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REGLAMENTO INTERNO PARA ATENCIÓN EN EL
CONSULTORIO MÉDICO DE METLIFE
El presente Reglamento tiene por objeto establecer el marco normativo general al que se
sujetará el médico a cargo del consultorio, la enfermera y los usuarios.
USUARIOS
1. Son usuarios del consultorio médico los colaboradores que pertenezcan a MetLife
México Servicios, MLA Servicios, MILA, becarios y personal contratado por Adecco
que presta servicios a MetLife.
2. El servicio ofrecido por el consultorio es expresamente para Urgencias Médicas
Reales* y para Urgencias Médicas Sentidas**, no es un consultorio de medicina
familiar, por lo que no contempla el seguimiento del padecimiento ni medicamentos
para el mismo.
*Urgencia Médica Real: Se considera Urgencia Médica Real a aquellas situaciones que aparecen en
forma súbita y que ponen en peligro la vida de una persona o la función de alguno de los órganos
en las diferentes partes del cuerpo.
**Urgencia Médica Sentida: Es aquella situación que requiere atención médica pero que no pone en
peligro la vida del paciente.
3. El horario de atención es de lunes a jueves de 8:00 a 13:00 hrs. y de 14:00 a 18:00
hrs. En viernes el servicio es de 8:00 a 15:00 hrs.
4. Para recibir el servicio los usuarios deberán solicitar previamente una cita al
consultorio médico, dentro de los horarios de funcionamiento del mismo. La cita se
deberá realizar vía telefónica al número 53289000, extensión 7562, salvo los casos
en los que debido al estado de salud en el que se encuentra, requiera del servicio
médico de manera inmediata (Urgencia Real*).
a) Los Usuarios, se obligan a notificar oportunamente los cambios que debido a sus
actividades laborales influyan para poder acudir a la cita agentada en el consultorio
médico, el aviso deberá de hacerse con una anticipación de 10 min como mínimo.
b) Los Usuarios, se obligan a asistir puntualmente a sus consultas, con una tolerancia
máxima de 10 minutos.
5. Tanto el médico general, como la enfermera y los usuarios, deberán observar buena
conducta y buenas costumbres dentro del consultorio, así como cortesía respectiva
durante la prestación del Servicio Médico.
6. Se debe atender a los usuarios con eficacia y prontitud en base a la Carta de
Derechos de los Pacientes y de la Carta de Derechos de los Médicos, ambos
documentos formaran parte integral del presente Reglamento.
7. Queda estrictamente prohibido el consumo de alimentos y bebidas, así como fumar
en el interior del consultorio.
AXA
1. Todo servicio requerido de consulta de urgencia deberá ser atendido con prontitud.
2. En caso de *urgencia sentida, la enfermera invitará al usuario a realizar su cita de
acuerdo al reglamento del consultorio, durante el transcurso del día, para ser
atendido (La atención debe ser el mismo día)
**Urgencia Médica Sentida: Es aquella situación que requiere atención médica pero que no pone en
peligro la vida del paciente.
3. La enfermera previo a cada consulta, debe tomar los signos vitales de los usuarios y
solicitar la credencial de empleado, en caso del personal de Adecco y becarios
deberá de cotejar que se encuentren en la base de datos proporcionada por RH.
4. El médico general deberá realizar la exploración física a los usuarios que lo
requieran, con ética profesional, en presencia de la enfermera en turno.
5. En los casos en que se requiera medicar al usuario en espera de un cambio en su
estado de salud y que requiera de una valoración posterior, éste deberá de
permanecer en observación en el consultorio para analizar su evolución. No deberá
de ser enviado a su área de trabajo. En estas circunstancias, mientras no se egrese
el paciente del consultorio no se podrá proporcionar el Servicio Médico para otros
Usuarios.
6. Si se presenta una Urgencia Real (No sentida) el Médico General solicitará al Call
Center de AXA Salud, sólo si se requiere, el trasladado del paciente a la unidad
hospitalaria correspondiente.
*Urgencia Médica Real: Se considera Urgencia Médica Real a aquellas situaciones que aparecen en
forma súbita y que ponen en peligro la vida de una persona o la función de alguno de los órganos
en las diferentes partes del cuerpo.
7. La Enfermera deberá informar a los demás Usuarios que se dará prioridad a la
Urgencia que se presentó en el momento, invitándolos a acudir minutos más tarde a
su Consulta Médica.
8. En caso de que el Usuario tenga un comentario, sugerencia o queja acerca del
Servicio Médico podrá externarla a través del correo electrónico:
[email protected]
Recursos Humanos aplicará las medidas disciplinarias y sanciones que a su juicio ameriten,
cuando se infrinjan las disposiciones contenidas en el presente Reglamento. La aplicación e
interpretación del presente Reglamento así como la resolución de situaciones no previstas en el
mismo, será facultad de Recursos Humanos.