Download OCA 714/06 - Universidad Nacional de Mar del Plata
Document related concepts
Transcript
Ministerio de Educación, Cultura y Tecnología FACULTAD DE PSICOLOGÍA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA MAR DEL PLATA, 17 ABRIL 2006 VISTO la nota obrante a fojas 1 del expediente Nº 9-0214/06, mediante la cual el Secretario Académico de la Facultad, Lic. Darío Martín Giardelli, eleva para su consideración el Proyecto de Reglamento para la designación de adscriptos”, y CONSIDERANDO: Que a fojas 2/5 obra Proyecto de Reglamento elevado por la Secretaría Académica. Que es de vital importancia para la institución, establecer dentro de una norma el proceso de convocatoria, las actividades y la evaluación de todos aquellos estudiantes avanzados y graduados que, con el propósito de obtener formación sistemática, se incorporan a actividades de docencia, investigación o extensión. Que el citado Proyecto se enmarca en los principios de transparencia e igualdad de oportunidades. El importante carácter formativo de las funciones detalladas considerando que son altamente importantes por tratarse de las funciones básicas de la Universidad. Que no supone en ningún caso una superposición con las funciones y responsabilidades asignadas al cuerpo docente, sea este regular o interino. Que en la elaboración del mismo han colaborado el Consejero Académico, Lic. Horni, Jorge Eduardo y la Lic. Guerra, María Marta. Lo estipulado en los Artículos 42º, 54º, 55º y 56º del Estatuto de la Universidad. Los dictámenes de las comisiones de Asuntos Académicos y de Labor a fojas 6. Lo resuelto por el Consejo Académico en sesión Nº 36 de fecha 5 de junio de 2006. Las atribuciones conferidas por el Artículo 105º del Estatuto Universitario. Por ello, EL CONSEJO ACADÉMICO DE LA FACULTAD DE PSICOLOGÍA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA O R D E N A: ARTICULO 1º: Aprobar el REGLAMENTO PARA LA DESIGNACION DE ADSCRIPTOS DE ESTA FACULTAD DE PSICOLOGIA que como Anexo en cuatro (4) fojas forma parte de la presente Ordenanza. ARTICULO 2º: Regístrese. Dése al Boletín Oficial de la Universidad. Comuníquese a quien corresponda. Cumplido, archívese. ORDENANZA DE CONSEJO ACADÉMICO Nº Ministerio de Educación, Cultura y Tecnología FACULTAD DE PSICOLOGÍA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA ANEXO ORDENANZA DE CONSEJO ACADEMICO Nº REGLAMENTO PARA LA DESIGNACION DE ADSCRIPTOS DE LA FACULTAD DE PSICOLOGIA ARTICULO 1.- Los estudiantes de grado de la Facultad de Psicología y los graduados universitarios, podrán ser designados en la categoría de adscripto para desempeñar funciones en el área de Docencia, Investigación y/o Extensión. ARTICULO 2.-Las funciones de adscripción tienen por objeto la formación del estudiante o graduado en el área correspondiente, resultando su desempeño según aquello especificado en el Plan de Trabajo respectivo. En todos los casos la adscripción no implica ningún tipo de remuneración. ARTICULO 3.- Para cubrir las vacantes de adscriptos solicitadas por los responsables de las asignaturas o proyectos de investigación o extensión, se realizará una convocatoria a través de los medios de difusión disponibles. La misma deberá efectuarse por un lapso no inferior a cinco (5) días hábiles previo a la fecha de apertura de inscripción. ARTICULO 4.- La frecuencia de convocatorias se adecuará a los requerimientos de cada secretaría. ARTICULO 5.- La convocatoria para designación de adscripto deberá especificar: a) área objeto de la convocatoria , Docencia, Investigación y/o Extensión b) tipo de tarea a desempeñar según sea el área c) cantidad de vacantes a cubrir. ARTICULO 6.-Cumplido el periodo de inscripción se colocará en las respectivas carteleras, las listas de candidatos. Todo el proceso de convocatoria será efectuado por la División Concursos de la Facultad. ARTICULO 7.-Para poder ser designado adscripto son condiciones indispensables: a) ser graduado universitario. b) para los estudiantes y en el caso del área docencia, tener aprobada con nota final la asignatura para la cual se postula. ARTICULO 8.-En la selección actuará una Comisión Asesora que será integrada por el profesor responsable de la asignatura o Director de proyecto de investigación o extensión; el profesor adjunto o el Jefe de Trabajo Práctico de la asignatura o un codirector del grupo de investigación o extensión, según corresponda y un (1) representante del Claustro Estudiantil que tenga aprobada con nota final la asignatura del correspondiente llamado. La Comisión podrá constituirse con como mínimo, dos (2) de sus miembros. ARTICULO 9.- El proceso de selección de candidatos a realizar por la Comisión Asesora incluirá la evaluación de antecedentes de los aspirantes y una entrevista. Es Ministerio de Educación, Cultura y Tecnología FACULTAD DE PSICOLOGÍA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA Facultad de la Comisión Asesora, la ponderación, en caso de ser necesario, de los diferentes criterios que guían la selección, sumado a la entrevista de cada postulante ARTÍCULO 10.- Las actuaciones de la Comisión Asesora serán elevadas al Consejo Académico, sin instancia previa de apelación respecto de su dictamen.. ARTICULO 11.- Al adscripto le será asignado un tutor quién dirigirá y supervisará su desempeño. El tutor deberá será un integrante de la asignatura o grupo de investigación o extensión, propuesto por el Profesor responsable de la asignatura o director de proyecto de investigación o extensión. ARTICULO 12.- El tutor designado presentará un plan de trabajo a desarrollar durante el período de adscripción. Los mismos deberán ser realizados según anexos de la presente ordenanza. ARTÍCULO 13.- El adscripto tendrá la obligación de cumplir con los espacios de formación previstos por la institución a tal fin. ARTICULO 14- Finalizado el período de adscripción, se deberá presentar un informe del desempeño del adscripto a la secretaría correspondiente. ARTICULO 15.- La designación será por el período de un (1) año pudiendo ser redesignados por única vez, por igual período, atento al resultado del informe y a solicitud del responsable del área de la actividad.. ARTICULO 16.- En caso de renuncia del adscripto designado, el puesto podrá ser cubierto en forma automática por los que siguen en el orden de méritos propuesto por la Comisión Asesora en la correspondiente acta. ARTÍCULO 17.- ( DISPOSICIÓN TRANSITORIA ).- A partir de la aprobación de la presente ordenanza, las Secretarías Académicas, de Investigación y de Extensión contarán con 120 días corridos para definir con los responsables de las asignaturas o proyectos de investigación o extensión, los planes de trabajo y los tutores para cada adscripto que se encontrará designado. FACULTAD DE PSICOLOGÍA Ministerio de Educación, Cultura y Tecnología UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA ANEXO I Plan de trabajo Área ( Docencia, Investigación, Extensión ): Asignatura: 1.- Datos del adscripto. Alumno Nombre y apellido DNI Periodo de designación: graduado 2-Datos del tutor Nombre y apellido: Cargo que desempeña: 3- Actividades a desarrollar 4.- Período de las actividades ----------------Adscripto -------------------Tutor --- -------------Titular/ Director Ministerio de Educación, Cultura y Tecnología FACULTAD DE PSICOLOGÍA UNIVERSIDAD NACIONAL DE MAR DEL PLATA Anexo II Evaluación Fecha: Nombre y apellido del adscripto Informe del desempeño del adscripto según los objetivos de formación y las actividades de acuerdo al plan presentado. Señale según sea el resultado: 1-Satisfactorio 2-no satisfactorio ------------------------Adscripto ----------------------------Tutor ------------------------Titular /Director Informe de la secretaría sobre la asistencia a las actividades de formación propuestas por la institución. Firma Secretario.