Document related concepts
no text concepts found
Transcript
CLAUSULA ADICIONAL DE DAÑO ELECTRICO, ADICIONAL A: POLIZA COLECTIVA DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL 1 12 027; POLIZA INDIVIDUAL DE INCENDIO ASOCIADA A CREDITOS HIPOTECARIOS, CODIGO POL 1 12 040. ______________________________________________________________________________ Incorporada en el Depósito de Pólizas bajo el código CAD 1 12 067 1. COBERTURA: En consideración al pago de la prima adicional correspondiente, el presente seguro se extiende a cubrir toda pérdida, destrucción o daño físico que sufran las instalaciones del inmueble asegurado relacionadas con la electricidad, debido al daño eléctrico. 2. DEFINICIONES: Se entiende por instalaciones del inmueble asegurado relacionadas con la electricidad a los tableros eléctricos de distribución y recepción de energía eléctrica, tendidos eléctricos y similares, excluyéndose todo tipo de maquinarias, equipos y artefactos. Para estos efectos, se entiende por daño eléctrico aquellos causados por fenómenos asociados a la energía misma o potencia eléctrica, o campos magnéticos, cuyo origen sea súbito, accidental y fortuito; quedan cubiertos, entre otros, arcos, cortocircuitos, falla de aislación, inducción, sobre tensión, acción de electricidad estática y cualquier otro similar. Página 1 de 1