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ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
17ma. Asamblea
Legislativa
2da. Sesión
Ordinaria
CÁMARA DE REPRESENTANTES
R. C. de la C. 407
17 DE OCTUBRE DE 2013
Presentada por los representantes Hernández Montañez y Perelló Borrás
Referida a la Comisión de Hacienda y Presupuesto
RESOLUCIÓN CONJUNTA
Para reasignar a la Compañía de Comercio y Exportación de Puerto Rico la cantidad de
cuatro millones quinientos setenta y un mil quinientos cincuenta y nueve
(4,571,559) dólares, provenientes de los sobrantes disponibles: del inciso 1, del
apartado A, de la Sección 1 de la Resolución Conjunta Núm. 196-2005; de los
incisos (i), (iii) del acápite (6) Compañía de Comercio y Exportación del apartado
A, de la Sección 1 de la Resolución Conjunta Núm. 158-2006; de los párrafos 1, 2
y 3 del acápite Compañía de Comercio y Exportación del apartado B, y de otros
sobrantes de la Sección 1 Resolución Conjunta Núm. 87-2007; y del párrafo 1 del
acápite de Compañía de Comercio y Exportación del apartado B, de la Sección 1
de la Resolución Conjunta Núm. 56-2008; para utilizar en programas de la
Compañía de Comercio y Exportación, enfocados en la creación de empleos y el
fortalecimiento del desarrollo económico local; autorizar el traspaso de fondos; y
para autorizar el pareo de los fondos reasignados.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Esta Asamblea Legislativa tiene el propósito de continuar trabajando con el
compromiso del Gobernador en la creación de 50 mil empleos en 18 meses, y a su vez,
fortalecer e incentivar nuestra economía local.
La intención de esta pieza legislativa, tiene el propósito de reprogramar los
sobrantes de fondos pertenecientes a gastos administrativos directamente relacionados
a los programas de la Compañía de Comercio y Exportación para comenzar
2
inmediatamente a incentivar nuestra economía a través de la creación de empleos y
ayudar a la pequeña y mediana empresa (PYME), a reinsertarse en la economía local.
RESUÉLVESE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
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Sección 1.-Se reasigna a la Compañía de Comercio y Exportación de Puerto Rico
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la cantidad de cuatro millones quinientos setenta y un mil quinientos cincuenta y nueve
3
(4,571,559) dólares, provenientes de los sobrantes disponibles: por la cantidad de ciento
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setenta mil sesenta y seis (170,066) dólares, del inciso 1, del apartado A, de la Sección 1
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de la Resolución Conjunta Núm. 196-2005; por la cantidad de doscientos mil (200,000)
6
dólares, del inciso (i) y por la cantidad de ciento ochenta mil seiscientos veinticinco
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(180,625) dólares, del inciso (iii), del acápite (6) Compañía de Comercio y Exportación,
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del apartado A, de la Sección 1 de la Resolución Conjunta Núm. 158-2006; y por la
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cantidad de seiscientos sesenta y cinco mil ochocientos noventa y nueve (665,899)
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dólares, del párrafo 1, por la cantidad de quinientos diecisiete mil ciento sesenta y
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nueve (517,169) dólares, del párrafo 2, por la cantidad de quinientos mil (500,000)
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dólares, del párrafo 3, del acápite Compañía de Comercio y Exportación, del apartado
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B, y de otros sobrantes por la cantidad de un millón trescientos treinta y tres mil
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ochocientos (1,337,800) dólares, de la Sección 1 Resolución Conjunta Núm. 87-2007; y
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por la cantidad de un millón (1,000,000) de dólares, del párrafo 1 del acápite de
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Compañía de Comercio y Exportación del apartado B, de la Sección 1 de la Resolución
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Conjunta Núm. 56-2008; para utilizar en programas de la Compañía de Comercio y
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Exportación, enfocados en la creación de empleos y el fortalecimiento del desarrollo
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económico local.
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1
2
3
4
Sección 2.-Se autoriza el pareo de los fondos reasignados con aportaciones
particulares, estatales, municipales y/o federales.
Sección 3.-Esta Resolución Conjunta comenzará a regir inmediatamente después
de su aprobación.