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-
Diferenciación de tres accesos independientes: para el público, los funcionarios y los
detenidos.
-
Reordenación total de la distribución de espacios y usos dividiendo claramente el
interior del edificio en dos zonas: una de máximo acceso público (Salas de Vista y
Servicios Comunes) y otra de acceso restringido o más interna (despachos de
magistrados, secretarios judiciales, fiscales, y Unidades Procesales de Apoyo
Directo).
3. OBJETIVO
OBJETIVOS
S Y DETERMINACIONES DE
DE LA MODIFICACIŁN PROPUESTA.
PROPUESTA.
JUSTIFICACIŁN PORMENORIZADA DE LAS DETERMINACIONES DEL PGOU QUE
SE ALTERAN
Los objetivos de la Modificación del PGOU de Palencia propuesta son:
-
Cambiar la protección estructural del edificio por una protección ambiental I que
comprenda la parte noble del edificio (hasta la cornisa principal).
-
Establecer desde la cornisa principal una volumetría que posibilite la sustitución de las
actuales plantas tercera y bajo-cubierta por un cuerpo que pondrá en valor lo mejor
del edificio. Dentro del gálibo máximo que se define en esta Modificación se podrán
realizar una nueva planta tercera y una planta bajo cubierta. Este objetivo propone
una diferenciación entre la zona baja y la alta, mediante una pieza de remate que
haga atractiva la intervención, y cumpla con la funcionalidad requerida.
La Modificación propuesta afecta a una determinación de ordenación general: el grado
de protección, según el art. 84.2 a) del RUCyL.
El artículo 169 del RUCyL exige que se justifiquen de forma pormenorizada las
determinaciones del instrumento modificado que se alteran.
Supresión de la protección estructural del edificio:
No existen en el edificio elementos estructurales merecedores de protección: ya se ha
mencionado que la propia Ficha nÀ 001 del Catálogo no señala en este edificio ningún
elemento estructural a mantener.
Los patios interiores son muy convencionales y no presentan ningún tipo de singularidad
arquitectónica. La estructura portante, de forjados y pilares de hormigón armado con una
retícula de 3.5 metros, es también muy convencional. Las escaleras no presentan valores
especiales.
C/Otero y Delage,118. 28035 Madrid (Spain). E-mail: arquitectos @ arangurengallegos.com
arangurengallegos.com.
legos.com. Tf: +34 91 734 19 01. Fax: +34 91 316 08 1.
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Supresión de la protección a partir de la cornisa principal:
La fachada de la planta tercera desde la cornisa principal presenta menor calidad que
las plantas inferiores, en cuanto a materiales, proporciones, etc. debido a su uso inicial
como viviendas. El edificio quedará resaltado y singularizado adecuándose a una
sensibilidad contemporánea con una intervención arquitectónica de calidad también en
cuanto a los materiales de fachada y cubierta.
El art. 94.3 del RUCyL señala que: „La calificación urbanística debe establecerse de
forma que la edificabilidad y los demás parámetros de la edificación privada, tales
como altura, volumen o fondo edificable, no superen los niveles característicos de las
edificaciones con uso y tipología similares construidas legalmente en la unidad urbana
en la que estén incluidas‰.
Se cumple este artículo, ya que el volumen propuesto y su altura son los característicos
para un edifico de 4 plantas más bajo cubierta.
No se rompe la armonía del entorno, al existir edificios inmediatos con mayor número de
plantas.
4. CONVENIENCIA DE LA MODIFICACIŁN PROPUESTA: ACREDITACIŁN DEL
INTERÉS PÐBLICO
El interés público que justifica esta Modificación del PGOU de Palencia puede
acreditarse por los siguientes motivos:
-
Se podrá mantener la presencia de los órganos judiciales muy accesibles a
ciudadanos, jueces, etc. Por el contrario, el mantenimiento injustificado de la
protección estructural impediría la intervención arquitectónica que se necesita y quizá
podría conllevar el traslado de estos órganos fuera del centro histórico de la ciudad.
-
Supondrá la posibilidad de mejorar las infraestructuras de la Administración de
Justicia, modernizando este servicio público, de forma que los ciudadanos obtengan
un servicio de calidad en un entorno digno y funcional.
-
Se adecua la protección a la realidad de los valores merecedores de tal protección.
-
La sustitución de las plantas tercera y bajo cubierta por un nuevo cuerpo que se
desarrolle desde la línea de cornisa principal de la fachada, permitirá adecuar las
nuevas plantas tercera y bajo cubierta para uso judicial dotando al edificio de una
imagen más actual de cara a la ciudad.
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