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LICEO A-48
“Juana de Ibarbourou”
Depto de Filosofía
Alejandra Rosales C.
LAS NORMAS Y LA MORAL
“Una creencia moral será valida cuando cumple la función de garantizar la felicidad
individual y la armonía social, también cuando evita el sufrimiento individual y el daño
social”
1- DEFINICION DE MORAL:
a) Es el conjunto de reglas que la sociedad exige que un hombre observe dentro de
ella. Un hombre moral es aquel que vive en concordancia con las costumbres de su
sociedad y cuyo castigo es la separación de ella.
b) Es el conjunto de normas aceptadas libre y concientemente, y que regulan la
conducta individual y social del hombre. Estas normas deben ser interiorizadas por
el sujeto, internalizadas, conocidas por este.
2- MORAL Y MORALIDAD: La Moral está constituida por dos planos:
a) Plano normativo: En cuanto conjunto de normas, reglas o deberes que impone la
sociedad, la moral comprende un plano normativo que señala siempre un deber ser.
Toda norma, todo imperativo, como su nombre lo indica, da una orden, manda
como uno debe comportarse. Este mandato puede ser obedecido o bien,
desobedecido. Por tanto, en la moral entran los actos aprobatorios (moralmente
buenos) y los actos reprobatorios (moralmente malos o inmorales).
b) Plano Fáctico: La moral existe para ser realizada. No tendría sentido dictar una
norma, si no fuera posible llevarla a cabo. Cuando se habla de la realización de la
moral, se refiere uno al plano fáctico, al plano de los hechos. Son los actos
concretos que se realizan conforme a las normas establecidas (plano normativo). El
plano fáctico origina lo que se conoce como Moralidad.
La Moralidad es la moral hecha realidad, es la manera cotidiana en que se viven
las normas.
3- LAS NORMAS MORALES Y LAS OTRAS NORMAS:
a) LAS NORMAS MORALES Y LAS NORMAS JURÍDICAS:
Mientras las normas jurídicas tienen la característica de ser coercibles, esto es, de
imponerse por medio de la fuerza, las normas morales no presentan esta coercitibidad
en la medida en que son acatadas libre y concientemente. Es decir, las normas del
Derecho son heterónomas (la obligatoriedad proviene del Estado, los códigos penales,
etc.) y regulan el comportamiento exterior del sujeto, y las de la Moral son autónomas
(autolegislación) y regulan el comportamiento interno del sujeto.
La violación de una norma jurídica trae como consecuencia el castigo penal (multa,
encarcelamiento, destierro, pena de muerte, etc.). El derecho es una expresión social
acompañada de sanciones legales. En cambio, la violación de una norma moral
acarrea lo que se llama remordimiento moral o remordimiento de conciencia
(sentimiento de malestar o inquietud que experimenta el individuo cuando “una
tendencia buena ha sido sacrificada por una tendencia negativa).
c) LAS NORMAS MORALES Y LAS NORMAS RELIGIOSAS:
Toda religión supone deberes, normas que regulan el comportamiento de los fieles.
Muchas de ellas tienen carácter moral (por ej.: Los 10 Mandamientos), en cambio
otras, por su carácter formal y externo, son indiferentes e incluso, podrían hasta
atentar contra la moral (por ej.: Los sacrificios humanos).
La religión incurre en la heteronomía, la obligación proviene de una Suprema
autoridad, trascendente al individuo, quien ordena que la obediencia sea la máxima
virtud y la desobediencia, el pecado.
Los preceptos de estas normas tienen una procedencia divina (objeto de una
revelación), extrahumana, y siendo así, están fuera del alcance del hombre, quien no
tiene capacidad para comprenderlas y juzgarlas.
c) LAS NORMAS MORALES Y LAS NORMAS SOCIALES:
Dentro del comportamiento normativo se encuentran reglas convencionales que no
pertenecen propiamente al ámbito de la Moral y que también regulan la conducta del
hombre en sociedad. Estas reglas llamadas Normas Sociales, Reglas de convivencia
social o del trato social, también entrañan obligaciones y regulan las relaciones de los
individuos, por ej. Devolver el saludo.
El tipo de obligación que entrañan estas reglas de convivencia social no es una
imposición coercitiva, tampoco hay una convicción y adhesión íntima. El
incumplimiento de una norma social no implica una multa o algo parecido sino sólo la
reprobación o el ridículo.
Las reglas sociales cambian considerablemente de una sociedad a otra, incluso de
un grupo social a otro. Muchas de estas reglas, por su intrascendencia, suelen
desaparecer rápidamente.
“El acto Moral es el proceso mediante el cual un sujeto moral realiza un
comportamiento susceptible de ser valorado bajo un sentido moral (bueno o malo). La
libertad es una condición fundamental y necesaria, pues el acto de un individuo que ha
sido realizado bajo presión no cae en la esfera de lo moral. Lo mismo con los actos
inconscientes. Frecuentemente se dice: las acciones de los niños (seres sin plena
conciencia moral), de los imbéciles o de los locos no tienen calidad moral, pues ellos
no saben lo que hacen.”