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Convención Constituyente
Provincia de Corrientes
DESPACHO GENERAL Nº 67.DICTAMEN DE LA MINORÍA.EXPEDIENTE Nº 142/07 y acumulados .COMISION DE REDACCION:
La Comisión de trabajo de
PACTO CORRENTINO DE CRECIMIENTO ha considerado los
Expedientes Nros: 142, 212, 213, 214, 215, 216, 217, 235, 236, 237,
297, 310, 323, 327, 335, 350, 356 caratulados: “PACTO
CORRENTINO DE CRECIMIENTO”.Analizado y debatido que fuera, por
los fundamentos expuestos y/o los que expondrá el señor
Convencional Constituyente, designado como miembro informante, os
aconsejamos prestéis conformidad al presente dictamen general en
los siguientes términos:
LA CONVENCION CONSTITUYENTE
DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, SANCIONA CON FUERZA
DE
R E F O R M A
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
“Pacto correntino para el crecimiento”
“POLITICAS DE ESTADO PARA LAS BASES DEL CRECIMIENTO
ECONOMICO Y DESARROLLO SOCIAL”
El Pacto Correntino para el Crecimiento es el Acuerdo de los
sectores políticos y sociales que se comprometen a respetar y
hacer respetar las políticas de Estado establecidas en esta
Constitución.
El desarrollo de la Provincia deberá ser integral, para el logro de
mejores condiciones de vida.
PRODUCCION
La provincia organizará su espacio productivo, asignando prioridades
y definiendo especializaciones, desde la base física de sus recursos
naturales, las estructuras socio-demográficas de las microregiones,
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las estructuras productivas, los servicios institucionales disponibles,
las redes de mercados de acceso, las condiciones de la
comercialización industrial, los medios de transporte, los accesos al
comercio exterior, los niveles de productividad, rentabilidad y
competitividad de las empresas y explotaciones.
Para ello debe disponer de mapas, con las potencialidades de
producción debidamente especializadas, para cada uno de los
principales sectores de actividad, como agricultura, ganadería,
agroindustrias, industrias, minería, explotación forestal, acuicultura,
floricultura, biocombustibles, turismo, artesanías, servicios de alta
tecnología y servicios sociales, entre otras actividades productivas
actuales o potenciales, con la mayor elaboración posible en el lugar
de explotación, y compatible con la sustentabilidad de los recursos
naturales.
Se promoverá la competitividad de la Provincia, incrementando y
diversificando las exportaciones, para integrarla en la economía
global, estimulando la inversión privada y la libre competencia según
las reglas del mercado.
Será prioritaria la instalación de Parques industriales y tecnológicos,
centros de investigación y desarrollo, corredores productivos,
incubadoras de Pymes, y toda otra forma de promoción de la
actividad económica, con beneficios crediticios, impositivos y la
acción del Estado en general.
Será de interés provincial el agregado de valor a la producción
correntina, así como la creación de más empleo decente, para
disminuir los actuales índices de desempleo, subocupación y empleo
no registrado, teniendo como política de Estado el desarrollo integral
de la persona sustentado en la Justicia Social.
Se establecerán estrategias de promoción crediticia e impositiva para
que la tierra sea un bien de producción social, promoviendo la
creación de centros de servicios rurales que faciliten el arraigo de las
familias en el campo.
EDUCACION
La educación y el conocimiento serán clave en la estrategia de
desarrollo provincial, constituyendo un bien público y un derecho
personal y social garantizado por el Estado.
Se proveerá una educación integral, permanente y de calidad para el
pueblo de la Provincia, garantizando la igualdad, gratuidad y equidad
en el ejercicio de este derecho, con la participación de los municipios,
las confesiones religiosas reconocidas oficialmente, las organizaciones
sociales, gremiales y la familia.
Se construirá una fuerte vinculación del sistema educativo, formal y
no formal, con el mundo del trabajo y de la producción, recuperando
la cultura del esfuerzo.
Se apoyará la educación rural en todas sus formas organizativas.
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Será obligatoria la enseñanza de las realidades y potencialidades de
la Provincia, así como la de su historia, geografía y Constitución, en
los establecimientos educativos de gestión oficial o privada.
SALUD
La salud es un derecho básico e inalienable del ser humano.
El Estado será garante natural para que ese derecho sea ejercido por
el Pueblo.
El Estado provincial será el responsable de la política de salud,
conductor y planificador estratégico del sistema de salud provincial,
como así también normatizador y fiscalizador, articulando los roles de
los distintos actores sociales y recursos del sector, incluidas las Obras
Sociales nacionales, provinciales, sindicales y privadas.
Será también responsable de la administración de la red pública de
servicios de salud, sin perjuicio de la descentralización que se
establezca hacia los niveles locales, así como de la ejecución de
programas y acciones con apoyo nacional, promoviendo la
participación de la sociedad para el logro de la excelencia en la
atención de la salud.
Se apoyará la iniciativa privada, en tanto contribuya a los objetivos
generales del sistema de salud, y también el resguardo por el sentido
y la función social de los recursos destinados al sector.
Será de interés provincial la prevención y disminución de las
conductas adictivas, especialmente en niños y jóvenes, con la
creación de centros públicos de educación que los protejan y
amparen, con actividades deportivas multidisciplinarias.
SEGURIDAD
El Estado provincial garantizará a la población las condiciones de
seguridad de su vida y bienes, con énfasis en la prevención, la
participación ciudadana, y la erradicación de las causas de la violencia
social, asegurando la irrestricta vigencia de las libertades públicas y
la plena observancia de los derechos y garantías individuales, y
buscando la erradicación del delito y todo flagelo que atente contra la
tranquilidad social.
En la represión de los delitos y la privación de libertad de las
personas encausadas, deberán respetarse los derechos humanos,
promoviendo la rehabilitación y la reinserción social, con especial
atención a los jóvenes.
El Poder Judicial, mediante procedimientos ágiles y oportunos,
aplicará la ley sin discriminación social o económica, implementando
acciones concretas que garanticen la accesibilidad del servicio de
justicia a los sectores de escasos recursos económicos.
Se promoverá la mediación judicial o comunitaria, y la participación
social en la resolución de los conflictos.
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La seguridad en la circulación vial será prioridad. Para ello deberán
aplicarse políticas específicas, con participación municipal y nacional,
para lograr que disminuyan los índices provinciales de accidentes,
muertes, lesiones y daños materiales.
Las escuelas y/o institutos de formación de aspirantes y cuadros para
el personal policial de guardiacárceles, y otros de creación futura,
deberán adecuar sus programas de estudios teórico-prácticos a las
nuevas técnicas de prevención y de política criminal, además de
moral, ética respecto de los fundamentales derechos humanos, de
acuerdo al sistema democrático vigente en toda la nación. Se
promoverá la creación de la policía científica.
SERVICIOS PUBLICOS
Los servicios públicos pertenecen al Estado provincial.
Solo podrán darse en concesión por licitación pública, y estarán
sujetos al control estatal, de los consumidores y trabajadores
involucrados, en el cumplimiento de las condiciones contractuales, de
las inversiones comprometidas, y la fijación de tarifas.
La energía como fuente de la producción será pública, y su servicio
tendrá la finalidad de promocionar, estimular, promover la producción
de bienes y servicios que sostengan la economía local.
Será prioritario el desarrollo de los biocombustibles, el acceso masivo
a la electricidad y la difusión del gas natural con calidad y tarifas
razonables. El aprovechamiento hidroeléctrico, además de las regalías
correspondientes, deberá significar mejoras actuales y futuras a las
potencialidades productivas y a la calidad de vida de la población.
TRANSPORTE
Se realizará un Plan de transporte provincial, con prioridad en
rescatar lo fluvial y ferroviario, desarrollando al efecto proyectos de
nuevos puertos en los lugares que lo justifiquen, con una red
ferroviaria y de rutas camineras integradas en un concepto de
multimodalidad.
La infraestructura aeronáutica provincial existente y futura se
integrará a dicho Plan.
Las obras de puentes y conexiones interprovinciales e internacionales
que se realicen, deberán equilibrar la necesidad de los grandes flujos
globalizados con los intereses concretos de la Provincia.
La construcción, reparación y mantenimiento de rutas y caminos
deberán priorizar el acceso a centros de producción y consumo, con
misión colonizadora y unificadora del territorio provincial.
COMUNICACIONES Y NUEVAS TECNOLOGIAS
El Estado fortalecerá la capacidad provincial para generar y utilizar
conocimientos científicos y tecnológicos para el desarrollo de los
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recursos humanos, mejorar la gestión de los recursos naturales y la
competitividad de las empresas.
La modernización y adecuación constante de la infraestructura de
información y comunicación será una prioridad, promoviendo las
inversiones y el desarrollo de la industria del software y las nuevas
tecnologías.
El Estado provincial y los municipios deberán implementar acciones
concretas que permitan la difusión y acceso masivo a toda la
población de las tecnologías de la información y comunicación,
reduciendo progresivamente la brecha digital, realizando al efecto las
inversiones en equipamiento y capacitación que sean necesarios,
especialmente con destino a los sectores más vulnerables de la
población.
INTEGRACION REGIONAL
El Estado provincial deberá establecer estrategias de integración y
complementación con la Región Norte Grande, Mesopotamia y
Centro, preferentemente, además de la inserción en el Mercado
Común del Sur y las entidades supranacionales que sean
convenientes, a fin de enfrentar en forma conjunta los desafíos para
lograr comunidades más desarrolladas, justas e integradas.
SISTEMA PROVINCIAL DE PLANIFICACION
La visión del desarrollo económico y social como construcción de la
acción plural y coordinada, donde el impulso estatal es orientador,
impone la necesidad de crear un sistema de planificación innovador
en la estructura del Estado provincial.
Esta estructura, responsable de la planificación, se denominará
SISTEMA PROVINCIAL DE PLANIFICACION, y contará con un órgano
ejecutivo y un órgano asesor.
Su función será la de asesorar y contribuir en la formulación de
planes y proyectos para el cumplimiento de las políticas de Estado,
facilitando su ejecución, monitoreo y evaluación, conforme una matriz
de planificación y formatos de vínculo interinstitucional entre los
actores claves: Estado provincial, municipios, sectores productivos,
laborales, del mundo académico y sociedad civil.
La participación de actores ajenos al Gobierno Provincial en los
órganos de consulta se orienta a mejorar la gobernabilidad, por lo
que se considera oportuno crear dentro del ámbito del SISTEMA
PROVINCIAL DE PLANIFICACION un órgano con facultades para
sugerir líneas de acciones sectoriales y globales.
La instancia de participación ciudadana en todo el territorio provincial
se dará por medio del sistema de Consejos de Crecimiento Económico
y Desarrollo Social.
El Consejo de Crecimiento Económico y Desarrollo Social, como
órgano asesor del Sistema Provincial de Planificación, se constituirá
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por un organismo provincial y delegaciones en las microrregiones
territoriales.
Estará conformado por entidades civiles sin fines de lucro que nucleen
a los sectores de la producción, de la economía, del turismo, de la
comunicación social, de la cultura, del comercio, del trabajo, de la
comunidad académica, Legisladores de las fuerzas políticas de ambas
Cámaras de la provincia y autoridades municipales.
La Ley respectiva determinará su constitución y funcionamiento.
El Estado se compromete a brindar especial atención al fomento de
mejores prácticas de planificación y programación, incluyendo la
articulación de éstas con las leyes de Presupuesto.
Se creará por Ley un Fondo de inversión y desarrollo social, con el
objeto de promover acciones de inclusión social y reducción de la
pobreza en todo el territorio provincial, cuya administración estará a
cargo del Consejo de Crecimiento Económico y Desarrollo Social.
DADO en la Sala de Comisiones de la Convención Constituyente de la
Provincia de Corrientes, a los treinta días del mes de abril del año dos
mil siete.
FIRMADO:
CC CARLOS GUSTAVO RUBÍN
PROSECRETARÍA DE COMISIONES,
CORRIENTES, 30 de abril de 2007.-
Jorge Manuel Picchio
Prosecretario de Comisiones
Convención Constituyente