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ÓPTICA (datos) ................................................................
PROCEDIMIENTOS NORMALIZADOS
PROCEDIMIENTO DE MONTAJE Y/O ADAPTACIÓN
CÓDIGO : PN/O/PS/001/09
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PROCEDIMIENTO ADAPTACIÓN PRÓTESIS OCULARES
ÍNDICE
1.Objetivo
2.Responsabilidad de aplicación y alcance
3.Definiciones
4.Descripción
5.Registros
6.Anexo- ficha paciente
Redacto por :
Revisado por :
Aprobado por :
Firmado por :
Modelo de PNT ELABORADO por la 1ª DELEGACIÓN REGIONAL DEL C.N.O.O. y SUPERVISADO por la
DIRECCIÓN GENERAL DE FARMACIA Y PRODUCTOS SANITARIOS DE LA C.A.M. conforme a lo dispuesto en el
artículo 13.4 del DECRETO 14/2003 de 13 de febrero de CONSEJO DE GOBIERNO DE LA C.A.M.
ADAPTACIÓN DE PRÓTESIS OCULARES
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Procedimientos relacionados: PG/003-006-008-009
1. OBJETIVO
Establecer las pautas básicas a seguir en la adaptación de una prótesis ocular.
2. RESPONSABILIDAD DE APLICACIÓN Y ALCANCE
El Director Técnico Óptico-Optometrista, de cada establecimiento, ejecutará directamente o
supervisará la adaptación individualizada de la prótesis ocular.
3. DEFINICIONES
Producto sanitario, que requiere adaptación individualizada, destinado a compensar
estéticamente la falta total o parcial del ojo.
4. DESCRIPCIÓN
4.1 Además de las pruebas que cada profesional estime oportuno, se recomienda, con carácter
básico,
4.2
4.3
4.4
4.5
4.6
medida de la prótesis según necesidades apreciadas en la cavidad ocular
igualar la esclera (color y vascularización)
igualar el diámetro pupilar
igualar el color del iris
adaptación de la prótesis (últimos retoque, si fuera preciso)
5. REGISTRO
Bajo supervisión del Director Técnico, se recogerá en soporte papel u otro los datos del
paciente y el tipo de prótesis adaptadas
Se garantizará la seguridad e inviolabilidad de los datos incluidos, de acuerdo con las vigentes
previsiones normativas.
6. ANEXO.
FICHA DEL PACIENTE
Modelo de PNT ELABORADO por la 1ª DELEGACIÓN REGIONAL DEL C.N.O.O. y SUPERVISADO por la
DIRECCIÓN GENERAL DE FARMACIA Y PRODUCTOS SANITARIOS DE LA C.A.M. conforme a lo dispuesto en el
artículo 13.4 del DECRETO 14/2003 de 13 de febrero de CONSEJO DE GOBIERNO DE LA C.A.M.