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NUESTRA IDENTIDAD
PRESENTACIÓN
Forma jurídica
Carácter
Fundación
Naturaleza
Ámbito territorial
Colectivo atendido
Sin ánimo de lucro
Fecha constitución
Normativa de referencia
Entidades constituyentes
Registro Fundaciones
C-LM
Registro Municipal
Asociaciones
Utilidad Pública
Privado
Provincia de Albacete
Discapacidad. Personas con trastorno mental grave/crónico,
incapacitadas judicialmente
4
de septiembre de 1997
Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de Régimen Fiscal de
Entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales
al mecenazgo.
 Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
 Código Civil (art. 199 y ss.)
 Ley de Enjuiciamiento Civil (art. 748 y ss.)
 Convención de N. York, de 13 diciembre de 2006
 Estatutos vigentes
AFAEPS (Albacete) y AFAEM (Villarrobledo)

AB-24
611
Utilidad Pública Municipal (BOP nº 66, de 11/06/2003)
Adhesiones
Miembro fundador de la Asociación de Fundaciones Tutelares
de Personas con Enfermedad Mental Asociadas (FUTUPEMA).
2004.
Domicilio y sede
Contacto
C/ Gerona 27, esquina C/ Poniente. 02006 - Albacete
Patronato
- Presidente: Pedro Ortiz Ortiz
- Vicepresidenta: Carmina Belmonte Useros
- Patronos electivos: Jerónimo Serrano Jiménez, Florián Godes
Victoria, Mª Elena Melero
- Patrono honorífico: Dámaso González Carrasco
- Secretario y asesor jurídico: Pedro Ramón Ortiz Vico
- Gerente: Julio A. Moreno Castillejos

Garantizar los principios legislativos

Representación y colaboración institucional

Interpretación y adaptación de los estatutos

Aceptación de tutelas y curatelas

Aprobación de planes de actuación, presupuestos,
memorias y balances

Custodiar el patrimonio de la fundación

Proteger los derechos de los tutelados

Velar por la garantía en la calidad de los programas

Administración y custodia de documentos de la
Comisión Técnica
Funciones Patronato
Aptdo. Correos 8060 - 02080 (Albacete)
Tfnos: 967/21.00.11// 967/24.80.27
Fax: 967/21.00.11
e-mail: [email protected]
web: www.fundacionfamilia.net


entidad
Velar por la aplicación de los beneficios derivados de
la Ley de Autonomía Personal y Atención a Personas en
situación de Dependencia
Tomar cuantas decisiones afecten al desarrollo y fines
de la entidad
MISIÓN Y FINES
Misión

Procurar la consolidación de la tutela como recurso
necesario para la mejora de la calidad de vida de las
personas con enfermedad mental y sus familias (art. 3
Estatutos FUTUPEMA)
Fines

Suplir la falta de capacidad legal cuando las
resoluciones judiciales los declaren incapaces para
regir su persona y administrar sus bienes, total o
parcialmente, según se constituya tutela o curatela.

La protección de los enfermos con discapacidad en sus
facultades mentales e incapacitados judicialmente de
la provincia de Albacete, sobre los que los Tribunales
de Justicia –previa derivación de la Comisión de Tutela
de la Junta de Comunidades de Castilla-La Manchaha designado para el ejercicio como Organismo
Tutelar.
Esta acción conlleva la defensa, promoción y
desarrollo de sus derechos, el estudio de su situación
personal y patrimonial y el asesoramiento y apoyo a sus
familiares.

Colaborar con las autoridades, organismos y
organizaciones públicas o privadas en el mejor
desarrollo y tratamiento de los enfermos, así
diagnosticados.

El asesoramiento y, en su caso, la dirección y
representación en el ejercicio de acciones judiciales en
defensa de los derechos de los enfermos afectados de
trastorno mental crónico, de sus familiares, y de la mejor
de asistencia social y sanitaria en el área de Salud
Mental.

Constituir patrimonios protegidos en interés de cualquier
tutelado, ejerciendo las facultades de administración
sobre los bienes y derechos integrantes del mismo en
los términos previstos en la Ley 41/2003, de 18 de
noviembre, de Protección Patrimonial de las Personas
con Discapacidad.

Promover en beneficio de los tutelados, el
reconocimiento de los derechos contemplados en la
Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la
Autonomía Personal y Atención a Personas en situación
de Dependencia.

Establecer con las entidades públicas toda clase de
convenios, para ejercer la dirección y administración
sobre centros residenciales –viviendas tuteladas o
miniresidencias- de asistencia psicosocial.

Promover también actividades ocupacionales o
laborales, que tengan como finalidad la rehabilitación
psicosocial e integración social y laboral de sus
beneficiarios.

Promover y colaborar con las Administraciones Públicas
o entidades privadas, en el ámbito de la investigación
de las enfermedades relacionadas con el cerebro, o en
la docencia y difusión de las mismas para los procesos
de tratamiento y curación que representan en las
facultades mentales.