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Puede descargar el documento completo de referencia sobre el análisis de la situación legislativa para el ejercicio de la homeopatía en España y en Europa, “REGULAR PARA NORMALIZAR, ÉSTA ES LA CUESTIÓN”, en la página web de la Cátedra de Homeopatía Boiron: www.catedrahomeopatia.org SITUACIÓN LEGISLATIVA PARA EL EJERCICIO DE LA HOMEOPATÍA: PREGUNTAS MÁS FRECUENTES Mayo 2014 1. ¿CUÁLES SON LAS LEYES QUE REGULAN LA PRÁCTICA DE LA HOMEOPATÍA? En España, el hecho de no disponer de legislación específica para el ejercicio de la homeopatía, no significa que exista un vacío legal. Por el contrario, la práctica de la homeopatía está sujeta a la legislación general que regula el ejercicio de toda la medicina y atención farmacéutica: Ley 14/19861, Ley 16/20032, Ley 44/20033 y Ley 29/20064 2. ¿HACE FALTA SER ESPECIALISTA EN HOMEOPATÍA PARA PODER PRESCRIBIR EL MEDICAMENTO HOMEOPÁTICO? ¿EXISTE UNA ESPECIALIDAD DE HOMEOPATÍA? La práctica de la homeopatía requiere disponer de conocimientos específicos. Al igual que para otras prácticas médicas, para las que la formación en el grado no es suficiente, el profesional de la salud debe proveerse de esta formación en el posgrado. Actualmente, en el Catálogo de Especialidades Médicas español no existe la especialidad de homeopatía, pero sí se dispone de formación de posgrado universitaria y no universitaria que capacitan para esta práctica. Como sistema de capacitación, algunos Colegios Oficiales de Médicos tienen un procedimiento de baremación para acreditar a los médicos con formación y experiencia suficiente y disponen asimismo de un registro de los profesionales que practican la homeopatía. 3. ¿EL MEDICAMENTO HOMEOPÁTICO ES UN MEDICAMENTO DE PRESCRIPCIÓN? ¿QUIÉN PUEDE PRESCRIBIR EL MEDICAMENTO HOMEOPÁTICO? En lo que respecta al medicamento homeopático ninguno de los articulados de la legislación vigente, Ley 29/20064 y RD 1345/20075, hacen referencia a la condición de prescripción o no prescripción de estos medicamentos. Sin embargo, en el artículo 25 del RD 1345/2007 establece que “existen medicamentos, que por su composición y objetivo están destinados y concebidos para su utilización sin la intervención de un médico que realice el diagnóstico, la prescripción o el seguimiento del tratamiento”. De manera que los medicamentos homeopáticos: (1) Podrán ser prescritos por los profesionales de la medicina, dentro del acto médico a efectos de diagnóstico, prescripción y seguimiento de los problemas de salud y (2) Podrán ser aconsejados por el farmacéutico para problemas menores de salud que no requieran del control médico, al igual que cualquier otro medicamento no sujeto a prescripción. 4. ¿EL MEDICAMENTO HOMEOPÁTICO SE PUEDE PRESCRIBIR EN LOS CENTROS SANITARIOS DE PROVISIÓN PÚBLICA? Todos los médicos, sean de la red pública o privada, pueden prescribir todos los medicamentos contemplados por la Ley 29/20064, sean éstos de prescripción o sean de libre disposición. Así, si bien se puede prescribir, hay que recordar que, hoy por hoy, el medicamento homeopático no se encuentra financiado por el sistema público. 5. ¿EL MEDICAMENTO HOMEOPÁTICO SE PUEDE PRESCRIBIR EN LOS HOSPITALES? Toda prescripción de medicamentos a los pacientes hospitalizados requiere que éstos se encuentren dentro del Catálogo de Farmacia del Hospital, hecho que a efectos del medicamento homeopático aún no ha ocurrido en ningún caso, del que tengamos conocimiento. Sobre lo que sí existe experiencia en algunos hospitales es en el uso de estos medicamentos durante el parto (medicamento aportado por el paciente o disponible por donación) o en el contexto de una investigación. El medicamento homeopático sí que podría ser prescrito en las Consultas Externas del hospital, atendiendo a los mismos criterios de prescripción que en los centros sanitarios públicos de atención primaria. 6. ¿CUÁL ES LA POSTURA DE LA ORGANIZACIÓN MÉDICA COLEGIAL (OMC) ANTE LA PRÁCTICA DE LA HOMEOPATÍA? La Organización Médica Colegial (OMC) se ha pronunciado diciendo que la homeopatía es un “Acto médico”. 7. ¿QUIÉN PUEDE ABRIR UNA CONSULTA DE HOMEOPATÍA? Pueden abrir una consulta de homeopatía todos los profesionales médicos que cumplan los requisitos establecidos en el RD 1277/20036 sobre autorización de centros y establecimientos sanitarios. Legislación que también establece cuál es la titulación que deberán tener los profesionales que atienden la consulta. 8. ¿PUEDE EL FARMACÉUTICO ACONSEJAR EL MEDICAMENTO HOMEOPÁTICO? El farmacéutico puede aconsejar el medicamento homeopático como cualquier otro medicamento no sujeto a prescripción, siempre para problemas que no requieran de diagnóstico, prescripción o seguimiento y atendiendo a los protocolos habituales de manejo de problemas menores de salud. 9. ¿CÓMO SE FORMA EL FARMACÉUTICO SOBRE HOMEOPATÍA? Dentro de la oferta formativa de posgrado en homeopatía para farmacéuticos, cabe distinguir dos tipos de programas: De formación a cargo de escuelas privadas en colaboración con colegios y asociaciones profesionales, enmarcado en el ámbito de la formación continuada, y de formación de posgrado ofrecida por algunas universidades. 1. Ley 14/1986, de 25 de abril, general de sanidad. 2. Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud. 3. Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias. 4. Ley 29/2006, de 26 de julio, de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios. 5. RD 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente. 6. Real Decreto 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios.