA con vistas a promover su adopción, teniendo ésta, autonomía suficiente, para ceder a los animales en adopción o acogida según su criterio y filosofía, PARA LO CUAL QUEDA AUTORIZADA POR EL CEDENTE EN EL PRESENTE ACTO. El PADRINO del animal o animales tutelados, podrá solicitar ser informado si estos han sido adoptados acogidos o fallecidos, y sobre su estado, siempre y cuando se halle en situación de apadrinamiento de los mismos. También podrá visitarles bajo esas mismas condiciones, mientras estos se hallen en el HOGAR TRANSITORIO, el PRIMER DOMINGO DE CADA MES, (Establecido como el día del padrino) de 10 a 13 horas. Las visitas deberán ser solicitadas y confirmadas por la Junta Directiva de la Asociación o por personal del voluntariado, debidamente autorizado por la Junta Directiva. b) La Asociación, por falta de medios y voluntariado, NO ESTARÁ OBLIGADA A FACILITAR FOTOS DE LOS ANIMALES TUTELADOS, pero SÍ permitirá que sus PADRINOS puedan realizarlas durante sus visitas, en forma ilimitada. c) EL CEDENTE del animal o animales entregados a la Asociación, SOLO PODRÁ RECUPERAR LOS MISMOS, bajo contrato de adopción con sus condiciones y cláusulas y el protocolo correspondiente. Podrá visitarlos los días establecidos para este fin, si ADEMÁS, tiene la condición de PADRINO, o a criterio de la Asociación. d) La asociación, según su criterio, podrá aceptar animales APADRINADOS por el cedente, POR OTRA PERSONA FÍSICA O JURÍDICA QUE NO SEA EL CEDENTE, o también podrá acogerlos SIN APADRINAR. e) El modo de apadrinamiento, se efectúa, estableciendo una cuota de acuerdo con la Junta Directiva de la Asociación, (de periodicidad y cuantía pactada) pero obligatoriamente domiciliada en una entidad bancaria. No se considerará APADRINAMIENTO, las cantidades ingresadas por el cedente, en la cuenta de la Asociación, las cuales figurarán exclusivamente como DONACIÓN SOLIDARIA. 1 f) En la documentación que aportará el CEDENTE deberán figurar los datos de los animales entregados a la Asociación, y ficha completa, con foto de cada animal. g) Los animales deberán ser entregados a la asociación, con todas las vacunas reglamentarias, desparasitados, esterilizados, microchip y con su correspondiente cartilla sanitaria, tal como exige la ley. El presente contrato, sirve como CARTA DE CESIÓN O RENUNCIA de todos los animales entregados a la Asociación PROTEGERLOSINOCENTES, quedando la misma facultada para modificar los datos del chip identificativo, así como en los registros y organismos correspondientes, sin tener el CEDENTE O RENUNCIANTE nada que reclamar al respecto. h) EL CEDENTE, declara haber leído el presente pliego de condiciones, que consta de DOS FOLIOS, hallando las mismas de conformidad, Firma el presente documento en prueba de la misma, declarando asimismo hallarse en plenas facultades para contratar. En LLeida, a de de Firmado: EL CEDENTE Por la asociación: Datos del Cedente: Animal o animales cedidos a Proteger Los Inocentes: Especie y cantidad. Nombre y apellidos del cedente. DNI. Calle Número Piso Población CP. Teléfono Correo Electr. 2