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SECRETARIA
PA- PPT – SERVICIO LIMPIEZA COLEGIO ALFONSO I
Aprobado por JGL en sesión de 1/02/2010
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE
LIMPIEZA DEL COLEGIO ALFONSO I EL BATALLADOR DE TAUSTE
CLÁUSULA PRIMERA. ÁMBITO DEL CONTRATO DEL SERVICIO
El ámbito del servicio de limpieza se extiende en general a las instalaciones del Colegio
Alfonso I, destinado al servicio público que se relacionan a continuación, y que el Excmo.
Ayuntamiento de Tauste podrá modificar conforme lo exijan las necesidades municipales:
-
Edificio Principal del Colegio.
Edificio de Infantil anexo.
Aseos del Comedor
Polideportivo del Centro
Recinto exterior o patio del colegio
CLÁUSULA SEGUNDA OBJETO DEL CONTRATO
El objeto del servicio incluye:
- Limpieza integral de suelos, paredes, techos, todo tipo de puertas, mamparas,
ventanas, persianas, claraboyas, lucernarios, vidrios integrados en paredes,
puertas, ventanas o cualquier otra modalidad, de las dependencias de la
edificación en que se desarrollen las actividades que le son inherentes, así como
de aseos, vestuarios, pasillos, escaleras, ascensores, áreas de circulación,
balcones, terrazas a las que recaigan dependencias y porches o modulos
accesorios al edificio.
- Limpieza de aquellos aparatos o mobiliario que se hallen en las instalaciones del
centro docente a cuyo servicio están destinados.
- Limpieza de patios, pistas e instalaciones exteriores que forme parte del centro
docente.
- Suministro de papel higiénico.
- Puesta a disposición de todos los útiles, maquinaria, y productos de limpieza
necesarios
CLÁUSULA TERCERA .CALENDARIO Y FRECUENCIA DE PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El calendario para la prestación de trabajos ordinarios será coincidente con el curso escolar,
por un total de 10 meses ( desde el 1 de Septiembre al 31 de Junio).
El horario para la realización de los trabajos será el que no coincida con el horario del centro,
cuyo detalle se entregará antes de la firma del contrato y figurará como anexo al mismo.
La frecuencia minima de prestación del servicio será como sigue:
Servicio diario.- Fregado y desinfección de aseos, servicios y vestuarios de todo el Centro.
Limpieza y desinfección de sanitarios y aseos. Barrido o mopeado de todos los suelos del
Centro. Limpieza y mopeado del suelo del gimnasio. Eliminación del polvo del mobiliario.
Retirada de basura del interior al punto de recogidas de basuras. Vaciado de papeleras
exteriores del patio del colegio.
Servicio semanal.- Limpieza de puertas y cristales de entrada de cada edificio. Fregado en
húmedos del mobiliario y de los pupitres. Fregado de pasillos y superficies de terrazo. Barrido y
limpieza del patrio. Retirada de papel y cartón a los contenedores de reciclaje. Desinfección de
inodoros, sanitarios y accesorios. Fregado y desinfección de paredes alicatadas. Limpieza de
mobiliario y repisas.
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PA- PPT – SERVICIO LIMPIEZA COLEGIO ALFONSO I
Aprobado por JGL en sesión de 1/02/2010
Servicio mensual.- Fregado de repisas y solaretes de las ventanas y balcones. Limpieza de
manecillas y zócalos de latón de puertas y ventanas.
Servicio trimestral.- Limpieza de lámparas, porta-fluorescentes, aparatos eléctricos etc.
Limpieza de cristalería interior y exterior de los 2 edificios. Limpieza de paredes, techos y
cornisas. Limpieza de paredes, puertas, ventanas, radiadores y otros.
Servicios extraordinarios: Se considerará incluido en el precio del contrato la prestación de
cuatro servicios extraordinarios de limpieza diarios por cada año cuya disposición se efectuará
a propuesta de la concejal delegada del area de educación con motivo de posibles actividades
extraescolares o extraordinarias.
CLÁUSULA CUARTA PERSONAL
Será de aplicación a la empresa que resulte adjudicataria lo previsto en el Convenio del Sector
del Limpieza de Edificios y Locales de la provincia de Zaragoza en relación con la adscripción
del personal que se halle trabajando en la empresa actual que presta el servicio.
Con este fin la anterior empresa SERALIA ha informado al Ayuntamiento las condiciones y
características de los contratos de trabajo que se consideran afectados y que figuran como
anexo II del pliego de prescripciones administrativas.
El Ayuntamiento no tendrá relación jurídico laboral alguna con el personal al servicio de la
empresa prestadora durante el plazo de vigencia del contrato ni al término del mismo, ni vendrá
obligado a hacerse cargo del personal contratado, siendo de la exclusiva cuenta y cargo de
aquella las liquidaciones de los contratos así como el pago de indemnización que, en su caso,
correspondan.
El personal encargado de prestar el servicio deberá ir debidamente identificado, uniformado y
equipado para la realización de las tareas.
CLAUSULA QUINTA MATERIALES
Serán de cuenta de la empresa prestadora del servicio, la adquisición y puesta en servicio de
todos los productos de limpieza, materiales consumibles (jabones de los cuartos de aseo,
papel seca manos, papel higiénico, ambientadores) así como los útiles y maquinaria con los
que se lleven a cabo el servicio.
Queda excluido el consumo de agua y energía eléctrica necesario para la actividad que serán
por cuenta de la propiedad.