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ANALISIS DE LA EVOLUCIÓN
DEL ENSANCHE DESDE UNA
PERSPECTIVA DE NORMATIVA
REYES VILLUELA BAYON
TUTORA: GLORIA BARDAJI
TESINA DE MASTER EN GESTIÓN URBANISTICA 2010 – 2011
FUNDACIÓN UPC
CONTENIDOS
1.
INTRODUCCIÓN
2.
EL ENSANCHE
3.
NORMATIVA METROPOLITANA
4.
MODIFICACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DEL PATRIMONIO
ARQUITECTONICO, HISTORICO Y ARTISTICO. ENSANCHE
ORDENANZA DE REHABILITACIÓN Y MEJORA DEL ENSANCHE
REGULACIÓN DEL REGIMEN DE DISCONFORMIDAD CON EL
PLANEAMIENTO DE EDIFICACIONES
ANALISIS
CONCLUSIONES
5.
6.
7.
8.
•
•
Objetivos de la investigación
Metodología
•
•
Actualidad
Historia
•
•
•
Ordenanzas anteriores a 1976
Plan General Metropolitano 1976
Calificación 13E
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
1.
INTRODUCCIÓN
• Objetivo de la investigación
– Análisis del Ensanche de la ciudad de Barcelona desde:
• La evolución y transformación según las diferentes Ordenanzas y
Normativas.
• El análisis de si se recupera la calidad de vida que planteaba Ildefonso
Cerdà a través de las Ordenanzas o si el régimen legal de disconformidad
con el planeamiento ha supuesto un obstáculo.
• La variación de los parámetros principales del edificio (ARM y PE),
consecuencia de las modificaciones de Ordenanzas en el tiempo, ha
generado REGIMEN DISCONFORME o FUERA DE ORDENACIÓN
• La afectación de la calificación 13E, si se cumple, si se es flexible o se
exige, ya que se protege el acorde volumétrico de edificios adyacentes.
• Comprobar si los edificios en disconformidad volumétrica se consolidan
por tener mayor edificabilidad o aprovechamiento ya que en nueva
construcción sería menor.
• Metodología
– Recopilación de libros del desarrollo del Ensanche, Normativas y Ordenanza.
– Trabajo de campo: Archivo Municipal del Ensanche
• Estudio de solicitudes de licencia de expedientes de Rehabilitación
integral en el periodo 2000-2006.
• Analizar los parámetros de ALTURA Y PROFUNDIDAD EDIFICABLE MÁXIMA
del edificio.
• Comprobar si el expediente estaba en estado de régimen de
DISCONFORMIDAD VOLUMÉTRICA con la normativa correspondiente.
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
2.
EL ENSANCHE
• ACTUALIDAD
– El trazado del Ensanche es el corazón de Barcelona, creado hace 150 años
por Ildefonso Cerdà:
• Es el centro principal del sistema Metropolitano de Barcelona
• 819 ha: 55,89% de techo uso residencial y 44,11% no residencial (36,65%
viales, 7,46 % libre y equipamientos)
• 308.340 habitantes: 376 hab./ha, corresponde 1,4m² de espacio libre por
hab.
• La edificabilidad media neta de la manzana es 4,89m²t/m²s, es un 11%
más elevada de la permitida.
• Ubicación de los edificios más emblemáticos de Barcelona
• HISTORIA
– En la primera mitad del siglo XIX, el urbanismo medieval de Barcelona, estaba
limitado por una muralla. Busca expandirse en plena Revolución Industrial.
– 1859 Ildefonso Cerdà fue aprobado el diseño del Ensanche de la ciudad de
Barcelona, El PLAN CERDÀ:
• Teoría de la urbanización: higiene, circulación y ciudad nueva
• Pensamiento económico novedoso: imposición de impuesto de
contribución de propietarios en la urbanización.
• Incorpora municipios limítrofes: idea Metropolitana
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
Plano
topográfico
del
Ensanche de Barcelona
Foto aérea del Ensanche de
Barcelona 2009
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
Plano topográfico del llano barcelonés
levantado por Ildefonso Cerdà
Plano de los alrededores de Barcelona
y proyecto de su reforma y ensanche
de I. Cerdà 1859
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
Trazado del Ensanche es en forma
de malla ortogonal de carácter
residencial,
transformando
1
parcela agrícola en casi 12
solares.
Superposición del parcelario agrícola del
plano de Barcelona y el trazado del
Ensanche y foto aérea 2007
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
• EL TRAZADO
– Trazado de calles definido por manzanas con chaflanes.
– El trazado es la imagen más característica del Ensanche: es consecuencia del
buen estudio de tráfico y cruces realizado por Cerdà.
– Se dividen en las siguientes vías: Verticales, horizontales y diagonales.
– La anchura del trazado viario del Ensanche es de calles de 20m, aunque hay
calles de 30 y 50 m con lo que marca su jerarquía y su protagonismo viario.
– Las calles es de 20 m, destina 10 m a peatones y 10 m a tránsito rodado.
50m
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
30m
20m
• LA MANZANA
– Manzana cuadrada, de 113m de lado y un chaflán de 45º de 19,80m, es
la mejor manera de incidir el sol en todas las fachadas.
– Edificios separados entre sí, que no supere la altura a la anchura de la
calle: el sol entre en todas las calles.
– Viviendas tendrían que tener vistas a las fachadas anterior y posterior, lo
que, permitiría una buena ventilación y la presencia del sol en toda la
vivienda.
– Diferenciaba tres tipos de manzanas: La manzana regular, la manzana
con pasajes y la supermanzana, en 819 Ha, hay 498 manzanas.
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
1859
1903
1957
1992
1870
1888
1914
1929
1970
2000
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
1985
2009
3.
NORMATIVA METROPOLITANA DEL ENSANCHE
El planeamiento urbanístico vigente es el PLAN GENERAL METROPOLITANO DE 1976 y
sus posteriores modificaciones puntuales.
- Destacar la Modificación del Plan General Metropolitano para la creación de
la calificación 13 Ensanche
• ORDENANZAS ANTERIORES A 1976
Ordenanza de 1857 - 1979
- 1857 ocupación el 50%, el resto era jardín y la altura 16m(Pb+P3).
-1864 ocupación el 70%
-1879 se regula la Profundidad
Edificable, única para cada
manzana, dejando un patio muy
regular con una alineación
interior.
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
Ordenanza de 1891
- 1891, se autoriza la ocupación de PB:
a) La alineación a vial
b) Una altura de 22m (Pb+P5) para
calles de 20m.
c) Una
ocupación
73,6%
profundidad
edificable
de
27,9m.
Ordenanza de 1932-1942
- 1932 1 planta más y un ático.
- 1942 Profundidad edificable se reduce
en 30cm.
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
Ordenanza de 1947
- 1947 Sobre ático- retranqueado 3m de
fachada.
a) PB - en P. Semisótano y P.
Entresuelo.
b) ARM 24,40m más ático y sobreático.
c) Se autoriza edificación en PB en
forma de zigurat en el interior de
la manzana.
Evolución de edificabilidad de 1857 - 1976
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
•PLAN GENERAL METROPOLITANO 1976
Art. 327 NNUU del PGM Zona de densificación urbana intensiva (13a)
Plan Especial de Reforma Interior
Estudio de Detalle
Edificabilidad
1,2m2st/m2s
2,2m2st/m2s
Densidad/Nº máx vivi
350 viviendas/hectárea
220 viviendas/hectárea
Tipo de ordenación
Edificación según alineación de vial
Ancho de Vial
- de 8m
De 8 a 12m
De 12 a 15m
De 15 a 20m
De 20 a 30m
+ de 30m
Altura máxima (ARM)
8,55m (PB +1P)
11,60 (PB + 2P)
14,65 (PB + 3P)
17,70 (PB + 4P)
20,75 (PB + 5P)
23,80 (PB + 6P)
Fachada mínima
8 metros (existentes 6m)
Espacio interior de isla
En los casos en que se permita la construcción en el tipo de ordenación
según ordenación de vial la altura máxima será de 4,5 metros
Art. 328 NNUU del PGM Zona de densificación urbana semiintensiva (13b)
Plan Especial de Reforma
Interior
Estudio de Detalle
Edificabilidad
Densidad/Nº máx vivi.
Tipo de ordenación
Ancho de Vial
- de 8m
De 8 a 11m
De 11 a 15m
+ de 15m
Fachada mínima
Espacio interior de isla
1,00m2st/m2s
1,80m2st/m2s
250 viviendas/hectárea
175 viviendas/hectárea
Edificación según alineación de vial
Altura máxima (ARM)
7,55m (PB +1P)
10,60 (PB + 2P)
13,65 (PB + 3P)
16,70 (PB + 4P)
6,50 metros (existentes 4,50m)
En los casos en que se permita la construcción en el tipo de ordenación
según ordenación de vial la altura máxima será de 3,30 metros
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
•CALIFICACIÓN 13E
Modificación puntual de las Normas Urbanísticas del Plan General Metropolitano
para la adecuación del régimen urbanístico del conjunto especial del Ensanche, se
crea la calificación 13E, aprobada 12 de diciembre del 2000.
– Sustituye a la calificación 13a.
– Objetivo: destinar el interior de manzana a espacios ajardinados.
– Como: adaptando las construcciones y extinguiendo las actividades que
ocupan los espacios centrales de las manzanas
• Profundidad máxima del edificio 1,5*PE. No se aplica en
sistemas o equipamientos comunitarios.
• Se adecuará siempre que:
– Incremento de volumen.
– Redistribución general de espacios.
– Cambio de uso del edificio.
– Sustitución del edificio, aunque se mantenga la fachada.
– Reforma o rehabilitación integral, de coste ≥50% al valor
de nueva construcción.
– Las edificaciones incluidas en el Plan Especial de
protección del Patrimonio que estén construidas en el
interior de manzana, están exentas de ajustarse al 13E.
• Están en disconformidad con la ordenación la construcción y
actividades que ocupen total o parcialmente el interior de
manzana.
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
4.
MODIFICACIÓN DEL PLAN ESPECIAL DEL PATRIMONIO
ARQUITECTÓNICO, HISTÓRICO Y ARTÍSTICO DE LA
CIUDAD DE BARCELONA. ENSANCHE (2000)
• Las normas del Plan Especial del patrimonio tienen la finalidad de proteger al
conjunto de los edificios con valores históricos, artísticos y monumentales.
Favorece la conservación de la edificación o de los elementos que se deben
proteger.
• Hay 4 niveles de protección: A, bienes culturales de interés nacional; B, bienes
inmuebles de interés local, incluidos en el catalogo de patrimonio cultural
catalán; C, bienes urbanísticos protegidos que reúnen valores históricoartísticos estéticos; D, bienes que para su conservación pueden ser trasladados
de su emplazamiento actual para su conservación, o tiene, un interés cultural
en el emplazamiento y es preciso conservar documentalmente. Art.10
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
5.
•
•
•
•
ORDENANZA DE REHABILITACIÓN Y MEJORA DEL
ENSNACHE
La ordenanza actual de Rehabilitación y mejora del Ensanche del 2002, tiene
origen en 1986, con una modificación en1994.
1986 se frena el derribo de las casa de renta y se impone la conservación de la
edificación existente.
2002 se reduce la protección únicamente a la fachada.
Se introduce la opción de ceder para uso público el interior de manzana.
Limite del Conjunto Especial de el Ensanche
Ámbito de calificación 13E
Límite del distrito de el Ensanche
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
Ámbito Conjunto Especial del
Ensanche y de la calificación
13E
La ordenación del Conjunto Especial:
Art.5,6,7,8, 9
• Se aplica la calificación 13E
• La alineación a vial.
• La anchura minima a de fachada es de 8 m,
• En edificaciones consolidadas, la profundidad edificable media es inferior a 8 m, la
altura máxima será el ancho de la calle.
Con la creación del 13E, se aprecia un acercamiento y retorno al Plan inicial de Cerdà,
buscando calidad de vida y espacios libres rodeados de edificación.
En el ámbito del Conjunto Especial del Ensanche se distingue el Sector Conservación.
Ámbito del Sector Conservación
del Ensanche
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
•
Sector de conservación:
– Aumento de altura en edificios existentes dependerá de: (Art. 20)
• El nº máximo de Plantas existente y añadidas: no superara el máximo del
planeamiento vigente.
• Edificios adyacentes de altura superior a la permitida por el planeamiento
vigente, se puede igualarlos, no debe superar 2,25m la ARM, si no se
retranqueará 3m de la fachada o 5m si el ancho de la calle supera 20m.
• Si la planta baja esta desdoblada, y a este se le considera altillo, aunque en
fachada no aparece como tal, se considerará como una sola planta.
• Altura de pisos adicionales debe de ajustarse al ritmo de los pisos inferiores,
no será superior a la del último piso, su altura estará entre 3,05m y 2,75m
incluido forjado.
• El incremento del último piso se realizará sobre el último forjado, no sobre la
cubierta.
- Para conservar el paisaje del Ensanche, se
debe mantener, aunque no estén protegidas
individualmente,
las
fachadas
de
edificaciones anteriores a 1932.
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
6.
•
•
REGULACIÓN DEL REGIMEN DE DISCONFORMIDAD
CON EL PLANEAMIENTO DE EDIFICACIONES
Con el tiempo hay cambio de normativas y planeamiento, consecuencia:
EDIFICACIONES FUERA DE ORDENACIÓN O CON VOLUMEN DISCONFORME
Normativa de aplicación a expedientes consultados del 2000-2006 en régimen de
disconformidad:
- Plan General Metropolitano del 76 en la Ordenanza Metropolitana de
Rehabilitación (Art.11è, Art.13è):
Construcciones existentes antes de la aprobación del PGM que estén en
disconformidad con los parámetros urbanísticos podrán ser rehabilitados.
- LEYES:
Ley del Suelo de 1976 (Art. 60.1):
Se define por 1ª vez a nivel Estatal el Régimen de fuera de ordenación: Cualquier
edificación disconforme resultante del nuevo Plan General o Parcial.
Ley de Medidas de adecuación del Ordenamiento Urbanístico de Cataluña 3/84
(Art.45):
Es la 1ª vez que se regula a nivel urbanístico autonómico, diferenciando fuera de
ordenación y disconformidad volumétrica.
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
Ley de Urbanismo 2/2002 (Art. 102.4.5), Texto Refundido de la Ley de Urbanismo 1/2005 (Art.
102.4.5) y TRLU 1/2010 (Art. 108.4.5.)
Los expedientes del periodo 2002-2006, se podía haber analizado con la Ley actual
TRLU 1/2010, por el Art. de “Edificios y usos fuera de ordenación o con volumen
disconforme”, ya que no ha sido modificado desde que apareció en las leyes
urbanísticas anteriores, declarando:
-Toda construcción e instalación que no se ajuste al planeamiento vigente queda
en situación de disconformidad o fuera de ordenación.
-Permite autorizar las obras siempre que se adapten al nuevo planeamiento, de
consolidación y rehabilitación y de cambios de uso.
REGLAMENTO:
Reglamento de la ley de Urbanismo 305/2006 (Art. 119.2) 3) 4)):
Autoriza, además de lo mencionado anteriormente:
A realizar obras de gran rehabilitación en edificios volumétricamente
disconformes. Obras de gran rehabilitación, son actuación global en el edifico y que
conlleven:
-o incremento de volumen
-y/o redistribución general de espacios
-y/o cambio de uso
-y/o la sustitución del edificio
El Reglamento habilita a los planes urbanísticos a se más permisivos con la
consolidación de los edificios, siendo más flexible que la ley en el momento de autorizar
obras en edificios disconformes, permitiendo que el planeamiento declare compatibles
obras de “gran rehabilitación” entendidas en este sentido tan amplio.
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
7.
•
ANALISIS
Archivo municipal del Ensanche:
– 45 Expedientes de solicitud de licencia de rehabilitación integral del edificio,
en el periodo del 2000-2006:
– reforma estructural ( sin cambio de uso)
– reforma de fachada
– reforma con cambio de uso a hotel
– reforma con cambio de uso a vivienda
– reforma con cambio de uso a oficinas
– reforma con incremento de número de viviendas
– modificación de licencia en tramite o en ejecución
Proceso de reforma por años
Reforma estructutal (sin cambio de uso)
5
Reforma de fachada
4
Cambio de uso a hotel
3
Cambio de uso a vivienda
2
Cambio de uso a oficina
1
Incremento de nº deviviendas
0
2000
2001
2002
2003
2004
2005
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
2006
Modificaciones de licencias concedidad
2%
16%
22%
2%
Reforma estructutal (sin camb
de uso)
Reforma de fachada
Cambio de uso a hotel
Cambio de uso a vivienda
20%
22%
Cambio de uso a oficina
Incremento de nº deviviendas
16%
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
Modificaciones de licencias
concedidad
EXPEDIENTE TIPO
Número de muestra: 11
Año: 2001
Asunto: Reforma y cambio de uso de edificio a oficinas
Número de Expediente de Ayuntamiento: 02-2001LM07785
Ubicación: Pau Claris nª 94
Año del edificio: 1983
Tipología edificatoria: Oficinas
Informe Expedientes: Rehabilitación de edificio para obtener 2 oficinas diáfanas por planta
correspondientes a fachada principal y posterior. Colocación de ascensor. Pequeña parte de la
parcela calificada con 17/7, ahí no se actúa.
Superficie: 2.528 m²
PEM: 685.381,76 €
Altura Máx. de proyec: 21,76m
Profun. Edif. de proyec: 27,36m
(P-1+PB+P4+Patic)
PB: 56,60m
Clave: 13E, 17/7
Normativa: PGM 76, Normas Urbanísticas de la modificación del Plan Especial del patrimonio
arquitectónico, histórico y artístico de la ciudad de Barcelona. Distrito Ensanche. Distrito Ensanche
y Ordenanza de Rehabilitación y mejora del Ensanche de 1986.
AMR: 20,75m (PB+P5)
Profun. Edif. Máxima: 25,90m
PB: 38,85m
Licencia: Concedida
OBSERVACIONES: Según los datos encontrados es un edificio disconforme, tiene más profundidad
edificable que la permitida, y no se adapta al 13E en Profundidad edificable en Planta baja.
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa
8.
•
•
•
•
•
CONCLUSIONES
Volumetría disconforme:
- La normativa vigente se ha modificado tanto que la construcción existente es
incompatible, bien por altura, por profundidad máxima o por uso, aunque se
puede permitir rehabilitar o realizar mejoras.
- Con la calificación 13E y la Ordenanza de rehabilitación y mejora del Ensanche,
se pueden realizar actuaciones en edificios disconformes, adaptando la
profundidad edificable para dejar libre el interior de manzana (1,5*PE). Permite
aumentar nº de viviendas, cambiar de uso, o ampliar.
Se permite la consolidación de la edificabilidad antigua, la cual es mayor que la
actual:
- Obteniendo mayor volumen edificatorio que si fuera nuevamente construido.
- Casos que únicamente se mantiene forjados y fachada, distribución nueva.
El 13E, es un intento de volver a la idea inicial de Cerdà, un retroceso en el tiempo
hacia la calidad de vida, favoreciendo la salud mental y social del ciudadano.
- Pero... ¿ se esta cumpliendo el 13E? O ¿se esta flexibilizando?
- Según los expedientes analizados y los datos recogidos hay un 22,50% con
licencia concedida que no se adapta al 13E en PB.
Insuficiencia documental en los expedientes:
- Explicación gráfica pobre, de normativa a cumplir y de descripción de
parámetros del edifico.
- No hay documentación fotográfica del edificio ni adyacentes.
Informes:
- En los informes de concesión de licencias, no hay comentario por parte del
técnico municipal de, si es un volumen disconforme, de los parámetros del
edificio actuales y reformados.
Análisis de la evolución del Ensanche desde una perspectiva de normativa