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Ética Judicial: De las reglas a las actuaciones 97 tuciones y miembros, era procurar el mayor bienestar posible para el mayor número de ciudadanos5. Se trata de una Ética economicista, interesante en la Inglaterra del siglo XIX, con sus grandes desigualdades sociales, pero que no afronta otras cuestiones tan importantes como la lealtad, la responsabilidad o la noción de verdad, que son conceptos ajenos al núcleo de su ideología. De ese modo, se hurta el debate del centro del acto moral, que no es otro que la elección de la conducta a realizar, que para él carece de otra valoración que no sea el del resultado, que si es bueno para la mayoría, es bueno. De ese modo, se carece de elementos para medir los actos complejos y se confunde la regla de la mayoría con la idea de lo que está bien y mal, lo cual no depende del simple número de votos, porque la moral y la política no funcionan igual, porque no son lo mismo. Así, aplicar la pena de muerte a una persona, podrá contar con el respaldo mayoritario para tal decisión, y ser “útil” por higiene social, vamos a llamarlo así, pero no es un acto moralmente correcto, porque el compromiso de defensa de la vida, de todas las vidas, está más allá del mérito o demérito concretos, y mucho más de razones utilitaristas, porque se trata del primero de los derechos, derecho básico, troncal y ontológico, del que dependen todos los demás, del que es su presupuesto, porque ancla sus raíces, en la dignidad de todo ser humano, que deriva de la consideración de ser un fin en sí mismo, y no un medio, valorable con criterios sociales de conveniencia de un tipo u otro. La experiencia histórica, de las grandes matanzas y de los asesinatos selectivos, exime de más consideraciones. Husserl, junto con Heidegger, Gadamer y Habermas, representa una reintroducción de la filosofía aristotélica, en el periodo de entreguerras. El planteamiento fenomenológico es radicalmente subjetivo, pues parte de la actitud previa del sujeto, quien toma conciencia de su papel, en relación al carácter fenoménico del objeto. 5 BENTHAM, Jeremy. Introducción a los principios de la moral y la legislación. Barcelona, Eds. Península, 1991. Reflexiones sobre ética judicial 6.4 La fenomenología.