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Sociedad, justicia y sujeto.
El debate contemporáneo de la filosofía política.
Luis Fernando Marín Ardila
Filósofo Universidad Nacional de Colombia
Estudios en Derecho y Ciencias Políticas Universidad Libre
Magíster en Estudios Políticos Universidad Nacional de Colombia
Docente de la Pontificia Universidad Javeriana
[email protected]
Society, justice and individual
Recepción: 28 de Septiembre de 2009
Aprobación: 24 de Noviembre de 2009
The contemporary debate on political philosophy
ABSTRACT
The debate on political philosophy in the recent years
has brought about reflections on the Polis that had begun in the
ancient Greek. In fact, society, justice, and subject are issues
of controversial interest upon the relationship between rights,
values, and social and political order. Since the 70’s John Rawls
has become the most well-known philosopher by updating the
contractualist theories of man as a social being. His rationalism
and individualism are positions that challenge the contemporary conceptions of social state of law, multiculturalism and globalization. Chantal Mouffe in his book: The return of the Political
criticizes Rawls because he does not distinguish the difference
between political philosophy and politics. According to Mouffe,
Rawls establishes the difference between the public and private affairs, excluding controversial issues (the very idea of the
political) and therefore, getting a procedimental rather than an
essential consensus about the well-ordered society.
Key words
Consensus, Power, Justice, Society, Individual.
Resumen
El debate de la filosofía política ha tenido varios capítulos
sobre la reflexión de la POLIS que se había iniciado en la Antigua
Grecia. En efecto, la sociedad, la justicia y el sujeto son ámbitos
manantiales de controversias sobre la relación entre los derechos,
los valores y el orden social y político. John Rawls ha sido el filósofo más leído y más provocador con la “actualización” de las
teorías contractualistas del ser social; sus posiciones retan a las
deliberaciones que hoy se hacen sobre el estado social de derecho, la multiculturalidad y la globalización. En este sentido Chantal
Mouffe, hace una crítica demoledora al neocontractualista Rawls,
por cuanto que la voluntad de coherencia y fundamentación lógica
produce un discurso liberal cuyos supuestos son los de ignorar,
las relaciones de poder al no distinguir entre la política y lo político.
Rawls dice Mouffe opera un discurso prototipo liberal de diferenciar lo público y lo privado, en la que los asuntos controversiales
son excluidos del debate público para lograr en este ámbito un
consenso con visos más procedimentales que sustantivos sobre la
sociedad bien ordenada.
Palabras clave
Consenso, Poder, Justicia, Sociedad, Sujeto.
Fernando Marín
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1 Esta concepción cooperativa
de sociedad tiene tres
elementos dice Rawls: “a) la
cooperación se distingue de
la mera actividad socialmente
coordinada; por ejemplo,
de la actividad coordinada
mediante órdenes impartidas
por una autoridad central.
La cooperación está guiada
por reglas y procedimientos
públicamente reconocidos
que quienes cooperan
aceptan y consideran
adecuados para regular su
conducta. b) la cooperación
implica la idea de términos
equitativos de cooperación:
se trata de términos que
todo participante puede
razonablemente aceptar
siempre que, de la misma
manera, los acepten los
demás. Estos términos
equitativos de cooperación
implican la idea de
reciprocidad: todas las
personas que participan en
el sistema de cooperación y
que cumplen sus obligaciones
según lo requieren las reglas
y procedimientos recibirán
un beneficio determinado en
base a un criterio adecuado
de medición. c) la idea de
cooperación social requiere
una idea del bien o de la
ventaja racional de cada
participante”.
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En 1971, John Rawls publica el texto Teoría de la Justicia, libro que quizá ni el mismo consideraba, sería el texto
y el pre-texto propiciatorio de una de las discusiones más
fructíferas de la filosofía política en el Mundo Moderno. En
efecto, no ha sido únicamente la discusión académica sino
la discusión política las que convirtieron a Rawls en autor de
obligatoria referencia, cuando de caracterizar al liberalismo y
la sociedad demoliberal contemporánea se trata. El fin de la
guerra fría, los sucesos de la “cortina de hierro” y ahora la
trasnacionalización de la economía que se conoce como globalización, no han hecho otra cosa que intensificar la vigencia
– controvertida y controvertible – de las tesis expuestas por
Rawls en Teoría de la Justicia y Liberalismo Político (1993).
La teoría Rawlsiana propone una explicación y una
práctica de la justicia desde principios, ideales y valores que
construyan un consenso de tipo moral sobre la justicia. Esto
en primer lugar, deja de lado la consideración Hobbesiana
de la justicia de carácter estratégico - utilitario (modus vivendi), al igual que se aleja de la concepción Habermasiana del
consenso constitucional sobre procedimientos legales. Se
trata de plantear una teoría - práctica de la justicia desde el
liberalismo político, considerado como el principio moral más
pertinente y sobre todo más racional.
Pertinencia y racionalidad movilizables en una época
que se caracteriza como la del: pluralismo, la diferencia, el
multiculturalismo, la de la existencia de múltiples e inconmensurables concepciones del bien. Pertinencia atendiendo a la
coexistencia de esas heterogeneidades y la demanda de un
mínimo común denominador o bien común y racionalidad, ya
que se considera que el liberalismo posee intrínsecamente las
características de una moral que se constituye como marco
contenedor del sinnúmero de concepciones del bien existentes en las sociedades contemporáneas… El liberalismo oferta
imparcialidad y universalidad. No se trata solamente desde
Rawls de invocar el liberalismo como procedimiento racional
– con sus principios de diálogo racional y respeto mutuo –
sino de considerar al liberalismo como una racionalidad que
expresa un sentido imparcial de la justicia y una concepción
ventajosa del bien.
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Esta filosofía política liberal ha tenido sus contradictores de procedencias diversas: comunitaristas de variadas
tendencias, neoconservadoras, socialdemócratas, marxistas,
entre otras. Para los fines de este documento contrapondré a
Rawls las consideraciones críticas que realiza Chantal Mouffe,
filósofa política que desde un comunitarismo postestructuralista y marxista, cuestiona las tesis del liberalismo Rawlsiano.
Esta contraposición se hace referida a tres dimensiones plasmables de una u otra perspectiva: la sociedad, la justicia y la
persona (el sujeto).
La teoría política
Rawlsiana de la sociedad1
… la idea organizadora fundamental de la justicia
como equidad, dentro de la cual las otras ideas básicas
se conectan de forma sistemática, es la idea de la
sociedad como sistema equitativo de cooperación
entre personas libres e iguales. La justicia como
equidad parte de esta idea, que supone implícita en la
cultura pública de una sociedad democrática. En su
pensamiento político y en la discusión de los asuntos
públicos, los ciudadanos no ven el orden social como
orden natural fijo ni como una jerarquía institucional
justificada en base a valores religiosos o aristocráticos
(Rawls, 1996, p. 30).
Esta idea de sociedad cooperativa requiere para sus
miembros la idea de aceptación por acuerdo (contractualismo
o contrato social) de reglas y procedimientos públicamente
reconocidos. En esta concepción de sociedad se supone que
el origen de ella como sistema de cooperación es un acuerdo
político, voluntario e informado, entre ciudadanos considerados como personas libres e iguales. Rawls insiste en calificar esta unión o asociación de cooperantes como la de una
sociedad bien ordenada erigida sobre una base pública de
acuerdo político. Esta base es un acuerdo mínimo o teoría
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mínima. Este fundamento común es la resultante de una cooperación en la que se han dejado o trasladado a la esfera
privada los aspectos que pudieran acarrear conflictos graves
o inconciliables sobre las creencias o disímiles concepciones
del bien existentes entre los ciudadanos.
La crítica a la concepción
de sociedad en Rawls:
Mouffe y el retorno de lo político
(Una Concepción democrática
radical de ciudadanía)
Recogiendo toda una herencia de la polémica sobre
la teoría de la justicia promovida desde Rawls, Mouffe articula
una posición que denomina democracia plural y radical que
expone del siguiente modo:
La visión de una democracia radical y plural que quiero
proponer entiende la ciudadanía como una forma de
identidad política que consiste en la identificación
con los principios políticos de la democracia moderna
pluralista, es decir, en la afirmación de la libertad y
la igualdad para todos. Tendría que ser una identidad
política común entre personas comprometidas en muy
diversas empresas y con diferentes concepciones del
bien, pero vinculadas las unas a las otras por su común
identificación con una interpretación dada de un
conjunto de valores ético-líticos. La ciudadanía no es
sólo una identidad entre otras, como en el liberalismo,
ni es la identidad dominante que anula a todas las
demás, como en el republicanismo cívico. Es, en cambio,
un principio articulador que afecta a las diferentes
posiciones de sujeto del agente social al tiempo que
permite una pluralidad de lealtades específicas y el
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respeto de la libertad individual (...) La visión que
estoy proponiendo aquí es claramente diferente de
la visión liberal y de la republicana civil. No es una
concepción genérica de la ciudadanía, pero tampoco
una concepción neutral. Reconoce que toda definición
de un “nosotros” implica la delimitación de una
“frontera” y la designación de un “ellos”. Esa definición
de un “nosotros” siempre tiene lugar, por lo tanto, en
un contexto de diversidad y conflicto. En oposición
al liberalismo, que evacúa la idea del bien común, y al
republicanismo cívico, que la reifica, una interpretación
democrática radical ve el bien común como un “punto
que se desvanece”, algo a lo que debemos referirnos
constantemente cuando actuamos como ciudadanos,
pero que nunca puede ser aprehendido”
(Mouffe, 1999, pp. 120 – 121)
La sociedad entendida como la participación cooperativa de sujetos racionales, libres e iguales, es cuestionada
como una ficción contractualista. En efectom, en Rawls esa
sumatoria de individualidades racionales, capaces de decisión racional, voluntaria, capaces de maximizar sus beneficios conforman la sociedad a través del acuerdo o contrato
libre. Chantal Mouffe sostiene que la sociedad de la que ella
habla no surge de esa ficción contractualista sino que es el
producto de un devenir histórico, en el que las contradicciones, las luchas y las conquistas de derechos están presentes. Se trata de una sociedad no integrada por una sumatoria de átomos racionales, sino de una comunidad heteróclita
de identidades, que reclaman sus derechos y luchan por su
consagración y existencia.
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En esta democracia no se trata de ciudadanías abstractas sino de pluralismo de valores, culturas y sujetos que
se constituyen mediante diferenciación con respecto a otras
identidades. La democracia es un régimen que integra múltiples pluralismos. Por consiguiente, la sociedad de Mouffe no
es una cooperación pura y simple, es una comunidad atravesada por relaciones de poder constitutivas de la red social
más que delimitativas o decididas desde una conciencia preconfigurada desde sujetos preformados.
La justicia como
equidad en John Rawls
En Liberalismo Político, Rawls se pregunta:
“¿cuál es la más apropiada concepción de la justicia
para especificar los términos justos de la cooperación
social entre ciudadanos considerados libres e iguales,
miembros de una sociedad con la que cooperan
plenamente durante toda una vida, de una generación a
la siguiente?” (Rawls, 1995, p. 29).
2 Es de aclarar que en Teoría de
la Justicia, John Rawls suscribe
un concepto de justicia como
neutralidad.
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La justicia en Rawls se presenta como equidad, como
imparcialidad y como consenso.2 Se parte en Rawls de la existencia y permanencia de hecho de una pluralidad de concepciones del bien. Una concepción pública de la justicia – garantizada por una sociedad a través del Estado –, tendría que
ser respetuosa de esta pluralidad e imparcial. Ahora bien, el
acuerdo debe basarse en la equidad, para tal efecto, tiene que
proveer un marco común que permita un acuerdo entre esas
distintas concepciones del bien. Entiende que la justicia, que
el liberalismo, no puede tolerar cualquier concepción del bien,
sino aquellas que razonablemente aceptan un marco consensuado de coexistencia, según los principios razonables de
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un acuerdo mínimo o una moralidad mínima, que afirme el valor
de la existencia humana, la intencionalidad y satisfacción de
fines y la racionalidad como restricción de las acciones:
Toda persona tiene igual derecho a un régimen
plenamente suficiente de libertades básicas iguales, que
sea compatible con un régimen similar de libertades
para todos. Las desigualdades sociales y económicas
deben satisfacer dos condiciones: primero, deben estar
ligadas a empleos y funciones abiertas a todos, bajo
condiciones de igualdad de oportunidades; y segundo,
deben beneficiar a los miembros menos favorecidos de
la sociedad (Rawls, 1996 p. 27).
La justicia como consenso
en torno a el principio de la
democracia pluralista en Mouffe
Chantal Mouffe se separa de una interpretación universalista y abstracta de la democracia liberal y considera que la
justicia como consenso tendría que ver con el pluralismo radical:
Sin duda, la relación entre el liberalismo y la
democracia ha sido una cuestión controvertida y
probablemente nunca será definida. Una democracia
pluralista está constantemente en tensión entre, por
un lado, una tendencia hacia la exacerbación de las
diferencias y la desintegración y, por el otro, una
tendencia hacia la homogenización y fuertes formas
de unidad. Considero que, como he señalado en otra
parte, la especificidad de la democracia moderna como
nueva forma de sociedad, como “nuevo régimen”,
reside precisamente en la tensión entre la lógica
democrática de la igualdad y la lógica liberal de la
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libertad. Es una tensión que, en lugar de intentar
resolver, deberíamos valorar y proteger porque es
constitutiva de la democracia pluralista. Desde que
se ha establecido la articulación entre el liberalismo
y la democracia, una preocupación recurrente
de los liberales ha sido cómo poner los derechos
individuales fuera del alcance de la regla de la mayoría.
A tal efecto, han procurado poner restricciones al
proceso de decisión democrático... Por lo tanto,
resulta necesario proteger el pluralismo, los derechos
individuales y las minorías contra una posible tiranía
de las mayorías. Pero el peligro opuesto también
existe porque, mediante la naturalización de un
conjunto determinado de “libertades” y de derechos
existentes, se pueden establecer múltiples relaciones de
desigualdad (Mouffet, 1996, pp. 187 – 188).
La justicia en Mouffe tiene que ver no con una supuesta imparcialidad y un fundamento racional abstracto. Se trata
de un consenso que no ignora los tensionamientos, la constitución de identidades colectivas, que no desconoce en lo político
el juego de pasiones y la estrategia de exclusiones:
Concebir la política como un proceso racional de
negociación entre individuos es destruir toda la
dimensión del poder y de antagonismo (que propongo
llamar lo político), y es confundir completamente su
naturaleza. También es negar el rol predominante de
las pasiones como fuerzas que mueven la conducta
humana. Por otro lado, en el campo de la política
encontramos grupos y entidades colectivas, no
individuos aislados; y su dinámica no puede ser
aprehendida reduciéndola a cálculos individuales. Esto
tiene consecuencias devastadoras para la perspectiva
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liberal puesto que, como Freud ha demostrado, el
beneficio personal puede, en ciertas circunstancias, ser
una motivación importante para el individuo aislado,
pero muy pocas veces determina la conducta de los
grupos (Mouffet, 1996, pp. 176 – 177)
Concepción de
la persona (el sujeto)
en la teoría de la justicia de Rawls
Para John Rawls las personas son libres e iguales.
Son la base de una sociedad y de una teoría de la justicia.
Ahora bien, las personas son racionales y, por ello, pueden
establecer una sociedad como cooperación equitativa y recíprocamente ventajosa:
Dado que nos situamos dentro de la tradición
de pensamiento democrático, concebimos a los
ciudadanos como personas libres e iguales. La idea
básica es que en virtud de sus poderes morales y
los poderes conectados de la razón, pensamiento y
juicio, los hombres son libres (...) Como las personas
pueden participar plenamente en un sistema equitativo
de cooperación, les atribuimos los dos poderes
morales conectados con los elementos de la idea de
cooperación social desarrollada más arriba: el sentido
de la justicia y la capacidad de elaborar una concepción
del bien. El sentido de la justicia es la capacidad de
entender, aplicar y actuar en base a la concepción
pública de la justicia que define los términos
equitativos de cooperación social. La capacidad de
concebir el bien es la capacidad de elaborar, revisar y
perseguir racionalmente una concepción de la ventaja
racional o del bien. En el caso de la cooperación social,
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el bien debe ser entendido no en sentido estrecho, sino
como una concepción de lo que es valioso en la vida
humana (Rawls, 1996, p. 32)
Rawls insiste en que esta concepción de la persona
que su teoría caracteriza no es metafísica sino política. Por ello
entiende que su perspectiva de – posición original y velo de
ignorancia – se sostiene si entendemos que la persona o los
ciudadanos son libres en tanto que se conciben a sí mismos
y a los otros como dotados de capacidad moral de suscribir
una concepción del bien, además se consideran fuentes autogeneradoras de reclamos válidos y son capaces de asumir
la responsabilidad por sus propios fines. Es una concepción
unitaria y racional de persona que resalta a una su carácter
individualista y su capacidad de cooperación social. Escuetamente Rawls define entonces a la persona como unidad
básica de pensamiento, deliberación y responsabilidad.
El sujeto no atomista
y plural de Chantal Mouffe
Chantal Mouffe cita al pensador comunitarista Taylor
para apartarse de la concepción liberal de persona tal como
la entiende Rawls:
Para Charles Taylor, la visión liberal del sujeto es
“atomista”, porque afirmar la autosuficiencia del
individuo constituye un real empobrecimiento en
relación a la noción aristotélica de hombre como
animal fundamentalmente político que sólo en el
seno de una sociedad puede aprehender su naturaleza
humana. Taylor sostiene que ésta es la concepción
que late detrás de la destrucción de la vida pública a
través del desarrollo del individualismo burocrático.
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De acuerdo con este autor, la racionalidad puede
desarrollarse y el hombre puede convertirse en sujeto
moral capaz de descubrir el bien únicamente en virtud
de su participación en una comunidad de lenguaje
y del discurso mutuo sobre lo justo y lo injusto, lo
bueno y lo malo; en consecuencia, no puede haber
una prioridad del derecho sobre el bien. Aunque
particularmente en referencia a Nozick, muestra el
absurdo de pretender comenzar con la prioridad de
los derechos naturales para deducir la totalidad del
contexto social. En efecto, este individuo moderno,
con sus derechos, es resultado de un largo y complejo
desarrollo histórico, por lo que sólo en cierto tipo de
sociedad es posible semejante individuo libre, capaz de
elegir sus objetivos (Mouffe, 1999, p. 50).
Es clara la opción por un sujeto que no es el preconstituido de la doctrina de los liberales y / o del derecho
natural. Una concepción de un yo presocial, no cabría en una
concepción de la democracia plural y radical. Se trata igualmente de concebir a la sociedad y a la justicia, no desde un
racionalismo que atribuye a la una y a la otra la posibilidad de
ser la resultante de acuerdos voluntarios y racionales.
Las tres dimensiones de sociedad, justicia y sujeto son
los ejes articuladores de dos formas distintas de entender el
panorama de la filosofía política contemporánea. En los liberales se trata del libre juego de voluntades conscientes y racionales en pos de una sociedad bien ordenada; en los comunitaristas, Chantal Mouffe estaría muy cerca de un comunitarismo
no esencialista – republicano o neorromántico – los sujetos
deliberantes y actuantes de nuestras actuales sociedades, son
identificados como producto histórico y como constituidos en
marcos de referencia o comunidades lingüísticas. En formas de
vida o culturas como diría Ludwig Wittgenstein.
Sociedad, justicia y sujeto. El debate contemporáneo de la filosofía política. (p. 115 - 121)
Bibliografía
Mouffe, C. (1996). La política y los límites del liberalismo. Revista de Teoría y Política 1.
Rawls, J. (1997). Teoría de la Justicia. (M. D. González. Trad.) México: Fondo de Cultura Económica. (Trabajo
original publicado en 1971).
Rawls, J. (1996). Liberalismo Político. (A. Domenèch.
Trad.). Barcelona: Crítica. (Trabajo original publicado en 1993).
Rawls, J. (1996). La justicia como equidad: política,
no metafísica. Revista de Teoría y Política 1.
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