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Amorebieta-Etxanoko Udala Bizkaia NORMATIVA URBANISTICA Sin perjuicio de la obligación de cumplimiento de la Normativa de carácter general aprobada en las NNSS vigentes se establecen además las siguientes limitaciones a la edificación. Art. 1.-Los parámetros urbanísticos serán los siguientes U.E E Sup. Total de la Sup.Máx.Ocup. Sup.Máx.Total Unidad M2 Sótano M2 S/rasante M2 1.725 1.216 8.385 Altura en Nº viv. Nº de plantas B+6+A y B+5+A y 74 B+4+A Art. 2- La envolvente del perfil edificatorio dibujado en el plano P4 será de obligado cumplimiento. El dibujo de la fachada no es vinculante. Art. 3.- La altura de las plantas, determinada por la cota existente entre la rasante de suelo y la parte superior de cada forjado del Plano P4 y P5 será asimismo de obligado cumplimiento. Esta altura podrá ajustarse para una mejor continuación de las cornisas y vuelos de los edificios colindantes. Art. 4.-La fachada de toda la unidad de ejecución contará con un solo proyecto básico de edificación Art. 5.- El edificio a construir continuará con la alineación de fachada del edificio de ladrillo rojo en los primeros 4ml en todas las plantas, para continuar después con la alineación de fachada del edifico en esquina. Art.-6 En el tramo de 4ml del art.5 se permitirán vuelos hasta la alineación de los balcones de la fachada colindante. En el resto de la fachada de la calle San Pedro no se permiten vuelos. Art.-7 La fachada medianera de la calle Bicauda se terminará con acabado de fachada principal. Art.-8 Son obligatorios los retranqueos de la edificación en el patio interior, excepto en los núcleos de comunicaciones.