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INSTITUTO GUATEMALTECO DE
SEGURIDAD SOCIAL
URGENTE
VERIFICAR REQUISITOS DE BASES
BASES DE COMPRA DIRECTA
DE SERVICIOS CONTRATADOS
UNIDAD ADMINSITRATIVA: UNIDAD DE CONSULTA EXTERNA DE ENFERMEDADES
267/2015
NOG: 4181093
URGENTE
SOLICITUD DE OFERTAS PARA:
VER LISTADO ADJUNTO AL FINAL DE LAS BASES
Fecha de Recepción de Ofertas
DE
Horario de Recepción limite
HASTA
Recepción de Ofertas
SOLICITUD
SPS-465
LUNES, 24 DE AGOSTO DE 2015
2:00 PM
DE FORMA ELECTRONICA POR MEDIO DEL SISTEMA
GUATECOMPRAS (www.guatecompras.gob.gt)
DESCRIPCION DEL SERVICO A
CONTRATAR
RADIOTERAPIA ACELERADOR LINEAL
CANTIDAD
4
CONDICIONES DE LA OFERTA
La oferta debe ser presentada en papel membretado, firmada y sellada por persona
autorizada por la entidad. Indicando los siguiente:
a) Número de evento.
b) Identificación de la entidad: razón o denominación social, nombre comercial,
dirección, teléfonos, correo electrónico etc. El oferente que participe debe poseer
giro comercial a fin a lo requerido.
c) Descripción de lo ofertado y las características.
d) Precio en Quetzales unitario y total incluyendo el impuesto al valor agregado IVA
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de cada producto.
e) Número de identificación tributaria NIT del proveedor y régimen de inscripción
del impuesto sobre la renta ISR.
f) Constancia de Colegiado activo actualizado
g) Número de la cuenta bancaría para efectuar pago a través de acreditamiento en
cuenta.
*

La oferta que no cumpla con esta condiciones será descalificada.
Anexar a su oferta fotocopia con esta condición será descalificada
CONDICIONES DE LA NEGOCIACION:
Deberán constar en
ACTA NOTARIAL DE DECLARACION
JURADA, en la que indique que cumplen con todos los requisitos
establecidos en las especificaciones técnicas para la contratación de los
servicios técnicos de Radioterapia Acelerador Lineal para los pacientes del
IGSS/Unidad de Consulta Externa de Enfermedades, que se indican a
continuación
Los Proveedores interesados en prestar los servicios técnicos de
Radioterapia Acelerador Lineal, para los Pacientes de las distintas
Unidades Médicas del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social,
deberán contar con instalaciones que tengan la capacidad para
funcionar inmediatamente o bien que las mismas se encuentren en
funcionamiento, así como satisfacer los requisitos y condiciones mínimas
que se establecen a continuación:
1. RECURSO HUMANO.
a) Personal Profesional:
 Médico y Cirujano, Radioterapeuta o Radio-Oncólogo con
Experiencia en Acelerador Lineal.
 Título de Médico (a) y Cirujano (a), egresado (a) de
Universidad legalmente autorizada en Guatemala o
egresado (a) de Universidad extranjera incorporado (a) a la
Universidad de San Carlos de Guatemala. Presentar
fotocopia Legible autenticada del anverso y reverso del
título.
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SEGURIDAD SOCIAL
 Fotocopia legible autenticada en anverso y reverso de la
constancia que acredite el entrenamiento
como
Radioterapeuta o Radio-oncólogo.
 Declaración jurada legible contenida en acta notarial,
donde el Médico radioterapeuta haga constar que cumplió
con todos los requisitos para ejercer como Radioterapeuta
o Radio-oncólogo.
 Certificación original de Colegiado Activo.

Licenciado (a) en Física con especialidad en Física Médica.
 Título de Licenciado (a) en Física o ingeniería afín, egresado
(a) de Universidad legalmente autorizada en Guatemala o
egresado (a) de Universidad extranjera incorporado (a) a la
Universidad de San Carlos de Guatemala. Presentar
fotocopia legible autenticada del anverso y reverso del
título.
 Título, diploma o documentación que acredite su
especialización o entrenamiento como físico (a) médico
(a). Fotocopia legible autenticada del anverso y reverso.
 Fotocopia legible de Licencia vigente de Operador para la
Practica Medica Tipo I, emitida por el Departamento de
Protección y Seguridad Radiológica de la Dirección General
de Energía del Ministerio de Energía y Minas.
 Certificación original de Colegiado Activo.
 Fotocopia
legible
de
la
documentación
del
Reconocimiento sobre Conocimientos en Física de las
Radiaciones Ionizantes emitida por el Departamento de
Protección y Seguridad Radiológica de la Dirección General
de Energía del Ministerio de Energía y Minas.

Técnico Universitario con especialidad en Dosimetría Clínica
(de preferencia Licenciado (a) en Física o Ingeniero (a) con
especialidad en Dosimetría Clínica)
 Diploma o Documentación de Técnico Universitario o Título
de Físico (a) o Ingeniero (a), egresado (a) de Universidad
legalmente autorizada en Guatemala o egresado (a) de
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Universidad extranjera incorporado (a) a la Universidad de
San Carlos de Guatemala. Presentar fotocopia legible
autenticada del anverso y reverso.
 Título, diploma o documentación que acredite su
especialización o entrenamiento como dosimetrista clínico.
Fotocopia legible autenticada del anverso y reverso.
 Certificación original de Colegiado Activo.

Encargado de Protección Radiológica
 Título o Diploma de Licenciatura Universitaria, egresado (a)
de Universidad legalmente autorizada en Guatemala o
egresado (a) de Universidad extranjera incorporado (a) a la
Universidad de San Carlos de Guatemala. Presentar
fotocopia legible autenticada del anverso y reverso.
 Certificación original de Colegiado Activo.
 Fotocopia legible de Licencia de Encargado de Protección
Radiológica para la práctica Tipo I (EPR) extendida por el
Departamento de Protección y Seguridad Radiológica de
la Dirección General de Energía del Ministerio de Energía y
Minas.
b) Personal Técnico de Radioterapia (de preferencia egresado de
Escuela de Técnicos de Radioterapia).
 Diploma o documentación que acredite sus estudios de
Técnico en radioterapia egresado de Escuela de Técnicos
en Radioterapia o documentación que dé a conocer su
capacitación brindada por el Médico Radioterapeuta,
experiencia de 6 meses mínimo como Técnico en
radioterapia. Fotocopia legible autenticada del anverso y
reverso del diploma o documentación.
 Fotocopia legible de Licencia vigente de Operador para la
Practica Tipo I, emitida por el Departamento de Protección
y Seguridad Radiológica de la Dirección General de
Energía del Ministerio de Energía y Minas.
c) Personal Auxiliar de Enfermería.
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 Diploma acreditado y reconocido por Ministerio de Salud
Pública y Asistencia Social. Fotocopia legible autenticada en
anverso y reverso.
2. INFRAESTRUCTURA BÁSICA.
a) Acceso y Localización:
Acceso y ubicación adecuada.
Seguridad para los pacientes.
Horario mínimo de atención de las 8:00 a 16:00 horas de
Lunes a Viernes.



b) Condiciones Físicas:


Iluminación, ventilación e higiene adecuada.
Distribución y señalización adecuada de los diferentes
ambientes:










Área de recepción.
Sala de espera.
Clínica Médica.
Sala de procedimientos diagnósticos (tomografía
computarizada de preferencia en el lugar), la cual debe
de contar con aire acondicionado.
Sala de recuperación.
Área para preparación, manipulación y control de
calidad de sistema de inmovilización.
Área de almacenamiento de material e insumos a utilizar.
Área de gestión de desechos.
Vestidor para pacientes.
Servicios sanitarios para los pacientes (deben de contar
con agua, jabón, papel higiénico y toalla).
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SEGURIDAD SOCIAL





Disponibilidad de ascensor y/o rampa para movilizarse
entre niveles (si el lugar establecido para la prestación
del servicio no se encuentra localizado en el primer nivel).
Salas y pasillos de acceso adecuados para movilización
de pacientes en camillas.
Extinguidores en buen estado y con bitácora de
mantenimiento.
Luces de emergencia que indique cuando se esté
realizando un examen.
Señalización de salidas de Emergencia.
Señalización y rotulación de Radiación como establece
el Departamento de Protección y Seguridad Radiológica
de la Dirección General de Energía del Ministerio de
Energía y Minas.
 El área física debe contar con el blindaje primario y
secundario para la protección y seguridad de los usuarios
que laboran, de los pacientes y los acompañantes de los
pacientes.
 Delimitar
áreas
Controladas
y
Supervisadas,
y
diagramarlas en los planos de la instalación.

3. DISPONIBILIDAD Y ESTADO OPTIMO DEL MOBILIARIO Y EQUIPO.
a. Mobiliario de la Sala de Espera y Recepción:




Mobiliario para personal administrativo.
Sillas para la sala de espera.
Dispensador de agua potable.
Ventilación y aireación adecuada
b. Mobiliario de Sala Procedimientos Diagnósticos o Terapéuticos:

Carro de emergencias con rodos debidamente dotado con
el instrumental, Medicamentos e Insumos necesarios para la
realización
de
los
procedimientos
diagnósticos
y
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

terapéuticos, así como para asistir emergencias médicas en
los pacientes.
Atril de pedestal o cielítico.
Ventilación y aireación adecuada
c. Equipo e Instrumental Médico Clínico Básico de Diagnóstico y
Terapéutico para la realización de la Radioterapia:

Equipo Médico Diagnóstico.
o Tomografía Computarizada Helicoidal multicorte para simulación
de tratamiento con software para realización de procedimientos
de radioterapia en área de realización de los procedimientos.

Equipo Medico Terapéutico.
o Acelerador Lineal con las características siguientes:
 Energía en fotones (4 MV a 23 MV)
 Alta Tasa de Dosis (Mínimo de 600 UM/minuto)
 Mesa de Tratamiento (permita desplazamientos
manual o motorizado con precisión milimétrica,
transversal-longitudinal, vertical y giros de hasta 1
grado con precisión de décimas de grado.
 Generador Eléctrico que reúna los estándares de
fabricación del Acelerador Lineal con su estabilizar
de Energía (UPS).
 Planta Eléctrica que reúna los estándares de
fabricación establecidos para el
Acelerador
Lineal.
o Equipo de Tomografía Computarizada propio.
o Equipos auxiliares para tratamientos.
(intercomunicadores, cámaras de vigilancia, laser de
posicionamiento, otros).
o Sistemas dosimétricos para calibración de las unidades
radiantes (Detectores de radiación como cámara de
ionización, diodos, microcámaras de ionización, películas
radiográficas o radiocrómicas, otros).
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SEGURIDAD SOCIAL
o Sistema computarizado de planificación (de preferencia
reconocido por la Administración de Drogas y Alimentos
de los Estados Unidos FDA).
o Sistema informático:
 Con capacidad de adquisición y procesado de
imágenes estáticas y dinámicas.
 Dispositivo que proporcione imágenes gráficas
impresas en placa radiográfica o papel a color o en
blanco y negro, según corresponda a cada estudio.
(impresión de informes respecto al tratamiento)
o Equipo para carro de emergencia: desfibrilador
miocárdico, laringoscopio con sus diferentes hojas, tubos
orotraqueales de diferentes lúmenes, oxímetro de pulso,
ambú, y otros.
o Equipo para la detección y medición de la radiación y
para la dosimetría personal y ambiental (Contador de
Geiger-Muller, Dosimetría Personal, otros).
o Equipos de oxigenoterapia con sus accesorios en
disponibilidad.
o Balanza.
d. Equipo de Apoyo Administrativo:
Archivo.
Computadora y/o máquina de escribir.
Medios de comunicación (teléfono, fax, correo electrónico).



e. Ropería.



Batas para pacientes.
Sabanas y demás insumos de ropa para uso en Clínicas de
Diagnóstico.
Sabanas Estériles, Campos Estériles, Batas Estériles, otros,
cuando se requiera.
4. REGISTROS:
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SEGURIDAD SOCIAL








Agenda de citas.
Protocolos y procedimientos de trabajo para la realización de cada
uno de los estudios en pacientes adultos.
Archivo de informes en papel o computarizado por dos años.
Fotocopia Legible autenticada de Licencia de Operación para la
Práctica Médica Tipo I, autorizada por el Departamento de
Protección y Seguridad Radiológica de la Dirección General de
Energía del Ministerio de Energía y Minas.
Fotocopia Legible autenticada de Licencia o Autorización Sanitaria
emitida por el Departamento de Regulación, Acreditación y Control
de Establecimientos de Salud de la Dirección General de Regulación,
Vigilancia y Control de Salud del Ministerio de Salud Pública y
Asistencia Social.
El Proveedor deberá contar con plan de contingencia en caso de
fallo del equipo titular para continuar prestando el Servicio en forma
ininterrumpida al ser requerido.
Deberá contar con Programa de Mantenimiento Preventivo y
Correctivo periódico con calibración anual para el Acelerador Lineal,
y llevar bitácora de los mismos.
Deberá cumplir con el Reglamento para el Manejo de Desechos
Sólidos Hospitalarios tal como lo establece la Ley. (Acuerdo
Gubernativo No. 509-2001) y con el Reglamento de Protección y
Seguridad Radiológica y de Desechos Radiactivos (Acuerdo
Gubernativo 55-2,001).
5. MEDICAMENTOS E INSUMOS:
 Medicamentos para reanimación cardiopulmonar.
 Insumos necesarios para la realización de los diferentes estudios.
Debe haber existencia de los diferentes medicamentos e insumos
utilizados en la prestación de radioterapia, así como para tratar
cualquier complicación que se presente derivada del estudio, los
cuales deben reunir los requisitos de los estándares de calidad y
deben ser proporcionados por el Proveedor.
6. LINEAMIENTOS DE REFERENCIA Y CONTRARREFERENCIA.
1.
Para prestar el servicio de Radioterapia Acelerador Lineal el
paciente deberá ser referido oficialmente de la Unidad de
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Consulta Externa de Enfermedades a través del formulario
Solicitud de Atención Médica a Entidades Estatales, Privadas o
Médicos Particulares, (Forma SPS 465) con el nombre del
paciente.
2.
El Proveedor deberá implementar una agenda de citas donde
anotará nombre del paciente referido, número de afiliación,
Unidad Institucional referente, fecha y hora de de cita, teléfono
y/o dirección del paciente.
3.
Si el Procedimiento de Radioterapia Acelerador Lineal a realizar
amerita preparación previa, se debe brindar plan educacional al
paciente al respecto.
4.
Los Procedimientos de Radioterapia Acelerador Lineal deberán
programarse para su realización en un período no mayor de 1
semana, a excepción de aquellos considerados de emergencia,
los cuales se efectuarán de inmediato si es posible, sin sobrepasar
el periodo máximo de 72 horas (después de contar con todos los
exámenes indispensables para realizar el tratamiento).
5.
El tiempo de espera del paciente en la clínica para el inicio de la
realización del estudio, no deberá ser mayor de treinta minutos,
por lo que el Proveedor deberá dar citas escalonadas.
6.
Antes de realizar el Procedimiento de Radioterapia Acelerador
Lineal), el Proveedor deberá informar al paciente, sobre el tipo de
procedimiento a realizar y detallar los beneficios, riesgos y/o
complicaciones, si las hubiese; debiendo el paciente firmar la
hoja de consentimiento informado o el representante legal si
fuese el caso.
7.
Se deberá realizar ficha clínica (con la información más
relevante) y examen físico del área a estudiar o tratar.
8.
El Procedimiento de Radioterapia Acelerador Lineal solicitado
podrá ser realizado por el personal técnico del Proveedor, con la
supervisión y presencia del Médico Radio-oncólogo y el Físico
Médico del Proveedor. El informe del procedimiento realizado
será elaborado y firmado únicamente por el Médico Radiooncólogo.
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SEGURIDAD SOCIAL
9.
El Proveedor deberá guardar copia del informe del
Procedimiento de Radioterapia Acelerador Lineal solicitado,
adjuntando copia de la Solicitud de Atención Médica a
Entidades Estatales, Privadas o Médicos Particulares (Forma 465).
10. El Proveedor prestará los servicios de Radioterapia Acelerador
Lineal, con toda dedicación, diligencia y esmero con apego a las
prescripciones científicas y legales, siendo responsable de los
daños y perjuicios que cause en todo caso a los pacientes del
Instituto por dolo, culpa, impericia, negligencia o ignorancia
inexcusable.
11. El Proveedor será el responsable de las complicaciones atribuibles
al Procedimiento de Radioterapia Acelerador Lineal, que pueda
presentar el paciente en la realización de la Radioterapia, así
como de los costos que los inconvenientes de las complicaciones
generen en sus distintos aspectos como cuidados, transporte,
hospitalización, medicamentos e insumos utilizados en su
tratamiento, recuperación y otros.
12. El Proveedor brindara el tratamiento y estabilización del paciente
que presente complicaciones por la realización del
Procedimiento de Radioterapia Acelerador Lineal y coordinará el
traslado del paciente a la Unidad Hospitalaria solicitante, si el
paciente es de Consulta Externa, coordinará su traslado al
Hospital General de Enfermedades para su debida atención,
debiendo indicar instrucciones sobre los cuidados y manejo del
paciente, así como sobre las medidas de protección y seguridad.
13. El Proveedor dará instrucciones al paciente de Consulta Externa y
Hospitalizado, sobre los cuidados del Procedimiento de
Radioterapia Acelerador Lineal, así como sobre su actividad,
cuidados, dieta y otros.
14. El Proveedor dará constancia de asistencia a los afiliados que así
lo requieran, anotando, nombre, afiliación, fecha, hora, en papel
membretado de su empresa.
7. LIMPIEZA Y DESINFECCION.
INSTITUTO GUATEMALTECO DE
SEGURIDAD SOCIAL
Deberá cumplir con las normas de seguridad e higiene establecidas
para la prestación del servicio por el Ministerio de Salud Pública y
Asistencia Social, y deberá contar con medidas de protección para
la radiación ionizante de acuerdo a lo establecido en las leyes
vigentes que regula el Departamento de Protección y Seguridad
Radiológica de la Dirección General de Energía del Ministerio de
Energía y Minas. Al final de cada procedimiento realizado, el equipo
no descartable utilizado deberá ser debidamente desinfectado o
esterilizado según sea el caso.
8. REDACCION DEL INFORME:
El informe debe presentarse de la siguiente forma en papel membretado
del Proveedor:
INFORME DE RADIOTERAPIA ACELERADOR LINEAL
Nombre:
No. de Afiliación:
Fecha de consulta inicial:
Edad:
Sexo:
Unidad de Procedencia:
Tipo de Paciente (Ambulatorio/Hospitalizado):
Médico que envía:
Médico de Radioterapeuta Responsable del Procedimiento:
Procedimiento a realizar:
No. de procedimientos:
Instrumentos o equipos utilizados para la realización del
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procedimiento:
Indicación:
Fecha del procedimiento (s):
 Informe de Control de calidad dosimétrico:
 Diagnóstico de Control de Calidad Dosimétrico:
 Diagnóstico del paciente al momento de la consulta, con
referencia a los estudios diagnósticos, anatomía patológica, otros,
que documentan el diagnóstico:
 Síntomas relevantes del paciente en relación a la patología al
momento de la consulta:
 Estudios adicionales de imágenes, otros (si existieran) previos al
tratamiento e interpretación de los mismos:
 Interconsultas con los médicos referentes y resultados de las mismas
(si se efectuaron):
 Sumario del caso para llegar al diagnóstico con estadiaje (si es
aplicable):

Descripción de la información que se le proporcionó al paciente
y/o familiares del paciente, relevante al diagnóstico, alternativas
de tratamiento, razones para recomendar Radioterapia
Acelerador Lineal, posibles efectos secundarios tanto agudos
como tardíos, especificar si hubo preguntas o dudas y como se
resolvieron, informar si se firmó el consentimiento del tratamiento:

Procedimiento: (específico en la preparación del tratamiento que
incluye):
o Descripción de simulación:
o Inmovilizadores:
o Técnicas de posicionamiento:
o Técnicas de inmovilización:
o Uso de medio de contraste o no:
o Especificaciones del tomógrafo y las imágenes obtenidas,
grosor de los cortes:
o Especificar si se realizó Resonancia Magnética (RM) para
contemplar la simulación y describir los hallazgos de la misma
o Especificar si se hizo fusión computarizada de las Imágenes
de Tomografía Computarizada (TC) y Resonancia Magnética
(RM)
o Especificar el tipo de plan de tratamiento utilizado, técnicas
utilizadas para el plan, así como:
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SEGURIDAD SOCIAL










Dosis final:
Dosis por fracción:
Número de fracciones:
Energía utilizada:
Técnicas utilizadas
Número de días que tomó dar todo el tratamiento:
Resumen: (este reporte debe especificar cómo se toleró el
tratamiento, si hubo complicaciones, retraso en el tratamiento,
interrupciones o cambios en el plan terapéutico original. Debe
describir cualquier efecto secundario o complicaciones durante el
tratamiento, sobre todo si el paciente requiere hospitalización por
estas complicaciones, tolerancia del tratamiento y si hubo algún
cambio en relación a las manifestaciones clínicas del paciente).
Evaluación final: (con comentarios en cuanto a la tolerancia al
tratamiento si hubo cambios en las manifestaciones clínicas
durante el procedimiento)
Comentar sobre los resultados iniciales si los hubo:
Describir las instrucciones dadas al paciente y/o familiares del
paciente, incluyendo actividad, dieta, medicamentos, estudios
necesarios, otros
Indicar la fecha de la próxima cita y si habrá necesidad de estudios
adicionales previo a la visita de la próxima cita.
HALLAZGOS:
Descripción clara y amplia de la Sesión Medica para análisis del
caso del paciente en la revisión de su historial, de sus imágenes de
Tomografía
Computarizada,
Resonancia
Magnética,
Otros,
enfatizando en los hallazgos anormales encontrados en las imágenes
analizadas previo a la realización de la Radioterapia Acelerador
Lineal definiendo el diagnostico diferencial y la conclusión
diagnostica final.
De preferencia deben quedar imágenes del procedimiento de
Radioterapia Acelerador Lineal, las cuales
deben tener
identificación del afiliado, sexo, edad, número de afiliación, Unidad
referente, fecha; debiendo presentarse la reproducción de dichas
imágenes en distintas modalidades (radiografías, fotos polaroid,
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electrónica, otros), para que eventualmente puedan ser sometidas a
expertaje en cualquiera instancia durante el seguimiento del caso.
Diagnóstico:
El Diagnostico se obtendrá previo al procedimiento de Radioterapia
Acelerador Lineal basándose en los hallazgos de la exploración e
imágenes de la Tomografía Computarizada y/o Resonancia
Magnética, otros.
Recomendaciones:
Se darán las recomendaciones necesarias antes y luego de la
realización del procedimiento de Radioterapia Acelerador Lineal a
los pacientes a quienes se les realizara el procedimiento.
Los Datos de identificación de los Médicos Especialistas del
Contratista que realicen el análisis del caso previo al procedimiento y
que realizan el procedimiento de Radioterapia Acelerador Lineal,
deben estar anotados en forma clara con la firma y sello profesional,
al final de los informes del procedimiento cuando sean redactados.
9. ENTREGA DEL INFORME:
El informe del Procedimiento de Radioterapia Acelerador Lineal de
sesión terapéutica única o múltiple, será entregado en hojas de
papel membretado del Proveedor y los hallazgos que el Proveedor
reproducirá luego del procedimiento serán presentados en placas
radiográficas, papel fotográfico o cualquier otro dispositivo de
impresión de imágenes generadas como consecuencia del servicio
prestado. Esta documentación deberá enviarse por medio de
mensajería a la Unidad referente en un sobre debidamente cerrado,
siendo el tiempo límite de entrega del informe para:
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Paciente ambulatorio: Dentro de los cinco (5) días hábiles de
haberse realizado el procedimiento de Radioterapia Acelerador
Lineal
 En caso de estudios solicitados en emergencia, el informe del
procedimiento de Radioterapia Acelerador Lineal y de imágenes
debe ser entregado de inmediato.

En aquellas situaciones en que por alguna eventualidad o por la
gravedad del caso, el paciente amerite atención inmediata, el
Proveedor entregará al paciente una nota de contra referencia en
sobre sellado, el cual llevará anotada la palabra URGENTE y le
indicará al paciente/o familiar del paciente, que la entregue a su
Médico Tratante a la brevedad posible, o bien, la dirigirá al servicio
de emergencia, sí así lo considerara necesario de la Unidad
hospitalaria referente, si el paciente es de consulta externa, lo referirá
a la Emergencia del Hospital General de Enfermedades, debiendo
establecer comunicación con la Emergencia de dicha Unidad
Hospitalaria para coordinar apropiadamente el traslado y atención
del paciente a referir.
10. ASPECTOS ÉTICOS.
El Proveedor se abstendrá de hacer comentarios que deterioren la
imagen del Instituto y/o del Médico Tratante, asimismo comentarios
relacionados con los hallazgos del tratamiento, la indicación de
nuevos estudios y/o medidas terapéuticas, funciones que se
asignarán específicamente al Médico Tratante Institucional.
Los pacientes referidos por el Instituto deberán ser atendidos con la
debida consideración.
El Proveedor se abstendrá de hacer uso de las imágenes obtenidas en
los estudios de medicina nuclear para actividades académicas,
presentación en congresos, publicaciones, otros, a no ser que cuente
con la debida autorización institucional para la realización de tal
actividad.
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SEGURIDAD SOCIAL
Carolina Lin
Técnico de Compras
Unidad de Consulta Externa de Enfermedades
Nicte Mendez
Encargada Sección de Compras
Unidad de Consulta Externa de Enfermedades