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LICEO A-48 “Juana de Ibarbourou” Depto de Filosofía Alejandra Rosales C. LAS NORMAS Y LA MORAL “Una creencia moral será valida cuando cumple la función de garantizar la felicidad individual y la armonía social, también cuando evita el sufrimiento individual y el daño social” 1- DEFINICION DE MORAL: a) Es el conjunto de reglas que la sociedad exige que un hombre observe dentro de ella. Un hombre moral es aquel que vive en concordancia con las costumbres de su sociedad y cuyo castigo es la separación de ella. b) Es el conjunto de normas aceptadas libre y concientemente, y que regulan la conducta individual y social del hombre. Estas normas deben ser interiorizadas por el sujeto, internalizadas, conocidas por este. 2- MORAL Y MORALIDAD: La Moral está constituida por dos planos: a) Plano normativo: En cuanto conjunto de normas, reglas o deberes que impone la sociedad, la moral comprende un plano normativo que señala siempre un deber ser. Toda norma, todo imperativo, como su nombre lo indica, da una orden, manda como uno debe comportarse. Este mandato puede ser obedecido o bien, desobedecido. Por tanto, en la moral entran los actos aprobatorios (moralmente buenos) y los actos reprobatorios (moralmente malos o inmorales). b) Plano Fáctico: La moral existe para ser realizada. No tendría sentido dictar una norma, si no fuera posible llevarla a cabo. Cuando se habla de la realización de la moral, se refiere uno al plano fáctico, al plano de los hechos. Son los actos concretos que se realizan conforme a las normas establecidas (plano normativo). El plano fáctico origina lo que se conoce como Moralidad. La Moralidad es la moral hecha realidad, es la manera cotidiana en que se viven las normas. 3- LAS NORMAS MORALES Y LAS OTRAS NORMAS: a) LAS NORMAS MORALES Y LAS NORMAS JURÍDICAS: Mientras las normas jurídicas tienen la característica de ser coercibles, esto es, de imponerse por medio de la fuerza, las normas morales no presentan esta coercitibidad en la medida en que son acatadas libre y concientemente. Es decir, las normas del Derecho son heterónomas (la obligatoriedad proviene del Estado, los códigos penales, etc.) y regulan el comportamiento exterior del sujeto, y las de la Moral son autónomas (autolegislación) y regulan el comportamiento interno del sujeto. La violación de una norma jurídica trae como consecuencia el castigo penal (multa, encarcelamiento, destierro, pena de muerte, etc.). El derecho es una expresión social acompañada de sanciones legales. En cambio, la violación de una norma moral acarrea lo que se llama remordimiento moral o remordimiento de conciencia (sentimiento de malestar o inquietud que experimenta el individuo cuando “una tendencia buena ha sido sacrificada por una tendencia negativa). c) LAS NORMAS MORALES Y LAS NORMAS RELIGIOSAS: Toda religión supone deberes, normas que regulan el comportamiento de los fieles. Muchas de ellas tienen carácter moral (por ej.: Los 10 Mandamientos), en cambio otras, por su carácter formal y externo, son indiferentes e incluso, podrían hasta atentar contra la moral (por ej.: Los sacrificios humanos). La religión incurre en la heteronomía, la obligación proviene de una Suprema autoridad, trascendente al individuo, quien ordena que la obediencia sea la máxima virtud y la desobediencia, el pecado. Los preceptos de estas normas tienen una procedencia divina (objeto de una revelación), extrahumana, y siendo así, están fuera del alcance del hombre, quien no tiene capacidad para comprenderlas y juzgarlas. c) LAS NORMAS MORALES Y LAS NORMAS SOCIALES: Dentro del comportamiento normativo se encuentran reglas convencionales que no pertenecen propiamente al ámbito de la Moral y que también regulan la conducta del hombre en sociedad. Estas reglas llamadas Normas Sociales, Reglas de convivencia social o del trato social, también entrañan obligaciones y regulan las relaciones de los individuos, por ej. Devolver el saludo. El tipo de obligación que entrañan estas reglas de convivencia social no es una imposición coercitiva, tampoco hay una convicción y adhesión íntima. El incumplimiento de una norma social no implica una multa o algo parecido sino sólo la reprobación o el ridículo. Las reglas sociales cambian considerablemente de una sociedad a otra, incluso de un grupo social a otro. Muchas de estas reglas, por su intrascendencia, suelen desaparecer rápidamente. “El acto Moral es el proceso mediante el cual un sujeto moral realiza un comportamiento susceptible de ser valorado bajo un sentido moral (bueno o malo). La libertad es una condición fundamental y necesaria, pues el acto de un individuo que ha sido realizado bajo presión no cae en la esfera de lo moral. Lo mismo con los actos inconscientes. Frecuentemente se dice: las acciones de los niños (seres sin plena conciencia moral), de los imbéciles o de los locos no tienen calidad moral, pues ellos no saben lo que hacen.”