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2015
[PROCEDIMIENTO DE
PRESCRIPCIÓN, SOLICITUD Y
DEVOLUCIÓN DE MEDICAMENTOS E
INSUMOS]
COD CM/FAR/ 002
Versión: Nº 1.2
Característica: APF 1.5
Elaborado por: Q.F. Rosana Cartes C.
Marzo 2015.
Aprobado por : Dirección Médica
Abril 2015.
Revisado por: Unidad de Calidad
Marzo 2015.
Nº Páginas: 05
Próxima Revisión : 2018
[PROCEDIMIENTO DE PRESCRIPCIÓN, SOLICITUD Y
DEVOLUCIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS]
COD CM/FAR/002
Versión: Nº 1.2
Elaboración: 2015
Vigencia: 2018
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CLÍNICA MAYOR
ÍNDICE
1- INTRODUCCIÓN
2- OBJETIVO
3- ALCANCE
4- DOCUMENTOS DE REFERENCIA
5- RESPONSABLE DE EJECUCIÓN
6- DEFINICIONES
7- DESARROLLO
8- DISTRIBUCIÓN
9- RESPONSABILIDAD DEL ENCARGADO
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[PROCEDIMIENTO DE PRESCRIPCIÓN, SOLICITUD Y
DEVOLUCIÓN DE MEDICAMENTOS E INSUMOS]
COD CM/FAR/002
Versión: Nº 1.2
Elaboración: 2015
Vigencia: 2018
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CLÍNICA MAYOR
1. INTRODUCCIÓN
Es importante detallar las diferentes etapas de la dispensación de medicamentos a los
pacientes hospitalizados, para garantizar el cumplimiento de la prescripción médica de forma
rápida, oportuna y segura.
2. OBJETIVO
-
Asegurar a los pacientes hospitalizados el acceso oportuno a los medicamentos prescritos.
Establecer un procedimiento para la solicitud de insumos a través de una correcta
prescripción médica.
3. ALCANCE
Este procedimiento se aplicará en la Unidad de Farmacia, Unidad de Paciente Crítico, Servicio
de Urgencia, Pabellón y recuperación y Médico Quirúrgico.
4. DOCUMENTOS DE REFERENCIA
-
Reglamento del sistema nacional de control de
http://www.ispch.cl/documentos/reglamento_isp/1876.pdf
productos
farmacéuticos
5. RESPONSABLE DE LA EJECUCIÓN
 De la prescripción: Médicos y profesionales habilitados para ello.
 De la solicitud y devolución en los servicios clínicos: Auxiliares de Clínica.
 De la devolución en farmacia: Técnico Paramédico/Auxiliar de Farmacia.
 Químico Farmacéutico Jefe de Farmacia es responsable de participar en la elaboración,
implementación y evaluación de planes de mejora asociados al presente documento
6. DEFINICIONES
Receta Médica: Orden suscrita por un profesional legalmente habilitado para ello, a fin de
que una cantidad de uno o más medicamentos sea dispensado conforme a lo indicada en ella.
Prescripción: Indicación del médico o profesional autorizado para ello, para un tratamiento
incluyendo tipo de medicamento, tiempo y frecuencia de su uso.
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Versión: Nº 1.2
Elaboración: 2015
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7. DESARROLLO
Prescripción de Medicamentos:
La prescripción de medicamentos debe ser individual para cada paciente. Esta se debe realizar
en la Hoja de Indicaciones Médicas. Dicha prescripción debe consignar con letra clara y legible
lo siguiente:
- Nombre completo del paciente.
- Diagnóstico.
- Cédula de Identidad.
- N° Sala y cama.
- Nombre del medicamento.
- Dosis del medicamento.
- Frecuencia y vía de administración.
- Fecha de indicación.
- Nombre y firma del profesional que prescribe.
Para la prescripción de estupefacientes y psicotrópicos se hará en una receta destinada
exclusivamente para ello. Dicho documento está en un talonario autocopiativo timbrado y
foliado, autorizado por la SEREMI de Salud de la región. Estos son retirados por los Servicios
Clínicos en farmacia luego de registrar en un libro destinado para ello el folio y quién retira.
En el caso de prescribir estupefacientes y psicotrópicos, las recetas deben ser extendidas
íntegramente de puño y letra por el médico y en ella se anotarán en forma clara y sin
enmendaduras:
-
Datos del paciente: nombre completo, Rut y diagnóstico.
Medicamento, dosis y cantidad total a despachar.
Nombre, Rut y firma del Médico.
La prescripción de medicamentos estupefacientes y psicotrópicos se debe hacer por cada
medicamento a prescribir, es decir, no debe registrarse más de un medicamento por cada
receta (D.S. 404/83 y 405/83).
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Solicitud de Medicamentos e Insumos:
La solicitud de medicamentos e insumos para el paciente hospitalizado se realizará de acuerdo
a las indicaciones médicas considerando tratamiento para 24 horas, y posteriormente
siguiendo el protocolo de Despacho de Medicamentos.
Devolución de Medicamentos:
Desde farmacia se despachan los medicamentos e insumos, para la administración diaria del
paciente. En aquellos casos en que el paciente es dado de alta, se traslada o se suspende su
tratamiento, las auxiliares a cargo de los Servicios Clínicos tienen la obligación de realizar la
devolución de aquellos medicamentos e insumos que no se utilizaron.
Esta devolución se hará computacionalmente para cada paciente, además de guardar los
medicamentos sobrantes en una bolsa con el nombre del paciente correspondiente. En
Farmacia se verifica que la devolución digitada corresponda con los artículos físicamente
recepcionados y que éstos se encuentren en indemnes. Si los medicamentos devueltos están
vencidos, deteriorados o en mal estado y/o insumos sin su envoltorio, éstos deberán ser
eliminados según protocolo.
Una vez revisados se acepta la devolución computacionalmente y se procede a guardar los
medicamentos e insumos en sus lugares correspondientes.
8. DISTRIBUCIÓN.
-
El presente procedimiento se distribuirá en:
Unidad de Farmacia
Servicio de Urgencia
Servicio de Pabellón y Recuperación
Servicio Médico Quirúrgico
Unidad de Paciente Crítico
Unidad de Calidad
9. RESPONSABILIDAD DEL ENCARGADO.
Director Médico es responsable de velar por el estricto cumplimiento del protocolo y junto a
Químico Farmacéutico y Comité de Calidad efectuar y proponer modificaciones al documento
que en la práctica se precisen.
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