Download PP-2009-00143-00-00-ES-TRA-00

Document related concepts

XV Conferencia sobre el Cambio Climático de la ONU 2009 wikipedia , lookup

Protocolo de Kioto sobre el cambio climático wikipedia , lookup

Bonos de carbono wikipedia , lookup

Economía del calentamiento global wikipedia , lookup

XIX Conferencia sobre Cambio Climático wikipedia , lookup

Transcript
IP/09/141
Bruselas, 28 de enero de 2009
Cambio climático: la Comisión presenta sus
propuestas para la firma de un acuerdo global sobre
cambio climático en Copenhague
La Comisión Europea ha presentado hoy sus propuestas para un exhaustivo
y ambicioso acuerdo internacional de lucha contra el cambio climático y para
su financiación. Ese nuevo acuerdo se firmará en principio durante la
Conferencia de las Naciones Unidas sobre cambio climático que se celebrará
en Copenhague en el mes de diciembre. Para mantener el aumento de la
temperatura por debajo de 2 ºC, los países en desarrollo necesitarán un
considerable aumento de la financiación procedente de los países
desarrollados, además de ayuda de las instituciones multilaterales que
refuerce su contribución al combate contra el cambio climático. Las
propuestas de la Comisión incluyen la creación de un mercado de carbono
en la OCDE para 2015 y el desarrollo de innovadores sistemas
internacionales de financiación basados en los niveles de emisiones de los
distintos países y en su capacidad de pago.
El Comisario de Medio Ambiente, Stavros Dimas, declaró lo siguiente: «La lucha
contra las causas y las repercusiones del cambio climático requerirá cuantiosos
fondos públicos y privados a lo largo de las próximas décadas, pero no debemos
perder de vista que esas inversiones serán muy inferiores a los costes de permitir
que el cambio climático siga su destructivo curso. El Plan europeo de recuperación
económica y las demás medidas de corte similar que se están adoptando en todo el
mundo para hacer frente a la crisis económica brindan una buena oportunidad para
recabar inversiones que generen bajas emisiones de carbono y, al mismo tiempo,
para estimular el crecimiento, la innovación y la creación de empleo. Con todo, la
obtención de un acuerdo en Copenhague exigirá otras soluciones de financiación.
La Comunicación presentada hoy, en la que se propone un amplio conjunto de
propuestas para incrementar la financiación y las inversiones, supone una
contribución clave a ese proceso.»
Objetivo de Copenhague
El objetivo de la UE es mantener el calentamiento global por debajo de 2 °C sobre la
temperatura de la era preindustrial, habida cuenta de las concluyentes pruebas
científicas según las cuales, superado ese punto, el cambio climático supondría un
grave peligro.
El acuerdo de Copenhague deberá contener objetivos globales de reducción de las
emisiones y sentar las bases que permitan reforzar la capacidad de los distintos
países para adaptarse al cambio climático. La Comunicación1 contiene propuestas
concretas para alcanzar ambos objetivos.
1
Hacia la firma de un acuerdo global de lucha contra el cambio climático en Copenhague
COM/(2009)39
Objetivos y medidas
Para mantenerse por debajo del objetivo de 2 °C, las emisiones globales deben
alcanzar su nivel máximo antes de 2020 y, a partir de ahí, reducirse hasta llegar en
2050 a un valor inferior al 50 % de los niveles de 1990. Ello reclamará la actuación
tanto de los países desarrollados como de los países en desarrollo.
Los países desarrollados deben encabezar la iniciativa y, de aquí a 2020, recortar
sus emisiones colectivas en un 30 % con respecto a los niveles de 1990. La UE ha
dado ejemplo al comprometerse a reducir sus emisiones en un 30 % si los demás
países desarrollados asumen compromisos de reducción semejantes, y ya ha
implantado medidas dirigidas a la reducción de sus emisiones en un 20 %
(IP/08/1998). La Comunicación propone parámetros específicos para asegurar que
los objetivos nacionales entrañen un nivel de esfuerzo comparable. Tanto los países
de la OCDE como los Estados miembros de la UE, los actuales candidatos a la
adhesión y los posibles aspirantes a ella deben asumir estos objetivos de emisiones.
Con excepción de los más pobres, los países en desarrollo deberán limitar,
también de aquí a 2020, el aumento de sus emisiones colectivas entre un 15 % y un
30 % por debajo de los niveles que se derivarían de la no intervención. Para ello,
tendrán que conseguir, entre otros resultados, una rápida reducción de las
emisiones provocadas por la deforestación tropical (IP/08/1543). Deberán también
comprometerse a adoptar estrategias de desarrollo bajas en carbono que cubran los
principales sectores emisores antes del final de 2011. Un nuevo mecanismo
internacional permitirá evaluar esas estrategias y asignar a las medidas propuestas
la asistencia externa necesaria.
Financiación de un desarrollo bajo en carbono
Si se pretende reducir las emisiones, es probable que las inversiones adicionales
mundiales netas tengan que incrementarse en unos 175 000 millones de euros
anuales en 2020, según estimaciones de expertos independientes.
Aproximadamente la mitad de ese importe habrá de corresponder a los países en
desarrollo. Hasta 2020, el grueso de las medidas adoptadas en esos países tendrá
pocos costes (o incluso beneficios), y deberá financiarse internamente. La ayuda
financiera internacional destinada a las intervenciones que superen las capacidades
nacionales deberá proceder de fuentes como las arcas públicas y los mecanismos
internacionales de asignación de créditos de carbono.
El acuerdo de Copenhague deberá además configurar una estructura que ayude a
los distintos países a adaptarse a las consecuencias inevitables del cambio
climático. Todos los países desarrollados y en desarrollo deberán elaborar
estrategias nacionales de adaptación, y deberá dispensarse ayuda para la
adaptación de los países menos desarrollados más vulnerables y de los pequeños
estados insulares en desarrollo.
La UE debería explorar posibles fuentes innovadoras de financiación
internacional basadas en el principio de que quien contamina paga y en la
capacidad de pago. Para ayudar a los países en desarrollo, los Estados miembros
de la UE podrían asimismo emplear parte de los futuros ingresos procedentes de la
subasta de sus derechos con arreglo al régimen comunitario de comercio de
derechos de emisión.
2
Mercado global de carbono
A fin de mitigar las consecuencias del cambio climático y de recabar fondos para
combatirlo, la UE debería fijarse el objetivo de implantar, para 2015, un sólido
mercado de carbono en la OCDE, fusionando el RCCDE con otros sistemas
comparables de limitación y comercio de emisiones. Antes de 2020, ese mercado
deberá ampliarse, abarcando a las principales economías emergentes, para crear
un mercado global de carbono.
Procede asimismo reformar el Mecanismo para un desarrollo limpio del Protocolo de
Kioto. En los países en desarrollo más avanzados y en los sectores económicos
altamente competitivos, ese mecanismo deberá sustituirse gradualmente por un
mecanismo sectorial de asignación de créditos y por sistemas de limitación y
comercio de las emisiones.
Próximos pasos
Los destinatarios de la Comunicación son el Consejo, el Parlamento y los órganos
consultivos de la UE. Está previsto que el Consejo Europeo ofrezca su respuesta en
el mes de marzo.
Véase también el documento MEMO/09/34
Más información
http://ec.europa.eu/environment/climat/future_action.htm
3