Download Modelo Informe justificativo para actuaciones 1 y 2

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MODELO de INFORME JUSTIFICATIVO PARA
TIPOLOGÍAS DE ACTUACION 1 Y 2
Según el punto e del apartado undécimo de la resolución:
Undécimo. Presentación de solicitudes y documentación:
3. Para formular la solicitud,………., se deberá aportar a través de la aplicación, la
siguiente documentación:
3.1. Con carácter general:
e. Informe justificativo, siguiendo el modelo disponible en la Web de IDAE, en
el que se indicarán las tipologías de actuación en la que se encuadra la ayuda
solicitada, descripción de las actuaciones elegibles, justificación del coste
elegible, cuantía máxima y cuantía y modalidad de la ayuda solicitada.
Por tanto, el Informe Justificativo al menos debería cubrir el siguiente índice:
- Estos datos deben coincidir con los datos introducidos en el formulario del Programa PAREERCRECE.
- Únicamente se debe cumplimentar las tablas referentes a la actuación de la que se solicita la ayuda.
A. Identificación del proyecto:
DATOS
Nombre del proyecto
Uso edificio (*)
Comunidad Autónoma Edificio
Localidad Edificio
Dirección Edificio
PROYECTO
(*) Cualquier uso regulado por el art. 2.1 de la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) (vivienda,
administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.)
B. Tipologías de actuación incluidas en el proyecto, según apartado tercero y
Anexo I de la resolución:
TIPOLOGÍA ACTUACIÓN
1.- Envolvente térmica
Marcar con X si corresponde
SUBTIPOLOGÍA SEGÚN ANEXO I
TIPOLOGÍA ACTUACIÓN
2.- Instalaciones térmicas y de iluminación
Marcar con X las que correspondan
C1
S1
S2
S3
M1
C2
C3
M2
ILU
1
C. Descripción de las actuaciones elegibles según apartado quinto y Anexo I:
Se indicará, de forma clara y concisa, los siguientes datos según corresponda para
cada actuación:
I. Datos principales del proyecto:
DATOS DEL EDIFICIO (para todas las actuaciones)
Año de construcción*
Nº de edificios**
- Residencial:
Viviendas en bloque o unifamiliar***
% sup. sobre rasante de uso vivienda****
Nº viviendas
Uso del edificio
Nº viviendas afectadas
Nº locales comerciales
- Resto de usos***:
Nº de habitaciones (hoteles), Nº camas
(sanitario)
- Residencial:
Viviendas
Elementos comunes
Otros usos: Almacén
Terciario
Superficie
Aparcamiento
construida (m2)
Total
(según catastro)
- Resto de usos:
Uso principal (especificar: hotelero,
sanitario, docente, administrativo, etc.)
Otros usos (especificar usos)
Total
Instalaciones
térmicas*****
Instalación de
iluminación
Centralización de instalaciones térmicas
Sistema de generación:
Combustible
Calefacción:
Potencia nominal (kW):
Sistema de generación:
Combustible
A/A:
Potencia nominal (kW):
Sistema:
Combustible
Climatización:
Potencia nominal (kW):
Sistema:
Ventilación:
Potencia nominal (kW):
Sistema de generación:
Climatización
Combustible
piscina:
Potencia nominal (kW):
Sistema de generación:
Combustible
ACS:
Potencia nominal (kW):
Superficie (m2):
Captadores
solares
Potencia nominal (kW):
Sistema / tipo luminarias
Potencia nominal (kW)
2
*Apartado quinto.2.a: “El edificio debe ser existente, por lo que el año de construcción que figure en la
consulta descriptiva y gráfica de datos catastral de bienes inmuebles de naturaleza urbana, debe ser
anterior a 2014.”
** En el caso de varios edificios, rellenar un cuadro para cada uno.
*** Apartado tercero: “Tercero.- Tipología de actuaciones objeto de las ayudas.
Las ayudas se destinarán a actuaciones integrales en edificios existentes de cualquier uso (vivienda,
administrativo, sanitario, docente, cultural, etc.) regulado por el artículo 2.1 de la Ley de Ordenación de
la Edificación (LOE)”
**** Apartado quinto. 2.c: “(…) para ser considerado un edificio de uso vivienda, al menos un 70% de
su superficie construida sobre rasante debe estar destinada a este uso.”
****** Apartado quinto.4: “Para ser considerada elegible una actuación en alguna de las tipologías 2, 3
y 4 del apartado tercero, la potencia térmica nominal de generación de calor o frío de la nueva
instalación térmica deberá ser mayor que las que se indican a continuación:
- Para actuaciones de la tipología 2: ……………… 40 kW
(en caso de incluirse instalación solar, ésta deberá tener una potencia de, al menos, 14 kW)”
DATOS DE LA REHABILITACIÓN ACTUACIÓN 1
AFECTADA
TOTAL
EDIFICIO
Superficie habitable (m2)
Superficie total de la envolvente térmica (m2)*
Superficie de cerramiento opaco en fachada (m2)
Nº / Superficie de huecos (m2)
Superficie de cerramiento opaco en cubierta (m2)
Nº / Superficie de lucernarios (m2)
Superficie de suelo (m2)
Superficie de particiones interiores verticales (m2)
Superficie de particiones interiores horizontales (m2)
*Anexo I. Act1.2: “Se considera como envolvente térmica del edificio la que se compone de los
cerramientos del edificio que separan los recintos habitables del ambiente exterior (aire, terreno u otro
edificio) y las particiones interiores que separan los recintos habitables de los no habitables, que a su vez
estén en contacto con el ambiente exterior”
FACHADAS AFECTADAS
ORDENADAS POR ORIENTACIÓN *
(orientaciones según Figura A.1 CTE DB HE1)
SUPERFICIE
TOTAL DE
FACHADA
(m2)
PORCENTAJE
DE HUECOS
(%)
Norte
Noreste
Este
Sureste
Sur
Suroeste
Oeste
Noroeste
* En el caso de que haya más de una fachada en cada orientación se añadirán a esta tabla tantas filas como
se consideren necesarias, nombrando cada fachada con su orientación y números consecutivos (Norte 1,
Norte 2, etc.).
3
DATOS DE LA REHABILITACIÓN ACTUACIÓN 2
Superficie afectada (m2)
Reforma sala calderas
Potencia térmica nominal actuales equipos de producción calefacción y ACS
(kW)
C1
Potencia térmica nominal nuevos equipos de producción calefacción y ACS (kW)
¿Potencia térmica nominal nuevos equipos de producción calefacción y ACS
(kW) > 40 kW)?
¿Potencia térmica nominal nuevos > 60% Potencia térmica nominal actuales?
Superficie captadores solares (m2)
Potencia nominal (kW) captadores
S1,
¿Potencia nominal (kW) captadores ≥ 14 kW?
S2 y Coeficiente global de pérdidas de los captadores
S3
Disponen de sistema de medida de energía suministrada
Incorporado al sistema PETREL
Instalación térmica centralizada y distribución por columnas
Sistema de contabilización y medición Calor
individual
según
UNE-EN-834
y Frío
M1
homologación CE
ACS
Válvulas termostáticas según UNE-EN-215
Sistema:
Sistema sustituido por otro que mejore la
C2
eficiencia energética
Potencia nominal (kW):
Sistema de transporte
Potencia eléctrica (kWe)
Sistema de enfriamiento gratuito
Potencia térmica (kW)
Sistema
de
recuperación
térmica
Potencia térmica (kW)
C3
Sistema de control y regulación
Potencia térmica controlada (kW)
Otros
Potencia térmica/eléctrica (kW)
Instalaciones o equipos consumidores
M2
Potencia eléctrica (kW)
monitorizados
a) Superficie actualmente
iluminada en el edificio (m2):
Sistema sustituido por otro que mejore la
b) Sup. iluminada renovada (m2):
ILU
eficiencia energética
b > 25% a
Potencia nominal nueva (kW):
DATOS ENERGÉTICOS DEL EDIFICIO
Consumo de energía final actual del edificio/s (kWh/año)
Calificación energética actual
TOTAL
DATOS ENERGÉTICOS después de LA REHABILITACIÓN
Consumo de energía final del edificio/s rehabilitados (kWh/año)
Calificación energética edificio/s rehabilitado/s*
TOTAL
SI/NO
SI/NO
SI/NO
SI/NO
*Apartado quinto.3: “Las actuaciones objeto de ayuda deben mejorar la calificación energética total del
edificio en, al menos, 1 letra medida en la escala de emisiones de dióxido de carbono (kg CO2/m2 año),
con respecto a la calificación energética inicial del edificio.”
4
II. Resumen de las actuaciones elegibles objeto de la solicitud de la ayuda.
 Breve resumen de todas y cada una de las actuaciones elegibles de que
consta el proyecto de las actuaciones a realizar o memoria técnica.
 Listado de las actuaciones elegibles, de forma que queden
perfectamente identificadas y segregadas de otras actuaciones que
pudieran incluirse en el proyecto pero no sean objeto de la ayuda. Se
enumerarán las unidades de obra del presupuesto de contrata que el
solicitante considere elegibles. Las actuaciones elegibles deberán tener
unidades de obra diferenciadas e identificadas respecto a otras
actuaciones que no lo sean. Las partidas de obra de presupuesto de
contrata y del apartado de “Mediciones y Presupuesto” del proyecto
técnico deben coincidir.
Se rellenará un cuadro con la siguiente información:
RESUMEN ACTUACIONES ELEGIBLES
CAPÍTULO XX
Código de la
partida de obra
Nombre de la
partida de obra
Medición
Precio unitario
Total partida de
obra
TOTAL CAPÍTULO
TOTAL COSTE DE EJECUCIÓN ELEGIBLE
Se añadirán a este cuadro tantas filas como se consideren necesarias,
ordenando las partidas de obra que el solicitante considere elegibles por
capítulos.
En el presupuesto de contrata, el IVA y demás impuestos aplicables, se
expresarán de forma desglosada.
5
D. Coste elegible desglosado propuesto por el solicitante que deberá incluir, según
apartado sexto, undécimo y Anexo I de la resolución :
a. Honorarios profesionales satisfechos para la elaboración, por el técnico
competente, del certificado de eficiencia energética según R.D. 235/2013.
b. Coste de gestión de ayuda. En ningún caso se admitirá que tales gastos superen
el 4% del importe de la ayuda otorgada, con un límite de 3.000 € por expediente.
c. Coste de la redacción de los proyectos técnicos relacionados con las tipologías
de actuación objeto de ayuda y otros gastos generales similares (honorarios de
técnicos competentes, estudios técnicos previos necesarios para la redacción del
proyecto, etc.).
d. Costes de la dirección y ejecución de la obra y de la instalación.
e. Coste de la inversión en equipos efectuada.
f. Costes de ejecución de la instalación, obra civil asociada e instalaciones
auxiliares necesarias, así como otras cuestiones específicas de cada actuación
según se detallan en el Anexo I, para cada tipología. Se incluirá el importe total
calculado en el apartado C.II de este mismo documento para cada tipología.
g. Coste de redacción del informe que acredite la adecuada realización de las
actuaciones objeto de la ayuda concedida de acuerdo con la documentación
presentada en la solicitud de ayuda, emitido por organismo de control o entidad
de control.
No se incluirán licencias, tasas, impuestos o tributos.
Las actuaciones objeto de las mismas no podrán haberse iniciado antes de la
entrada en vigor del Programa, no considerándose elegible ningún coste
correspondiente a la ejecución de la actuación que haya sido facturado con
anterioridad a la fecha de solicitud de ayuda, entendiendo por tal fecha, la fecha
de registro de la solicitud en la aplicación informática especificada en el
apartado undécimo de las bases, sin perjuicio de, los costes correspondientes a
actuaciones preparatorias, que sean necesarios para presentar la solicitud, como
pueden ser proyecto, memorias técnicas, certificados, etc., que sí que podrán ser
considerados elegibles, aun cuando hubieran sido facturados con anterioridad a
la fecha de la solicitud de ayuda, siempre que, en todo caso, estas actuaciones
preparatorias se hubieran iniciado con fecha posterior a la fecha de entrada en
vigor del Programa (2 de Octubre de 2013).
Todos estos costes deberán estar debidamente justificados mediante fotocopia de
contrato o compromiso de contrato entre las partes, facturas, etc.
correspondientes.
6
E. Cálculo de coste elegible y criterios establecidos en Anexo I:
Deben identificarse el total de los costes elegibles (sin IVA) especificados en el
apartado D y deben desglosarse en las siguientes tablas según corresponda a cada
tipología:
1. Envolvente Térmica:
TIPOLOGÍA
ACTUACIÓN
CONCEPTO
COSTE ELEGIBLE (€)
a. Honorarios certificado energético
a.- Mejora de la eficiencia
energética de la
envolvente térmica *
b. Coste gestión de la ayuda
c. Redacción proyecto y otros asoc.
d. Honorarios Dirección Obra
e. Coste ejecución obra**
f. Coste informe ECCE***
TOTAL COSTE ELEGIBLE ACTUACIÓN 1 (sin IVA)
* Apartado quinto.4: “Solo se considerarán elegibles las actuaciones integrales sobre uno o varios de los
cerramientos (fachada, cubierta, huecos, etc.) de la envolvente térmica del edificio, pero no sobre una o
varias viviendas o locales del mismo edificio consideradas individualmente”
** Anexo I. Act.1. 2.: “A efectos de lo indicado en el apartado sexto de la resolución, se considerarán
también costes elegibles, las instalaciones auxiliares necesarias para llevar a cabo esta actuación, como
andamiajes o grúas. “
*** Apartado decimoquinto. d): “ d) Informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones
objeto de la ayuda concedida de acuerdo con la documentación presentada en la solicitud de la ayuda,
emitido por organismo de control o entidad de control que cumpla los requisitos técnicos establecidos en
el Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo, para el ejercicio de su actividad en el campo reglamentario
de la edificación o por entidad de control habilitada para el campo reglamentario de las instalaciones
térmicas reguladas por la Ley 21/1992, de Industria y el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre,
por el que se aprueba el Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial, en la
especialidad o especialidades que mejor se adecuen a la naturaleza de la actuación.”
7
2. Instalaciones térmicas y de iluminación:
SUBTIPOLOGÍA
SEGÚN ANEXO I
C1
S1 / S2 / S3
M1
C2
C3
M2
CONCEPTO
COSTE ELEGIBLE (€)
a. Honorarios certificado energético
b. Coste gestión de la ayuda.
c. Redacción proyecto y otros asoc.
d. Honorarios Dirección Obra
e. Coste inversión equipos
f. Coste ejecución obra
g. Coste informe ECCE*
Total coste elegible (I)
a. Honorarios certificado energético
b. Coste gestión de la ayuda
c. Redacción proyecto y otros asoc.
d. Honorarios Dirección Obra
e. Coste inversión equipos
f. Coste ejecución obra
g. Coste informe ECCE*
Total coste elegible (II)
a. Honorarios certificado energético
b. Coste gestión de la ayuda
c. Redacción proyecto y otros asoc.
d. Honorarios Dirección Obra
e. Coste inversión equipos
f. Coste ejecución obra
g. Coste informe ECCE*
Total coste elegible (III)
a. Honorarios certificado energético
b. Coste gestión de la
c. Redacción proyecto y otros asoc.
d. Honorarios Dirección Obra
e. Coste inversión equipos
f. Coste ejecución obra
g. Coste informe ECCE*
Total coste elegible (IV)
a. Honorarios certificado energético
b. Coste gestión de la ayuda
c. Redacción proyecto y otros asoc.
d. Honorarios Dirección Obra
e. Coste inversión equipos
f. Coste ejecución obra
g. Coste informe ECCE*
Total coste elegible (V)
a. Honorarios certificado energético
b. Coste gestión de la ayuda
c. Redacción proyecto y otros asoc.
d. Honorarios Dirección Obra
e. Coste inversión equipos
f. Coste ejecución obra
g. Coste informe ECCE*
Total coste elegible (VI)
8
a. Honorarios certificado energético
b. Coste gestión de la ayuda
c. Redacción proyecto y otros asoc.
d. Honorarios Dirección Obra
e. Coste inversión equipos
f. Coste ejecución obra
g. Coste informe ECCE*
Total coste elegible (VII)
ILU
TOTAL COSTE ELEGIBLE ACTUACIÓN 2 (sin IVA)
* Apartado decimoquinto. d): “ d) Informe que acredite la adecuada realización de las actuaciones
objeto de la ayuda concedida de acuerdo con la documentación presentada en la solicitud de la ayuda,
emitido por organismo de control o entidad de control que cumpla los requisitos técnicos establecidos en
el Real Decreto 410/2010, de 31 de marzo, para el ejercicio de su actividad en el campo reglamentario
de la edificación o por entidad de control habilitada para el campo reglamentario de las instalaciones
térmicas reguladas por la Ley 21/1992, de Industria y el Real Decreto 2200/1995, de 28 de diciembre,
por el que se aprueba el Reglamento de la infraestructura para la calidad y la seguridad industrial, en la
especialidad o especialidades que mejor se adecuen a la naturaleza de la actuación.”
TIPOLOGÍA
ACTUACIÓN
SUBTIPOLOGÍA
SEGÚN ANEXO I
COSTE
ELEGIBLE (€)
MÁXIMO SEGÚN
ANEXO I (€)
C1
S1
b.- Mejora de la
S2
eficiencia
S3
energética de las
M1
instalaciones
C2
térmicas y de
C3
iluminación
M2
ILU
TOTAL COSTE ELEGIBLE SOLICITADO
Posteriormente, se justificará que no se excede de los máximos de coste elegible
indicados en el Anexo I de la resolución.
9
F. Cálculo de la ayuda solicitada según coste elegible y criterios establecidos en el
apartado séptimo:
1º- En el caso de edificios en bloque de uso vivienda, se justificará, que la ayuda base
solicitada tendrá un límite máximo de 6.000 €/vivienda y el préstamo reembolsable
solicitado tendrá un límite máximo de 12.000 €/vivienda, indicados en el Anexo I de la
resolución.
TIPOLOGÍA
SUBTIPOLOGÍA SEGÚN
ACTUACIÓN
ANEXO I
a.- Mejora de la
Ayuda base*
eficiencia energética
de la envolvente
Préstamo*
térmica
TOTAL AYUDA SOLICITADA
AYUDA
SOLICITADA (€)
MÁXIMO SEGÚN
ANEXO I (€)
*Se considera el caso de que una parte del proyecto se subvencione y otra se financie.
2º- Si se quiere solicitar ayuda adicional a la base, se justificará, que se cumplen:
a)
Criterio social: Tendrán derecho a una ayuda directa adicional por
criterio social, según graduación del anexo I, aquellas actuaciones que se
realicen en edificios que hayan sido calificados como Viviendas de Promoción
Pública y Viviendas de Protección Oficial en Régimen Especial, por el órgano
competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, o bien las actuaciones
sean realizadas en edificios de viviendas situados en las Áreas de Regeneración
y Renovación Urbanas, de acuerdo con el Plan Estatal de Fomento del Alquiler
de Viviendas, la Rehabilitación Edificatoria, y la Regeneración y Renovación
Urbanas 2013-2016.
b)
Eficiencia energética: Tendrán derecho a una ayuda directa adicional por
mejora de la eficiencia energética, según la graduación del anexo I, aquellas
actuaciones que eleven la calificación energética del edificio para obtener una
clase energética “A” o “B”, en la escala de CO₂, o bien, incrementen en (2) dos
letras la calificación energética de partida, según procedimiento establecido en el
Real Decreto 235/2013, de certificación de la eficiencia energética de los
edificios. Los edificios de consumo de energía casi nulo serán asimilables a los
de clase “A” a los efectos de cálculo de la cuantía de la ayuda.
c)
Actuación integrada: Tendrán derecho a ayuda directa adicional por
actuación integrada, los siguientes casos:
 los edificios de uso vivienda que realicen simultáneamente la
combinación de dos o más tipologías de actuación de las definidas en el
apartado tercero de estas bases, siendo obligatoriamente una de ellas
sobre la envolvente térmica (tipología 1) que suponga una disminución
mínima de la demanda global en calefacción y refrigeración del 30%,
combinada con otra actuación de la tipología 2 (casos C1, C2, S2 y S3),
3 o 4 sobre la instalación térmica, que suponga al menos, la sustitución
del 60% de la potencia de generación térmica existente.
 los edificios de otros usos, diferentes a vivienda, que realicen, la
combinación de dos o más tipologías de actuación de las definidas en el
apartado tercero de estas bases, siendo obligatoriamente una de ellas
10
sobre la envolvente térmica (tipología 1) que suponga una disminución
mínima de la demanda global en calefacción y refrigeración del 30%,
combinada con otra actuación de la tipología 2 (casos C1, C2, S2, S3), 3
ó 4 sobre la instalación térmica, que represente al menos, la sustitución
del 60% de la potencia de generación térmica existente.
 los edificios de otros usos, diferentes a vivienda, que realicen, la
combinación de dos o más tipologías de actuación de las definidas en el
apartado tercero de estas bases, siendo obligatoriamente una de ellas
sobre la envolvente térmica (tipología 1) que suponga una disminución
mínima de la demanda global en calefacción y refrigeración del 30%,
combinada con otra actuación de la tipología 2 caso ILU que suponga
una renovación de más de un 25% de la superficie de iluminación que
cumpla con la exigencia básica HE-3 del Código Técnico de la
Edificación.
Según el Anexo I, la ayuda adicional podrá ser:
- Para la tipología de actuación 1:
Uso
del edificio
%
adicional:
Criterios
sociales
Calificación
final A
Calificación
final B
Incremento de
2 o más Letras
Vivienda
15%
15%
10%
5%
20%
0%
15%
10%
5%
20%
Resto de usos
% adicional: Eficiencia Energética
% adicional:
Actuación Integrada
- Para la tipología de actuación 2:
Uso del
edificio
%
adicional:
Criterios
sociales
% adicional: Eficiencia Energética
Calificación
final A
Calificación
final B
Incremento de 2
o más Letras
% adicional:
Actuación Integrada
Vivienda
0%
10%
5%
0%
0%
Resto de usos
0%
10%
5%
0%
0%
Para el caso M2 de monitorización del consumo de energía en tiempo real:
Como caso particular, al coste elegible correspondiente a la instalación de sistemas de
monitorización del consumo de energía en tiempo real, tal como se definen en el caso
M2, no será de aplicación el anterior cuadro y le corresponderá una ayuda adicional
única del 30% sobre el coste elegible. El importe del préstamo reembolsable para este
tipo de actuación podrá ser de hasta un máximo del 50% de la inversión elegible.
AYUDA ADICIONAL (€)
TIPOLOGÍA DE LA
ACTUACIÓN
AYUDA
BASE (€)
CRITERIO
SOCIAL
EFICIENCIA
ENERGÉTICA
ACTUACIÓN
INTEGRADA
TOTAL
SUBVENCIÓN
SOLICITADA
(€)
1.- Envolvente térmica
2.- Inst. térmicas/ilumin.
TOTAL
11
3º- Teniendo en cuenta lo anteriormente justificado, se solicitará la siguiente ayuda sin
contraprestación (subvención):
TIPOLOGÍA DE LA ACTUACIÓN
TOTAL
SUBVENCIÓN
SOLICITADA
(€)
TOTAL COSTE
ELEGIBLE
(sin IVA) (€)
1.- Envolvente térmica
2.- Instal. térmicas/iluminación
TOTAL
(*)
En cualquier caso, solo serán objeto de ayuda dentro del Programa, las actuaciones de
una o varias de las tipologías descritas en el apartado tercero, siempre y cuando el coste
elegible conjunto (*) sobre el que se solicita ayuda, supere los 30.000 €. Por otra parte,
el coste elegible máximo a considerar por proyecto (*) objeto de ayuda, estará limitado
a un importe de 4.000.000 € para el conjunto de las actuaciones que se realicen en un
mismo proyecto.
4º- Teniendo en cuenta lo anteriormente justificado y la tabla del apartado séptimo de la
resolución, se solicitará el siguiente préstamo reembolsable:
TIPOLOGÍA DE LA ACTUACIÓN
TOTAL COSTE
ELEGIBLE
(sin IVA) (€)
TOTAL
PRÉSTAMO
SOLICITADO
(€)
1.- Envolvente térmica
2.- Instal. térmicas/iluminación
TOTAL
5º- Por tanto, la ayuda total solicitada es:
TIPOLOGÍA DE LA
ACTUACIÓN
TOTAL COSTE
ELEGIBLE
(sin IVA) (€)
TOTAL
SUBVENCIÓN
SOLICITADA
(€)
TOTAL
PRÉSTAMO
SOLICITADO
(€)
AYUDA
TOTAL
SOLICITADA
(€)
1.- Envolvente térmica
2.- Instal. térmicas/ilum
(*).
TOTAL
(*) En el caso de las tipologías S1, S2 y S3, de acuerdo con el punto 5.b) del apartado segundo
de las bases, se deberá cumplimentar el anexo “Cálculo de la Ayuda máxima solicitable para
actuaciones de aprovechamiento de fuentes de energía renovable” donde se desarrollarán los
cálculos para determinar el importe de la ayuda máxima en función del tipo de proyecto y
solicitante.
FIRMA DEL SOLICITANTE:
12