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Historia de la profesionalización de las Relaciones Públicas en Puerto Rico: 1970 2000
Sometido GT ABRAPCORP 1 – História, Teoria e Pesquisa em Relações Públicas
AUTORA
Dra. Adeliza Rodríguez Soto
Escuela de Comunicación
Recinto de Río Piedras, Universidad de Puerto Rico
RESUMEN
Este estudio cualitativo documentó, en función de dos ejes, la profesionalización de las
Relaciones Públicas que se advirtió en Puerto Rico en los últimos 30 años del Siglo XX.
Por un lado, se estableció en 1970 la organización gremial y por otro, desde 1972 se
empezaron a implantar programas académicos universitarios con cursos de Relaciones
Públicas. Mediante entrevistas en profundidad se demostró que desde el Gremio y la
Academia, se laboraron las bases profesionales, éticas y académicas de esta práctica, pero
no existe un plan estructurado para ambos nutrirse. El 80% de los entrevistados favoreció
la regulación de la práctica, criterio considerado por los sociólogos de las profesiones
como indispensable en toda profesión. Se concluyó que existía una excelente disposición
para enfrentar ese desafío, que se debatía entonces en la Isla, y lograr regular su práctica.
Palabras Claves
Relaciones Públicas; Profesionalización; Historia en Puerto Rico
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Cuerpo del Trabajo
I. Introducción
Las Relaciones Públicas empezaron a profesionalizarse en Puerto Rico a partir de 1970,
pero la historia de cómo se desarrolló este proceso hasta el 2000 es un área de pesquisa
de fundamental importancia para esta práctica comunicacional, no documentada con rigor
científico. En esas décadas se advirtió ese proceso en función de dos ejes. Por un lado, se
creó en 1970 de la Asociación de Relacionistas Profesionales de Puerto Rico (ARPPR) y
por otro, se implantaron desde 1972 programas académicos. Ambos ejes cruciales para la
formación educativa, el reconocimiento en el ámbito laboral y el fortalecimiento de la
demanda por la profesionalización de las Relaciones Públicas.
Las preguntas de investigación planteadas fueron sobre: los factores que influyeron en el
establecimiento de programas universitarios de Relaciones Públicas y en el desarrollo de
sus currículos durante el período estudiado; la asistencia ofrecida por la Academia para el
desarrollo de la profesionalización; el vínculo entre los programas académicos y la
ARPPR para favorecer la profesionalización y viceversa; y por último, el aporte a la
profesionalización de parte de la ARPPR con la elaboración de un Código de Ética, así
como con la educación del gremio sobre la reglamentación de las Relaciones Públicas.
Tanto para los futuros relacionistas como para los que ya lo son, es imperativo que
conozcan la historia que aquí afloró y sus repercusiones. Una implicación que tiene esta
pesquisa es el proceso para reglamentar la práctica de las Relaciones Públicas que se
debatió en la Isla cuando se realizó este estudio. Por tanto, concluimos que éste aporta al
enriquecimiento del saber sobre esta área en el país y sirve de ejemplo para otros países
con este norte, con aplicaciones pertinentes a la práctica profesional en el Siglo XXI.
II. REVISIÓN DE LITERATURA
A. Definición conceptual de las Relaciones Públicas
La práctica de las Relaciones Públicas tiene como función principal generar un enlace
entre una organización y sus públicos, de los que dependerá su éxito o fracaso. En este
sentido, la labor del relacionista es humanizar la organización al convertirse en su
conciencia y voz (Newsom et al., 2004). Esa voz funcionará dentro de un proceso de
comunicación bilateral que se efectúa, a través de diversos canales. Por tanto, se
considera al relacionista como intermediario entre la organización y sus públicos.
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Hay múltiples definiciones de Relaciones Públicas. El profesor y fundador de la
organización que finalmente se convirtió en la Public Relations Society of America
(PRSA), Rex Harlow, decidió recopilar más de cuatrocientas de ellas para hacer una:
Las Relaciones Públicas son una función distintiva de la dirección que ayuda a establecer
y mantener líneas mutuas de comunicación, comprensión, aceptación y cooperación entre
una organización y sus públicos; implica la dirección de problemas o asuntos; ayuda a la
dirección a mantenerse informada y a responder ante la opinión pública; define y resalta
la responsabilidad de la dirección para servir al interés público; ayuda a la dirección a
mantenerse al tanto de los cambios efectivos, sirviendo como un sistema inicial de aviso
para ayudar a anticipar tendencias; y utiliza la investigación y técnicas éticas y sanas de
comunicación como instrumentos principales (García, 1999, p.57).
B. Saber teórico de las Relaciones Públicas
El marco en que se basará esta investigación es la teoría contemporánea de las Relaciones
Públicas conocida como simétrica bidireccional formulada por el profesor James Grunig.
Al respecto Grunig y su esposa, Larissa Grunig, (citados en Cutlip et al., 2000) dicen:
Practitioners of professional public relations, ... , rely on a body of language as well as
technique and see public relations as having strategic purpose for an organization: to
manage conflict and build relationships with strategic publics with limits the autonomy of
the organization. (p. 243).
Xifra (2003) dice que es la teoría de la excelencia de las Relaciones Públicas y añade: “El
modelo simétrico fue considerado por Grunig como el ideal de las relaciones públicas, el
único que contempla un ejercicio ético de la disciplina” (p.60). Según Grunig y Hunt
(citados en Xifra, 2003), su propósito es el entendimiento muto entre la organización y
sus públicos; la comunicación es bidireccional; el modelo de comunicación es de grupo a
grupo con retrocomunicación; la investigación es formativa y evaluativa.
C. Profesionalización vista desde la teoría de la sociología de las profesiones
Las profesiones son importantes para una sociedad, por lo que su estudio pertenece a la
Sociología. Kultgen (1988) sostiene que: “all of us are consumers of professional
services and our society functions as it does because of the role of professionals” (p.6).
Éste visualiza las profesiones como: “sets of interrelated roles sanctioned and
perpetuated by society. Roles are defined as patterns of activity governed by generally
shared expectations and performed by replaceable individuals” (p. 38).
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Friedson (2001) en su modelo lógico del profesionalismo establece que los trabajadores
con la experiencia y el conocimiento especializado para proveer servicios tienen el poder
de organizar y controlar su trabajo. Este sociólogo define profesionalismo como “a set of
interconnected institutions providing the economic support and social organization that
sustains the institutional occupational control of work” (p.2). Además, afirma que existe
“when an organized occupation gains the power to determine who is qualified to
performing that work, and to control the criteria by which to evaluate performance”
(p.12). Este teórico de las profesiones favorece el modelo del profesionalismo y plantea:
The occupations themselves determine what qualifications are required to perform
particular tasks and they control the criteria for licensing or credentialling procedures
that are enforced by the state … Ideal typically, the authority of one occupations over
others in based not on economic or administrative status but rather on the content and
character of its expertise… (p. 56).
En este modelo es obligatorio, por ley, emplear solo aquellos calificados por lo que evita
que los trabajadores ofrezcan sus servicios libremente. “Only in an occupational labor
market are practitioners protected by an exclusive license which allows self-employment
to be a relatively secure and attractive option”, según Friedson (2001, p.75-76). Él
puntualiza que esto limita a los consumidores en cuanto a la contratación de cualquiera
para la realización de un trabajo y los restringe a seleccionar de entre los calificados.
Por su parte, Pieczka (2000) establece que en Relaciones Públicas el término
profesionalismo se vincula con la necesidad de mejorar la reputación ocupacional. La
literatura revisada apunta a que las Relaciones Públicas van en esa dirección.
D. La profesionalización de las Relaciones Públicas
La incertidumbre, de si las Relaciones Públicas son o no profesión, obedece a que éstas
no tienen una definición clara como otras profesiones. Fitzpatrick and Gauthier (2001)
dicen que: “The field has done a poor job in defining what public relations professionals
do and in justifying their value and worth to society” (p. 195). Esta dificultad es uno de
los argumentos que se esgrime en contra de que se reglamenten las Relaciones Públicas.
Wilcox et al. (2000) al referirse al término profesión, en el mismo sentido que lo son la
medicina y las leyes, establecen que “Public Relations does not have prescribed
standards of educational preparation, a mandatory period of apprenticeship, or state
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laws that govern admission” (p. 64). Cutlip et al. (2000) añaden otros criterios:
“Professionalization institutionalizes the best practices and establishes standards of
quality that serve the public interest” (p. 149). Estos teóricos exponen una visión más
amplia para que las Relaciones Públicas logren un status profesional al decir que:
specialized educational programs to acquire unique knowledge and skills, based on a
body theory developed through research; recognition by the community of a unique and
essential service; autonomy in practice and acceptance of personal responsibility by
practitioners; codes of ethics and standards of performance enforced by a self-governing
association of colleagues (p.149).
Estos indicadores se consideraron en esta investigación y a continuación se explican.
1. Formación académica y posterior Educación Continua
La enseñanza de las Relaciones Públicas no poseen un currículo estándar, un aspecto de
importancia en el que debe haber consenso. La PRSA “have worked with the public
relations division of the Association for Education in Journalism and Mass
Communication (AEJMC) to improve and standardize the curricula of public relations at
the bachelor’s and master’s degree levels” (Wilcox et al., 2000, p. 73). Un informe de su
Comission on Public Relations Education de 1999, estableció las directrices generales y
recomendaciones curriculares. Xifra (2003), al plantear la formación del profesional
desde la óptica de la labor realizada por dicha Comisión señala:
Los fines de la Comission on Public Relations Education son determinar el conocimiento
y las habilidades necesarias para los profesionales que desarrollarán su carrera en una
sociedad tecnológica, multicultural y global, y recomendar los contenidos de la
formación universitaria de pregrado y postgrado, así como la continua. (p. 153).
Por otra parte, Wilcox et al. (2000) señalan que: “the vast majority of journalism units, in
which most public relations programs are housed are accredited by the American
Council on Education in Journalism and Mass Communication (ACEJMC)” (p. 73).
En cuanto a la Educación Continua, Cutlip et al. (2000) aseguran que: “Professions
require continuing education to keep practitioners current in theory and skills” (p.152).
Esta educación se recibe luego de obtener un grado académico.
2. Cuerpo de conocimiento
Este concepto se refiere a las teorías que emergen del estudio de un campo del saber. En
un estudio. La PRSA desarrolla desde 1986 el “PRSA Body of Knowledge”. Botan &
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Taylor (2004) dicen: “Probably more than any other subdivision of communication,
public relations has develop its own specialized journals, professional and scholarly
associations, publishers, and network of collaborative relationships” (p. 646). Según
Cutlip et al. (2000): “the scholarly journals- Public Relations Review and Journal of
Public Relations Research report research on the social context of public relations,
professionalism, and the theory development related to the practice” (p. 139).
3. Reconocimiento público de la práctica
El Acuerdo de México de 1978 que se firmó en la Primera Asamblea Mundial de
Asociaciones de Relaciones Públicas define la práctica profesional y su reconocimiento:
El ejercicio profesional de las Relaciones Públicas exige una acción planeada con apoyo
de la investigación en la comunicación sistemática y en la participación programada, para
elevar el nivel de entendimiento, solidaridad y colaboración entre una entidad pública o
privada y los grupos sociales a ella vinculados, en un proceso de interés legítimos, para
promover su desarrollo recíproco y el de la comunidad a que pertenece”. (Aguadero,
1993, p. 20).
4. Ética profesional
La ética profesional se basa en unos principios de integridad para dirigir la conducta del
practicante y es la columna vertebral que sostiene la práctica. Kultgen (1988) la define:
ideals and aspirations as well as rules of conduct … However, our concern will not be
with rules in their own right but with the outlook, the conception of mission, and the
responsibility they reflect. …When I propose content for professional ethics …, my
emphasis will be on ideals rather than rules; that is, on comprehensive norms that
generate specific rules or, alternatively, concrete objectives or even modes of being for
the professional, as circumstances dictate (p. 5-6).
Las Relaciones Públicas tienen que servir al interés público, la responsabilidad social y
financiera de la organización, aspectos relacionados con la ética (Newsom et al., 2004).
a. Códigos de ética
Los códigos de ética establecen las guías que deben regir la conducta de los que ejercen
una práctica profesional. Es indispensable contar con ese canon que rija el quehacer
profesional para que éste sea íntegro, honesto, justo y veraz. Guth y Marsh (2005) dicen
que: “Ethics codes specify core values, and they detail aceptable actions…”. (p. 243) y
Cutlip et al. especifican: “Most people recognize that the adoption of a code of ethics
does not automatically bring morality to a calling” (p. 170).
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Las organizaciones profesionales de Relaciones Públicas cuentan con códigos
deontológicos. Se debate es si el código ético debe ser impuesto obligatoriamente, lo que
sucedería con la regulación. Huang (2001) señala: “Enforcement of codes of conduct
could not only act as a continual reminder of those behaviors that are unethical,
unacceptable or situationally relative, but also is an essential step enhancing
professionalism” (p. 268).
5. Organizaciones profesionales
El número de gremios de relacionistas mundialmente es un índice de la conciencia
existente de promover el desarrollado de su quehacer, vigilar que se cumplan los cánones
de ética y recibir Educación Continua, entre otros. Cutlip et al. (2000) destacan:
“Although these associations include only a small portion of all those working in the
public relations field, they exert considerable influence through their publications,
conferences, seminars, awards programs, and advocacy for the practice” (p. 159). Cabe
destacar que en E. U. la principal, como muchos la consideran, es la PRSA.
Internacionalmente se reconoce a la Internacional Public Relations Associations.
6. Acreditación
La acreditación precede la reglamentación, según la literatura revisada. En una
conferencia de la ARPPR, Ramón Luis Nieves discutió, como una opción, la acreditación
voluntaria y dijo que: “no cuenta con el peso de ley como aquellas expedidas por una
Junta Examinadora. Su reconocimiento depende del prestigio y valor que haya
desarrollado en su industria” (Relacionándonos, p. 4).
La PRSA tiene una acreditación voluntaria, siempre que sus miembros cumplan con un
nivel de experiencia requerido. Se logra con la aprobación de un examen de la Universal
Accreditation Board, una junta independiente de la PRSA. Los que aprueban el proceso
son “Accredited in Public Relations”, APR por sus siglas en inglés. En torno a este tema
Valverde, quien fue presidente del Comité de Acreditación de la ARPPR expresó:
APR is a symbol of professionalism. The board demonstrated that the candidate have the
knowledge, ethics and experience that set them apart. It also proves that they care about
the practice and that they are dedicated to enhancing their own personal abilities. This
confirms the trend to licensing and regulation (“Six P. R.”, 1993).
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Sin embargo, él describe la debilidad de este mecanismo cuando dice: “Accreditation by
the PRSA and the Internacional Association of Business Communications lacks teeth,
because they are voluntary and do not have any legal status” (“Licensing pr”, 1993).
7. Reglamentación
Mecanismos legales como la licenciatura y la colegiación existen para reglamentar una
profesión. Wilcox et al. (2000) manifiestan que en E. U., este tema se discute antes de
que se estableciera la PRSA (p. 69). Edward Bernays señala que:
In the entire history of professions, licensing standards and criteria and finally codes of
ethics in public conduct have been necessary … to exclude those who are not properly
qualified. … Today the term ‘public relations’ is in the public domain and anyone – many
without training, education, or ethical behavior – is welcome to use it to describe what he
or she professes to do (Cutlip, et al., 2000, p. 155-156).
Bernays fue el mayor propulsor de la licenciatura de la práctica, como forma de
regulación en E. U., y también la promovió en sus dos visitas a Puerto Rico.
En la conferencia del Comité de Planificación Estratégica de la ARPPR, Ramón Luis
Nieves, presentó las diferentes alternativas que hay para la reglamentación:
- Colegio: Aquel grupo de profesionales en el que para poder ejercer la profesión es
requisito indispenasble que el interesado se asocie primeramente al colegio (colegiación
compulsoria). … La creación de un colegio, por lo general, viene precedido por la
creación de una Junta Examinadora.
- Junta Examinadora: Entidad gubernamental creada por ley para regular la entrada de
candidatos al ejercicio de una profesión u oficio. Pueden regular una profesión sin que
necesariamente exista un colegio.
- Licencia: Permiso o autorización a una persona natural o entidad corporativa para que
se pueda dedicar a una actividad específica. Sería concedido por una Junta Examinadora
luego de que una persona ahya cumplido con los requisitos de conocimientos,
experiencias y atributos profesionales establecidos por ley y reglamento para el ejercicio
de su profesión u oficio (Relacionándonos, p. 4).
Un organismo gubernamental tiene que crearse para estipular los procedimientos para
expedir la autorización oficial a los relacionistas que entren al ejercicio de la profesión.
Asimismo, ese organismo tiene que ejercer la función de amonestar, sancionar, revocar,
suspender o negarse a renovar la autorización, dadas determinadas causas.
La ley que estipule la regulación tiene que incluir la Cláusula del Abuelo. Ésta dispone
que las personas que estén ejerciendo la práctica cuando dicha ley entre en vigor y
cumplan con ciertos requisitos establecidos, tienen derecho a continuar ejerciéndola.
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Así como unos favorecen la licenciatura otros la objetan. Wright (citado en Sallot, 2002),
basándose en su estudio dice: “Others have vigorously opposed licensing in public
relations, reasoning that government involvement would be ineffective, restrictive,
unwelcome, and superfluous” (p. 153). Wilcox et al. (2000) exponen los argumentos de
los detractores: que ésta violaría la Primera Enmienda de la Constitución de los E. U., la
que protege la libertad de expresión; que es difícil definir las Relaciones Públicas; que se
daría énfasis extremo en la educación; y que lo que necesita el gobierno para implantarla
sería costoso para los contribuyentes americanos. Esa violación a la Primera Enmienda es
completamente debatible ya que ésta no impedirá dicha libertad.
II. Metodología
A. Método de Investigación
En este estudio se revisaron publicaciones sobre la historia de la profesionalización de las
Relaciones Públicas en Puerto Rico para constatar lo que luego se vertería en las
entrevistas en profundidad, técnica de investigación cualitativa usada. Se estudiaron
documentos sobre los Programas Académicos y sus currículos. Además, se entrevistó
personal directivo de dichos Programas Académicos.
Mediante una Guía de Preguntas Semi-estructurada se entrevistaron a Expresidentes/as de
la ARPPR del período bajo pesquisa. Así se verificaron los datos obtenidos previamente
en los documentos. Esto logró validez al estudiar la profesionalización de las Relaciones
Públicas con varias técnicas. Se usó la estrategia de triangulación para disminuir el
impacto de lo traicionera que pudiera haber sido la memoria de los sujetos entrevistados.
Las categorías de análisis fueron: la ética profesional, la reglamentación de esta práctica,
la formación académica del relacionista y el vínculo que tuvo la Asociación con la
Academia, durante la presidencia de los entrevistados en la ARPPR. Las entrevistas se
grabaron en vídeo y su contenido constituyó parte del cuerpo básico de datos estudiados.
B. Muestra
Se seleccionó una muestra de propósito, no probabilística, al escoger a diez relacionistas.
Estos asumieron, entre 1970 y 2000, la presidencia del gremio. Se decidió entrevistar a
estos líderes de la Asociación debido a que su presidencia en la ARPPR, de una u otra
forma, les brindó la oportunidad de aportar o no al desarrollo del proceso de
profesionalización de las Relaciones Públicas en Puerto Rico.
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III. Resultados
El estudio arrojó los siguientes resultados:
- En 1970 se fundó la ARPPR, como organización profesional. A pesar de ser el segundo
gremio establecido, luego de dejar de existir la Sociedad de Relaciones Públicas de
Puerto Rico, la ARPPR ha permanecido activa y estable por más tiempo que la anterior.
- A partir del 1972 se empezaron a ofrecer programas académicos universitarios en
Puerto Rico, en donde se daban cursos graduados de Relaciones Públicas cuando se
establece la Escuela de Comunicación Pública de la Universidad de Puerto Rico (UPR).
Durante el período bajo estudio, se establecieron diez programas académicos de
Comunicación, tres de ellos con concentración en Relaciones Públicas. Estos son: el de la
Escuela de Comunicación de la UPR, el de la Universidad Interamericana de Puerto Rico
y el de la Pontificia Universidad Católica de Puerto Rico. El resto de los programas
universitarios ofrecen cursos de la disciplina dentro de otras concentraciones de la
Comunicación. Además, se establecieron dos programas graduados de Comunicación: el
de la UPR y el otro el de la Universidad del Sagrado Corazón.
- Es importante destacar entre los resultados, la definición de los entrevistados ante los
conceptos de Relaciones Públicas. La mayoría de los ex presidentes de la Asociación de
Relacionistas Profesionales entrevistados las definen como una función gerencial.
- De entre los criterios establecidos para considerar una disciplina como profesión:
1. Un 60% de los entrevistados entiende, en cuanto a la formación académica, que debían
tener estudios multidisciplinarios a nivel sub graduado. Mientras que el 40% prefirió un
grado de maestría en Comunicación, pero difieren en cuanto a la concentración se refiere.
2. En torno al cuerpo de conocimiento, los entrevistados concluyeron que la Academia
fue la que aportó la mayor parte. La Asociación encomendó que se hicieran tres estudios
científicos entre 1970-2000. Además, uno de sus socios y ex presidente, Fernando
Valverde, publicó un libro de casos de Puerto Rico que se usa en algunos cursos
3. En cuanto a la Educación Continua cabe señalar que aunque la Academia ofrece cursos
de introducción del área en sus programas de Educación Continua, no está articulado con
el Gremio. Sin embargo, la ARPPR no tiene un programa de Educación Continua
voluntario que promueva. Los entrevistados dijeron que no fue hasta 1989 que la APRPR
institucionalizó el ofrecimiento de actividades de mejoramiento profesional.
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4. En torno al Código de Ética, los entrevistados dijeron mayoritariamente que éste
contribuye a la profesionalización de las Relaciones Públicas en Puerto Rico.
5. Debido a que la ARPPR está afiliada a la PRSA algunos relacionistas buscan aprobar el
examen de acreditación. Esta certificación es de carácter voluntario.
6. Un 80% de los entrevistados favoreció la reglamentación y de esos, el 60% entiende
que la colegiación es la opción. El grupo restante no pudo precisar cuál mecanismo desea.
IV. Discusión y conclusiones
Con este estudio se demostró cómo el Gremio y la Academia, marcaron el comienzo del
proceso de profesionalización de las Relaciones Públicas en Puerto Rico.
Entre los criterios existentes que identifican a una profesión, en específico, en torno a la
Educación Continua, se constató que la ARPPR no tiene un programa voluntario. Al
regularse las Relaciones Públicas, la Educación Continua sería compulsoria para cumplir
con los requisitos de renovación de licencia por lo que tendría que existir un programa.
Entre el Gremio y la Academia, no se encontró un cuadro de apoyo estructurado como
tiene que ser. La responsabilidad por esta debilidad es compartida. Ambos son como los
remos de una embarcación, uno mueve el conocimiento teórico y el otro, el conocimiento
práctico. La teoría sólo se desarrolla y perfecciona en la práctica.
Para fortalecerse, el Gremio y la Academia tienen que salir de los esquemas que los rigen
y dialogar intensamente. Concluimos que la relación debe solidificarse para que se
conviertan, ambos sectores, en agentes que faciliten alcanzar la profesionalización.
Otro aspecto fundamental de la profesionalización es la reglamentación de la práctica,
con el cual hasta el momento de esta pesquisa, algunos que no tienen formación
académica, ni experiencia y tampoco conocen los valores éticos que rigen este campo, se
autodenominan relacionistas y ejercen la función sin obstáculo.
No se puede obviar la educación a los relacionistas sobre la reglamentación. Se sugiere
conseguir que un comité de docentes apoye el proceso de concienciación a favor de que
las Relaciones Públicas se regulen. El hecho de que eduquen en conjunto, el Gremio y la
Academia, aclararía las dudas de los que creen que la regulación iría en menoscabo de su
desempeño. Asimismo, erradicaría los temores de los que estiman que unos de la
industria pueden aprovecharse de la situación en detrimento de otros.
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Se concluye que existe una disposición excelente para enfrentar el desafío de la
reglamentación. Cuando se hizo este estudio, el proyecto de reglamentación se movía a
pasos agigantados. El Comité Estrartégico de la ARPPR trabajó para lograrlo desde el
2000.
La regulación representa una garantía para que se responda al interés público y se
beneficie la sociedad. En este sentido, aflora la teoría de la sociología de las profesiones,
que se estudió para esta pesquisa, que apoya el beneficio del interés público y no aquélla
cuyo postulado básico es el servicio a los intereses del profesional o su patrono.
Las ventajas de la reglamentación son varias. Por un lado, impone a los relacionistas el
ejercicio de mejores prácticas, exigiéndole una conducta profesional ética, preparación
académica, experiencia y educación continuada, entre otros. Con la regulación las
Relaciones Públicas ganarían, dentro de la sociedad puertorriqueña, el reconocimiento
público y prestigio que tanto el servicio como el relacionista merecen. Así también, los
que reciben el servicio, tendrían la garantía de contar con el trabajo de un profesional.
Por otro lado, los que estudian la disciplina a nivel post secundario o graduado no
tendrían una competencia desleal de aquellos seudo-relacionistas. El esfuerzo intelectual,
el tiempo y los recursos económicos invertidos en la formación académica serían
justamente compensados entre sus pares, ante las oportunidades de empleo. La Academia
podría tener un vínculo con el organismo que reglamenta la práctica, incluyendo
representación en la Junta Examinadora, si este fuera el mecanismo a proponerse, para el
desarrollo de currículos que nutran las necesidades de la industria. Aunque por conflicto
de intereses no estén representados los docentes de UPR, la universidad del Estado.
En fin, beneficiaría a la sociedad al exigir mediante ley que la práctica de las Relaciones
Públicas responda al interés público y logre una responsabilidad social. Tanto en el
Gremio como en la Academia radica la responsabilidad de enfrentar el desafío que
presenta la reglamentación dentro del proceso de profesionalización. Las generaciones de
relacionistas que se están preparando ahora y las que así se lo propongan en el futuro, se
tienen que nutrir del beneficio de la labor tanto de la Academia como del Gremio, en esta
senda por la que se camina hacia la excelencia profesional.
V. Referencias
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