Download estabilidad presupuestaria – aprobación presupuesto ejercicio 2016

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
AY U N TA M I E N T O
DE
12594 ORPESA / OROPESA DEL MAR
(Castelló / Castellón)
ASUNTO: ESTABILIDAD
EJERCICIO 2016.
PRESUPUESTARIA
–
APROBACIÓN
PRESUPUESTO
INFORME DE INTERVENCIÓN
PATRICIA FERRE CUQUERELLA, Interventora del Ayuntamiento de Oropesa del Mar, ha
examinado el Presupuesto del Ejercicio 2.016, en base a lo establecido en el art. 16.2 del
Real Decreto 1463/2007 por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley
18/2001 de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las entidades locales y emite el
siguiente:
INFORME
La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad
Financiera, (en adelante LOEPSF) establece:
Articulo 2 Ámbito de aplicación subjetivo.
A los efectos de la presente ley, el sector público se considera integrado por los
siguientes grupos de agentes:
....
1.c) Corporaciones Locales
Articulo 3 Principio de estabilidad presupuestaria.
1. La elaboración, aprobación y ejecución de los Presupuestos y demás actuaciones que
afecten a los gastos o ingresos de los sujetos comprendidos en el ámbito de aplicación de
esta Ley se realizará en un marco de estabilidad presupuestaria coherente con la normativa
europea en los términos establecidos en el artículo 11 de esta ley.
Articulo 11 Instrumentación del principio de estabilidad presupuestaria de las entidades
locales.
....
4.- Las Corporaciones Locales deberán mantener una posición de equilibrio o superávit
presupuestario.
El Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, establece:
C/ Doña Laura de Cervellón, 5 A • Teléfonos 964 31 01 00 - 964 31 01 01 • Fax 964 31 00 66 – C.I.F.: P 1208500-G
AY U N TA M I E N T O
DE
12594 ORPESA / OROPESA DEL MAR
(Castelló / Castellón)
Artículo 16 Evaluación del cumplimiento del objetivo de estabilidad
2. En las restantes entidades locales, la Intervención local elevará al Pleno un informe sobre
el cumplimiento del objetivo de estabilidad de la propia entidad local y de sus organismos y
entidades dependientes.
El informe se emitirá con carácter independiente y se incorporará a los previstos en los
artículos 168.4, 177.2 y 191.3 del texto refundido de la ley reguladora de las Haciendas
Locales, referidos, respectivamente, a la aprobación del presupuesto general, a sus
modificaciones y a su liquidación.
Articulo 21 Aprobación de los planes económico-financieros por el Pleno.
1. La aprobación del plan económico-financiero por el Pleno de la entidad local podrá
efectuarse
en la misma sesión que la correspondiente a la aprobación del presupuesto general o de las
modificaciones al mismo que sean de su competencia, mediante acuerdo específico y
separado del de aprobación del presupuesto, en el supuesto de que sea el propio
presupuesto inicial o modificaciones posteriores las que incumplan el objetivo. En todo caso,
el plazo máximo para la aprobación del plan es de tres meses a contar desde la aprobación
del presupuesto general o sus modificaciones.
Se exceptúan de lo dispuesto en el párrafo anterior las modificaciones presupuestarias
financiadas con remanente de tesorería para gastos generales, las cuales no precisarán de
elaboración de Plan económico financiero hasta la liquidación del presupuesto, en su caso.
Analizando las liquidaciones objeto del presente informe en términos de estabilidad
presupuestaria, conforme a las normas del SEC-95, podemos decir que existe estabilidad
cuando existe equilibrio entre los capítulos no financieros de gastos e ingresos, es
decir entre los capítulos 1 al 7 del presupuesto de gastos e ingresos, debidamente
corregidos con los ajustes propuestos por el “Manual de cálculo del déficit en contabilidad
nacional adaptado a las corporaciones locales” elaborado por la IGAE.
Si procedemos a realizar la comparación de acuerdo con los criterios anteriormente
mencionados, nos encontramos: (se adjunta tabla del cálculo)
I= ingresos no financieros: 18.752.450 €
G= gastos no financieros: 18.740.450 €
Ajustes= 68.222,50
Criterio de caja= -910.678,90
Devolución Liquidación PIE 2.009 = +202.104,72
Ajuste por grado de ejecución del gasto= +816.796,67
Estimación saldo neto 413= - 40.000
C/ Doña Laura de Cervellón, 5 A • Teléfonos 964 31 01 00 - 964 31 01 01 • Fax 964 31 00 66 – C.I.F.: P 1208500-G
AY U N TA M I E N T O
DE
12594 ORPESA / OROPESA DEL MAR
(Castelló / Castellón)
I – G ajustados= 80.222,50 lo que supone una capacidad de financiación en
los términos anteriormente definidos.
La aprobación del presupuesto del ejercicio 2.016 cumple el objetivo de estabilidad
presupuestaria.
Articulo 30 Límite de gasto no financiero.
Las Corporaciones Locales aprobarán, en sus respectivos ámbitos, un límite máximo de
gasto no financiero, coherente con el objetivo de estabilidad presupuestaria y la regla de
gasto, que marcará el techo de asignación de recursos de sus Presupuestos.
LÍM.GASTO NO FINANCIERO(3) 18.741.446,58
Límite Gasto no financ /RG
18.741.446,58
Límite Gasto no financ /Estab
18.820.672,50
Gastos no financieros
18.740.450,00
El gasto no financiero del Presupuesto para el ejercicio 2.016, no supera el límite que se
recoge en la propuesta de acuerdo de 18.741.446,58.
En Oropesa del Mar, a 24 de noviembre de 2015.
La Interventora
Patricia Ferre Cuquerella
C/ Doña Laura de Cervellón, 5 A • Teléfonos 964 31 01 00 - 964 31 01 01 • Fax 964 31 00 66 – C.I.F.: P 1208500-G