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“NUEVAS PERSPECTIVAS EN LAS POLITICAS DE IGUALDAD”
Ideas para el debate
INDICE
Introducción....................................................................................... Pag.
2
La sociedad ante las discriminaciones por motivos de orientación e
identidad sexual................................................................................. Pag.
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Hacia la igualdad .............................................................................. Pag.
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Anexo I: .Una historia natural............................................................ Pag.
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Anexo II: Resoluciones del Parlamento Europeo.............................. Pag.
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Grupo Federal de Gays, Lesbianas y Transexuales
Diciembre 1999
“NUEVAS PERSPECTIVAS EN LAS POLITICAS DE IGUALDAD”
Ideas para el debate
INTRODUCCION
El indudable crecimiento de las pautas de comportamiento solidario que se ha
experimentado en España con la llegada de la democracia, con el consiguiente
aumento de la participación ciudadana en actividades relacionadas con la ayuda a
pueblos y grupos desfavorecidos, no ha tenido, desgraciadamente, traducción en
la mejora de los niveles de aceptación social de la realidad propia de algunas
minorías. El racismo, la xenofobia, la homofobia, y la transfobia son hoy en día
actitudes con demasiada raigambre en la sociedad española; no siempre desde la
militancia activa, pero también desde posturas pasivas tan peligrosas y de efectos
tan excluyentes como aquellas otras. La población gay, lesbiana y transexual no
es ajena a esta situación. Pese al notable esfuerzo de las asociaciones y grupos
de gays, lesbianas y transexuales en la lucha por el derecho a la igualdad y a la
no-discriminación, la normalización del hecho homosexual y transexual está lejos
aún de ser un objetivo alcanzable en un plazo razonable de tiempo. Estas
situaciones dificultan, muchas veces de manera irreversible, su plena realización
personal y su completa integración social como individuos en el mismo plano de
derechos que el resto de ciudadanos. Un sector de la sociedad mantiene aún un
comportamiento de aislamiento hacia ellos y su mundo, cuando no de abierto y
evidente rechazo, que obliga a muchos de ellos a vivir en la proscripción y a
utilizar la clandestinidad como mecanismo de defensa y encubrimiento.
Como consecuencia del esfuerzo de concienciación y el trabajo reivindicativo
llevado a cabo por el movimiento gay, lésbico y transexual, y ante la cada vez más
clara evidencia de que situaciones de injusticia y rechazo no pueden mantenerse
en perjuicio de un grupo de hombres y mujeres libres a los que, precisamente, no
se permite ejercitar tal derecho a la libertad. Se han producido muy tímidos
avances legislativos que en absoluto son suficientes, y que en la mayoría de las
ocasiones se han alcanzado al hilo de sesgados debates y de muy tibias
posiciones.
La escasa y pacata experiencia de progreso legal en materia de reconocimiento
de igualdad de derechos de los homosexuales con los de quienes no lo son o de
las personas transexuales a vivir su identidad sexual, ha servido para poner de
manifiesto contrastadas actitudes entre la clase política española, que demuestran
el alto grado de conservadurismo y de incomprensión que en términos globales
produce el hecho gay, lésbico y transexual en la ciudadanía española.
Está en manos de los representantes de los partidos políticos la responsabilidad
última de promover los cambios sociales precisos para que esta situación se
regularice, y con ello estos colectivos puedan desenvolver su cotidianidad en las
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mismas condiciones de igualdad, libertad y respeto que el resto de ciudadanos y
ciudadanas. La asunción por su parte de reivindicaciones de gays, lesbianas y
transexuales como elemento primero y esencial para la normalización del hecho
homosexual y transexual, y muy especialmente la necesidad de que aquella se
lleve a cabo con un claro talante abierto y alejado de encorsetados prejuicios,
debe ser para la clase política una inmediata obligación de justicia. Otra actitud
favorece y realimenta las posiciones sociales en contra de estas personas, por
miedo a lo diferente, e implica una dejación del deber de defensa de los intereses
de los ciudadanos, que tienen los poderes públicos y quienes los detentan frente
a la iniquidad y la discriminación.
En la creación de una conciencia ciudadana solidaria, que promueva un cambio
radical de actitud hacia las personas lesbianas, gays y transexuales y su realidad,
deben participar los representantes políticos de forma especial y prioritaria.
Apoyando las reclamaciones de las asociaciones de transexuales, lesbianas y
gays mediante la defensa del derecho fundamental de aquellos a ser y sentirse
iguales, pero también siendo capaces de elaborar con absoluta naturalidad
propuestas rigurosas y sinceras que nazcan de su sensibilidad y de su sentido de
la responsabilidad. Y ello, sin oportunismo político alguno ni buscando
rentabilidades, y asumiendo como autocrítica las carencias y olvidos del pasado y
la responsabilidad que con ellos se tiene en la situación actual. Colocarse a la
cabeza de las organizaciones políticas que reivindican y defienden la existencia de
un espacio de igualdad y libertad dentro de la sociedad para gays, lesbianas y
transexuales es una deuda con el pasado que actualmente mantienen los
socialistas, y que como tal, debe ser satisfecha.
Este trabajo de apoyo, pero sobre todo de elaboración de iniciativas audaces y
novedosas, debe estar en manos, por encima de otros, de los partidos
progresistas, y muy especialmente del Partido Socialista. El hecho homosexual y
transexual debe formar parte de su discurso político en defensa de los derechos y
libertades públicas, al tiempo que sobre él se construyen políticas activas
antidiscriminatorias que avancen de manera sustancial en el camino de la
normalización.
Tal actividad, en cualquier caso, ha de enmarcase de forma clara en el campo de
la actividad política, y sólo ha de salir de ella en la búsqueda de confluencia con
las propuestas de otros. La portavocía social de las reivindicaciones
homosexuales les corresponde a los colectivos y asociaciones de gays y
lesbianas, al igual que a los colectivos de transexuales y transgenéricos la suya.
Cualquier injerencia en el protagonismo que estos tienen en el movimiento social
sólo puede servir para provocar roces y recelos innecesarios que resten
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credibilidad a las propias propuestas políticas, que únicamente desde la
interacción y la complementariedad con las de esos mismos grupos encontraran
sentido. Desde ópticas y planteamientos esencialmente políticos, pero sin olvidar
la realidad social a la que se dirigen, los representantes ciudadanos han de ser
capaces de articular un discurso global de defensa de los derechos de lesbianas,
gays y transexuales, al tiempo que servir de lógico cauce transmisor de las que
sus representantes puedan plantear.
Sobre la base de estos planteamientos, y de esta realidad, se creó el Grupo
Federal de Gays, Lesbianas, y Transexuales del P.S.O.E, que nació con un doble
objetivo: de un lado, formalizar un discurso político en clara defensa de la igualdad
de derechos de transexuales, gays y lesbianas, capaz de materializarse a través
de propuestas concretas y ofertas rigurosas que de forma real comprometan a
cambios en los ámbitos fundamentales en los que se desenvuelven los actuales
niveles de rechazo a esta población; y de otro, de manera simultanea, llevar la
normalización del hecho homosexual y transexual al seno de Partido Socialista,
sensibilizando a todos sus responsables en el manejo de una materia que
necesita de políticas activas claras. Bajo la responsabilidad que adquiere con su
propia creación, este Grupo ha de ser capaz de elaborar la base de una nueva
cotidianidad de lo homosexual y transexual, construyendo para ello un sólido
alegato que permita llevar la reclamación del fin de la discriminación y el
reconocimiento del derecho a la igualdad hasta sus últimas consecuencias.
El presente documento tiene por objeto dar a conocer la realidad de gays,
lesbianas y transexuales en nuestro país, para a través de esta realidad poder
avanzar en el camino de una sociedad no discriminadora respecto de las
diferencias y diversidades sociales de nuestro entorno. Trabajar contra la
homofobia y la transfobia, es trabajar contra la discriminación en cualquiera de sus
manifestaciones, en el marco de nuestro discurso en defensa de las libertades.
Sólo desde un conocimiento de esta realidad podemos erradicar las actitudes
sexistas, transfóbicas y homófobas, muchas de las cuales subsisten en nuestros
días fruto de nuestra educación y cultura. Para este fin el presente documento se
encuentra estructurado en tres ámbitos: “La sociedad española ante las
discriminaciones por motivos de orientación e identidad sexual” donde
abordamos las transformaciones que ha sufrido nuestro país respecto a la visión
de la homosexualidad y la transexualidad desde la etapa democrática a la
actualidad, un segundo apartado “Hacia la igualdad” donde planteamos los
cambios y propuestas necesarias para eliminar cualquier tipo de discriminación
por motivos de orientación e identidad sexual y por último unos anexos, “Una
historia natural”, donde abordamos los diferentes enfoques que se han
producido a lo largo de la historia -una historia cargada de persecuciones,
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humillaciones y muertes- hasta nuestros días y las Resoluciones del Parlamento
Europeo.
En este documento queda nítido el mensaje, que los socialistas rechazamos la
homofobia y transfobia, por ser incompatible con nuestra ideología y sensibilidad.
También queda claro el compromiso de nuestro partido de abordar una realidad
que no puede ser callada por mas tiempo, y que requiere de políticas valientes
para ser establecida en todas sus dimensiones.
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LA SOCIEDAD ESPAÑOLA ANTE LAS DISCRIMINACIONES POR MOTIVOS
DE ORIENTACIÓN E IDENTIDAD SEXUAL.
Durante la dictadura de Franco la homosexualidad, concepto en el que aún
entraba la ignorada transexualidad, es perseguida y castigada mediante la Ley de
Vagos y Maleantes y la reforma que de esta ley se realiza en 1954 en sus
artículos 2º y 6º. A partir de este momento se empiezan a aplicar medidas de
seguridad contra los homosexuales, incluyéndolos junto a los proxenetas y
rufianes para que sufrieran los rigores de la aplicación de esta Ley. Esta Ley fue
sustituida por la Ley de Peligrosidad y Rehabilitación Social, aprobada el 4 de
agosto de 1970, con esta Ley se consideraba peligrosos socialmente a aquellos
que ejerzan actos de homosexualidad. Esta Ley continuó persiguiendo a los
homosexuales hasta el 11 de Enero de 1979 en que un Decreto-Ley excluyó las
prácticas homosexuales como socialmente peligrosas.
Es necesario recordar que durante el debate constitucional, en el Anteproyecto
de Constitución, nuestro partido, planteó la necesidad de dar un redactado
constitucional al matrimonio que recogiera la diversidad de orientaciones sexuales
y que posibilitara el acceso al matrimonio de las parejas homosexuales. Dicha
propuesta era: ”toda persona tiene derecho al desarrollo de su afectividad y
sexualidad, a contraer matrimonio, a crear en libertad relaciones estables de
familia y a decidir libremente los hijos que desea tener, a cuyo fin tiene derecho a
acceder a la información necesaria y a los medios que permitan su ejercicio”
Aunque finalmente dicho artículo fue consensuado, ante la propuesta presentada
por la UCD, que quería ligar el matrimonio a la finalidad reproductora. En todo
caso del debate constitucional no se extrae la intención de los constituyentes de
impedir este ejercicio para las parejas homosexuales
Con la llegada de la democracia, y no sin la importante presión de los colectivos
de gays y lesbianas se consiguió que la homosexualidad fuera despenalizada. En
este hecho jugaron un papel fundamental el apoyo que el movimiento gay recibió
de organizaciones y partidos progresistas. A principios de 1981 se legalizó el Front
d´Alliberament Gai de Catalunya, la primera asociación de gays y lesbianas del
Estado. Dos años después, en 1983, una reforma del Código Penal posibilitó la
legalización de las operaciones de cambio de sexo en España, hasta entonces
prohibidas.
Con la despenalización de la homosexualidad se pasó a lo que algunos autores
han dado en llamar la tolerancia represiva de la homosexualidad o el olvido de
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los Poderes Públicos, circunstancias que con matices diferentes afectó también
a la transexualidad en estos años.
Un hecho sin precedentes y que marca un antes y un después en la protección
jurídica del derecho a la orientación sexual, y del que los socialistas fuimos
impulsores, es la incorporación en los tipos recogidos en el nuevo Código
Penal de 1995, dentro de los “delitos cometidos con ocasión del ejercicio de
los derechos fundamentales y de las libertades públicas garantizados por la
Constitución“ de la protección del derecho a la orientación sexual en los
artículos 510, 511 y 512, además de los artículos 314, 22, y 169. De esta forma el
Partido Socialista, a instancia de los colectivos de gays y lesbianas, restituye el
olvido constitucional de la orientación sexual como un derecho fundamental de la
persona con igual protección que el resto de derechos establecidos en nuestra
Carta Magna.
La Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de Noviembre de 1994 es la primera
Ley que incorpora la realidad de las parejas de hecho gays y lesbianas al
establecer la equiparación de los efectos de subrogación en los arrendamientos de
aquellas parejas que hayan vivido en “análoga relación de afectividad a la del
cónyuge”, con independencia de la orientación sexual. Esta es la primera
legislación española que reconoce derechos a gays y lesbianas, que hasta ahora
sólo se habían visto reflejados en las leyes para su represión y encarcelamiento.
En este mismo año se produce un pronunciamiento claro y explícito por parte del
Parlamento Europeo en favor de los derechos de gays y lesbianas mediante la
Recomendación de 8 de Febrero de 1994, que aunque de escaso efecto jurídico
sobre los países miembros, supone el pronunciamiento político internacional más
importante de la historia contra la discriminación por motivos de orientación
sexual. Este texto recoge las acciones políticas necesarias para una Unión
Europea donde la discriminación por motivos de orientación sexual no tenga
sentido o lugar. Esta Recomendación contó con el apoyo del Partido de los
Socialistas Europeos y con el voto contrario del Partido Popular Europeo.
En 1997, el Parlamento Balear tomó en consideración una Proposición no de
Ley a favor de las personas transexuales en la que diversos grupos, entre ellos
el Socialista, votaron a favor, pero fue rechazada por el voto en contra del Partido
Popular. Fue la primera vez que en un parlamento autonómico español se debatía
un tema esencial para este colectivo.
En el 98, el Defensor del Pueblo Andaluz, se pronunció a favor de la inclusión del
proceso de cambio de sexo en la Seguridad Social. La Consejería de Salud de
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la Junta de Andalucía recogió en Noviembre de ese mismo año esta iniciativa,
históricamente significativa, porque era la primera vez que el colectivo transexual
encontraba protección activa por parte de un Ejecutivo Autonómico. La situación
se consolidó cuando el 11 de Febrero de 1999, el Parlamento Andaluz aprobó una
Proposición no de Ley en el mismo sentido, del Grupo Parlamentario Socialista,
con la única abstención del Partido Popular. Dos meses después, la Comisión de
Asuntos Sociales del Congreso de los Diputados, aprobaba por unanimidad otra
Proposición no de Ley de Izquierda Unida.
En el verano del presente año no ha cesado la actividad, el Grupo Parlamentario
Socialista presentó en Junio el Proyecto de Ley sobre el Derecho a la Identidad
Sexual, que recoge los aspectos legales de la transexualidad, y que
recientemente ha sido tomado en consideración por la Cámara Alta por
unanimidad.
En 1995 las Cortes Valencianas aprobaban la Ley de la Infancia en la que se
establecía el derecho de las parejas homosexuales al acogimiento familiar. El
Gobierno socialista de la Generalitat establecía por primera vez en la historia de
nuestro país el derecho de las parejas de gays y lesbianas a acceder a los
beneficios de esta figura jurídica. Sin duda este hecho, que provocó un importante
movimiento informativo vino a plasmar la intención de los socialistas de considerar
a las parejas homosexuales tan aptas como cualquier otras en el cuidado y
educación de menores. En 1999 los gobiernos socialistas de Baleares y de
Asturias han manifestado su intención de continuar en esta línea, cumpliendo con
las Recomendaciones establecidas por el Parlamento Europeo en 1994.
En Marzo de 1997 se crea el Grupo Federal de Gays, Lesbianas y Transexuales.
Nuestro partido ha sido el primero en crear un grupo interno donde se hacen
visibles las palabras gay, lesbiana y transexual.
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HACIA LA IGUALDAD
Para que los gays y las lesbianas sean verdaderamente “públicos” deben tener
que poder mostrar su orientación sexual y discutir su sexualidad dentro de los
mismos parámetros desarrollados por la sociedad heterosexual. Esto sólo es
posible a través de la presencia cada vez más palpable de gays y lesbianas en
nuestro entorno social, diurno, cotidiano y rutinario. Ser más visibles, manifiestos,
reales y claros los aparta de ser asociados a la enfermedad, la desviación o la
perversidad. En el caso de la transexualidad, ser "público" tiene el significado,
primero, de salir de la agobiante clandestinidad, de no poder hablar de ello, y
pasar a una situación en la que se viva con la mayor naturalidad conforme al
género y al sexo pretendidos, y en segundo lugar, significa también asumir
conscientemente la propia historia, y no volver al “armario” intentando ocultarla y
casi negarla, incluso ante sí misma o sí mismo, una vez completado el proceso.
Ser visibles permite la confrontación, puesto que granjea el desmantelamiento de
los puntos de vista establecidos desde la perspectiva del estigma. Ser visibles es
dejar de negarse y que se les niegue, dejar de ocultarse y abandonar la paranoia
de las dobles vidas. Ser visibles es nombrarse, no permitir humillaciones ni
chantajes, ser sujetos libres y orgullosos de la diferencia. Ser, en activo, visibles
es la estrategia fundamental que lesbianas, gays y transexuales deben abanderar
en la consecución de una sociedad próxima y futura que deje de obviarles y/o
humillarles.
Cada vez es más evidente la centralidad del concepto de “visibilidad” como
estrategia en la lucha por la liberación de la homosexualidad y la transexualidad.
Pero ¿Qué es la lucha por la liberación de la homosexualidad y la transexualidad?.
Podemos entender por "liberación de la transexualidad y la homosexualidad" la
tarea continuada y renovable en pos de una sociedad en la que ya no sea
pensable, porque no tenga ya sentido o lugar, discriminación o represión alguna
de tipo sexista. Tal tarea se inscribe en la lucha más general de los movimientos
por los derechos civiles y humanos en el mundo.
Este objetivo es necesario (y, por tanto, el trabajo que desarrolla el Grupo Federal
de Gays, Lesbianas y Transexuales) porque, pese a la desaparición de algunas
leyes contra las personas homosexuales y transexuales (Ley de Peligrosidad y
Rehabilitación Social...) y los grandes cambios en las relaciones entre los sexos
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que se están sucediendo y que reconocemos en nuestro país, nuestra cultura
sigue siendo sexista y transfóbica, porque sigue discriminando por razón de
género (masculino/femenino) y sexo (hombre/mujer) a muchos niveles, a veces
muy profundos. En nuestra cultura el sexismo es de naturaleza machista. Esto
quiere decir que sobrevalora "lo masculino" y sus representantes sociales, los
varones, por encima de -y contra- "lo femenino" y sus representantes sociales, las
mujeres, en base a un complicado sistema de contraposiciones y
complementaciones
(fuerte/débil,
activo/pasivo,
intelectual/sensible,
dominante/dominado, etc., etc.). Sin embargo es necesario recordar que el modelo
de hombre y mujer que el machismo impone lo hace perjudicial también para los
varones, no sólo para las mujeres. El feminismo, como movimiento de
emancipación antisexista, es una propuesta de liberación para toda persona.
Las reflexiones feministas sobre identidad y género muchas veces han coincidido
con la experiencia transexual, por eso, esta experiencia tiene también un
significado general válido para cualquier ser humano, puesto que permite
contemplar cómo se articulan de una manera mucho más libre conceptos hasta
ahora tan férreamente unidos como los de sexo, género e identidad. Los matices
que diferencian la transexualidad clínica de la transgenericidad se encuentran
también dentro de esta misma visión libre de las articulaciones de estos tres
conceptos. En resumen, una persona sabe, gracias a las y los transexuales, que
puede decidir su género y su sexo, que no son fatalidades indiscutibles y que el
factor decisivo es de índole psíquica y de conciencia puesto que es un factor de
identidad.
Nuestra sociedad es, también, homófoba y transfóbica; a muchos niveles
discrimina por razón de orientación sexual, por ser o aparecer una realidad como
heterosexual u homosexual, siempre en perjuicio del aspecto homosexual, o bien
por razones de identidad sexual, al considerar inmutables la relación entre sexo,
género e identidad, en perjuicio siempre del hecho transexual.
Existe en nuestro Estado un vacío legal de efecto discriminatorio para lesbianas,
gays y transexuales (parejas de hecho, cambio de sexo, leyes positivamente
antidiscriminatorias, impedimento del acceso al matrimonio para las personas
transexuales y las parejas homosexuales). Así como existe la necesidad sentida
por muchas personas de expresar y satisfacer su homosexualidad y
transexualidad sin culpabilidad y con espontaneidad, en igualdad de condiciones
que la heterosexualidad dominante.
La liberación es necesaria, hoy. Se hace patente desde el miedo de muchos/as a
"salir" públicamente, "manifestarse", "dar la cara" como homosexuales, lesbianas o
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transexuales. La mayoría de gays, lesbianas, y transexuales siguen ocultos la
mayor parte del tiempo. Esto es compartido por muchas parejas de transexuales
ante el miedo a que se les deje de considerar heterosexuales.
Entendemos por "Liberación": asumir con dignidad la propia homosexualidad o
transexualidad frente a una sociedad que estigmatiza y discrimina; sensibilizar a
toda la sociedad del carácter respetable y digno de la homosexualidad y la
transexualidad; reivindicar mecanismos jurídicos e institucionales que solventen
el vacío legal y la secular discriminación y marginación, que hacen de los gays,
lesbianas y transexuales ciudadanos con las mismas obligaciones, pero no con los
mismos derechos que el resto de ciudadanos/as del Estado español; denunciar y
combatir todas las manifestaciones homófobas, transfóbicas, machistas,
marginadoras o discriminadoras, provengan de quienes provengan, especialmente
las que tienen como agentes personalidades o instituciones públicas u
organizaciones religiosas. Para llevar a delante estos objetivos es necesario
reclamar ayudas y fomento para las actividades de las organizaciones de
transexuales, lesbianas y gays.
Sólo podemos pensar en una sociedad plurisexual como resultado de un proceso
de transformación social que implica la tarea de transformar no sólo las leyes e
instituciones en sentido positivamente contradiscriminatorio (matrimonio, parejas
de hecho, derecho explícito a la libre orientación e identidad sexual), sino
mediante una transformación de la misma vida cotidiana, las propias actitudes
vitales de la gente respecto de la homosexualidad y la transexualidad en procesos
de coeducación en valores y formas de vida no sexistas en los diversos sectores
de la vida social. Mediante el diálogo, la información y los servicios, presionando,
si es necesario con firmeza, a la escucha y el respeto activos a los sectores más
indiferentes u hostiles. No habrá verdadera liberación hasta tanto no se haya
logrado un cambio de este tipo.
Este proceso de transformación es pensable, hoy, dentro del marco democráticoconstitucional de un Estado de derecho como el nuestro y tiende a profundizarlo
desde la crítica y la acción, a hacerlo más efectivamente presente en todo ámbito
de la vida social (democracia como tarea, no sólo como sistema de reglas ya
dado).
Al perseguir estos objetivos, el Partido Socialista contribuye a la profundización de
la democracia en nuestra sociedad, al llevar la democracia al corazón mismo de
todas las interacciones sociales y personales. Más allá del colectivo de
homosexuales y transexuales, el beneficiario de esta tarea es la misma sociedad
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en pleno al profundizar los niveles igualdad y paz social. Sociedad democrática
(civilizada) y sexismo se oponen.
Es tarea de las/os socialistas profundizar en esa conciencia de la necesidad de
liberación y facilitar los medios para que se vaya gestando en los individuos
menos conscientes de la misma, con independencia de su orientación sexual
predominante. Hacia la igualdad activa, que no es un mero "dejar hacer" de la
mayoría hacia la supuesta minoría de "gays" y "lesbianas" declarados o de
transexuales tolerados
(igualdad pasiva o meramente liberal), sino un
compromiso activo y solidario en la reivindicación y plasmación del derecho a la
libertad y la igualdad plena en materia de orientación e identidad sexual.
Desde hace unos años, el objetivo de liberación, empieza a ser enunciado bajo
una nueva fórmula. Tal fórmula puede expresarse como "la plena normalización
del hecho gay,lésbico y transexual en todos los ámbitos (jurídico-político,
laboral, etc.)". ¿Qué es normalización?. Puede entenderse como "integración", o
como "transformación" en un sentido más o menos restringido o amplio, global.
El discurso que proponemos se sitúa entre dos extremos teóricos -no
necesariamente existentes aunque algún caso real se aproxime. Partir de un
mínimo utópico, - la idea de una sociedad que no suponga en su conjunto la
heterosexualidad como única norma de orientación ni la inmutabilidad de los sexos
como único principio de identidad -, es pensable y deseable, y sirve de marco y
guía para la discusión y la acción.
Apostamos por un modelo de normalización como progresiva transformación de la
sociedad en cualquier ámbito, de tal manera que el lesbianismo, la
homosexualidad, y la transexualidad lleguen a ser percibidos como lo que son,
algo tan natural y tan normal como la heterosexualidad. Ideal seguramente lejano,
pero no imposible y muy desable para el bien de toda persona y sociedad.
El "coming out" ("salir del armario", "destaparse"), el mostrarse públicamente como
homosexuales o lesbianas, forma parte de la tradición del movimiento gay-lésbico.
Modo directo de afirmarse en la propia dignidad y demandar reconocimiento y
aceptación, denunciando las discriminaciones y mostrando normalidad y madurez.
Sin ese acto en desafío a la intolerancia o al prejuicio, al silencio y al miedo,
difícilmente conocería el público en general la realidad de las lesbianas, gays y
transexuales como algo menos extraño de lo que la mayor parte estaba dispuesta
a admitir en principio.
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Sin embargo, -se ha objetado- identificarse públicamente como gay, lesbiana o
transexual, ¿no alimenta la percepción social de que ser gay, lesbiana o trans es
algo "de diferentes" y le hace el juego a la discriminación, por tanto?. En la misma
línea, después de un proceso de cambio de sexo, ¿acaso se ha de continuar
siendo transexual de por vida, o debe la persona que lo ha seguido sumarse a la
mayoría de los hombres o las mujeres?."
Podemos subrayar el carácter propiamente éticopolítico de la categoría de "gay" o
"lesbiana", en la medida en que la asunción de tal identidad por parte del sujeto
presupone una toma de posición personal, un compromiso muchas veces
arriesgado -y hasta heróico, según casos- en vistas a un fin emancipatorio con
efectos saludables a escala social. Tal postura no es incompatible con el
cuestionamiento de la supuesta "diferencia". Es más, creemos que es (dialéctica y
estratégicamente) la condición necesaria para su eliminación.
He ahí la "dialéctica del ser gay (o lesbiana"): la/el gay que desea generalizar la
idea de que lo "homosexual" no es algo anormal ni raro (infrecuente) ni
necesariamente diferenciador, sino tan normal como "lo heterosexual", suele
enfrentarse, de modo inevitable y paradójico, al hecho de aparecer ante el público
como "diferente", dado el discurso dominante contra el que se argumenta.
Negarse a autodenominarse gay, homosexual o lesbiana para no aparecer como
"diferente" es respetable, pero contribuye a dejar las cosas como están: los
homosexuales y transexuales son "otros/as"
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Políticas para la igualdad
Es mucho el camino que queda por recorrer para hacer efectivo el principio de no
discriminación por motivo de orientación u identidad sexual. Desde el Partido
Socialista apostamos por un cambio en la forma de hacer política en materia de
gays, lesbianas y transexuales.
Las Recomendaciones del Parlamento Europeo de 4 de Febrero de 1994
sobre la igualdad de gays y lesbianas en la Unión Europea y las
Recomendaciones. 113-772 del mismo Parlamento sobre la igualdad de las
personas transexuales constituyen el eje fundamental de la política del Partido
Socialista en esta materia. En este sentido debemos de hacer efectivas estas
recomendaciones en todos los ámbitos políticos e institucionales en los que
se haya presente o gobierna nuestro partido. La realización efectiva de tales
recomendaciones constituyen una obligación de todas las personas que ocupan
cargos públicos en su deber de remover los obstáculos que impiden el pleno
desarrollo de la personalidad recogido en nuestra Constitución.
Durante los últimos años hemos asistido al creciente deseo por parte de los
ciudadanos y ciudadanas de que se regulen y doten de efectividad aquellas
parejas que no desean o que no pueden actualmente contraer matrimonio. En
otros países de nuestro entorno esta realidad es reconocida jurídicamente. Las
parejas de hecho configuran una realidad social que requiere de una protección
jurídica. Esta nueva realidad se basa en el principio de la libertad de configurar la
afectividad y las relaciones internas de las parejas. En este sentido es necesario
establecer una regulación que dote a las parejas de hecho de aquellos
derechos y deberes que deben constituir sus relaciones, estableciendo la
libertad interna de las mismas a la hora de configurar sus relaciones y
alejado del encorsetamiento que la figura del matrimonio establece. Esta
legislación debe dotar de eficacia jurídica a aquellas parejas que se encuentran
registradas en la actualidad.
Uno de los aspectos básicos donde la discriminación de gays, lesbianas y
transexuales se hace claro y patente es en el impedimento de estos a poder
contraer matrimonio civil. Nuestra Constitución reconoce el derecho del hombre y
la mujer a contraer matrimonio, si bien este principio Constitucional no se
encuentra plasmado en nuestra legislación civil para las parejas homosexuales.
En marzo de 1999 El Consejo General de la Abogacía, en su Asamblea General
celebrada en Sevilla, solicitó la modificación del Código Civil para permitir el
acceso de las parejas homosexuales al matrimonio. Este impedimento viene
reflejado en nuestro Código Civil y en consecuencia se han de promover las
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medidas legislativas necesarias que posibiliten el acceso de las parejas
homosexuales, que lo deseen, al matrimonio y a la plenitud de los derechos
establecidos para estos en nuestra legislación civil.
En la actualidad los países europeos que reconocen a las parejas del mismo sexo
iguales derechos que el matrimonio son: Dinamarca, Países Bajos, Suecia,
Noruega, Groenlandia e Islandia. Francia cuenta con una legislación de parejas
de hecho, y esta se encuentra en trámite parlamentario en Alemania, Bélgica,
Luxemburgo, Portugal, República Checa, Eslovenia y Suiza. Los Países Bajos
tienen además reconocido el derecho al matrimonio civil para las personas
homosexuales.
La transexualidad es una realidad que requiere de una regulación jurídica
que ampare, reconozca y regule los procedimientos necesarios para su
realización con las garantías jurídicas, medicas y asistenciales necesarias
para su ejecución. Por otro lado la realidad de la cirugía de reasignación de sexo
supone contar con un especialista que garantice una operación tan importante y
transcendental en la vida de estas personas. En este sentido, es necesario
contemplar, en un periodo transitorio, y hasta la formación de cirujanos en esta
materia, por parte de la Seguridad Social, de protocolos de colaboración con
especialistas que vienen trabajando en este ámbito y que posibilite su
participación en estas operaciones, o facilitar la disposición de créditos blandos
para las personas transexuales que deseen acceder a estos profesionales.
En la actualidad, existe una regulación jurídica de la transexualidad en los
siguientes países europeos: Suecia (1972), Alemania (1980) Italia (1982), Austria
(1983), Países Bajos (1985) y Turquía (1988).
El desarrollo de políticas de inserción laboral de las personas que se
encuentran o han pasado por un proceso de cambio de sexo se hacen
necesarias para garantizar su desarrollo personal y su integración social. En este
sentido es necesario mencionar el cada vez mayor número de casos de personas
que pierden su puesto de trabajo por reconocer su orientación sexual, producto sin
duda de una mayor visibilidad social de esta realidad. Aunque nuestro Código
Penal penaliza el despido laboral por estas razones, la dificultad radica en la
imposibilidad de demostrar en muchos casos que el motivo del despido es la
orientación sexual del trabajador o trabajadora. Al igual que en el caso de la
discriminación laboral por motivo de sexo, es necesario una reforma de la
legislación laboral que posibilite la inversión de la “carga de la prueba” para
las denuncias de discriminación laboral por motivos de orientación u
identidad sexual.
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En la sociedad actual subsisten miedos y prejuicios en torno al hecho transexual y
homosexual. Sin duda este hecho viene en muchos casos ocasionado por la
ausencia de una educación sexual que permita educar en las diferentes realidades
sexuales. Es por ello necesario que se establezca una educación sexual que
incorpore todas las realidades del desarrollo sexual y que permita el pleno
desarrollo de la personalidad. La incorporación transversal de la realidad
homosexual y transexual en las diferentes disciplinas permitirá visibilizar y
normalizar esta situación. Sin duda una buena educación junto a la realización de
campañas de sensibilización social permitirá que en nuestro país los niveles de
conocimiento sobre la realidad homosexual y transexual aumenten y
consiguientemente conllevará una disminución significativa de los niveles de
rechazo social que aún subsisten en una parte de la sociedad española.
La transmisión de modelos positivos de la realidad gay, lesbiana y transexual
supone avanzar en este cambio que proponemos. Los medios de comunicación no
pueden ser utilizados como herramientas de difusión de la homofobia y la
transfobia. El tratamiento objetivo y adecuado de esta realidad y de la
diversidad y pluralidad de la sociedad española debe ser uno de los
elementos característicos de los medios de comunicación, convirtiendo a
estos en reflejo de la necesidad de un cambio de actitud en el tratamiento que esta
cuestión recibe por parte de los medios de comunicación generales.
Es necesario que desde partidos progresistas como el nuestro se inicie un camino
en la visibilidad de candidatos/as abiertamente gays, lesbianas o transexuales que
permita normalizar la vida política de nuestro país y contribuya a crear referentes
positivos para las personas gays, lesbianas y transexuales jóvenes. Al igual que
nuestro partido ha realizado una decidida apuesta en la participación de
responsabilidades públicas entre hombres y mujeres, debemos seguir avanzando
en la necesidad de que ésta participación refleje también la diversidad y
pluralidad de nuestra sociedad, que permita la existencia de referentes para
las minorías sexuales, étnicas y culturales que viven en nuestro país.
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ANEXOS I
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UNA HISTORIA NATURAL
A) Historia Natural de la Homosexualidad
La sexualidad es la construcción subjetiva y personal de la manera peculiar de ser
hombre o mujer, con las particularidades de esa sexuación, y a partir del
aprendizaje, la socialización, la cultura etc, que enriquecen a esa sexualidad.(con
deseos, fantasías, gestos, sentidos, etc). Para sintetizar hablamos de dos modos
de experimentarse sexuados: ser hombre o ser mujer. Hay al menos dos
direcciones en el deseo como seres sexuados: homosexual o heterosexual,
pudiendo considerar así mismo la orientación bisexual del deseo. La pulsión
sexual es un proceso dinámico que hace tender al organismo hacia un fin.
Si el inconsciente no es hetero ni homo-sexual sino que es deseo polisexual
queda claro que las tendencias u orientaciones sexuales exclusivas, sean las que
sean, son mutilaciones operadas por la represión de la cultura.
La Homosexualidad, sobre todo la masculina ha ido asociada a lo cultural con
palabras tales como: “pecado”, “delito”, “enfermedad” y por tanto, la actitud
antisocial, los errores científicos, mitos y falacias continúan en nuestra sociedad.
Esto hace que el trabajo a desarrollar sea doble: cultural y político
El machismo no puede dar cuenta de un sentimiento amoroso entre personas del
mismo sexo: el macho ama a la hembra como el sujeto ama las cosas de su
propiedad.
El modelo cultural imperante en nuestra sociedad es el patriarcal que divide a los
sexos en función de los roles sociales atribuidos a cada uno de ellos. Este modelo
patriarcal se reafirma en el Androcentrismo, adjudicándole al varón una serie de
características como la fuerza, la violencia, el poder, y la preponderancia sexual. Y
a las mujeres un papel secundario y subordinado, negándole su propia capacidad
sexual. El machismo es el exponente más claro de esa cultura patriarcal, que
subordina a las mujeres y estigmatiza la homosexualidad y la transexualidad a
través de los estereotipos. Estos se producen:
a) Confundiendo orientación sexual con la pertenencia a un genero de tal
manera que las personas homosexuales sean catalogadas o
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identificadas como afeminados en caso de ser hombres o marimachos
en caso de ser mujer.
b) Considerando la homosexualidad como una perversión, intentando
extender la creencia de que todos, todas o la mayoría de personas
homosexuales intentan mantener relaciones homosexuales con
menores;. Pretendiendo con ello presentarlos como corruptores y así
garantizar el rechazo de la población.
c) Presentando al homosexual como persona promiscua, condenable en
las personas homosexuales, lo admitido socialmente en las personas
heterosexuales.
d) Considerando desde posiciones seudocientíficas la homosexualidad
como enfermedad.
Para el sexólogo Jean Nicolas, “La manera de abordar la sexualidad desde el
ángulo de las relaciones sociales, determinadas históricamente por su sujeción a
las relaciones de producción dominantes en una época determinada”, no deja de
reflejar que la sexualidad es variable en función de las reglas que el poder
establece. La norma sexual burguesa y patriarcal niega la sexualidad femenina,
rechaza la homosexualidad y niega la sexualidad infantil, del/la adolescente, y de
las personas mayores. Siguiendo el discurso del mismo autor en su libro, la
cuestión homosexual, dice ”La inculcación de esa norma sexual se opera sobre
todo en el sexo en las tres instituciones encargadas de la educación de los
individuos: la familia, la escuela y la Iglesia”.
Existe en nuestra cultura judeocristiana un “tabú anti homosexual” (negación del
componente homosexual del deseo) y una discriminación con respecto a los
homosexuales fuera del cuerpo social (“desviados”, “anormales”, “enfermos”,
“viciosos”, “promiscuos”) y una negación de la homosexualidad latente.
Todo esto conlleva la gran dificultad que las/los adolescentes y jóvenes tienen
para poder tener una identificación homosexual natural, dado que nuestras
estructuras sociales siguen sin permitir que se puedan reconocer en los modelos
sociales imperantes.
Los problemas de adaptación a la vida sexual homoerótica pueden ser los
primeros síntomas que reflejan que socialmente, se sigue viendo la
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homosexualidad masculina y femenina con un grado de valor distinto de la
orientación sexual heterosexual.
Es a partir del S.XIX cuando la “ciencia médica” crea la etiqueta social de la
homosexualidad. Para Freud “ el atractivo hacia el sexo contrario no es más
natural ni espontáneo que el atractivo hacia el propio sexo”, (la reducción del
deseo a un único componente, el heterosexual, es un producto de la normalización
de la sexualidad por la ideología burguesa, que tiende a modelar a través de la
educación y de los modelos culturales a unos individuos más aptos que otros para
cumplir su función social dentro de la norma de la familia monogámica y
patriarcal). Para Foucault el sodomita se reúne en la exclusión social con el “loco”,
“el mendigo”, “el que padece enfermedad venérea”, “el hijo pródigo”, “el ateo”, es
decir con todas aquellas personas que, de una forma u otra, se oponen a la razón
y la norma burguesa. Fue el sexólogo Henry Havelock Ellis (1859-1939) quien
prescindió de la teoría de la “degeneración” para explicar la homosexualidad;
declarando que degeneración era un término que amenazaba con “desaparecer”
de la terminología científica para convertirse en un mero término de “insulto
literario y periodístico” En este sentido, ya es hora de poder re-significar la
orientación sexual, desde la “ciencia”, Dado que el D.S.M. III- IV, ha eliminado la
patología asociada a la orientación homoerótica, ya sea masculina o femenina, per
se, cualquier tratamiento académico de ésta como enfermedad es acientífico.
La homosexualidad femenina o lesbianismo no se incorpora en esta etapa, al igual
que la sexualidad femenina en su vertiente heterosexual. A lo largo de los S.XVIII
y XIX el único papel o rol desempeñado por las mujeres, en su gran mayoría, ha
sido la maternidad, negando su faceta de mujer sexuada y activa. La moral
burguesa imperante dicta normas sociales, y como dice Francis Mrk Mondimore,
en su libro, Una historia natural de la homosexualidad, “las mujeres
especialmente, las de clase media y alta, no eran sexuales por naturaleza, sino
que tal como dijo un historiador, amaban sin sentir deseo sexual, eran moralmente
puras, desinteresadas, benévolas y sacrificadas. El ideal femenino Victoriano era
la mujer sentimental: amante pero pura, emocionalmente apasionada pero casta.
El deseo sexual en la época Victoriana es predominantemente masculino y por
ello las mujeres, excepto las lascivas, no tenían apetito sexual. Esta represión,
podía haber fomentado la expresión de los sentimientos lesbianos entre las
mujeres de orientación homoerótica, en especial porque estos vínculos
emocionales, socialmente no se estigmatizaban ni se desalentaban, dado que los
varones de la época pensaban y todavía hoy, siguen muchos pensando, que las
relaciones de afecto entre las mujeres son refinadas y puras, inocentes y
encantadoras y absolutamente carentes de connotación sexual, negando una vez
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más en la mujer su sexualidad y por supuesto, su orientación sexual homoerótica
o lésbica.
Las mujeres que se identificaban como lesbianas, a diferencia de los varones
homosexuales, no abogaban por la aceptación social de su homosexualidad. Por
el contrario en general confinaban sus esfuerzos a objetivos como encabezar
movimientos de reforma social destinados a mejorar la vida de la gente
necesitada, especialmente, las mujeres y los niños pobres. De ahí que muchos
hombres, han identificado el feminismo como sinónimo de lesbianismo.
En 1919 el médico, sexólogo y reformador sexual Magnus Hirschfeld realiza un
deseo que ya tenía desde mucho atrás. El seis de julio de ese año abre el primer
Instituto de Sexología del mundo en el palacio de Hatzfeld, en Berlín-Tiergarten.
Políticamente el Instituto procede de los movimientos de reforma de la época de
Weimar, científicamente surge en relación con las explicaciones biomédicas de la
sexualidad humana. La fundación del Instituto constituye una de las primeras
tentativas de establecer una ciencia sexual. En el Instituto de Sexología trabajaron
más de cuarenta personas en ámbitos muy diversos: en la investigación, en la
consulta sexual, en el tratamiento de enfermedades venéreas y en la información
sexual popular. El Comité Científico-humanitario (la primera organización
homosexual) y la Liga Mundial para la Reforma Sexual tenían allí su sede.
Denunciado como judío, social-demócrata e inmoral, el Instituto fue saqueado y
cerrado en 1933 por los nacionalsocialistas. Hirschfeld tuvo que ver en un cine
parisino la quema de sus libros en la Plaza de la Opera de Berlín. El edificio fue
bombardeado en 1943 y desde entonces el Instituto cayó en el olvido...
Aunque hay pocos datos, se calcula entre 500.000 y 1.000.000 los homosexuales
exterminados físicamente hace poco más de 50 años por los nazis. Estos, al igual
que la población gitana, no ha visto reconocida aún este exterminio al mismo nivel
que el resto, ni los supervivientes han sido recompensados y reconocidos. En la
antigua República Federal de Alemania, por ejemplo, entre 1953 y 1965 se estuvo
encarcelando por homosexualidad, con condenas de hasta seis años, a
sobrevivientes de los campos de exterminio nazis.
El 28 de Junio de 1969 se inicia un movimiento de liberación para los que
“entienden”. Tras varios días de revueltas callejeras en la que homosexuales y
transexuales, hartos del continuo hostigamiento policial, dicen basta. Estos hecho
se producen en el barrio neoyorkino de Grenwich Village, en el conocido pub
Stonewall. En este día se crea el Gay Liberation Front, el inicio del Movimiento de
Liberación Gay actual. Se inicia la lucha por la liberación de la homosexualidad.
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B) Historia Natural de la Transexualidad
Puede constatarse que la transexualidad o la transgenericidad es un hecho
remotísimo, que ha atravesado numerosas culturas, y que por tanto debe
atribuirse a la estructura misma del ser humano. Se encuentra ya en sociedades
de cazadores, con técnicas neolíticas, como los aborígenes de Siberia o los indios
americanos. Muy significativo es que, entre aquéllos, se considera como un signo
de predilección de las fuerzas espirituales, que lleva a asociar transgenericidad y
chamanismo. Por tanto, no sólo ninguna discriminación, sino más bien respeto por
el misterio.
Entre los amerindios, la transgenericidad estaba casi universalmente difundida,
desde los pueblos de las praderas hasta las altas civilizaciones centroamericanas.
Con un carácter más secular, simplemente era explicada por un sueño; la persona
transgenérica, masculinizante o feminizante, se incorporaba a su género
literalmente soñado y se casaba heterogenéricamente: alcanzaba el status de
guerrero o se dedicaba a las ocupaciones de mujer.
Entre las civilizaciones urbanas, se encuentra una transexualidad, ya definida, en
la India o en el antiguo Mediterráneo. En ambos casos, se practicaba ya una
amputación de genitales, por medios que no, por traumáticos, eran menos
aceptados por las personas que a ellos recurrían, permitiendo corroborar con
nitidez la intensidad de la voluntad transexual.
Gracias a la continuidad cultural de la India, las hijras siguen existiendo hoy día;
están tradicionalmente socializadas y protegidas, aunque sea en condiciones de
marginalidad. Emasculadas sin anestesia y con un simple cuchillo, su
convalecencia es realmente cuestión de vida o muerte, expuestas a cualquier
infección y a terribles dolores. Sin embargo, acuden a sus hermanas a pedir ese
don. Viven en pequeñas comunidades, casi conventuales como dedicadas a la
diosa, bajo la custodia de una de ellas de mayor edad, y se ganan la vida en el
servicio doméstico o la prostitución, y con sus ingresos rituales, ya que se
considera que transmiten fortuna a los casados o a los recién nacidos, por lo que
son invitadas a los matrimonios y nacimientos. Por la calle caminan entre el
respeto general, acercándose continuamente los viandantes a pedirles una
imposición de manos o la bendición.
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En el antiguo Mediterráneo, existían las galas, sacerdotisas transexualizadas de
Cibeles, la Gran Madre de Frigia, que llegó a ser una de las diosas primeras del
Imperio Romano. Una experiencia orgiástica, casi inconsciente, explicaba su
iniciación, cuando en las festividades de la Gran Madre se emasculaban a sí
mismas.
El triunfo de la moral yahvista suprimió durante un milenio y medio de nuestro
ambiente cultural cualquier reconocimiento público de estas manifestaciones,
relegadas a la más absoluta clandestinidad, unida personalmente a pavorosos
sentimientos de culpa, o incluso a las llamas de las hogueras inquisitoriales.
Apenas si se recuerdan los nombres, en la alta sociedad francesa, más libre, del
Caballero d'Éon y del Abate de Choisy, y en la tradición española, el de un
aventurero por la Península y las Indias como Antonio de Erauso, transgenérico
masculino. El Islam, si no como moral, en lo que heredó la intransigencia de estos
presupuestos, sí como cuerpo social, fue de hecho más tolerante. En el siglo XVI
murió en Granada la última persona que vivía públicamente como transgenérica.
Cuando en los siglos contemporáneos comenzó a emerger el pensamiento libre, la
oscuridad era tal que ni las propias personas que tenían una orientación o una
identidad sexual distintas de las ortodoxas, ni los primeros investigadores sabían
distinguir estos hechos. Se hablaba de "inversión sexual", se creía que eran lo
mismo lo que después se ha llamado homosexualidad y transexualidad. Por esta
razón, muchos hitos de la naciente sexología son comunes: el alemán Magnus
Hirschfeld, creador del término "transvestismo", en su libro "Die Transvestiten", de
1910, el norteamericano Havelock Ellis.
En los años veinte, el Dr. Benjamin realizó uno de los primeros tratamientos
hormonales a una persona que hoy definiríamos como trangenérica o transexual.
En 1931, en los tiempos de la República de Weimar, en Alemania, tuvo lugar la
primera o una de las primeras operaciones quirúrgicas de cambio de sexo, a la
que se atrevió una joven pintora, Lili Elbe, que poco después falleció en un
prematuro intento de creación de vagina. De nuevo en 1931, en 1947, dos veces
en 1950 y una en 1952, se conocen otros casos de creación de neovaginas, hasta
que Christine Jorgensen, operada en Dinamarca por el Dr. Hamburger, entre 1951
y 1954, alcanzó notoriedad mundial y su caso disparó las técnicas y demandas
quirúrgicas de la transexualidad contemporánea.
Poco después, en 1953, el doctor Harry Benjamin, en un artículo publicado en el
International Journal of Sexology, "Transvestism and Transsexualism", acuñó
científicamente este término, creado por el divulgador médico Dr. David Cauldwell,
en 1950. Desde entonces, se independiza una sexología de la transexualidad, que
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más recientemente ha empezado a distinguir también el concepto de
transgenericidad. Nombres como Money, Green, Gooren, son esenciales en estos
debates. La separación consciente y reivindicativa de transvestismo y
transexualidad por un lado y homosexualidad por otro, se debe a Charles
"Virginia" Prince, en 1957. Actualmente, se conocen efectivamente tres actitudes
en cuanto a la identidad de género o identidad sexual, que se conocen con los
nombres de transvestismo, transgenericidad y transexualidad (TV, TG y TS).
La Facultad de Ciencias de la Educación de la Universidad de Granada está a
punto de acoger los estudios sobre transexualidad, quizás por primera vez en
España.
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ANEXO II
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Resolución sobre la igualdad de derechos de los homosexuales y las
lesbianas en la Comunidad Europea.
(Resolución A-0028/94 del 8 de febrero de 1994, D.O.C. 28.02.94)
El Parlamento Europeo,
Vistas las propuestas de resolución presentadas por los diputados:
Blak y Jensen, sobre la discriminación en relación con la libre circulación (B0844/92),
Bettini y otros, sobre el reconocimiento de las uniones civiles para las parejas
formas por individuos del mismo sexo (B3-1079/92),
Lomas, sobre derechos civiles de los homosexuales y de las lesbianas (B·1186/93),
Vista su Resolución de 13 de marzo de 1984 sobre la discriminación en el lugar de
trabajo (D.O.C. 16.04.84),
Vista su Resolución legislativa de 15 de mayo de 1991, sobre un plan de acción en
el marco del programa "Europa contra el SIDA" para 1991-1993 (D.O.C. 17.06.91),
Vistas sus recomendaciones relativas al acoso sexual en el lugar de trabajo y las
correspondientes disposiciones para la protección de las lesbianas y los
homosexuales,
Visto el informe de la Comisión ("Homosexuality, A Community Issue") sobre las
repercusiones de la realización del mercado interior para las lesbianas y los
homosexuales,
Vista su Resolución de 8 de julio de 1992, sobre una Carta Europea de Derechos
del Niño (D.O.C. 21.09.92),
Vistas las disposiciones jurídicas discriminatorias para las lesbianas y los
homosexuales que todavía subsisten en algunos Estados miembros,
Visto el proyecto de directiva para lucha contra la discriminación por razones de
orientación sexual en el ámbito laboral y otros ámbitos jurídicos, elaborada por la
Federación de homosexuales de Alemania (Schwulenverband - SVD),
Vista la legislación sobre "parejas registradas" en Dinamarca y otras disposiciones
antidiscriminatorias para las personas homosexuales,
Visto el artículo 28 de la Ley de Administración Local (Local Goverment Act) del
Reino Unido,
Visto el artículo 45 de su Reglamento,
Visto el Informe de la Comisión de Libertades Públicas y de Asuntos Interiores
(A3-0028/94),
Considerando su postura a favor de la igualdad de trato para todos los ciudadanos
y ciudadanas, independientemente de su orientación sexual,
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Considerando la creciente presencia de las lesbianas y de los homosexuales en la
opinión pública y la creciente pluralización de los estilos de vida,
Considerando, no obstante, que en muchos ámbitos sociales y a menudo desde el
inicio de la adolescencia las lesbianas y los homosexuales están expuestos a
bromas humillantes, intimidaciones, discriminaciones e incluso agresiones.
Considerando que los cambios sociales exigen en muchos Estados miembros una
correspondiente adaptación de las disposiciones civiles, penales y administrativas
en vigor para poner fin a las discriminaciones por razones de orientación sexual y
que algunos Estados miembros ya han realizado dichas adaptaciones.
Considerando que la aplicación por los Estados miembros de disposiciones
discriminatorias en sectores bajo jurisdicción comunitaria vulnera los principios
fundamentales de los Tratados comunitarios y del Acta Única, en particular, en el
ámbito de la libre circulación de personas conforme al artículo 3 del Tratado CE,
Considerando la responsabilidad específica de la Comunidad Europea, en el
marco de sus actividades y sus competencias, en lo que atañe a la igualdad de
trato para todos los ciudadanos y ciudadanas, con independencia de su
orientación sexual,
Reflexiones generales
1. Reitera su convicción de que todos los ciudadanos y ciudadanas tienen
derecho a un trato idéntico, con independencia de su orientación sexual;
2. Estima que la Comunidad Europea está obligada a velar por la aplicación
del principio de la igualdad de trato con independencia de la orientación
sexual de las personas en las disposiciones jurídicas ya adoptadas o por
adoptar;
3. Expresa, además, su convicción de que la protección de los derechos
humanos debe cobrar mayor relieve en los Tratados comunitarios y pide,
por lo tanto, a las instituciones de la Comunidad que, en el marco de la
reforma institucional prevista para 1996, preparen la creación de una
organización europea encargada de velar por la igualdad de trato
independientemente de nacionalidad, credo religioso, pigmentación de la
piel, sexo, orientación sexual o demás diferencias;
4. Pide a la Comisión y al Consejo que, como primer paso para reformar la
protección de los derechos humanos, hagan efectiva la adhesión al
Convenio Europeo para la Protección de los Derechos Humanos, prevista
en el programa de trabajo de la Comunidad de 1990.
A los estados miembros
5. Pide a los Estados miembros que supriman todas las disposiciones
jurídicas que criminalizan y discriminan las relaciones sexuales entre
personas del mismo sexo;
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6. Pide que las limitaciones de edad con fines de protección sean idénticas en
las relaciones homosexuales y heterosexuales;
7. Pide que se ponga fin al trato desigual de las personas de orientación
homosexual en las disposiciones jurídicas y administrativas;
8. Hace un llamamiento al Reino Unido para que suspenda las disposiciones
discriminatorias encaminadas a contener la presunta propagación de la
homosexualidad, restableciendo así, en relación con el tema de la
homosexualidad, las libertades en materia de opinión, prensa, información,
ciencia y arte para los ciudadanos homosexuales y pide a todos los Estados
miembros que, en el futuro, respeten estos derechos a la libertad de
expresión;
9. Pide a los Estados miembros que, en cooperación con las organizaciones
nacionales de lesbianas y homosexuales, adopten medidas y realicen
campañas contra las crecientes agresiones de que son objeto las personas
homosexuales y que garanticen el procesamiento de los autores de estas
agresiones;
10. Pide a los Estados miembros que, en cooperación con las organizaciones
nacionales de lesbianas y homosexuales, adopten medidas y realicen
campañas contra cualquier tipo de discriminación social en contra de los
homosexuales.
11. Recomienda a los Estados miembros que adopten medidas para garantizar
que las organizaciones sociales y culturales de mujeres y hombres
homosexuales tengan acceso a los fondos nacionales en las mismas
condiciones que otras organizaciones sociales y culturales, que sus
solicitudes se juzguen de conformidad con los mismos criterios que las
solicitudes procedentes de otras organizaciones y que no se les perjudique
por el hecho de ser organizaciones de mujeres y hombres homosexuales;
A la Comisión de la Comunidad Europea
12. Pide a la Comisión que presente una propuesta de recomendación sobre la
igualdad de derechos de las lesbianas y de los homosexuales;
13. Considera que la base de la recomendación debería ser la igualdad de trato
de todos los ciudadanos comunitarios, con independencia de su orientación
sexual, y el final de todas las formas de discriminación jurídica basada en la
orientación sexual; pide a la Comisión que presente un informe al
Parlamento, a intervalos de cinco años, sobre la situación de las personas
homosexuales en la Comunidad;
14. Opina que la recomendación debería, como mínimo, tratar de poner fin:
 A la existencia de edades distintas y discriminatorias para el consentimiento
necesario para mantener relaciones homosexuales.
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




A la persecución de la homosexualidad como un atentado contra el orden
público o las buenas costumbres.
A toda forma de discriminación en el derecho laboral y relativo a los
servicios públicos y a la discriminación en el derecho penal, civil,
contractual y comercial.
Al almacenamiento electrónico de datos relativos a la orientación sexual de
un individuo sin su conocimiento y consentimiento, o a la divulgación no
autorizada o al uso indebido de dichos datos.
A la prohibición de contraer matrimonio o de acceder a regímenes jurídicos
equivalentes a las parejas de lesbianas o de homosexuales; la
recomendación debería garantizar los plenos derechos y beneficios del
matrimonio, permitiendo la inscripción de la convivencia;
A toda restricción de los derechos de las lesbianas y de los homosexuales a
ser padres, a adoptar o a criar niños;
1. Pide a la Comisión que, en línea con el dictamen del Parlamento de 19 de
noviembre de 1993 sobre la propuesta de reglamento por el que se
modifica el Estatuto de los funcionarios así como el régimen aplicable a los
otros agentes de las Comunidades en materia de igualdad de trato entre
hombres y mujeres, inicie la lucha contra cualquier discriminación basada
en la orientación sexual en su propia política de personal;
2. Encarga a su Presidente que transmita la presente Resolución al Consejo,
a la Comisión, a los Gobiernos y Parlamentos de los Estados miembros y
de los países candidatos a la adhesión.
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