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HONORABLE CAMARA:
La Comisión de SALUD PÚBLICA, ACCIÓN SOCIAL, PREVENCIÓN DE LAS ADICCIONES Y
CONTROL DE TRÁFICO ILÍCITO DE ESTUPEFACIENTES ha considerado el proyecto de ley - Expte. Nº 18547autoría de los señores diputados MISER – CARDOSO – LÓPEZ, por el que se crea el Programa Provincial para
Pacientes con Trastorno por Déficit de Atención e Hiperactividad (TDAH), y por las razones que dará su miembro
informante aconseja su aprobación con las modificaciones introducidas.
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE ENTRE RÍOS SANCIONA CON FUERZA DE LEY
Art. 1°.- Créase el Programa Provincial de Atención a Pacientes con Trastorno por Déficit de Atención e
Hiperactividad (TDAH), destinado a abordar la problemática de niños y adolescentes que padezcan este
síndrome.
Art. 2°.- El Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Salud será la autoridad de aplicación de la presente
ley.
Art. 3°.- El Programa Provincial de Atención a Pacientes con Trastorno por Déficit de Atención e
Hiperactividad tendrá las siguientes funciones:
- Tomar las medidas necesarias para la adecuada y oportuna prevención, atención, orientación y tratamiento
de los niños y adolescentes que padecen este síndrome.
- Garantizar la gratuidad de los servicios necesarios así como garantizar el tratamiento para todas aquellas
personas que padezcan este síndrome.
- Fomentar el desarrollo de actividades de investigación, información y difusión relacionado a esta patología.
- Interactuar de manera constante con el Consejo General de Educación a fin de procurar la detección y la
debida atención y tratamiento de los niños y adolescentes que presenten síntomas y/o signos o que
padezcan el síndrome.
Art. 4°.- El Ministerio de Salud deberá, de manera conjunta y mancomunada con el Consejo General de
Educación coordinar tareas relativas a la detección precoz y prevención de este síndrome como así también
tareas de seguimiento y de rehabilitación de todos los pacientes. Tales como campañas informativas a
través de los medios de comunicación relativas al TDAH; cursos y talleres destinados a la capacitación tanto
del personal docente y psicopedagógico como del personal de salud.
Art. 5°.- El Programa Provincial de Atención al Paciente con Trastorno por Déficit de Atención e
Hiperactividad incluirá a todos los niños y/o adolescentes con domicilio en la provincia de Entre Ríos, que
concurran o no a establecimientos educativos, tanto públicos como privados, y en todos sus niveles y que no
cuenten con obra social o que teniendo cobertura social acrediten insolvencia para afrontar el costo de los
estudios y/o tratamientos.
Art. 6°.- Las erogaciones que demande el cumplimiento de esta ley serán atendidas con recursos asignados
al Ministerio de Salud dentro de las previsiones presupuestarias anuales que se le asignen.
Art. 7°.- El Ministerio de Salud por intermedio de los encargados del programa deberá remitir
semestralmente a las Comisiones de Salud y de Educación de ambas cámaras, un informe detallado sobre
el desarrollo y el resultado de las actividades con balance actualizado de lo realizado.
Art. 8°.- El Poder Ejecutivo reglamentara la presente ley en un periodo no mayor a noventa (90) días.
Art. 9°.- De forma.
ARGAIN – JODOR – ADAMI – DÍAZ – FLORES – HAIDAR - MAIER – VÁSQUEZ –
BESCOS – ARTUSI – ALDERETE – MISER - D´ANGELO
Sala de Comisiones, Paraná, 11 de mayo de 2011