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PROPUESTA DE PLATAFORMA POLÍTICA De acuerdo a la realidad por la que atraviesa México; es necesario analizar las metas y objetivos del gremio, con la intención de regular y homogenizar las relaciones laborales, sociales, económicas, políticas y autorales, por medio de una organización moderna que integre a los trabajadores del espectáculo a los mercados correspondientes, así como iniciar un movimiento destinado a lograr el reconocimiento jurídico y social de los músicos populares, a la par de los egresados de las escuelas oficiales. METAS Consolidar una organización de Músicos, que participe en las decisiones relacionadas con la cultura y el espectáculo. Comprometer la profesionalización de todo aquel que decida dedicarse a la música y actividades relacionadas Ocupar los espacios públicos para la promoción y divulgación de la música y el arte, con sentido social. Regular la oferta y la demanda en el consumo de la Música, con la contratación profesional correspondiente. 1 OPCIONES ESTRATÉGICAS I CULTURA Colaborar en la educación musical en México y en la difusión de los espectáculos del catálogo universal, así como de lo contemporáneo. La Música es una manifestación humana que forma parte de la sociedad, de tal manera que siempre queda constancia de lo que los artistas ven y escuchan, ante los hechos históricos. Aceptemos que los festejos, conmemoraciones, aniversarios, tradiciones defunciones y actividades cívicas o políticas, se realizan con participación artística y musical. Sin embargo el efecto mercantilista genera que el artista responda primero al mercado, que a su impulso creativo; todo esto en demérito de la calidad, duración de la obra e identidad nacional. Por otro lado, las comunicaciones y los adelantos científicos, penetran indiscriminadamente en nuestras casas, escuelas y al país en general; provocando un conflicto de identidades en cuanto a los usos y costumbres del país. Es por eso que los profesionales y especialistas, debemos participar con las instituciones públicas, privadas y propias, para crear y conservar programas educativos destinados al arte. No desconocemos que esto es un proceso donde se enfrentan intereses creados y capitales diversos; pero como es de interés público el preservar el acervo cultural de la nación, recurriremos a espacios públicos para estimular la creación artística en las nuevas generaciones. 2 II TRABAJO Aplicación de las diferentes formas de prestación de servicios musicales profesionales, ante particulares, empresas e instituciones de gobierno, respetando la libre asociación gremial. Los músicos y trabajadores del espectáculo no tenemos horario fijo, patrón fijo, lugar determinado o producción por destajo; así que trabajamos cualquier día a cualquier hora y en cualquier lugar. Por eso, las formas contractuales deben observarse y protegerse con todas sus variantes. Al finalizar nuestra actuación, debemos ser pagados en totalidad por servicios profesionales. La Ley Federal del Trabajo actual, no contempla la variedad de formas en las que trabajamos los músicos; sin embargo, sí limita nuestro derecho de un pago adecuado y satisfactorio por nuestra actividad, debido a que nos encasilla en los salarios por jornadas. Las iniciativas con respecto a las reformas a la Ley Federal del Trabajo, no contemplan la situación de los músicos; razón por la cual, es necesario el debate y acuerdos de cómo deberán ser las relaciones entre los músicos y la sociedad, cuando se requiera de los servicios profesionales. En cuanto al derecho de asociarse, es importante unificar criterios con el fin de integrar lo laboral y lo autoral para garantizar la defensa del trabajo y los derechos conexos; así como garantizar al consumidor o contratante, los servicios profesionales que requiere. 3 III POLÍTICA Representación popular para legislar sobre el derecho de los Músicos, medios masivos de comunicación, así como el derecho de la población a la música y al arte profesional. La representación gremial es para la atención de compañeros y socios; la representación popular tiene la obligación de trabajar para toda la población; es decir es constitucional. Los programas públicos culturales y de esparcimiento, son pagados con los impuestos, por lo tanto, el derecho a la cultura debe ser regulado por profesionales, porque ellos saben del gusto y preferencias del público. La representación popular debe legislar para generar proyectos y programas de educación artística y cultural sin fines de lucro; así como leyes apropiadas para cuando exista el lucro. En esta proposición, están incluidos todos los que se dedican al arte, sea cual sea su especialidad, desarrollo, origen o grado académico. En este sentido, en nuestra propuesta se combinan un representante de los músicos, y un representante popular de la cultura y los espectáculos. Es de considerarse que los artistas (en especial los músicos), compartimos las tristezas, triunfos y alegrías de la población, al participar en las festividades y tradiciones populares, por lo tato sabemos interpretar los sentimientos sociales. Para la participación en las elecciones constitucionales, es necesaria la afiliación política a un partido; nosotros conocemos nuestra historia y colaboramos con nuestro origen y pertenencia. Luchar por la representación popular es difícil, pero los músicos, necesitamos que nuestra voz sea escuchada y atendida en todo lugar. 4 IV ECONOMÍA Participación del beneficio mercantil de la música, derivado del interés público y de acuerdo a la riqueza generada. Las industrias del turismo, televisión, radio, disquera, gastronómica, bares, cine, teatro, etc. generan un beneficio económico que está muy lejos de reconocer la productividad de los Músicos, así como su contribución a la riqueza del país. Los músicos mexicanos, tenemos el derecho de ser los primeros en usufructuar la venta de la música; por lo tanto, debemos participar en las decisiones y cobros por la venta de la música, desde su origen, interpretación y repetición por todos los medios conocidos y futuros; porque la Música es de interés público. También es cierto que para participar de la riqueza, tenemos la obligación de comportarnos profesionalmente, actualizándonos y cumpliendo con nuestros compromisos contractuales y sociales. Como siempre hemos trabajado con base a salarios, los criterios de la Secretaría de Hacienda se han distorsionado al exigirnos contribuciones como honorarios profesionales; siendo que nosotros negociamos nuestros ingresos, con base en la Comisión Nacional de Salarios Mínimos. Es muy importante nuestra participación en la reforma fiscal; así como en la actualización y difusión de todas nuestras variantes contractuales; es decir que podemos convenir por obra terminada, tiempo indeterminado o por jornada laborada. 5 V SOCIAL Reconocimiento social como profesionistas, acceso a vivienda, médico y educación especializada. Es derecho de todos los mexicanos el tener acceso a la vivienda, educación, seguridad social, créditos y reconocimiento social. La vivienda es el sitio donde se establecen los lazos familiares; desde ahí se preparan las generaciones futuras. Los músicos no somos sujetos de crédito por nuestras formas contractuales. ¿Cómo podremos tener acceso a una vivienda con espacio para el desarrollo y formación de nuestros hijos? La educación musical popular no existe en las instituciones públicas; necesitamos una escuela especializada, que considere nuestras necesidades, costumbres y horarios laborales. Asimismo la educación artística debe formar parte de la educación pública; independientemente de dedicarse o no profesionalmente. En seguridad social estamos marginados de los servicios médicos (para toda la familia) por la condición contractual; amén de que no existen programas de prevención y tratamiento de enfermedades profesionales. No gozamos de jubilación, ni guardería infantil. El reconocimiento social consiste en que formemos parte del movimiento de valores y divisas en el país como profesionistas (mercado de la música); porque la música siempre está presente en todo acto y/o evento social, cívico, político o tradicional. 6 VI AUTORES Aplicación justa de la Ley a la creatividad, arreglo, ejecución e interpretación musical; así como el respeto a la herencia para conformar el patrimonio familiar y nacional. “Toda canción es primera cuando se escucha otra vez...” Sirva esta frase para ilustrar lo siguiente: El derecho de autor se deriva de la creación de un objeto o servicio que es de interés público; pero en la música incluye a la interpretación de un ejecutante; es decir, que al autor de la obra le corresponden los derechos de uso y lucro de la misma; pero al intérprete le corresponden los derechos por repetición y fijación en cualquier material. Con lo expuesto, podemos asociar el derecho que le corresponde a los herederos naturales del autor y/o a los que éste decida. Al resultar de interés público la obra de autores, arreglistas e intérpretes; el producto creativo adquiere un valor más allá del comercial y un potencial de lucro indefinido; de tal manera que se debe aplicar la Ley, por medio de la autorización expresa del autor o bien del (los) propietario(s) del derecho, para la explotación de la misma. El sentido de patrimonio no se reduce a los bienes que la obra genera directamente, sino que también debe abarcar los intereses del patrimonio nacional; o sea que al momento que una obra trasciende las fronteras o el tiempo (75 años), debe quedar protegida por la Ley y por los convenios internacionales en la materia, cubriendo al autor y a sus intérpretes, sea cual sea el lugar en donde continúe la explotación de la obra en cuestión. De la misma forma, si después de un tiempo la obra no se comercializa, en el momento que vuelve al mercado, deben reactivarse los derechos que le corresponden, por lo menos, con los acuerdos originales. Aquí cabe mencionar el derecho correspondiente al arreglista; porque es gracias a él, que la obra mantiene vigencia, cuando se interpreta en un tiempo diferente al que se creó. MPM PRIMAVERA DE 2005 7
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