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Hospital Lenoir
Memorial
Preparado
por:
Debbie Gray, Directora
Servicios financieros de
pacientes y
atención administrada
Departamental
Fecha de entrada en vigor:
Servicios financieros de
pacientes
Aprobado
por:
01/01/2016
Sarah H. Mayo
Vicepresidente, finanzas
POLÍTICA DE AYUDA FINANCIERA (FAP) DEL HOSPITAL LENOIR MEMORIAL
OBJETIVO
Lenoir Memorial Hospital, Inc. (“LMH”) y la red de médicos de Lenoir (“LPN”, por
sus siglas en inglés) se comprometen a brindar a todos los residentes de Lenoir y de los
condados de los alrededores acceso a servicios asequibles de atención emergencia y
médicamente necesaria. Los pacientes sin seguro médico o con poco seguro médico
que viven en esta área de servicio reúnen los requisitos para solicitar ayuda financiera
de acuerdo a las disposiciones que se describen en el presente documento. Como se usa
en esta política, “paciente” significa un/a paciente, el deudor financiero del/de la
paciente y los bienes de un/a paciente fallecido/a, si corresponde.
DEFINICIONES
1. Persona sin recursos económicos significa un/a paciente sin seguro médico o con poco
seguro médico que ha recibido servicios de atención médica y que reúne los requisitos
para recibir un descuento en su obligación de pagar por dichos servicios en virtud de esta
política de ayuda financiera.
2. Persona sin recursos médicos significa un/a paciente que es personalmente
responsable de, y económicamente incapaz de pagar, un monto previsto por servicios
de atención médica que sobrepasa un cierto porcentaje de los ingresos brutos anuales
del/de la paciente (después de todos los pagos por parte de terceros pagadores, tales
como Medicare, Medicaid y un seguro privado) y quien no cuenta con una cantidad
suficiente de bienes como para cubrir el monto previsto. Un/a paciente cuenta con una
cantidad insuficiente de bienes si el total de los bienes de su familia no es suficiente
como para cubrir el monto previsto sin tener que liquidar los bienes que son esenciales
para vivir o ganarse la vida, tales como una vivienda independiente, el auto, efectos
personales o ahorros de jubilación. El umbral de la falta de recursos médicos es el
20% de los ingresos brutos anuales de la familia del/de la paciente.
3. Reúne los requisitos de la política de ayuda financiera significa un/a paciente que
reúne los requisitos para recibir ayuda financiera en virtud de la política de ayuda
financiera para obtener servicios cubiertos por la misma, sin importar si el/la paciente
solicitó ayuda financiera al enviar la solicitud llena de la política de ayuda financiera.
4. Solicitud de la política de ayuda financiera significa la información y los
documentos que la acompañan que LMH requiere que todo paciente envíe para
solicitar ayuda financiera. La solicitud de la política de ayuda financiera está
1
completa cuando contiene suficiente información y documentos como para que
LMH determine si el/la solicitante reúne los requisitos de la política de ayuda
financiera. La solicitud de la política de ayuda financiera está incompleta si no
contiene dicha información y dichos documentos.
5. Resumen de la política de ayuda financiera significa la declaración escrita con la que
se notifica a los/as pacientes que LMH ofrece ayuda financiera en virtud de su política
de ayuda financiera. El resumen de la política de ayuda financiera es una síntesis en
lenguaje sencillo de los requisitos de elegibilidad de la política de ayuda financiera, del
proceso de solicitud y de la información de contacto. Está disponible en inglés y
traducida al español en www.lenoirmemorial.org o en 100 Airport Road, Kinston,
North Carolina.
6. Montos facturados por lo general o AGB (por sus siglas en inglés) significa los
montos que LMH cobra por lo general por toda atención de emergencia o médicamente
necesaria a las personas que tienen seguro que cubre dicha atención médica. Los
montos facturados por lo general se determinan al multiplicar el monto bruto de LMH
de dicha atención médica por el porcentaje de los montos facturados por lo general. A
un/a paciente que reúna los requisitos de la política de ayuda financiera no se le cobrará
más del monto facturado por lo general por atención de emergencia o médicamente
necesaria.
7. Porcentaje AGB significa un porcentaje del monto bruto que LMH utiliza para
determinar los montos facturados por lo general por la atención de emergencia o
médicamente necesaria que proporciona a todo/a paciente que reúne los requisitos de la
política de ayuda financiera. El porcentaje AGB se calcula anualmente y se describe en
detalle en el apéndice A. El porcentaje AGB para el año fiscal corriente se determinará
antes de los 120 días después del final del año fiscal anterior. El porcentaje AGB de
descuento se determina al substraer el porcentaje AGB actual de 100%. Este es el
descuento mínimo que puede recibir un/a paciente que reúne los requisitos de la política
de ayuda financiera.
8. Plazo para presentar la solicitud significa el período durante el cual LMH acepta y
procesa las solicitudes de la política de ayuda financiera. Este período empieza en la
fecha del servicio y continúa hasta 240 días (8 meses) luego de que LMH da al/a la
paciente la primera factura después de darle de alta por los servicios brindados. Para
llenar los requisitos de ayuda financiera el/la paciente debe llenar y enviar a LMH una
solicitud de la política de ayuda financiera durante el período de solicitud. LMH no
aceptará ninguna solicitud de la política de ayuda financiera después del 240º día de la
primera factura luego de que darle de alta al/a la paciente, a menos que el/la paciente
obtenga la aprobación de la directora de servicios financieros de pacientes o del/de la
director/a financiero/a del hospital Lenoir Memorial por circunstancias extraordinarias.
9. Período de notificación significa el período de tiempo en el que LMH hace esfuerzos
razonables para informar al paciente de la disponibilidad de ayuda financiera en virtud de
esta política de ayuda financiera. El período de notificación empieza en la fecha del
servicio y continúa hasta 120 días después de que LMH da al/a la paciente la primera
factura por la atención médica brindada.
10. Políticas de facturación y cobros se refieren tanto a la política de facturación y cobros
del hospital Lenoir Memorial como a la política de cobros de la red de médicos de
Lenoir.
2
La política de facturación y cobros del hospital Lenoir Memorial brinda información
sobre las medidas de facturación y cobros relacionadas con la política de ayuda financiera
y describe las medidas que LMH podría tomar en caso de falta de pago. Una copia gratis
de la política de facturación y cobros del hospital Lenoir Memorial está disponible por
medio de los servicios financieros de pacientes en el (252) 522-7013 o en el (252) 5227597.
La política de cobros de la red de médicos de Lenoir brinda información sobre las
medidas de cobros relacionadas con la política de ayuda financiera y las medidas que la
red de médicos de Lenoir podría tomar en caso de falta de pago. Una copia gratis de la
política de cobros de la red de médicos de Lenoir está disponible por medio de la oficina
de facturación en el (252) 775-5990.
11. Medidas extraordinarias de cobro o ECA (por sus siglas en inglés) significa las
medidas que el hospital Lenoir Memorial o la red de médicos de Lenoir podrían tomar en
caso de falta de pago de los montos que se deben a LMH o a la red de médicos de Lenoir,
después de que vence el período de notificación. Las medidas extraordinarias de cobro se
describen con más detalles en las políticas de facturación y cobros y pueden incluir el
envío a una agencia de cobro externa, la comunicación de información desfavorable a
agencias de informe de crédito para el consumidor o a oficinas de crédito, la retención de
salarios o una demanda civil contra un/a paciente, incluyendo la imposición de un
gravamen sobre la propiedad. LMH y la rede de médicos de Lenoir iniciarán las medidas
extraordinarias de cobro de acuerdo con las políticas de facturación y cobros.
12. Médicamente necesario se refiere a los servicios de atención médica para pacientes
hospitalizados y ambulatorios con el objetivo de evaluación, diagnóstico o tratamiento de
una lesión, enfermedad, afección o sus síntomas, los cuales, si no se tratan, representarían
un riesgo para el estado de salud actual del/de la paciente. Los servicios deben ser
apropiados desde el punto de vista clínico y según las normas generalmente aceptadas de
la medicina; también deben representar el suministro, dispositivo o servicio más
apropiado y económico que se pueda brindar de forma segura y que esté fácilmente
disponible con un objetivo principal que sea diferente a la comodidad del/de la paciente o
del proveedor.
13. Los procedimientos electivos se excluyen expresamente de los servicios. Estos incluyen
los servicios médicos que son cosméticos; experimentales o que forman parte de un
programa de investigación clínica; privados o que conllevan honorarios que no son los
del hospital Lenoir Memorial, de la red de médicos de Lenoir o profesionales; y servicios
o tratamientos que no hayan sido brindados por el hospital Lenoir Memorial o por la red
de médicos de Lenoir. Los servicios para todas las afecciones médicas de emergencia se
proveen sin importar la capacidad para pagar.
14. Servicios significan la atención médica que reúne los requisitos de esta política de ayuda
financiera, incluyendo servicios médicamente necesarios y servicios por afecciones
médicas de emergencia que LMH provee. Los procedimientos electivos se excluyen de
los “servicios” porque no se consideran médicamente necesarios.
15. Monto previsto significa todo monto que el/la paciente deba a LMH o a la red de
médicos de Lenoir por servicios pertinentes. De acuerdo a cualquiera de los criterios de
elegibilidad o descuento descritos en esta política de ayuda financiera, el monto que se
prevé descontar es el monto que el paciente es responsable de pagar personalmente a
LMH o a la rede de médicos de Lenoir después de haber aplicado todos los otros
recursos, incluyendo terceros pagadores, montos de la cuenta de ahorros de salud, etc.
3
ÁMBITO DE LA POLÍTICA
1. Pacientes que reúnen los requisitos: los/as pacientes que deben un monto previsto a
LMH o a la red de médicos de Lenoir por servicios podría reunir los requisitos de
ayuda financiera de acuerdo a esta política de ayuda financiera. Si el/la paciente o
garante ha fallecido, los bienes podrían llenar los requisitos de ayuda financiera de
acuerdo a la política de ayuda financiera.
2. Montos previstos: todo o parte del monto previsto del/de la paciente por servicios se
puede tener en cuenta para la ayuda financiera.
3. Esta política no corresponde a ningún servicio que brinden los siguientes
profesionales con base en el hospital que pudieran brindar atención de emergencia u
otra atención médicamente necesaria en el centro hospitalario. Por lo tanto, esta
política de ayuda financiera no cubre ninguna atención médica que brinde un médico
asociado con una de las siguientes organizaciones, la cual tampoco reúne los
requisitos de ayuda financiera en virtud de esta política:
• American Anesthesiology (servicios de anestesia)
• Lenoir County Ambulance Billing Service (servicios de ambulancia)
• Kinston Physician Group, PLLC (servicios médicos en sala de emergencias)
• Kinston Pathology Associates (servicios de patología)
• Eastern Radiologists, Inc. (servicios de radiología)
• Vidant Medical Group (servicios de hospitalista)
• Down East Medical Supply (suministros médicos duraderos)
Esta política sí corresponde a todos los servicios que los siguientes proveedores, de
propiedad del hospital, brinden en un centro hospitalario de LMH:
• LPN, LLC
PROCEDIMIENTO
La política del hospital Lenoir Memorial es reconocer que algunos/as pacientes no tienen los medios
económicos para pagar por servicios incurridos en el hospital Lenoir Memorial. Al reconocer a
estos/as pacientes se tendrá en cuenta el estado financiero del/de la paciente en el momento del
servicios y cuando se gestione la solicitud de la política de ayuda financiera.
A. Notificación de la política de ayuda financiera
1. Se informará a los/as pacientes de la disponibilidad de ayuda financiera en virtud de
esta política de ayuda financiera durante un asesoramiento financiero o por medio de
comunicación verbal o escrita durante el proceso de facturación y cobros. Esta
información cubre el resumen de la política de ayuda financiera, en inglés y en español,
con instrucciones sobre cómo obtener versiones adicionales impresas de la política de
ayuda financiera y de la solicitud de la política de ayuda financiera. Hay copias
disponibles del resumen de la política de ayuda financiera, la política de ayuda
financiera y la solicitud de la política de ayuda financiera, en inglés y español, en todos
los puntos principales de acceso y registro de pacientes del hospital Lenoir Memorial;
además, se pueden descargar gratuitamente copias electrónicas de estos documentos del
sitio web de LMH en www.lenoirmemorial.org. También se pueden obtener copias
impresas en 100 Airport Road, Kinston, NC 28501 o llamando al 252-522-7689 y
solicitando una copia por correo normal.
2. LMH entregará un resumen de la política de ayuda financiera como parte del proceso de
admisión o alta.
4
3. La política de ayuda financiera también se pondrá a disponibilidad de todo el público
por medio de la publicación del resumen de la política de ayuda financiera en la prensa
escrita de la localidad HealthLink (el boletín informativo del hospital Lenoir Memorial)
y por medio de la distribución de copias impresas del resumen de la política de ayuda
financiera, la política de ayuda financiera y la solicitud de la política de ayuda
financiera en el centro comunitario de salud Kingston y en el departamento de salud del
condado de Lenoir. Todas las facturas que se envían por correo a los/as pacientes
incluyen una notificación escrita que informa a los destinatarios de la disponibilidad de
ayuda financiera en virtud de esta política de ayuda financiera, incluyendo información
de contacto para obtener más información sobre la política de ayuda financiera y el
proceso de solicitud de la política de ayuda financiera. Se incluyen las direcciones de
internet de LMH en todas las facturas.
4. Sin importar la elegibilidad del/de la paciente para recibir ayuda financiera en virtud de
esta política de ayuda financiera, LMH brindará, sin discriminar, atención para
afecciones médicas de emergencia, tal y como se describe en la política de la ley del
trabajo y tratamiento médico de emergencia del hospital Lenoir Memorial.
B. Criterios de elegibilidad
LMH y la red de médicos de Lenoir limitarán el monto que se cobra por los servicios que brindan a un/a
paciente que reúne los requisitos de la política de ayuda financiera a menos del monto facturado por lo
general. La elegibilidad a la política de ayuda financiera se determina haciendo uso de los siguientes
criterios:
1. Elegibilidad por falta de recursos económicos: se evaluarán las solicitudes de la
política de ayuda financiera para determinar si un/a paciente una persona sin recursos
económicos. Se usará la pauta federal para determinar el índice de pobreza (FPG, por sus
siglas en inglés) publicada más recientemente como el factor principal, teniendo en
cuenta los ingresos totales de la familia del/de la paciente. Se dan descuentos en base a la
escala proporcional según los ingresos de LMH a los/as pacientes cuyos ingresos
familiares se encuentran por debajo del 250% de las pautas federales para determinar el
índice de pobreza, como se describe en el apéndice B. También se tienen en cuenta los
bienes de la familia.
Los descuentos para pacientes que no tienen recursos económicos son los siguientes:
a. Si los ingresos brutos ajustados de la familia del/de la paciente en el año
corriente (o el año anterior) son del 150% o menos de la pauta federal para
determinar el índice de pobreza, el/la paciente reúne los requisitos de un
descuento en base a la escala proporcional según los ingresos del 100%. El
descuento se hará en el monto previsto.
b. Si los ingresos brutos ajustados de la familia del/de la paciente en el año
corriente (o el año anterior) se encuentran entre 151% y el 250% de las pautas
federales para determinar el índice de pobreza, el/la paciente reúne los
requisitos de un descuento en base a la escala proporcional según los ingresos
igual al porcentaje AGB actual de descuento. El descuento se hará en el
monto previsto. Por ejemplo, si el monto previsto del/de la paciente es de
$1000 dólares pero el porcentaje AGB de descuento que se calcula es del
80%, el/la paciente recibe un descuento de $800 dólares y solo debe pagar
$200 dólares (el monto facturado por lo general).
5
2. Elegibilidad por falta de recursos médicos: si se determina que el/la paciente no
tiene recursos médicos, el/la paciente reúne los requisitos de un descuento igual al
monto del balance total que el/la paciente debe pagar que sobrepase el umbral de falta
de recursos médicos. Por ejemplo, un/a paciente con ingresos brutos anuales de
$20 000 dólares y un monto previsto facturado de $10 000 tendrá que pagar el 20%
(el umbral por falta de recursos médicos) x $20 000 (monto previsto adeudado) o
$4000 dólares de la factura. Los $6000 dólares restantes se descuentan de la ayuda
financiera.
La elegibilidad para recibir ayuda financiera como persona sin recursos médicos se
determina como sigue:
a. el/la paciente no recibe ningún descuento o recibe un descuento parcial en el
balance de su cuenta en base a los criterios de falta de recursos económicos y
b. el monto previsto total del/de la paciente (por gastos incurridos en cualquier
período de un año), después de tener en cuenta todos los reembolsos de
terceros, es superior al umbral de falta de recursos médicos (definido como el
20% de los ingresos brutos anuales de la familia) y
c. el total de los bienes de la familia no es suficiente como para cubrir el monto
previsto sin tener que liquidar los bienes que son esenciales para vivir o
ganarse la vida, tales como una vivienda, el auto, efectos personales o ahorros
designados específicamente para la jubilación (p. ej., planes 401k, cuentas
individuales de jubilación (IRA, por sus siglas en inglés), etc.).
3. No se determinará como con falta de recursos económicos o médicos, o que de otra
manera reúne los requisitos de la política de ayuda financiera, si se determina que el
paciente “no tiene recursos intencionalmente”. Satisfacer cualquiera de los siguientes
criterios indica una falta de recursos intencional:
a. no comprar seguro médico que se pone a disposición por medio de un plan
de salud proporcionado por el empleador, aunque tenga los recursos
económicos para hacerlo;
b. no comprar seguro médico patrocinado por la escuela como estudiante en un
instituto de enseñanza superior, aunque tenga los recursos económicos para
hacerlo; o
c. si trabaja por cuenta propia o no está empleado/a actualmente y no compra
seguro médico principal válido, aunque tiene los recursos económicos para
poder hacerlo. Se considerará que el/la paciente puede comprar seguro médico, a
menos que pueda producir pruebas suficientes que muestren que las compañías
de seguro han declinado cubrirlo/a o que no hay cobertura disponible por medio
del “intercambio” de seguros médicos;
d. se supondrá que el paciente “no tiene recursos intencionalmente” si se
determina que ha omitido información deliberadamente en su solicitud de la
política de ayuda financiera para alterar el resultado de la decisión en favor
del/de la solicitante.
C. Método para solicitar ayuda financiera
6
1. Para poder solicitar ayuda financiera en virtud de la política de ayuda financiera, los
pacientes deben llenar y firmar una solicitud de la política de ayuda financiera. Las
solicitudes llenas de la política de ayuda financiera y todo documento adicional
necesario se deben enviar a LMH a la dirección más abajo, dentro del plazo para
presentar la solicitud. (En ciertas circunstancias se podría considerar que los/as pacientes
reúnen los requisitos de la política de ayuda financiera sin importar que hayan enviado o
no la solicitud de la política de ayuda financiera en base al proceso de evaluación de la
elegibilidad presunta de LMH, que se describe más abajo).
2. Todas las personas que envíen una solicitud de la política de ayuda financiera deben
permanecer disponibles para una entrevista a solicitud de los servicios financieros de
pacientes, ya sea en persona o por teléfono.
3. La determinación de la elegibilidad para recibir ayuda financiera en virtud de la
política de ayuda financiera puede tomar en cuenta varias variables económicas,
incluyendo, entre otras:
a) el estado y la capacidad adquisitiva del/de la paciente y la familia (que se define
como los miembros en el hogar del/de la paciente o que comparten los mismos
ingresos)
b) otras fuentes de ingresos y bienes
c) nivel y tipo de pasivos
d) capacidad para obtener crédito adicional
e) cantidad y frecuencia de las facturas de hospital o médicas y
f) tamaño de la familia (como se definió anteriormente)
g) documentos que prueben que el/la paciente ha solicitado Medicaid y no reunía
los requisitos, si corresponde
4. Para poder evaluar dichas variables, la información adicional que pudiera requerirse
junto con la solicitud de la política de ayuda financiera llena incluye los siguientes
documentos del/de la paciente:
a)
b)
c)
d)
declaraciones de renta federal y estatal;
comprobantes de pago más recientes o extracto W-2;
extractos bancarios recientes; y
una forma de identificación con foto.
5. Si el/la paciente no suministra la información necesaria para completar la
determinación de elegibilidad el resultado podría ser una determinación negativa.
En caso de que falte información o no se dé información suficiente en la solicitud de
la política de ayuda financiera para respaldar la elegibilidad del/de la paciente para
recibir ayuda financiera, LMH se esforzará en obtener la información incompleta
del/de la paciente notificando al/a la solicitante que falta información. Además, LMH
puede usar agencias externas para calcular los ingresos como la base para determinar
la elegibilidad para recibir ayuda financiera y los montos posibles de los descuentos.
LMH también puede acceder a informes de oficinas de crédito independientes para
ayudar con el proceso de determinación.
6. Las solicitudes de la política de ayuda financiera se deben devolver de cualquiera de las
maneras siguientes:
a) En persona o por correo a Lenoir Memorial Hospital, C/O: Patient Financial
Services, 100 Airport Road, Kinston, NC 28501.
7
b) Por fax a C/O: enlace de contabilidad con los pacientes en el (252) 522-7666.
7. Es importante ser puntual al enviar la solicitud de la política de ayuda financiera. Las
solicitudes de la política de ayuda financiera se deben enviar para su consideración
dentro del plazo para presentar la solicitud. Si se determina que un/a paciente reúne los
requisitos de la política de ayuda financiera y se le aprueba la ayuda financiera, la
determinación de la solicitud de ayuda financiera es válida por un período de doce (12)
meses a partir de la fecha de la aprobación.
8. Elegibilidad presunta para recibir ayuda financiera. En un esfuerzo por identificar
a los/as pacientes que pueden reunir los requisitos para recibir ayuda, LMH utiliza una
evaluación de ayuda financiera presunta. Por medio de este procedimiento, LMH
evalúa toda la información disponible al público y otra información que proporciona
el/la paciente para determinar si un/a paciente reúne o no los requisitos para recibir
ayuda financiera, sin importar si el/la paciente ha enviado o no una solicitud llena de
la política de ayuda financiera. Por medio de este proceso LMH podría tener en cuenta
la siguiente información al determinar si un/a paciente reúne o no los requisitos de la
política de ayuda financiera:
a) Elegibilidad para vivienda subvencionada: los/as pacientes que viven en
centros con asistencia pública, reuniendo de esta manera los criterios de
cualificación del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano (HUD, por sus
siglas en inglés), también pueden cualificar para recibir ayuda financiera. La
elegibilidad para vivienda subvencionada se determinará en base a la dirección
del/de la paciente, tal y como aparece en el sistema de información financiera
del hospital.
b)
Elegibilidad de Medicaid: Medicaid es un programa de seguro médico del
estado para personas y familias de bajos ingresos que no pueden permitirse los
costos de la atención médica. El Departamento of Servicios Sociales (DSS) del
estado determina la elegibilidad de Medicaid. En Carolina del Norte, el
Departamento of Servicios Sociales ha fijado límites de ingresos para todos los
programas a niveles inferiores al 200% de las pautas federales para determinar el
índice de pobreza, en comparación con el límite de ingresos de LMH del 250%
de las pautas federales para determinar el índice de pobreza para reunir los
requisitos de falta de recursos económicos (y, por lo tanto reunir los requisitos
de la política de ayuda financiera). Por consiguiente, los servicios no cubiertos
que resultan en responsabilidad del/de la paciente después de recibir el pago de
Medicaid podrían reunir los requisitos de ayuda financiera.
c)
Inexistencia de bienes: si el/la paciente o garante han fallecido y se informa a
LMH que no existen bienes, la cuenta reúne los requisitos de un descuento en
base a la escala proporcional del 100%.
d)
Agencias externas y oficinas de crédito independientes: LMH puede usar
informes de agencias externas y de oficinas de crédito independientes para
calcular los ingresos y ayudar de otra manera con el proceso de determinación
de la política de ayuda financiera.
9. Póngase en contacto con el enlace de los servicios financieros de pacientes del hospital
Lenoir Memorial en el 252-522-7689 si tiene preguntas sobre la política de ayuda
financiera, la solicitud de la política de ayuda financiera o para obtener ayuda con el
proceso de ayuda financiera. También hay información disponible en línea en
www.lenoirmemorial.org.
D. Determinaciones de elegibilidad
8
1. El enlace de los servicios financieros de pacientes del hospital Lenoir Memorial Hospital
Servicios financieros de pacientes Liaison procesa y evalúa la solicitud de la política de
ayuda financiera e implementa los criterios de elegibilidad que se describen en esta
política.
2. Si un/a paciente envía una solicitud incompleta de la política de ayuda financiera durante
el plazo para presentar la solicitud, LMH hace esfuerzos razonables para determinar si
el/la paciente reúne los requisitos de la política de ayuda financiera.
a) LMH suspende primero cualquier medida extraordinaria de cobro que ya se haya
iniciado, no iniciará medidas extraordinarias de cobro nuevas y no tomará
medidas nuevas sobre las medidas extraordinarias de cobro previamente
iniciadas.
b) LMH le brindará al/a la paciente una notificación escrita en la que se describe la
información adicional que se necesita o los documentos que el/la paciente debe
enviar para completar su solicitud de la política de ayuda financiera. La
notificación escrita también incluirá un resumen de la política de ayuda
financiera e información de contacto en caso de preguntas sobre la solicitud de la
política de ayuda financiera.
c) LMH enviará esta notificación escrita por lo menos 30 días antes de la fecha
límite para completar la solicitud de la política de ayuda financiera. La
notificación informará al/a la paciente las medidas extraordinarias de cobro que
LMH o un tercero autorizado tienen la intención de iniciar o reanudar si el/la
paciente no completa la solicitud de la política de ayuda financiera o paga el
monto que debe antes de la fecha de terminación especificada en la notificación.
La fecha de terminación es la es la que ocurra después de 30 días a partir de la
fecha de la notificación escrita o el último día del plazo para presentar la
solicitud.
3. LMH notificará a cada paciente que envíe una solicitud completa de la política de ayuda
financiera, por escrito, la determinación de elegibilidad y el motivo de dicha
determinación. Esta notificación escrita también describirá en detalle el nivel de ayuda
para la cual el/la paciente reúne los requisitos, si corresponde.
4. Si un/a paciente no reúne los requisitos de ayuda financiera según las disposiciones de
esta política:
a) el/la paciente recibirá una factura en la que se indica el monto a pagar y la
fecha límite para hacer cualquier arreglo de pago de manera a evitar el
inicio de cualquier medida extraordinaria de cobro;
b) el hospital dará al/a la paciente la oportunidad de recibir asesoramiento
financiero para determinar un acuerdo de pago apropiado; y
c) LMH implementará las políticas y los procedimientos descritos en las políticas
de facturación y cobros.
5. Si un/a paciente reúne los requisitos de ayuda financiera según esta política de ayuda
financiera:
a) El/la paciente recibirá una factura en la que se indica el monto revisado que
debe el/la paciente puesto que reúne los requisitos de la política de ayuda
financiera, dado el caso, y como se determinó ese monto. Si el/la paciente debe
un balance acorde con el calendario de ajuste del porcentaje, el hospital Lenoir
9
Memorial mostrará cómo determinar el monto facturado por lo general.
b) El hospital o el consultorio reembolsará cualquier pago que ya haya hecho el/la
paciente que exceda el monto revisado que el/la paciente deba en calidad de
paciente que reúne los requisitos de la política de ayuda financiera, si es
necesario; no se reembolsa ningún pago excedente de menos de $5 dólares.
c) LMH tomará todas las medidas razonables disponibles para revertir cualquier
medida extraordinaria de cobro que haya iniciado. Por ejemplo, LMH tomará
medidas para levantar cualquier gravamen que haya iniciado y retirar cualquier
información desfavorable que haya comunicado a cualquier agencia de informe
de crédito u oficina de crédito.
6. Si se determina que un/a paciente reúne los requisitos de la política de ayuda financiera
por medio del proceso de evaluación de la elegibilidad presunta descrito en la sección
C(8) del presente documento, pero LMH determina que el/la paciente reúne los
requisitos para un descuento de menos del 100%, hay que satisfacer tres condiciones
antes de que LMH pueda iniciar cualquier medida extraordinaria de cobro:
a) LMH notificará al/a la paciente sobre la base de la determinación de
elegibilidad presunta de la política de ayuda financiera y cómo puede el/la
paciente solicitar ayuda más generosa que esté disponible en virtud de la
política de ayuda financiera;
b) LMH debe dar al/a la paciente un tiempo razonable para solicitar ayuda más
generosa antes de iniciar cualquier medida extraordinaria de cobro para
obtener el monto rebajado que se debe por la atención médica;
c) LMH debe procesar toda solicitud completa de la política de ayuda financiera
que el/la paciente envíe antes de que termine el plazo para presentar la solicitud
o, si más tarde, al final del tiempo razonable que se da al/a la paciente para
solicitar ayuda más generosa.
El/la administrador/a o la directora de los servicios financieros de pacientes del hospital Lenoir Memorial
tienen la decisión final en cuanto a si LMH ha hecho esfuerzos razonables para determinar su un/a
paciente reúne los requisitos de la política de ayuda financiera y, por lo tanto, si LMH puede tomar
medidas extraordinarias de cobro en contra del/de la paciente con respecto a las solicitudes del hospital
Lenoir Memorial. El/la director/a de la red de médicos de Lenoir tiene la decisión final en cuanto a si la
red de médicos de Lenoir ha hecho esfuerzos razonables para determinar su un/a paciente reúne los
requisitos de la política de ayuda financiera y si puede, por lo tanto, tomar medidas extraordinarias de
cobro en contra del/de la paciente con respecto a las solicitudes de la red de médicos de Lenoir.
Póngase en contacto con el enlace de los servicios financieros de pacientes del hospital Lenoir
Memorial si tiene preguntas adicionales sobre la solicitud de la política de ayuda financiera, la
política de ayuda financiera, los criterios de elegibilidad o para obtener ayuda con el proceso de
solicitud. Es posible ponerse en contacto con el enlace de los servicios financieros de pacientes
llamando al (252) 522-7689 y personalmente en 100 Airport Road, Kinston, NC 28501. Además, los
asesores de los servicios financieros de pacientes pueden ayudar a los pacientes a cumplir con sus
responsabilidades financieras frente a LMH, tales como establecer planes de pago y ayudar a los
pacientes a identificar otras fuentes que brindan ayuda financiera fuera de esta política. Es posible
ponerse en contacto con los asesores de los servicios financieros de pacientes en el (252) 522-7013 o
en el (252) 522-7597.
10
Autorización: la junta directiva de Lenoir Memorial Hospital, Inc. ha aprobado la política de ayuda
financiera de Lenoir Memorial o enmendó esta política el día 25 de enero de 2016.
Políticas y procedimientos relacionados:
Facturación y cobros
Referencias (si corresponde):
Registro federal, Vol. 79, N.º 250
Miércoles, 31 de diciembre de 2014
Departamento del Tesoro/IRS
Formularios relacionados:
Autor/a:
Debbie Gray
Fechas del original y de revisión:
Documento original: 03/20/1996
Revisiones: 09/12/2001, 09/27/2003,
10/01/2004, 01/29/2007,
10/01/2008, 03/19/2009,
03/26/2010, 06/06/2011,
03/28/2013, 06/01/2013,
10,/01/2013, 01/01/2016
Identificador
Uso exclusivo de PI
Apéndice A
Montos facturados por lo general
Hospital Lenoir Memorial: el porcentaje de los montos facturados por lo general (AGB, por
sus siglas en inglés) se calcula anualmente. El porcentaje AGB es la suma de todos los reclamos
permitidos (incluyendo los pagos de beneficiarios/as y personas aseguradas) por los honorarios
por servicio de Medicare y pagadores privados durante el año fiscal anterior, dividida por la
suma de los cobros brutos para dichos reclamos.
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El porcentaje AGB del 1º de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2016 es: 49%
Red de médicos de Lenoir: el porcentaje de los montos facturados por lo general (AGB, por
sus siglas en inglés) se calcula anualmente. El porcentaje AGB es la suma de todos los reclamos
permitidos (incluyendo los pagos de beneficiarios/as y personas aseguradas) por los honorarios
por servicio de Medicare y pagadores privados durante el año fiscal anterior, dividida por la
suma de los cobros brutos para dichos reclamos.
El porcentaje AGB del 1º de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2016 es: 48%
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Apéndice B
LENOIR MEMORIAL HOSPITAL INC.
REGISTRO DE LAS PAUTAS FEDERALES PARA DETERMINAR
EL ÍNDICE DE POBREZA, 22 DE ENERO DE 2015
Escala proporcional de ayuda financiera (250% de las pautas federales para determinar el índice de
pobreza)
Agregar $4160 dólares por cada personal adicional en un hogar con más de 8 personas.
Ejemplo:
Si el porcentaje AGB actual es del 49%, el porcentaje AGB de descuento es 51% (100% - 49%).
Si el monto previsto de un/a paciente es de $1000 dólares y el porcentaje AGB es del 49%, entonces:
si el/la paciente reúne los requisitos para un descuento del 100%, el/la paciente paga $0.00 dólares; O
si el/la paciente reúne los requisitos para un descuento del porcentaje AGB actual de descuento, el
descuento es del 51% (o $510 dólares) y el/la paciente paga $490 dólares.
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