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Recomendaciones AECOC para la Logística
RAL
Distribución de los Productos
del Mar Frescos
Mayo 2003
AECOC
RECOMENDACIONES AECOC PARA LA LOGÍSTICA
RAL – DISTRIBUCION DE LOS PRODUCTOS DEL MAR –
Parte I
Recomendaciones sobre Distribución de los Productos del Mar Frescos
Indice
Página
PARTE I
Higiene, seguridad y mantenimiento de la temperatura en la cadena de
suministro de los productos del mar........................................................................... 5
1 Introducción................................................................................................................. 6
2 Condición de conservación de los productos de la pesca........................................... 7
3 Condiciones generales de las instalaciones................................................................ 8
3.1
3.2
3.3
3.4
3.5
Barco.....................................................................................................................
Lonjas y Mercados................................................................................................
Mayoristas, sala de procesado de piscifactorías y plataforma de distribución ......
Transportista .........................................................................................................
Detallista ...............................................................................................................
8
8
9
9
10
4 Mantenimiento de la cadena de frío ............................................................................ 10
4.1
4.2
4.3
4.4
4.5
Barco.....................................................................................................................
Lonjas y Mercados................................................................................................
Mayoristas, sala de procesado de piscifactorías y plataforma de distribución ......
Transporte.............................................................................................................
Detallista ...............................................................................................................
10
12
12
13
15
5 Mejora de los procesos logísticos ............................................................................... 15
5.1 Transmisión de la información y trazabilidad ........................................................ 15
5.2 Procesos ............................................................................................................... 16
6 Control de la temperatura............................................................................................ 17
6.1 Selección de muestras.......................................................................................... 17
6.2 Medios de medición .............................................................................................. 18
7 Higiene del personal.................................................................................................... 19
8 Análisis de peligro y puntos críticos de control (APPCC) ............................................ 19
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RECOMENDACIONES AECOC PARA LA LOGÍSTICA
RAL – DISTRIBUCION DE LOS PRODUCTOS DEL MAR –
Parte I
PARTE II
Distribución de los mariscos........................................................................................ 20
1 Introducción................................................................................................................. 22
2 Condición de conservación de los mariscos................................................................ 23
3 Condiciones de higiene de las instalaciones ............................................................... 24
4 Mantenimiento de la cadena de frío ............................................................................ 24
4.1
4.2
4.3
4.4
4.5
Barco.....................................................................................................................
Lonjas y Mercados................................................................................................
Mayoristas, sala de procesado de piscifactorías y plataforma de distribución ......
Transporte.............................................................................................................
Detallista ...............................................................................................................
24
24
25
25
25
5 Envases de los mariscos............................................................................................. 25
6 Control de la temperatura............................................................................................ 25
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Parte I
PARTE III
Envases de los productos del mar .............................................................................. 26
1 Introducción................................................................................................................. 28
2 Requisitos generales de los envases de pesca........................................................... 28
3 Paletas ........................................................................................................................ 29
4 Características y criterios de compatibilidad de las CRT de pesca ............................. 30
4.1 Requisitos de las Cajas Reutilizables de Transporte de Productos del Mar .........
4.2 Parámetros estándares de compatibilidad ............................................................
4.3 Dimensiones nominales de los bordes funcionales estándares para las CRT
de tipo encajables típicas de productos del mar de base 600 x 400 mm ..............
4.4 Dimensiones nominales de los bordes funcionales estándares para las CRT
rígidas y plegables de base 600 x 400 mm...........................................................
4.5 Dimensiones nominales de los bordes funcionales estándares para las CRT
rígidas y plegables de base 300 x 400 mm...........................................................
31
33
35
36
37
5 Cajas de madera ......................................................................................................... 38
6 Cajas de porexpan ...................................................................................................... 38
7 Etiquetado ................................................................................................................... 39
Anexos
Anexo 1. Referencia de los reglamentos. ........................................................................ 40
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RAL – DISTRIBUCION DE LOS PRODUCTOS DEL MAR –
Parte I
PARTE I
Higiene, seguridad y mantenimiento de la
temperatura en la cadena de suministro de los
productos del mar frescos
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Parte I
1. Introducción
Las Recomendaciones AECOC para la Logística - RAL - sobre “Distribución de
Productos del Mar Frescos” son reglas y especificaciones logísticas que facilitan el
funcionamiento correcto de cada una de las partes integrantes de la cadena de
suministro. Las RAL sobre “Distribución de Productos del Mar Frescos” han sido
desarrolladas y acordadas por el Grupo de Trabajo AECOC, constituido por
representantes de empresas de proveedores y distribuidores del sector pesquero, y
operadores logísticos. Asimismo, el Comité de Productos del mar y el Comité de
Logística de AECOC acuerdan el presente desarrollo RAL y su aplicación en el ámbito
de la cadena de suministro.
El desarrollo de estas RAL responde a la necesidad que tiene el sector de estandarizar
los procedimientos y flujos físicos, de tal forma que maximicen la eficiencia logística de
estos productos cumpliendo con los requisitos de mantenimiento de calidad.
El mantenimiento de la cadena de frío es crítico para la conservación de los productos,
una rotura de la cadena del frío o un cambio brusco de temperatura puede dañar al
producto acortando su vida útil.
En la Parte I de estas recomendaciones sobre la distribución de los productos del mar
frescos, se exponen las recomendaciones sobre la distribución del pescado fresco y los
moluscos cefalópodos (como pulpo, calamares, sepia, chopo, etc.).
En la Parte II, se especifican las recomendaciones sobre la distribución de los mariscos:
equinodernos, crustáceos, moluscos bivalvos y gasteropodos.
En la Parte III, se describen las recomendaciones sobre los envases de los productos
del mar frescos.
Flujo de las mercancías
Barco
Granja/Zona de Producción
Envasado
Almacenamiento
Transporte a Lonja (barco o camión)
Extracción del pescado
Transporte a sala de procesado
Lonja
Exposición
Subasta
Sala de Procesado/Empaque
Manipulación/Clasificación
Envasado
Almacenamiento
Transporte
Mayorista
Manipulación/Clasificación
Envasado
Almacenamiento
Transporte Grupaje
Plataforma del Distribuidor
Detallista
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Mercado Central
Detallista
Exposición/Venta
Pescadería/Restaurante
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Parte I
2. Condición de conservación de los productos de la pesca
Para su correcta conservación, los productos frescos de la pesca se mantendrán a una
temperatura comprendida entre 0 ºC y 4 ºC a lo largo de toda la cadena de suministro.
Las bandejas de pescado fresco fileteado o troceado se mantendrán a una
temperatura comprendida entre 0 ºC y 4 ºC.
Para ello, todos los agentes implicados en la misma deben comprometerse en poner los
medios necesarios para mantener el producto dentro del rango de temperatura optima y
evitar los choques térmicos.
Cadena de frío de productos del mar
Mantenimiento del pescado fresco a una temperatura máxima de 4ºC y de las bandejas de
pescado fresco (troceado o fileteado) a una temperatura entre 0ºC y 4ºC
Barco
Lonja
Mayorista
Mercado Central
Transporte
Grupaje
Granja/
Zona de producción
Sala de procesado
Empaque
Detallista
Plataforma del Distribuidor
Las temperaturas de los productos en el transporte, en la distribución local y en los
muebles frigoríficos de venta al consumidor final tendrán una tolerancia que no
superara los + 3º C.
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3. Condiciones generales de las instalaciones
Los productos de la pesca necesitan condiciones de higiene especificas para no alterar
los productos y aumentar su vida útil. En este apartado, detallaremos los requisitos que
deben cumplir las instalaciones así como las condiciones de higiene a respetar.
3.1 Barco
Los buques de pesca deben cumplir con algunos requisitos con el fin de garantizar la
higiene y no contaminar los productos de la pesca:
ƒ Las partes del buque reservadas al almacenamiento del pescado o los recipientes
para tal efecto, deberán ser constituidos de modo que se puedan limpiar fácilmente
y que, en los casos de utilizarse hielo para mantener la temperatura de
conservación del pescado, el agua procedente de la fusión del hielo no
permanezca en contacto con los productos de la pesca.
ƒ Estas partes o recipientes no deberán contener objetos ni productos que puedan
transmitir a las mercancías propiedades nocivas.
Condiciones de higiene
ƒ Antes de que los productos de la pesca lleguen a bordo, todo el equipo y partes del
buque con el que estarán en contacto, se limpiarán con agua potable o agua de
mar limpia para eliminar la posible suciedad existente.
ƒ Una vez efectuado el desembarque de los productos de la pesca, se limpiará con
agua potable o agua de mar limpia los equipos y partes del buque que hayan
estado en contacto con estos productos.
3.2 Lonjas y Mercados
ƒ Las salas de exposición dispondrán de paredes y pavimento fáciles de limpiar, y
contarán con un dispositivo de evacuación de aguas residuales.
ƒ Las zonas de exposición para la venta de los productos pesqueros dispondrán de
una iluminación adecuada para facilitar el examen de dichos productos.
Condiciones de higiene
ƒ En las zonas donde se exponen o almacenen los productos, estará prohibido fumar
escupir, beber y comer. Igualmente la entrada de todo vehículo que emita gases
nocivos para la calidad de los productos pesqueros quedará prohibida.
ƒ Se limpiará y desinfectará la sala de exposición de los productos pesqueros
después de cada venta.
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3.3 Mayorista, Sala de procesado de piscifactorías y Plataforma de distribución
Las instalaciones industriales en las que se realicen las operaciones de manipulación,
clasificación y envasado deberán cumplir con los siguientes requisitos:
ƒ Los materiales de revestimiento de las construcciones serán de fácil limpieza.
ƒ Las construcciones evitarán la entrada de insectos, aves, roedores u otros
animales.
ƒ Los pavimentos de las zonas de trabajo estarán construidos con materiales no
absorbentes y resistentes, tendrán además una inclinación suficiente para facilitar
el desagüe de las aguas.
ƒ Todo material que tenga contacto con los productos pesqueros deberá:
- Estar fabricado con materias primas autorizadas,
- No transmitir a los productos sustancias tóxicas o contaminarlos,
- Ser lisas y no porosas.
ƒ Las superficies internas de los utensilios en contacto con los alimentos deben estar
dispuesta de tal forma que el equipo sea autovaciante o autodrenante.
Condiciones de higiene
ƒ Los suelos se lavarán y desinfectarán diariamente. Se procederá a la limpieza y
desinfección de todos los útiles empleados durante el proceso.
ƒ Los materiales utilizados para el despiece, eviscerado, etc., deberán limpiarse
correctamente y desinfectarse. Los residuos resultando de las manipulaciones
(orgánicos/inorgánicos) se depositarán en los recipientes dispuestos a tal fin.
3.4 Transportista
El vehículo en el que se efectuará el transporte del pescado fresco deberá tener la
superficie interna fácil de limpiar, lavar y desinfectar.
Condiciones de higiene
Los productos no podrán almacenarse o transportarse juntos con otros productos que
puedan afectar a su salubridad o puedan contaminarlos si no están provistos de un
envase que garantice una protección satisfactoria.
Solo se transportarán en un mismo vehículo aquellos productos compatibles respecto
a la temperatura y reglamentación.
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3.5 Detallista
Los locales destinados al comercio minorista de productos de la pesca deberán reunir
los siguientes requisitos:
ƒ Los pavimentos serán impermeables, de fácil limpieza y desinfección.
ƒ Las paredes y techos serán revestidos de material impermeable, de superficie lisa
de fácil limpieza y desinfección, y de colores claros.
ƒ El local dispondrá de la ventilación e iluminación adecuada. Los puntos de luz
estarán protegidos de tal forma que en caso de roturas no se produzca
contaminación de los productos. La iluminación será tal que no modifique los
colores naturales de los alimentos y no altere la temperatura de los productos
expuestos.
ƒ Los mostradores serán de material fácilmente lavable e impermeable. En caso de
mostradores no refrigerados, tendrán la inclinación suficiente hacia un canal de
desagüe situado en la parte inferior.
Condiciones de higiene
ƒ Los productos de la pesca se expondrán protegidos de la contaminación.
ƒ El local dispondrá de agua corriente potable.
ƒ Diariamente se lavará el piso, los zócalos y mostradores así como los utensilios o
maquinas.
4. Mantenimiento de la cadena del frío
Para conservar los productos de la pesca a una temperatura de 0º C a 4º C y asegurar el
mantenimiento de la cadena de frío, se recomienda que cada parte implicada en los
procesos de distribución cumpla con los siguientes requisitos:
4.1 Barco
En los casos de barcos no equipados con cámaras refrigeradas:
ƒ Para asegurar el mantenimiento de la temperatura del producto entre 0º C y 4º C,
se empleará hielo o cualquier sistema que permita garantizar la temperatura de
conservación del producto (gel pack, refrigeración, etc.).
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ƒ En caso de emplearse hielo:
- El pescado quedará recubierto de suficiente hielo para el mantenimiento de esta
temperatura hasta su desembarque.
- El patrón del barco deberá asegurarse de llevar suficiente hielo para mantener
las condiciones optimas de conservación de los productos hasta su
desembarque. El hielo se almacenará en condiciones que no permitan su
contaminación.
ƒ Si se emplea otro sistema para la conservación de los productos (como por ejemplo
gel pack), se deberá asegurar que lleve la cantidad suficiente para conservar el
pescado a la temperatura de conservación.
ƒ Los productos de la pesca no deberán ser conservados a bordo más de ocho horas
en caso de barcos no equipados con cámaras refrigeradas y sin hielo.
En los casos de barcos equipados con cámaras refrigeradas:
ƒ Se mantendrá la temperatura a un máximo de 4º C.
ƒ Las cámaras deberán estar aisladas térmicamente y equipadas de termógrafos con
registro de la temperatura. La sonda de temperatura deberá situarse en la parte de
la cámara donde la temperatura sea la más elevada.
En ambos casos, se recomienda que:
ƒ Una vez capturados, los productos de la pesca se preserven lo antes posible de la
suciedad y de la acción del sol y sean sometidos lo más rápidamente posible a la
acción del frío: cámaras, hielo u otro sistema que permita conservar el pescado a
una temperatura entre 0º C y 4º C.
ƒ La duración del viaje del pesquero se limite en función de los medios con los que
cuenta el barco para la manipulación y conservación del pescado fresco.
ƒ El desembarque de los productos de la pesca se efectúe rápidamente y de manera
a que los productos estén lo menos posible en contacto con el sol u otra fuente de
calor. Los productos desembarcados se llevarán a la sala de venta de la lonja o se
conservarán en cámaras refrigeradas a una temperatura máxima de 4º C.
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4.2 Lonja / Mercados
ƒ La exposición de los productos se realizará en salas cerradas refrigeradas a una
temperatura ambiente máxima de 12º C, siempre y cuando el pescado se
mantenga a una temperatura máxima de 4º C en hielo u otro sistema adecuado.
ƒ La sala de exposición se mantendrá a una temperatura máxima de 4º C, si el
pescado no se conserva con hielo u otro sistema adecuado.
ƒ En caso de tener cámaras de conservación, estas tendrán una temperatura
máxima de 4º C.
ƒ Durante todo el tiempo de la subasta, el pescado se mantendrá con hielo u otro
sistema adecuado para el mantenimiento de la temperatura de conservación.
ƒ En caso de emplearse hielo, si durante el proceso de la subasta, se quita la capa
superior de hielo para comprobar el estado del pescado, se deberá volver a cubrir
el pescado de hielo lo mas rápidamente posible. Cada lonja se encargará de tener
el personal suficiente para asegurar la reposición del hielo mientras dure la
subasta.
4.3 Mayorista, Sala de procesado de piscifactorías y Plataforma de distribución
ƒ Muelles de carga y descarga
Las operaciones de carga y descarga se realizarán en muelles refrigerados a una
temperatura ambiente máxima de 12º C. La temperatura del pescado se
mantendrá con hielo u otro sistema adecuado a una temperatura comprendida
entre 0º C y 4º C.
ƒ Instalaciones
Las instalaciones del mayorista deberán cumplir los mismos requisitos que la lonja,
es decir:
- Se mantendrá una temperatura ambiente máxima de 12º C en la sala de
procesado.
- El pescado se mantendrá con hielo u otro sistema adecuado a una temperatura
entre 0º C y 4º C.
- En caso de tener cámaras de conservación, estas tendrán una temperatura
máxima de 4º C.
ƒ Las salas donde se lleve a cabo las operaciones de manipulación, clasificación y
envasado se mantendrán a una temperatura ambiental máxima de 12º C.
ƒ Las salas donde se procese las bandejas de pescado fresco (fileteado o
troceado) se mantendrán a una temperatura máxima de 12º C.
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ƒ Se debe garantizar una agilidad en la manipulación y en los procesos para que el
producto se mantenga a una temperatura entre 0º C y 4º C.
ƒ Los productos pesqueros se almacenarán en cámaras refrigeradas a una
temperatura máxima de 4º C.
Los productos de la pesca no podrán almacenarse junto con otros productos que
puedan afectar a su salubridad o puedan contaminarlos si no están provistos de un
envase que garantice una protección satisfactoria.
4.4 Transporte
Durante todas las operaciones de transporte se tendrá particular atención en
mantener la temperatura de los productos entre 0º C y 4º C.
4.4.1 Transporte de la lonja al mayorista
En caso de que el mayorista tenga sus instalaciones dentro de la propia lonja,
las condiciones de temperatura serán idénticas a la de la lonja:
ƒ Se mantendrá una temperatura ambiente máxima de 12º C en la sala de
subasta.
ƒ El pescado se mantendrá a una temperatura entre 0º C y 4º C con hielo u otro
sistema adecuado.
ƒ En caso de tener cámaras de conservación, estas tendrán una temperatura
máxima de 4º C.
En los casos en que las instalaciones del mayorista se encuentren fuera de las
instalaciones de la lonja, se recomienda el transporte en camiones frigoríficos
con una temperatura máxima de 4º C.
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4.4.2 Transporte de la granja a la zona de producción
El transporte de la granja a la sala de producción (o procesado) se realizará:
ƒ En agua con hielo, lo que permitirá sacrificar y transportar el pescado al mismo
tiempo.
ƒ Si el pescado ya está muerto, se recomienda el transporte en camiones
frigoríficos con una temperatura máxima de 4º C. Para un recorrido de
duración máxima de 30 minutos, se podrá utilizar un transporte isotermo con la
condición de mantener una temperatura ambiente de un máximo de 12º C y el
producto a una temperatura máxima de 4º C manteniéndolo en hielo u otro
sistema adecuado.
4.4.3 Transporte grupaje
El transporte desde las instalaciones del mayorista o de la piscifactoría a la
plataforma del distribuidor o al mercado central se realiza generalmente por
grupaje. Las condiciones de transporte sean por grupaje o para una carga
completa serán idénticas:
ƒ El transporte de pescado fresco se realizará en camiones frigoríficos con una
temperatura máxima de 4º C.
ƒ Los muelles de carga y descarga serán refrigerados a una temperatura
ambiente máxima de 12º C. La temperatura del pescado se mantendrá con
hielo u otro sistema adecuado a una temperatura comprendida entre 0º C y
4ºC.
ƒ Una vez descargada la mercancía, se deberá trasladar los más rápidamente
posible en cámaras refrigeradas a una temperatura máxima de 4º C.
ƒ El transporte de bandejas de pescado fresco fileteado o troceado se realizará a
una temperatura comprendida entre 0º C y 4º C.
4.4.4 Transporte aéreo
El pescado fresco llegará a las instalaciones de los aeropuertos en camiones
frigoríficos con una temperatura máxima de 4º C.
Las zonas de recepción y expedición serán refrigeradas a una temperatura
ambiente máxima de 12º C. Las instalaciones del aeropuerto estarán dotadas de
almacenes refrigerado a una temperatura máxima de 4º C.
Para el transporte aéreo, el pescado deberá ir condicionado en un embalaje con
un sistema de drenaje para evacuar el exudado del pescado. Dicho embalaje
deberá ser al mismo tiempo estanco con el fin de no provocar ningún vertido en el
interior de los aviones.
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La mercancía estará condicionada en contenedores isotermos o refrigerados. En
caso de que la mercancía se paletice, las paletas estarán recubiertas con una
manta térmica, cuando la temperatura exterior lo requiera.
Se tendrá especial atención en agilizar los procesos de carga y descarga del
avión así como los de traslado de la mercancía a las pistas o zonas refrigeradas
del aeropuerto.
Durante todo los procesos de carga, descarga, transporte, manipulación o
almacenaje, la temperatura del pescado se mantendrá con hielo u otro sistema
adecuado a una temperatura comprendida entre 0º C y 4º C.
4.5 Detallista
ƒ En los casos de no tener muelles refrigerados, la descarga deberá realizarse con la
máxima celeridad y el producto no permanecerá más de 10 minutos fuera de
instalaciones refrigeradas a 12º C ambiente.
ƒ Los productos pesqueros se expondrán a la venta protegidos de la contaminación y
mantenidos entre 0º C y 4º C con hielo u otro sistema adecuado.
ƒ Los productos se almacenarán refrigerados a una temperatura máxima de 4º C.
ƒ La temperatura del producto se mantendrá entre 0º C y 4º C por un mostrador
refrigerado o por el uso de hielo u otro sistema adecuado.
5. Mejora de los procesos logísticos
5.1 Transmisión de la información y Trazabilidad
ƒ Antes de la llegada del barco al puerto, se transmitirá vía EDI u otro sistema de
información (fax, móvil, etc.), los datos de la captura: tipo de pescado, cantidad,
hora estimada de llegada al puerto...
ƒ Se recomienda a todos las partes implicadas en la cadena de suministro de los
productos del mar, intercambiar las informaciones vía los mensajes EDI de pedido
(ORDERS), de aviso de expedición (DESADV), de confirmación de recepción
(RECADV) y de facturación (INVOIC).
El intercambio de las informaciones vía EDI agiliza los procesos de entrega y
recepción.
ƒ Todos los implicados en la cadena de suministro de los productos del mar frescos
deberán asegurar la trazabilidad de los productos en cumplimiento al reglamento
CE nº 178/2002 del 28 de enero de 2002 que establece los principios y los
requisitos generales de la legislación alimentaria y fijan los procedimientos relativos
a la seguridad alimentaria.
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En dicho reglamento se establece que en todas las etapas de la producción, la
transformación y la distribución deberá asegurarse de la trazabilidad de los
alimentos, los piensos y los animales destinados a la producción de alimentos.
ƒ Se recomienda el uso del código EAN 128 según las normas AECOC de etiquetado
para agilizar la recepción y asegurar la trazabilidad de productos del mar.
Para la implantación de un sistema de trazabilidad, todas las empresas
participantes en la cadena de suministros deben asegurar el mantenimiento de
sistemas fiables de registro de datos que les permita relacionar cada producto con
su origen, procesos en los que se ha visto involucrado y destino del mismo y son a
su vez responsables de transmitir la correcta información de trazabilidad al
siguiente agente de la cadena cuando se considere necesario, así como un
correcto etiquetado de mercancías.
Para una correcta trazabilidad, se consultará el documento de AECOC, “Etiquetado
para la trazabilidad de productos del mar”.
5.2 Procesos
ƒ Para la realización de la descarga de los productos pesqueros, no se emplearán
herramientas ni se efectuarán manipulaciones que puedan dañar a las partes
comestibles de los productos pesqueros.
ƒ Las zonas de exposición para la venta de los productos pesqueros dispondrán de
una iluminación adecuada para facilitar el examen de dichos productos.
ƒ El producto expuesto para la venta no se sumergirá en agua u otro liquido.
ƒ El personal encargado de manipular los productos cumplirá con las normas
relativas a los manipuladores de alimentos (Real Decreto 202/2000).
ƒ El producto no estará en contacto directo con el suelo sino que estará aislado del
mismo y se expondrá sobre una paleta de plástico, en caja de plástico u otro
aislante conveniente.
ƒ Durante la exposición y la venta:
- Los productos deben estar clasificados, tipificados y etiquetados tal y como está
especificado en el Real Decreto 121/2004.
- La exposición se realizará de tal forma que se pueda acceder y examinar todos
los productos de la pesca expuestos para su venta. Se formarán por ejemplo,
pasillos para circular fácilmente entre las cajas.
ƒ Para mantener el producto en las mejores condiciones de conservación y
asegurar el mantenimiento de la cadena de frío:
- Se minimizarán las manipulaciones. Por ello, se recomienda evitar el cambio de
envase del producto, siempre que el proceso logístico lo permita.
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- Se tendrá especial cuidado en no llenar las cajas en exceso de forma que no se
aplaste el pescado con la colocación de la caja superior.
- El agua de lavado del pescado, en los procesos realizados en tierra, deberá
tener la misma temperatura que el pescado. Se obtendrá esta temperatura con
un enfriador o con agua mezclada con suficiente hielo.
- En caso de almacenarse las mercancías, las instalaciones estarán dotadas de
cámaras refrigeradas a una temperatura máxima de 4º C.
- Todas las operaciones de agrupación, clasificación de los envíos se realizarán
en salas refrigeradas a una temperatura ambiente máxima de 12º C.
ƒ El hielo que entre en contacto con estos productos se elaborará con agua potable o
con agua del mar limpia.
6. Control de la temperatura
Durante todo el proceso de distribución del pescado se controlará la temperatura del
producto en los distintos puntos de transmisión de la mercancía.
6.1 Selección de muestras
Cada receptor se asegurará del mantenimiento de la temperatura realizando un
control de la temperatura del producto seleccionando las muestras en los puntos que
presenten mayor temperatura.
Selección de muestras en el transporte
Los productos seleccionados en el transporte deben preferentemente proceder de las
cercanías del contorno de puertas, esquinas superior posterior, centro de carga, cerca
del grupo frigorífico y del aire de recuperación de evaporadores.
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Selección de muestras en cámaras frigoríficas
Los productos seleccionados en las cámaras frigoríficas deben preferentemente
proceder de las cercanías del contorno de puertas, centros y partes superior e inferior
de la cámara y próximos a la recuperación de aire del evaporador.
CD
Selección de muestras durante la exposición y venta de los productos
Las muestras seleccionadas deben proceder preferentemente de las zonas que
presenten mayor temperatura.
6.2 Medios de medición
Los instrumentos de medición de la temperatura deben cumplir los siguientes
requisitos:
ƒ tener un diseño adecuado para permitir un buen contacto con el producto.
ƒ estar contrastado por laboratorios autorizados.
ƒ tener una precisión de +/- 0,5º C,
ƒ comprobar la precisión de los instrumentos a intervalos regulares.
Procedimiento de medición de la temperatura de los productos
Se recomienda seguir el siguiente procedimiento de medición de la temperatura de los
productos:
ƒ Enfriar el sensor de calor y el instrumento de penetración a la temperatura de 4º C.
ƒ Introducir el sensor de calor en el centro del producto o a una profundidad de 2,5
cm.
ƒ Introducir a una profundidad de 3 o 4 veces el diámetro del sensor de calor cuando
las dimensiones de producto no permitan la introducción a 2,5 cm.
ƒ Registrar la temperatura indicada.
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7. Higiene del personal
Toda aquella persona que tenga contacto directo con los productos pesqueros deberá
cumplir las normas de higiene de los manipuladores de alimentos detalladas en el Real
Decreto 202/2000.
8. Análisis de peligro y puntos críticos de control (APPCC)
Las empresas dedicadas a la preparación, fabricación, transformación, envasado,
almacenamiento transporte, distribución, manipulación o venta de los productos del mar
definirá sistemas de controles adecuados de acuerdo con los principios del sistema
APPCC (análisis de peligro y puntos críticos de control) tal como queda reflejado en el
Real Decreto 2207/1995.
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Distribución de los Mariscos
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1 Introducción................................................................................................................. 22
2 Condición de conservación de los mariscos................................................................ 23
3 Condiciones de higiene de las instalaciones ............................................................... 24
4 Mantenimiento de la cadena de frío ............................................................................ 24
4.1
4.2
4.3
4.4
4.5
Barco.....................................................................................................................
Lonjas y Mercados................................................................................................
Mayoristas, sala de procesado de piscifactorías y plataforma de distribución ......
Transporte.............................................................................................................
Detallista ...............................................................................................................
24
24
25
25
25
5 Envases de los mariscos............................................................................................. 25
6 Control de la temperatura............................................................................................ 25
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Parte II
1. Introducción
En este apartado examinaremos las particularidades en la distribución de los mariscos:
equinodernos, crustáceos, moluscos bivalvos y gasteropodos. En estas
recomendaciones, se estudiará la distribución de los mariscos vivos que se conservan
con agua, los que se conservan sin agua y los mariscos frescos crudos o cocidos.
El mantenimiento de la cadena de frío es crítico para la conservación de los mariscos,
por lo tanto todos los agentes implicados en la cadena de suministro de los mariscos se
comprometerán en poner todos los medios necesarios para mantener la temperatura
adecuada de conservación de los mariscos.
En este documento, analizáremos los siguientes flujos de mercancía, las temperaturas
adecuadas de conservación de los productos durante la manipulación, el almacenaje, el
transporte y la exposición y venta así como los procedimientos para una correcta
manipulación de los productos.
Flujo de las mercancías
Barco
Cultivo
Zona de Producción
Lonja
Exposición
Subasta
Mayorista
Depuradora / Centro de expedición
Plataforma del Distribuidor
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Mercado Central
Exposición/Venta
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Detallista
Pescadería/Restaurante
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Parte II
2. Condición de conservación de los mariscos
Para su correcta conservación, los mariscos se mantendrán a las siguientes
temperaturas:
-
El marisco fresco cocido se mantendrá a una temperatura comprendida entre +0º C
y 4º C sin hielo a lo largo de toda la cadena de suministro. Igualmente se podrá
mantener la temperatura con hielo si el producto está envasado o debidamente
protegido del hielo.
-
El marisco fresco crudo se mantendrá a una temperatura comprendida entre +0º C y
4º C con hielo o envasado (en atmósfera modificada por ejemplo), a lo largo de toda
la cadena de suministro para una correcta hidratación y humedad del marisco.
-
El marisco vivo que se transporta sin agua, se mantendrán a una temperatura entre
2º C y 10º C. En este caso, la cadena de suministro deberá ser tensa y rápida.
-
El marisco vivo que se transporta con agua se mantendrá en agua a una
temperatura comprendida entre 12º C y 15º C, el agua se oxigenará con aireadores.
Para ello, todos los agentes implicados en la misma deben comprometerse y poner los
medios necesarios para mantener el producto dentro del rango de temperatura optima y
evitar los choques térmicos.
Cadena de frío de los mariscos
Se mantendrá la temperatura adecuada a lo largo de toda la cadena de suministro
Detallista
Barco
Lonja
Mayorista
Mercado Central
Cultivo/
Zona de producción
Plataforma
del Distribuidor / Detallista
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Parte II
3. Condiciones de higiene de las instalaciones
Las condiciones de higiene especificas que deben cumplir las instalaciones para no
alterar la calidad de los mariscos son idénticas a las detalladas en parte I, apartado 3
“Condiciones de higiene de las instalaciones”.
En el caso de los moluscos bivalvos vivos, en el Real Decreto 571/1999 se detallan las
condiciones de higiene que deben cumplir las instalaciones de depuración así como
requisitos sobre las condiciones biológicas de los moluscos.
4. Mantenimiento de la cadena del frío
Para conservar los mariscos dentro de los rangos de temperatura que hemos definido en
el apartado 2 “Condición de conservación de los mariscos” y asegurar el mantenimiento
de la cadena de frío, se recomienda que cada parte implicada en los procesos de
distribución cumpla con las siguientes recomendaciones:
4.1 Barco
ƒ En el caso de marisco fresco crudo: se mantendrá a una temperatura
comprendida entre +0º C y 4º C en hielo o cualquier sistema que permita garantizar
la temperatura de conservación (gel pack, refrigeración, etc.)
ƒ En el caso de marisco que se transporta vivo sin agua: se trata de una pesca
realizada en un día y el transporte deberá ser lo más rápido posible.
ƒ En el caso de marisco que se transporta vivo con agua: se mantendrá en
tanques de agua oxigenados y mantenidos a la temperatura adecuada para la
supervivencia de los mariscos.
4.2 Lonja / Mercados
ƒ La exposición del marisco fresco se realizará en las mismas condiciones que la del
pescado fresco, parte I apartado 4. “Mantenimiento de la cadena de frío”.
ƒ En el caso de marisco vivo, se realizará la subasta en salas cerradas refrigeradas a
una temperatura ambiente de 15º C. Los mariscos vivos conservados en agua se
mantendrán en unos recipientes con agua vigilando que la temperatura de esta no
exceda los 15º C.
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Parte II
4.3 Mayorista, Sala de procesado de piscifactorías y Plataforma de distribución
Las condiciones de temperaturas que deben cumplir las instalaciones de los
mayoristas, del distribuidor y las salas de procesado son idénticas a las detalladas en
parte I, apartado 4 “Mantenimiento de la cadena del frío”.
Las cámaras de conservación de los mariscos tendrán la temperatura adecuada a
cada tipo de producto que se almacene en ella.
4.4 Transporte
Durante todas las operaciones de transporte se tendrá particular atención a mantener
la temperatura adecuada para cada tipo de marisco según sea crudo, fresco o vivo.
Las condiciones de transporte sean por grupaje o para una carga completa serán
idénticas.
Una vez descargada la mercancía, se deberá trasladar lo más rápidamente posible a
unas instalaciones refrigeradas a la temperatura adecuada para cada tipo de marisco.
4.5 Detallista
ƒ En los casos de no tener muelles refrigerados, la descarga deberá realizarse con la
máxima celeridad y el producto no permanecerá más de 10 minutos fuera de
instalaciones refrigeradas a 12º C ambiente.
ƒ Los mariscos se expondrán a la venta protegidos de la contaminación.
ƒ Los mariscos frescos se almacenarán refrigerados a una temperatura máxima de
4º C.
5. Envases de los mariscos
En el caso de los moluscos bivalvos el envase deberá permitir evacuar el agua que
desprende y al mismo tiempo no permitir que se abra el molusco.
Para el resto de los mariscos se podrán utilizar los mismos envases que los
recomendados en la Parte III “Envases de los productos del mar”.
6. Control de la temperatura
El control de la temperatura se realizará en las mismas condiciones que en el caso del
pescado fresco, salvo en el caso de los mariscos vivos en los que solo se podrá
controlar la temperatura del agua o la temperatura ambiente, en ningún momento se
introducirá el sensor de calor para verificar la temperatura del marisco vivo.
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Parte III
PARTE III
Envases de los Productos del Mar
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Parte III
Recomendaciones sobre Distribución de los Productos del Mar
Indice
Página
PARTE III
Envases de los productos del mar
1 Introducción................................................................................................................. 28
2 Requisitos generales de los envases de pesca........................................................... 28
3 Paletas ........................................................................................................................ 29
4 Características y criterios de compatibilidad de las CRT de pesca ............................. 30
4.1 Requisitos de las Cajas Reutilizables de Transporte de Productos del Mar .........
4.2 Parámetros estándares de compatibilidad ............................................................
4.3 Dimensiones nominales de los bordes funcionales estándares para las CRT
de tipo encajables típicas de productos del mar de base 600 x 400 mm ..............
4.4 Dimensiones nominales de los bordes funcionales estándares para las CRT
rígidas y plegables de base 600 x 400 mm...........................................................
4.5 Dimensiones nominales de los bordes funcionales estándares para las CRT
rígidas y plegables de base 300 x 400 mm...........................................................
31
33
35
36
37
5 Cajas de madera ......................................................................................................... 38
6 Cajas de porexpan ...................................................................................................... 38
7 Etiquetado ................................................................................................................... 39
Anexos
Anexo 1. Referencia de los reglamentos. ........................................................................ 40
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Parte III
1. Introducción
Los envases son elementos esenciales de la cadena de suministro y repercuten tanto en
la productividad, el almacenamiento, la manipulación o el transporte como en la higiene
y la protección del producto. Por ello, es importante que el envase sea el adecuado y
responda a criterios de compatibilidad con el fin de optimizar la cadena de suministro.
El objetivo de estas recomendaciones es facilitar las funciones de almacenamiento,
transporte y manipulación en todo el proceso de suministros de productos. La guía
enfoca las Recomendaciones y características de los embalajes en general, bajo el
criterio de armonización entre las necesidades comerciales y logísticas de los productos,
de forma que su adopción represente una herramienta útil que aporte una ayuda eficaz
en el proceso distributivo.
El embalaje debe ofrecer una serie de prestaciones que permitan asegurar el flujo de
producto, favorecer la información relativa al mismo, y facilitar la optimización de los
procesos distributivos.
2. Requisitos generales de los envases de pesca
El conjunto de los envases de pesca deberá cumplir los siguientes requisitos en
cumplimiento con el Real Decreto 1437/1992 por el que se fijan las normas sanitarias
aplicables a la producción y comercialización de los productos pesqueros y de la
acuicultura y del Real Decreto 888/1988 por el que se aprueba la norma general sobre
recipientes que contengan productos alimenticios frescos, de carácter perecedero, no
envasados o envueltos.
Š
El envasado y el embalado deberán efectuarse en condiciones higiénicas
satisfactorias evitando toda contaminación de los productos pesqueros.
Š
Los materiales de envasado y embalado deberán cumplir todas las normas de
higiene y en particular:
- No podrán alterar las características organolépticas (untuosidad, aspereza, sabor,
brillo, etc.) de los productos pesqueros.
- No podrán transmitir a éstos sustancias nocivas para la salud humana.
- Tendrán la resistencia necesaria para garantizar una protección eficaz de los
productos pesqueros.
Š
Los recipientes deberán estar fabricados de tal manera que impidan el contacto del
contenido con materiales distintos a los del propio recipiente, evitándose que
sobresalga el producto y limitando las aperturas de ventilación y sujeción a las
imprescindibles en las paredes laterales, en el fondo y en las esquinas.
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Parte III
Š
Aquellos recipientes en los que el fondo tenga espacios que permitan el contacto de
los alimentos con el exterior, deberán tener necesariamente salientes o nervaduras u
otros sistemas de protección que garanticen que el producto contenido no estará en
contacto con el suelo.
Š
El material de envasado y embalado no podrá utilizarse más de una vez, con la
excepción de los envases de material impermeable, liso, resistente a la corrosión y
fácil de lavar y desinfectar, que podrán utilizarse de nuevo tras su limpieza y
desinfección.
Š
El material de envasado utilizado para los productos frescos que se conserven en
hielo deberá permitir la evacuación del agua de fusión. Para ello, las cajas deben
incorporar sistemas de drenaje que favorezca una rápida evacuación del agua de
fusión del hielo. Se recomienda que los desagües estén situados de tal forma que el
agua de la caja superior no entre en la inferior.
Š
No podrán ser reutilizados los recipientes de madera, cartón y poliestireno
expandido.
Š
En caso de utilizarse otros materiales no contemplados en estas RAL, al margen del
cumplimiento de la legislación vigente y las normas descritas anteriormente, se
recomienda que las dimensiones de las cajas sean compatibles con las de las cajas
reutilizables de transporte detalladas en este documento.
Š
Se recomienda que los fabricantes de embalajes inserten el valor de la tara sobre el
soporte de los embalajes como dato informativo.
Š
Como recomendación general, los agentes de la cadena de suministro de productos
del mar irán progresivamente reduciendo el peso del contenido de las cajas.
3. Paletas
La paleta empleada para la configuración de la unidad de carga paletizada será una
paleta EUR de 800 x 1200 mm que cumpla la norma UNE 58-006-94 o la media paleta
de 600 x 800 mm que cumpla la norma DIN 15 146. No se emplearán paletas de un solo
uso, ni en mal estado, puesto que constituyen un riesgo para la seguridad de los
trabajadores y de las mercancías que contengan.
El pescado fresco no podrá almacenarse o transportarse directamente encima de una
paleta de madera sino que deberá estar aislado de la misma.
Aquellos pescados que por sus dimensiones no quepan en cajas se podrán exponer,
almacenar o transportar en paletas de plástico de dimensiones de 800 x 1200 mm.
Las alturas y pesos máximos de las unidades de carga paletizadas cumplirán con los
requisitos de la RAL sobre las Unidades de Carga Eficiente.
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Parte III
Se recomiendan las siguientes alturas de unidades de carga paletizadas (paleta de 800
x 1.200 mm) de productos de gran consumo:
Š
Como norma general los tres rangos siguientes de alturas máximas de las unidades
de carga: 1,15 metros, 1,45 metros y 2 metros.
Š
La presentación de dos unidades de carga remontadas con altura máxima cada una
de 1,35 m.
Se limita la carga máxima a 1.000 kgr. por unidad de carga con paleta de 800 x 1.200
mm. La unidad de carga secundaria no deberá sobrepasar el peso de 20 kg, y disponer
de un diseño con dimensiones de altura, anchura y longitud que no entrañen riesgos en
la manipulación y permitan la accesibilidad ergonómica de la misma.
No obstante debe quedar abierta la posibilidad de negociar y reflejar en la ficha logística,
las medidas y pesos que se adapten a las necesidades particulares de almacenamiento
y para ello se aplicará el análisis de procesos y costes de la unidad de carga como se
describe en la RAL sobre la Unidades de Carga Eficiente.
4. Características y criterios de compatibilidad de las CRT de Pesca
El objetivo de las presentes Recomendaciones es el de reducir los Costes de la Cadena
de Suministro de los productos del mar mediante unos Criterios de Compatibilidad, que
permiten que diferentes tipos de Cajas Reutilizables de Transporte -CRT- puedan
apilarse y configurar unidades de carga paletizadas eficientes.
El presente documento aborda la Caja Reutilizable de Transporte -CRT- básica de 600 x
400 mm., sus submúltiplos y la manera en que se pueden compatibilizar entre sí los
diferentes tipos para ofrecer un apilado y manipulación seguras en toda la Cadena de
Suministro.
Entre los beneficios que aportan estas recomendaciones están:
Š
No tener que transferir las mercancías de una caja a otra para lograr la estabilidad
de la carga.
Š
Una reducción de los daños que se producen en los productos cuando se manipulan
las cajas.
Š
Poder seleccionar la Caja Reutilizable de Transporte adecuada para el producto
entre varios diseños y proveedores, sabiendo con certeza que no tendrá problemas
de manipulación y apilamiento con otras Cajas Reutilizables de Transporte -CRT-.
Š
Cumplir los requisitos de la norma UNE 53-250-91 91 “Cajas de materiales plásticos
para el transporte de pescado fresco: Características y métodos de ensayo”.
Cuando surja una normativa europea con objeto de armonizar los elementos reutilizable
de transporte en el sector de los productos del mar, este documento se revisará y
adaptará a dicha norma.
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Parte III
4.1 Requisitos de las Cajas Reutilizables de Transporte de Productos del Mar
4.1.1 La compatibilidad estándar
La compatibilidad de las CRT es un requisito básico para aumentar la eficiencia
en toda la cadena de suministros. Para configurar un apilado estable y reducir los
costes de manipulación, almacenamiento y transporte, los distintos diseños de
CRT deben ser compatibles entre sí, tanto cargados con mercancías como
vacíos.
Estas Recomendaciones se han elaborado para ayudar a los fabricantes de cajas
de plástico y a los usuarios de ERT a especificar y diseñar nuevas cajas apilables
y compatibles. Obviamente, estas directrices no pueden cambiar los diseños que
ya existen pero con el paso del tiempo, se producirá una convergencia de
principios de diseño diferentes y un aumento del número de CRT compatibles.
Las presentes recomendaciones no representan una especificación completa para
cada aspecto de diseño de las CRT, ni pretenden recomendar un diseño concreto
de caja frente a otro; el objetivo es facilitar especificaciones que se puedan aplicar
a todo tipo de CRT apilables a fin de conseguir la compatibilidad entre los
diferentes tipos de cajas y diseños.
¡Elimine las barreras!
de:
AECOC
a:
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4.1.2 Otros requisitos específicos a las CRT de Productos del Mar
Las CRT de Productos del Mar deberán cumplir la norma UNE 53-250-91 que
describe las características y los métodos de ensayo de las cajas fabricadas con
materiales plásticos usadas para la carga, descarga y transporte de pescado
fresco.
Además, el diseño y la fabricación de las CRT deberán cumplir los siguientes
requisitos:
ƒ Cumplir con la reglamentación sanitaria en vigor sobre las materias
macromoleculares que han de estar en contacto con productos alimenticios. La
materia prima utilizada para la fabricación de las cajas deberá cumplir el Real
Decreto RD 442/2001.
ƒ El material empleado para la fabricación de las CRT deberá ser resiste a
temperaturas de -25ºC para procesos de congelación de los productos y a
temperaturas de 90ºC para limpieza e higienización de las cajas.
ƒ Prever una zona destinada al etiquetado en cumplimiento del Real Decreto
331/1999 de Normalización y Tipificación de los Productos de la Pesca
Frescos, refrigerados o cocidos. La etiqueta se ubicara según las
Especificaciones AECOC sobre Codificación. La ubicación de las Etiquetas
permitirá la aplicación manual o automática de estas y no limitará la lectura
automática de los Códigos de Barras EAN con lectores fijos o portátiles.
ƒ Incorporar sistemas de drenaje que favorezca una rápida evacuación del agua
de fusión del hielo en cumplimiento de la Directiva 91/493/CEE y del Real
Decreto 1437/1992 sobre condiciones sanitarias aplicables a la producción
pesquera. Los desagües estarán situados de tal forma que el agua de la caja
superior no entra en la inferior.
ƒ Ser fácil de lavar y desinfectar para poder utilizarse de nuevo.
ƒ Las dimensiones exteriores deberán permitir una paletización en paletas EUR
de 800X1200 mm.
ƒ Estar provistas de asas para facilitar la manipulación, de salientes o de otro
sistema de protección que impida el contacto de la mayor parte del fondo de la
caja con el suelo.
ƒ El interior de las cajas estará diseñado de forma que no existan aristas vivas o
concavidades que puedan dañar el producto transportado.
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Parte III
4.2 Parámetros estándares de compatibilidad
En este apartado, trataremos los criterios de compatibilidad de tres tipos de CRT:
ƒ las CRT encajables típicas de productos del mar,
ƒ las CRT rígidas,
ƒ las CRT plegables.
Las cajas reutilizables de transporte encajables típicas de productos del mar son
actualmente las que más se emplean en los barcos y pueden utilizarse en toda la
cadena de suministro.
Las especificaciones recomendadas en este apartado permiten:
ƒ Apilar una CRT de tipo rígida sobre otra del mismo tipo,
ƒ Apilar una CRT de tipo plegable sobre otra del mismo tipo,
ƒ Apilar una CRT de tipo rígida sobre otra de tipo plegable e inversamente,
ƒ Apilar una CRT encajable típica de productos del mar sobre otra del mismo tipo.
Las CRT de tipo encajables típicas de productos del mar debido a las características
propias de este tipo de cajas, no se podrán apilar ni en carga ni vacías sobre las CRT
rígidas y plegables.
CRT de tipo rígidas
CRT de tipo plegable
CRT de tipo plegable
apilable sobre
CRT de tipo rígidas
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CRT encajable típica
de productos del mar
CRT de tipo rígidas
apilable sobre
CRT de tipo plegable
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CRT de tipo encajable
no apilable sobre
CRT de tipo plegable
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CRT de tipo encajable CRT de tipo plegable CRT de tipo rígidas
no apilable sobre
no apilable sobre
no apilable sobre
CRT de tipo rígidas
CRT de tipo encajable CRT de tipo encajable
Las dimensiones externas máximas de las CRT encajables típicas de productos del
mar serán de 600 x 400 mm. Para las CRT de tipo rígidas y plegables, las
dimensiones externas máximas podrán ser de 600 x 400 mm o de 400 x 300 mm. El
espesor de las cajas se deja a elección de cada fabricante de CRT.
Los tipos de CRT encajables típicas de productos del mar deberán cumplir las
especificaciones dimensionales de los bordes estándares detallados en el plano
descrito en el apartado 4.3.
Igualmente, los tipos de CRT rígidas y plegables con forma de paralelepípedos
rectangulares deberán cumplir con las especificaciones dimensionales de los bordes
estándares funcionales superiores e inferiores según se detallan en el plano descrito
en el apartado 4.4 y 4.5.
Adendum 23 de septiembre de 2003
Los bordes de la CRT encajable típica de productos del mar están libre de patente a
partir de septiembre 2003 según publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad
Industrial de la Oficina Española de Patentes y Marcas. Con lo cual, cualquier
fabricante de este tipo de caja, tiene la opción de poder fabricarla sin ningún tipo de
impedimento.
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Parte III
4.3 Dimensiones nominales de los bordes funcionales estándares para las CRT de tipo encajables típicas de productos del mar
de base 400 x 600 mm.
Alturas de las cajas 9 y 12 cm.
600 +0/-2
8
528
12
8
56
92
35
250
30
35
346
234
R10
110
232
12
66
48
400 +0/-2
48
12
118
40
48
R20
66
48
20
R10
493
Vista superior
Vista Inferior
Las cajas reutilizables de pescado correspondiente a este borde están aprobadas y utilizadas para la distribución de pescado fresco
desde el barco hasta el distribuidor.
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Parte III
4.4 Dimensiones nominales de los bordes funcionales estándares para las CRT (rígidas y plegables) de base 600 x 400 mm.
600 + 0/- 2
R 27
560 +/- 2
360 +/- 1,5
400 +0/- 1,5
366 +/- 1,5
400 +0/- 1,5
566 +/- 2
600 +0/- 2
R 10
Vista superior
R 12
11 +/- 0,5 mm
R 27
Vista inferior
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Cajas Reutilizables de Transporte
600 x 400 mm
Perfiles o Bordes Funcionales Estándares
Vista lateral
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Parte III
4.5 Dimensiones nominales de los bordes funcionales estándares para las CRT (rígidas y plegables) de base 300 x 400 mm.
400 +0/- 2
400 +0/- 2
360,5 +/- 2
260,5 +/- 1,5
300 +0/- 1,5
264 +/- 1,5
R 27
300 +0/- 1,5
364 +/- 2
R 10
R 12
Vista superior
Vista inferior
R 27
11 +/- 0,5
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Cajas Reutilizables de Transporte
400 x 300 mm
Perfiles o Bordes Funcionales Estándares
Vista lateral
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5. Cajas de madera
Las cajas de maderas que se utilicen para la distribución de productos frescos de la
pesca serán fabricadas con madera nueva y limpia, en cumplimiento al Real Decreto
número 1521/84.
Las cajas serán de un solo uso y no se podrán reutilizar ni siquiera después de
limpiarlas.
Las cajas de madera incorporarán un sistema de drenaje que favorezca una rápida
evacuación del agua de fusión del hielo en cumplimiento de la Directiva 91/493/CEE y
del Real Decreto 1437/1992 sobre condiciones sanitarias aplicables a la producción
pesquera.
Se recomienda que los desagües de las cajas de madera estén situados de tal forma
que el agua de la caja superior no entre en la inferior.
Igualmente, las cajas de madera deberán cumplir el Real Decreto 888/1988 sobre la
norma general sobre recipientes que contengan productos alimenticios frescos.
Se recomienda que las cajas de madera cumplan con los siguientes requisitos:
Š
Dimensiones de las cajas de madera:
300 x 400
600 x 400
800 x 600
Š
Los bordes de las cajas de madera serán compatibles con los bordes estándares de
las cajas rígidas y plegables del apartado 2.4 y 2.5.
6. Cajas de Porexpan
Las cajas de porexpan que se utilicen para la distribución de productos frescos de la
pesca deberán incorporar sistemas de drenaje que favorezca una rápida evacuación del
agua de fusión del hielo en cumplimiento del la Directiva 91/493/CEE y del Real Decreto
1437/1992 sobre condiciones sanitarias aplicables a la producción pesquera.
Se recomienda que los desagües de las cajas de porexpan estén situados de tal forma
que el agua de la caja superior no entre en la inferior.
Las cajas serán de un solo uso y no se podrán reutilizar ni siquiera después de
limpiarlas.
Igualmente, las cajas de porexpan deberán cumplir el Real Decreto 888/1988 sobre la
norma general sobre recipientes que contengan productos alimenticios frescos.
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Parte III
Se recomienda que las cajas de porexpan cumplan con los siguientes requisitos:
Š
Dimensiones de las cajas de porexpan:
300 x 400
600 x 400
800 x 400
Š
Los bordes de las cajas de porexpan serán compatibles posible con los bordes
estándares de las cajas rígidas y plegables del apartado 2.4 y 2.5.
7. Etiquetado
El producto deberá ir identificado y por lo tanto, deberá existir en todos los envases un
emplazamiento para la colocación de una etiqueta. Dicha etiqueta se ubicará según las
especificaciones AECOC sobre codificación.
La ubicación de las Etiquetas permitirá la aplicación manual o automática de estas y no
limitará la lectura automática de los Códigos de Barras EAN con lectores fijos o
portátiles.
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Anexos
ANEXOS
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Anexos
Anexo 1. Referencia de los Reglamentos
ATP
Acuerdo sobre transportes internacionales de
mercancías perecederas y sobre vehículos especiales
utilizados en estos transportes
DIRECTIVA 91/493/CEE
Normas sanitarias aplicables a la producción y a la
puesta en el mercado de los productos pesqueros
REGLAMENTO CE 178/2002
Principios y requisitos generales de la legislación
alimentaria, creación de la autoridad europea de
seguridad alimentaria y procedimientos relativos a la
seguridad alimentaria.
REAL DECRETO 202/2000
Normas relativas a los manipuladores de alimentos.
REAL DECRETO 121/2004
Identificación de los productos de la pesca, de la
acuicultura y del marisqueo vivos, frescos,
refrigerados o cocidos
REAL DECRETO 442/2001
Lista de sustancias permitidas para la fabricación de
materiales y objetos plásticos destinados a entrar en
contacto con los alimentos.
REAL DECRETO 888/1988
Norma general sobre recipientes que contengan
productos
alimenticios
frescos,
de
carácter
perecedero no envasados o envueltos.
REAL DECRETO 1437/1992
Normas sanitarias aplicables a la producción y
comercialización de los productos pesqueros y de la
acuicultura.
REAL DECRETO 1521/1984
Reglamentación
técnico-sanitaria
de
los
establecimientos y productos de la pesca y la
acuicultura con destino al consumo humano.
REAL DECRETO 2207/1995
Normas de
alimenticios
UNE 53-250-91
Norma UNE de Cajas de materiales plásticos para el
transporte de pescado fresco.
UNE 58-006-94
Paletas para la manipulación de mercancías. Paletas
recuperables de madera de medidas 800x1200 mm.
AECOC
MAYO 2003
higiene
relativas
a
los
productos
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