Download CLAÚSULA 8.-Lugar de realización del servicio

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Plaza de Don Antonio de Andrés,
18 28032 Madrid
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES
REFERENCIA: 119/2013/00258
ASUNTO: CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA PRESTACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE
ORIENTACIÓN SOCIO LABORAL Y FORMACIÓN OCUPACIONAL DIRIGIDO A PERSONAS CON DIFICULTAD
DE INSERCIÓN SOCIAL Y LABORAL.
Fecha: 11/03/2013.
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS
CLÁUSULA 1.- Características técnicas de la prestación o contenido del
contrato.
Es objeto de este contrato administrativo especial la prestación de la
actividad de Orientación Socio Laboral y Formación Ocupacional para las
personas derivadas por los servicios sociales municipales, en situaciones de
vulnerabilidad social.
Se plantea como un servicio integral para poder ofertar a personas en
situación de exclusión social y laboral, en coordinación con los Servicios
Sociales Municipales de Vicálvaro, las entidades sociales del Distrito y el tejido
empresarial de la zona.
Consiste en la realización de las siguientes acciones:
-
Talleres de Orientación Socio Laboral
Talleres de Habilidades sociales para la empleabilidad
Cursos de Formación Ocupacional
Intermediación Laboral y Prospección empresarial
La finalidad es: favorecer la integración e inserción de personas en el
mundo laboral, derivadas por los Servicios Sociales Municipales.
A través de planes individualizados de intervención se pretende proporcionar
orientación y formación ocupacional laboral efectiva, mediante la realización de
itinerarios de INSERCIÓN SOCIOLABORAL a personas en riesgo de exclusión
social.
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Plaza de Don Antonio de Andrés,
18 28032 Madrid
DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES
REFERENCIA: 119/2013/00258
ASUNTO: CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA PRESTACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE
ORIENTACIÓN SOCIO LABORAL Y FORMACIÓN OCUPACIONAL DIRIGIDO A PERSONAS CON DIFICULTAD
DE INSERCIÓN SOCIAL Y LABORAL.
Fecha: 11/03/2013.
Los Objetivos son:
-
Aumentar los conocimientos y actitudes en competencias personales y
laborales de los y las participantes.
-
Formar en habilidades sociolaborales y en técnicas de búsqueda activa
de empleo para favorecer la integración en el mercado laboral.
-
Capacitar a través de cursos de formación ocupacional
especializaciones demandadas por el mercado de trabajo.
-
Acompañar y tutelar la incorporación al empleo.
en
Para ello será necesaria:
 Prospección empresarial para la concertación y realización de
entrevistas con posibles empresas.
 Establecer medidas de acompañamiento socio-laboral y realización de
prácticas en empresas.
El proyecto se desarrollará por tanto a través de: Intervenciones
grupales y seguimientos individualizados. Contemplando Talleres Formativos
de diferentes niveles, Formación Ocupacional y Servicio de Intermediación y
Prospección empresarial.
Consiste en trabajar en grupo las dificultades y características
personales que puedan dificultar la integración social y laboral de cada
individuo, así como mejorar las posibilidades reales de inserción laboral.
Talleres Formativos:
Se entienden como tal las actividades grupales para la formación y
desarrollo de habilidades, competencias y talleres diseñados y adaptados
específicamente para grupos concretos.
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DEPARTAMENTO DE SERVICIOS SOCIALES
REFERENCIA: 119/2013/00258
ASUNTO: CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL PARA LA PRESTACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE
ORIENTACIÓN SOCIO LABORAL Y FORMACIÓN OCUPACIONAL DIRIGIDO A PERSONAS CON DIFICULTAD
DE INSERCIÓN SOCIAL Y LABORAL.
Fecha: 11/03/2013.
Se desarrollarán dentro de los siguientes ámbitos:
-
Orientación socio laboral grupal
Habilidades sociales
Formación Ocupacional
ORIENTACIÓN SOCIOLABORAL GRUPAL
Se plantea como un medio para apoyar la búsqueda de empleo, para que
puedan adquirir herramientas y técnicas básicas, complementando el
seguimiento individualizado, adaptado siempre a las personas y a sus procesos
de inserción socio laboral.
Proporcionará la posibilidad a los y las participantes, de realizar una búsqueda
de empleo con apoyo, resolviendo sus dudas y dificultades generales o
puntuales.
Los objetivos que se pretende conseguir con ello son:
-
Dotar a los y las participantes de las herramientas básicas y de las
técnicas de búsqueda de empleo necesarias para desenvolverse
en el mundo laboral.
-
Proporcionar información sobre los recursos disponibles en su
municipio y en la Comunidad de Madrid.
-
Fomentar los conocimientos y actitudes en
personales y laborales de los y las participantes.
-
Formar en habilidades sociolaborales y en técnicas de búsqueda
activa de empleo para favorecer la integración en el mercado
laboral.
-
Capacitar a través de cursos de formación ocupacional en
especializaciones demandadas por el mercado de trabajo.
-
Proporcionar información sobre vías, fuentes de empleo y recursos
laborales.
competencias
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ORIENTACIÓN SOCIO LABORAL Y FORMACIÓN OCUPACIONAL DIRIGIDO A PERSONAS CON DIFICULTAD
DE INSERCIÓN SOCIAL Y LABORAL.
Fecha: 11/03/2013.
-
Prospección empresarial para la concertación y realización de
entrevistas con posibles empresas.
-
Establecer medidas de acompañamiento socio-laboral.
-
Conseguir la inserción laboral de los y las participantes del
proyecto.
HABILIDADES SOCIALES PARA LA EMPLEABILIDAD.
Servirán para adquirir habilidades sociales básicas para enfrentarse a la
búsqueda de empleo. Partiendo de una evaluación personalizada y en grupo,
se trata de analizar y reflexionar sobre los aspectos que dificultan la búsqueda
de empleo, así como adquirir dichas habilidades básicas.
Objetivos:
1. Dotar a los/las participantes de los conocimientos básicos necesarios
para poder utilizar las habilidades sociales en el proceso de búsqueda y
selección.
2. Analizar la comunicación interpersonal que utilizan y reflexionar sobre
ello.
3. Fortalecer la autoestima y la capacidad de manejar las situaciones de la
vida cotidiana.
4. Potenciar la capacidad de anticipar de forma realista situaciones futuras.
FORMACIÓN OCUPACIONAL
Enseñanza teórica y práctica en técnicas actualizadas para la búsqueda de
empleo, con colectivos con especiales dificultades.
Se planteara una formación muy ligada a aquellos sectores productivos donde
existe actualmente una demanda de trabajadores/as.
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ORIENTACIÓN SOCIO LABORAL Y FORMACIÓN OCUPACIONAL DIRIGIDO A PERSONAS CON DIFICULTAD
DE INSERCIÓN SOCIAL Y LABORAL.
Fecha: 11/03/2013.
La finalidad de los cursos será dotar a los/as participantes de formación teórico
prácticas con el fin de mejorar su empleabilidad, haciendo que adquieran las
competencias necesarias para conseguir su certificación profesional.
Ofertándose por lo menos en tres sectores productivos.
Incluirá el desarrollo de prácticas laborales no remuneradas con el fin de
desarrollarlas en un ámbito estrictamente laboral.
Desde el proyecto se llevarán a cabo, como mínimo 2 Talleres en horario de
mañana y tarde que se configurarán en función de las características y
competencias de los participantes, y al menos 3 Cursos de Formación
Ocupacional (por la mañana y/ó por la tarde).
Cada Taller ó Curso estará integrado por un máximo de 15 personas.
Se realizarán entrevistas individuales, con el fin de ir detallando un primer
diagnóstico personal y profesional de cada uno de los participantes en el
proyecto.
El proyecto se desarrollará a través de intervenciones grupales de periodicidad
semanal. Fijándose en coordinación con los técnicos municipales, la frecuencia
y duración concreta de cada grupo, en función de las características de los
participantes.
INTERMEDIACIÓN Y PROSPECCION EMPRESARIAL
Consideramos la intermediación laboral como el conjunto de acciones que
tendrían por objeto poner en contacto a los oferentes de trabajo, con las
personas formadas y motivadas para el empleo participantes en el proyecto.
Para ello es necesaria la Prospección Empresarial entendiendo ésta como una
línea transversal a lo largo de todo el proyecto para el establecimiento de
contactos y vínculos más o menos estables con empresas para poder trabajar
con ellas y cubrir las necesidades que les vayan surgiendo en temas de
formación y empleo.
Tanto la intermediación como la prospección se realizarán contando con el
sector económico e industrial del distrito como de otras zonas.
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Fecha: 11/03/2013.
CLAÚSULA 2.- Horario y Desarrollo de las Actividades
La prestación del servicio será de lunes a viernes en horario de mañana
y tarde con una media de 20h a la semana.
Para el desarrollo de las actividades se contará con:
-
1 Orientador Socio Laboral que prestará un mínimo de 30h/
semanales.
1 Prospector Empresarial que prestará un mínimo de
16h/semanales.
3 Docentes para la Formación Ocupacional.
Las derivaciones se realizarán desde las Unidades de Trabajo Social de los
centros de Servicios Sociales del distrito.
Las personas derivadas responderán al perfil recogido en el apartado de
destinatarios.
De todos ellos se devolverá información a las trabajadoras sociales de
referencia, con la orientación, plan de intervención y evaluación realizada.
En una segunda fase se configurarán los grupos y talleres tanto de orientación
como de habilidades y de competencias específicas.
Las personas con motivación realizarán la Formación Ocupacional.
Durante todas las fases se realizarán evaluaciones continuas, apoyo y
acompañamiento al proceso de inserción de cada persona.
En el proyecto de Trabajo se presentará una propuesta concreta de los
Talleres a desarrollar, número de horas y horarios que estará sujeta a las
directrices que desde los Servicios Sociales Municipales se propongan de
acuerdo con el adjudicatario y siempre en función de las necesidades y
características de cada grupo concreto.
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Fecha: 11/03/2013.
CLAUSULA 3.- DESTINATARIOS
Los destinatarios serán personas derivadas por los servicios sociales
municipales, prioritariamente perceptores de Renta Mínima de Inserción y
personas en situación de vulnerabilidad social.
Perfil de los Participantes
Los participantes en el proyecto serán derivados por los técnicos
municipales de Servicios Sociales pudiendo pertenecer a los siguientes
colectivos con dificultades:
-
Personas sin experiencia laboral y con escasa formación.
Personas con escasas competencias personales y ocupacionales.
Parados de Larga duración con problemas de desestructuración
personal, familiar y de redes sociales.
Personas de diferentes etnias y/o culturas con dificultades de
formación y/o inserción social.
Hombres y Mujeres con alta dependencia institucional y cronicidad en
su dependencia de los servicios sociales municipales.
Mujeres con y sin cargas familiares que quieren incorporarse al
mercado laboral y carecen de formación.
Personas con discapacidad cuyo grado de minusvalía les permita
adquirir más formación y competencias.
El número mínimo de derivaciones desde los Servicios Sociales, a lo largo del
año será de 100 personas.
CLAUSULA 4.-Recursos humanos
El servicio contará como mínimo con:
-
1 Orientador/a socio laboral - Diplomado/a ó Licenciado en Ciencias
Sociales.
1 Prospector/a empresarial – Diplomado/a ó Licenciado/a en Ciencias
Sociales.
3 Docentes para los módulos formativos.
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Fecha: 11/03/2013.
El personal señalado dependerá exclusivamente del adjudicatario, quien
tendrá todos los derechos y deberes inherentes a la calidad de empleador del
mismo, siendo el Ayuntamiento de Madrid ajeno a dichas relaciones laborales.
El Equipo Técnico contará con experiencia en Trabajo Grupal y con
colectivos con especiales dificultades de inserción.
CLAUSULA 5.- Coordinación, Seguimiento y Supervisión
La coordinación se establecerá a dos niveles:
A) para el seguimiento global del proyecto.
B) Para el seguimiento individualizado de los participantes.
Las coordinaciones para el seguimiento global del proyecto se realizarán con el
técnico responsable del departamento de Servicios Sociales.
Así mismo se realizarán todas las coordinaciones necesarias para la derivación
y seguimiento de los casos con los/as profesionales de las Unidades de
Trabajo Social.
La entidad adjudicataria deberá presentar informes mensuales del desarrollo y
gestión del servicio, así como memoria anual (años naturales) que como
mínimo recogerá los indicadores de evaluación siguientes: nº de participantes,
Altas, Bajas, Causas,
porcentajes de inserciones socio-laborales y
derivaciones a otros recursos y/o servicios.
CLAÚSULA 6.-Recursos materiales
La entidad adjudicataria contará con sede social (dentro ó fuera del
distrito) si bien las actuaciones se podrán realizar en espacios municipales
disponibles y acordados con los técnicos municipales para favorecer el acceso
de las personas del distrito.
Desde el proyecto se facilitarán los materiales fungibles que como
mínimo necesarios para el desarrollo de las actividades.
Dispondrá de Ayudas para el Transporte para aquellos participantes,
que según valoración del profesional de referencia, sea imprescindible dicho
apoyo.
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CLAÚSULA 7.- Obligaciones de la entidad adjudicataria
1º.-
Desarrollar y ejecutar los contenidos especificados en el Contrato
gestionando de manera diligente todos los medios y recursos, tanto
materiales como personales, necesarios para la ejecución.
2º.-
Llevar a cabo el proceso de intervención según el proceso previsto en
estos Pliegos, con aquellos casos que los Servicios Sociales
Municipales deriven al Servicio.
3º.-
Recoger, analizar y custodiar todos los datos referidos a los usuarios,
garantizando en todo momento la confidencialidad y el derecho a la
intimidad de los mismos.
4º.-
Presentar un Proyecto de Trabajo, donde se recojan como mínimo los
siguientes apartados:
-
Análisis de las necesidades sociales y de empleo del distrito de
Vicálvaro
-
Relación de proyectos, recursos y servicios de formación y empleo
del distrito de Vicálvaro.
-
Objetivos y Metodología
-
Desarrollo de Talleres y Grupos.
-
Módulos Formativos detallando horas y prácticas.
-
Sistemas de Evaluación
5º.-
Establecer la coordinación precisa con los Servicios Sociales
Municipales.
6º.-
Elaborar informes mensuales y memorias anuales (años naturales),
así como cuantos informes sean necesarios. La memoria anual se
presentará en el plazo máximo de un mes finalizado el período de
contratación.
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Fecha: 11/03/2013.
7º.-
Participar en los seminarios, mesas de trabajo y actuaciones de
formación, e intervenciones comunitarias que establezcan los
técnicos de Servicios Sociales, en relación con el objeto de este
contrato.
8º.-
Aportar todos los Gastos Fungibles necesarios para el desarrollo de
la actividad en los grupos.
9º.-
Facilitar desde el proyecto Ayudas para el Transporte para los
participantes, con dificultades económicas, según valoración de los
Técnicos Municipales.
10º.-
Otras que se deriven del contenido de los presentes Pliegos de
prescripciones técnicas y cláusulas administrativas.
CLAÚSULA 8.-Lugar de realización del servicio
La prestación del servicio o ejercicio de la actividad se llevará a cabo en
los Centros de Servicios Sociales de Vicálvaro.
No obstante, cuando la prestación del servicio o desarrollo de la
actividad lo requiera, podrá realizarse en cualquier otro lugar dependiente de
esta Junta Municipal de distrito o de Instituciones o Entidades colaboradoras
que reúna las condiciones necesarias, siempre que se encuentre disponible y
el uso haya sido solicitado con la suficiente antelación.
CLÁUSULA 9.-Confidencialidad, Protección de datos personales y
seguridad de la información
La empresa adjudicataria y el personal a su servicio en la prestación del
contrato, tal y como se define en la letra g) del artículo 3 de la Ley Orgánica
15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal,
están obligados en su calidad de encargados de tratamiento de datos
personales por cuenta del (Órgano de contratación) al cumplimiento de lo
dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de
Datos de Carácter Personal, el Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre,
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por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999,
de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, así como de
las disposiciones que en materia de protección de datos se encuentren en vigor
a la adjudicación del contrato o que puedan estarlo durante su vigencia.
La empresa adjudicataria se obliga especialmente a lo siguiente:
1º) Deberá guardar la debida confidencialidad y secreto sobre los hechos,
informaciones, conocimientos, documentos y otros elementos a los que tenga
acceso con motivo de la prestación del servicio (art. 10 LOPD), sin que pueda
conservar copia o utilizarlos para cualquier finalidad distinta a las expresamente
recogidas en el presente pliego, incurriendo en caso contrario en las
responsabilidades previstas en la legislación vigente (art. 12.4 LOPD).
Igualmente, deberá informar a sus empleados de que sólo pueden tratar la
información del Ayuntamiento para cumplir los servicios objeto de este pliego y
también de la obligación de no hacer públicos, ceder o enajenar cuantos datos
conozcan (artículo 9 LOPD). Esta obligación subsistirá aún después de la
finalización del contrato.
2º) Asimismo, deberá incluir una cláusula de confidencialidad y secreto en los
términos descritos (art. 10 LOPD) en los contratos laborales que suscriban los
trabajadores destinados a la prestación del servicio objeto del presente pliego.
La empresa adjudicataria, al igual que su personal, se someterán a los
documentos de seguridad vigentes en el Ayuntamiento de Madrid para cada
uno de los ficheros a los que tengan acceso, e igualmente a las
especificaciones e instrucciones de los responsables de seguridad en materia
de protección de datos de cada una de las dependencias municipales
afectadas.
3º) Dicho compromiso afecta tanto a la empresa adjudicataria como a los
participantes y colaboradores en el proyecto y se entiende circunscrito tanto al
ámbito interno de la empresa como al ámbito externo de la misma. El
Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho al ejercicio de las acciones
legales oportunas en caso de que bajo su criterio se produzca un
incumplimiento de dicho compromiso.
4º) Únicamente tratará los datos personales a los que tenga acceso para la
prestación del contrato conforme al contenido de este pliego de prescripciones
técnicas y a las instrucciones que el (Órgano de contratación) le pueda
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especificar en concreto y que se incluirían como una Adenda al presente
contrato. No aplicará o utilizará los datos personales indicados con fin distinto
al previsto en el contrato, ni los comunicará, ni siquiera para su conservación, a
otras personas salvo autorización expresa por parte del responsable del fichero
en los términos previstos en el artículo 21 del Reglamento de desarrollo de la
Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal.
5º) A cumplir todas y cada una de las medidas de seguridad (nivel básico,
medio o alto) que sean de aplicación en función de la tipología de datos que se
utilicen y traten para la prestación del servicio objeto del presente contrato y
que vienen previstas en el Título VIII del Reglamento de desarrollo de la Ley
Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter
Personal. A este respecto no se registrarán datos de carácter personal en
ficheros que no reúnan las condiciones determinadas en el referido Titulo VIII
respecto a su integridad y seguridad y a las de los Centros de tratamiento,
locales, equipos, sistemas y programas. (Artículo 9.2. LOPD).
Durante la realización de los servicios que se presten como consecuencia del
cumplimiento del presente contrato, el adjudicatario y su personal se someterán
al estricto cumplimiento de los documentos de seguridad vigentes para los
ficheros de datos de carácter personal a los que tengan acceso, así como a las
instrucciones de los responsables de seguridad de las dependencias
municipales en las que desarrollen su trabajo.
El acceso a las bases de datos del Ayuntamiento de Madrid necesarias para la
prestación del servicio se autorizará al adjudicatario para el exclusivo fin de la
realización de las tareas objeto de este contrato, quedando prohibido para el
adjudicatario y para el personal encargado de su realización su reproducción
por cualquier medio y la cesión total o parcial a cualquier persona física o
jurídica. Lo anterior se extiende asimismo al producto de dichas tareas.
El adjudicatario se compromete a formar e informar a su personal en las
obligaciones que de tales normas dimanan, para lo cual programará las
acciones formativas necesarias.
El personal prestador del servicio objeto del contrato tendrá acceso autorizado
únicamente a aquellos datos y recursos que precisen para el desarrollo de sus
funciones.
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6º) Los diseños, desarrollos o mantenimientos de software deberán, con
carácter general, observar los estándares que se deriven de la normativa de
seguridad de la información y de protección de datos, y en concreto lo relativo a
la identificación y autenticación de usuarios, estableciendo un mecanismo que
permita la identificación de forma inequívoca y personalizada de todo aquel
usuario que intente acceder al sistema de información y la verificación de que
está autorizado, limitando la posibilidad de intentar reiteradamente el acceso no
autorizado al sistema de información.
7º) El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho de efectuar en cualquier
momento los controles y auditorias que estime oportunos para comprobar el
correcto cumplimiento por parte del adjudicatario de sus obligaciones, el cual
está obligado a facilitarle cuantos datos o documentos le requiera para ello.
8º) Todos los datos personales que se traten o elaboren por la empresa
adjudicataria como consecuencia de la prestación del contrato, así como los
soportes del tipo que sean en los que se contengan son propiedad del
Ayuntamiento de Madrid.
9º) Una vez cumplida la prestación contractual, los datos de carácter personal
deberán ser destruidos o devueltos al Ayuntamiento de Madrid conforme a las
instrucciones que haya dado, al igual que cualquier soporte o documento que
contenga algún dato de carácter personal objeto del tratamiento.
10º) De conformidad con lo que establece el artículo 12.4 de la Ley Orgánica
15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, el
incumplimiento por parte del adjudicatario de las estipulaciones del presente
contrato lo convierten en responsable del tratamiento respondiendo
directamente de las infracciones en que hubiera incurrido, así como del pago
del importe íntegro de cualquier sanción que, en materia de protección de datos
de carácter personal, pudiera ser impuesta al Ayuntamiento de Madrid, así
como de la totalidad de los gastos, daños y perjuicios que sufra el
Ayuntamiento de Madrid como consecuencia de dicho incumplimiento (art. 12.4
LOPD).
11º) Aportará una memoria descriptiva de las medidas que adoptará para
asegurar la confidencialidad e integridad de los datos manejados y de la
documentación facilitada. Asimismo, el adjudicatario deberá comunicar al
organismo contratante antes de transcurridos siete días de la fecha de
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comunicación de la adjudicación definitiva, la persona que será directamente
responsable de la puesta en práctica y de la inspección de dichas medidas de
seguridad, adjuntando su perfil profesional.
Madrid, 11 de Marzo de 2013.
JEFA DEL DEPARTAMENTO DE
SERVICIOS SOCIALES
Fdo.: Rosa Mª Cerviño de la Fuente.
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