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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS PARA LA ADJUDICACIÓN DE UN
CONTRATO ESPECIAL PARA LA PRESTACIÓN DE APOYO TÉCNICO Y
SEGUIMIENTO A PERSONAS MENORES DE EDAD EXTRANJERAS NO
ACOMPAÑADAS QUE SE ENCUENTRAN ACOGIDAS POR LA DIPUTACIÓN
FORAL DE GIPUZKOA.
1. OBJETO
El objeto del presente contrato es la prestación de un programa de apoyo técnico y seguimiento
a personas menores de edad extranjeras no acompañadas que se encuentran acogidas por la
Diputación Foral de Gipuzkoa.
2. DELIMITACION DEL MARCO DE TRABAJO
Las personas menores de edad extranjeras no acompañadas (en adelante, Menas) son aquellas
personas menores de edad de origen extranjero que se encuentran en el Territorio Histórico de
Gipuzkoa sin ninguna persona adulta que les sirva de referencia. Se encuentran, por lo tanto, en
una situación de desprotección.
Al Departamento de Política Social le corresponde determinar las medidas protectoras que se
consideren oportunas ante su situación.
Las características personales, culturales y sociales de estas personas menores de edad son muy
concretas dentro del conjunto de las personas menores de edad en situación de desprotección.
La acogida de las mismas exige una serie de actuaciones muy específicas que están relacionadas
con la regularización de su situación y el desarrollo de procesos orientados a facilitar su
integración social: permiso de residencia, empadronamiento, tarjeta sanitaria, escolarización,
realización de pruebas médicas,... A su vez, sus características culturales exigen un esfuerzo
añadido para poder solventar las dificultades que puedan surgir en su proceso de acogida.
Estas actuaciones generan un importante volumen de gestiones con otros sistemas (judicial,
policial, sanitario, social, escolar,...), amén de las habituales con todas las personas menores de
edad que son acogidas.
3. FUNCIONES
1.
Coordinación e interlocución con las entidades que gestionen los Centros de Acogida
de Urgencia específicos de menas, siendo el referente del Departamento de Política
Social.
2.
Realización de reuniones con la dirección y equipos educativos de los Centros de
Acogida de Urgencia, visitas a los centros, etc. con el fin de disponer de información
continuada sobre el desarrollo de la atención de los menores, el funcionamiento de los
equipos educativos, estado de las instalaciones, y recepción de las demandas que
pudieran ser trasladadas al Departamento. Operativamente realizará, al menos, una
reunión mensual con cada uno de los equipos educativos.
3.
Recepción, revisión y tramitación de los informes elaborados por la entidad gestora
de los Centros de Acogida de Urgencia para la regulación legal de los menores:
recepción de los informes en los que se propone la medida de tutela provisional y
acogida de urgencia y los informes diagnósticos en los que se plantea su traslado a un
recurso dependiente de Política Social. Recibirá los informes de egreso (sea por
abandono voluntario del centro, mayoría de edad o traslado a otra comunidad
autónoma) de todas aquellas personas menores de edad que cuenten con una medida
legal de protección (tutela provisional o tutela si permanecen todavía en los CAUs).
Igualmente, recibirá todos los informes sobre incidencias relevantes que se produzcan
en relación con personas menores de edad atendidas en los centros de acogida de
urgencia. Dará traslado de propuestas de actuación a la Comisión técnica de valoración
en relación con medidas legales, o ceses de estas medidas.
4.
Respecto de las personas menores de edad atendidas en los diferentes centros de
acogimiento residencial: Elaborar el Plan Educativo Individual (PEI) para su aprobación
en la Comisión Técnica de Infancia y Juventud, promover y participar en las reuniones
de red de caso, participar en las reuniones de la unidad de acogimiento residencial,
supervisar la aplicación del SERAR en la intervención educativa con los menores
tutelados, participar en las reuniones mensuales de seguimiento de caso con el SAT
(Servicio de apoyo técnico de acogimiento residencial) y quincenales con aquellos
recursos en los que dicho servicio no esté trabajando, participar en cuantas reuniones de
red extraordinarias se solicite desde la Sección para el correcto seguimiento del caso, y
elevar propuestas a la comisión sobre las incidencias e informes derivados por los
educadores.
5.
Interlocución y coordinación con otras entidades: participación en reuniones y
contactos que puedan plantearse desde las distintas entidades que trabajan con los
MENAs: departamentos de servicios sociales municipales, departamentos municipales
de Juventud, Delegación de Educación, Sanidad-Osakidetza, Ertzaintza, Juzgados,
Subdelegación del Gobierno,... con el objetivo de planificar y desarrollar actuaciones
conjuntas destinadas a responder a las necesidades que estos menores presentan en
distintos ámbitos: Integración social, participación en actividades de ocio y tiempo
libre, educación, atención sanitaria, etc.
6.
Asesorar al conjunto de los recursos de protección sobre los criterios necesarios para
poder comprender las diferencias culturales que presentan las personas menores de edad
acogidas: Asesorar a los diferentes centros sobre las estrategias necesarias para poder
incorporar a sus dinámicas una perspectiva de acercamiento cultural. Analizar los
planes individuales de intervención desde una perspectiva intercultural.
7.
Interlocución con otras comunidades autónomas: realización de trámites en
representación de la Diputación Foral para la obtención de informes sobre personas
menores de edad atendidas previamente en otras comunidades autónomas, solicitud de
traslado de personas menores de edad tuteladas en otras comunidades, etc.
8.
Elaboración y actualización de listados u otros soportes informativos sobre personas
menores de edad atendidas.
9.
Participación en las reuniones de red o coordinación para los traslados de personas
menores de edad a recursos de acogimiento residencial.
10. Asesorar los diferentes servicios que trabajan con personas menores de edad
extranjeras: Tramitación de documentación, Inserción sociolaboral y Mediación
intercultural
11. Elaborar los informes que se le requiera a petición del departamento.
4. RECURSOS HUMANOS
Para la realización de este contrato se prevé la necesidad de 9 personas, a jornada
completa, que cumplan los siguientes requisitos y perfiles:



Diplomatura en Educación Social, Magisterio,... o cualquier otra titulación del
ámbito de formación sociocultural.
Informática a nivel de usuario.
Carnet de conducir.
Una de ellas deberá ejercer de forma exclusiva funciones de coordinador/a del equipo. Estas
funciones se refieren a la gestión del personal, la supervisión del funcionamiento del equipo y la
relación y coordinación con los técnicos responsables del seguimiento del programa en el
Departamento de Política Social. Estas funciones se concretan en:






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


Asumir la dirección de los profesionales
Responsabilizarse de la planificación y evaluación de las actuaciones del programa.
Realizar la gestión administrativa y económica del Programa. Dentro de esta
función, se ocupará de mantener actualizado los registros estadísticos.
Promover la motivación de los profesionales hacia su trabajo, estableciendo
relaciones interpersonales, con el fin de conseguir una implicación más activa de
estos.
Establecer canales de coordinación entre los profesionales, respetando los
protocolos y procedimientos ya existentes.
Coordinación con otros servicios y profesionales de la red de servicios sociales, así
como con otras entidades del entorno.
Llevar a cabo intervenciones específicas a demanda de los profesionales para
complementar las actuaciones de éstos.
Establecer un sistema de permanencia que garantice la atención de demandas
urgentes durante el horario de trabajo.
Proporcionar apoyo y supervisión a los profesionales.
Detectar necesidades de actualización formativa
Otra de las personas deberá tener formación específica en mediación intercultural, siendo sus
funciones las correspondientes al apartado 3.6 de estos pliegos.
El equipo, además, incorporará otra persona más que se responsabilizará de las tareas
administrativas inherentes al desarrollo de las funciones encomendadas, con perfil profesional
de administrativo
En relación con el uso de las lenguas oficiales en la ejecución del presente contrato, habrá de
darse cumplimiento a lo previsto en el artículo 16.2 a 16.4 del Decreto Foral 21/2004, de 8 de
marzo, que regula el uso de las lenguas oficiales en el ámbito de la Diputación Foral de
Gipuzkoa.
El marco legal de referencia de aplicación para el cálculo de los costes salariales de este
contrato será el convenio provincial de enseñanza privada.
5.- RECURSOS MATERIALES
Las funciones y tareas de índole administrativa y organizativa derivadas del objeto del contrato
se realizarán en el lugar que determine del Departamento de Política, así como con los medios
que establezca para su coordinación con el Departamento.
6. DOCUMENTACION A PRESENTAR POR LAS LICITADORAS
Las entidades licitadoras deberán presentar el proyecto de intervención o memoria técnica en la
que se desarrolle y especifique el programa de apoyo técnico y seguimiento a realizar con las
personas menores de edad extranjeras no acompañadas de acuerdo con los objetivos y
actividades definidos por estas prescripciones técnicas.
7.- CONTROL DE LA ACTIVIDAD
Antes del día 10 de cada mes, la adjudicataria deberá presentar en el Servicio de Infancia,
Adolescencia y Juventud del Departamento de Política Social un informe en el que justifique las
actuaciones desarrolladas durante el mes anterior.
Igualmente, antes del día 31 de enero de cada año deberá presentar, de igual manera, una
memoria de actuación del año vencido, que incluirá indicadores de actividad y una valoración
de los mismos.