Download Proposición del Sen. Fernando Castro Trenti, del Grupo

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Proposición del Sen. Fernando Castro Trenti, del Grupo Parlamentario del Partido
Revolucionario Institucional, la que contiene punto de acuerdo que exhorta al titular
del Ejecutivo Federal a suspender la aplicación del incremento autorizado en la
leche Liconsa, hasta en tanto la empresa no informe sobre las causas que
motivaron la aprobación de dicha medida.
CONSIDERACIONES
De acuerdo con la página electrónica de Liconsa, S.A. de C.V., esta empresa de
participación estatal mayoritaria apoya a la alimentación de familias en condiciones de
pobreza patrimonial, con leche a precio subsidiado, fundamentalmente para niños de
hasta 12 años.
De acuerdo con el Padrón de Beneficiarios correspondiente, hasta septiembre de este
año eran beneficiarios casi 6 millones de mexicanos, entre los cuales se incluye a niños
de hasta quince años de edad, enfermos crónicos o discapacitados, mujeres gestantes o
lactantes y adultos mayores de 60 años de edad, quienes reciben una dotación promedio
de hasta 571 mililitros diarios.
Esta medida, afirma la empresa a través de su página web, tiene un impacto favorable en
la alimentación de estos grupos de población, ya que los nutrientes con que está
adicionada la leche fortificada, resultan esenciales en los niños y en las mujeres,
adolescentes y adultas comprendidas en estas edades, según se desprende de estudios
realizados por el Instituto Nacional de Ciencias Médicas y Nutrición “Doctor Salvador
Zubirán”.
Liconsa señala que, de acuerdo con un estudio realizado por el Instituto Nacional de
Salud Pública y dado a conocer el 18 de octubre de 2004, alrededor de 370 mil niños que
consumieron durante 6 meses la leche fortificada redujeron sustancialmente sus
problemas de anemia. Asimismo, cerca de 51 mil niños entre 12 y 30 meses superaron
totalmente su condición de anémicos.
De acuerdo con los resultados de dicho estudio, se redujo la anemia en 44 por ciento de
los niños entre 12 y 24 meses de edad que consumieron la leche fortificada durante 6
meses en condiciones controladas, es decir vigilando su consumo.
En estas mismas condiciones, se incrementó la reserva corporal de hierro después de 6
meses de tomar la leche. En condiciones normales de operación, se redujo la anemia 25
por ciento en relación a la leche no fortificada en los niños de entre 12 y 30 meses al
consumir el producto durante 6 meses.
Asimismo, Liconsa afirma que el 9 de mayo de 2006 se dieron a conocer los resultados de
una segunda evaluación realizada durante 2005 y 2006, por el Instituto Nacional de Salud
Pública en niños beneficiarios y no beneficiarios del Programa de Abasto Social de Leche,
destacando que el consumo de este producto por uno o dos años, ha permitido que en
más de un millón y medio de niños de entre uno y cuatro años, la tasa de anemia baje
hasta en tres veces más que en los que nunca la tomaron.
Así, el índice de deficiencia de hierro disminuyó casi en un tercio, se presentaron menores
tasas de desnutrición crónica, se observó que estos niños alcanzaron 2.6 centímetros
más de estatura, contaron con 700 gramos más de masa muscular y desarrollaron un
coeficiente intelectual más alto.
Por lo anterior, el Gobierno Federal ha señalado que los niños beneficiarios del Programa
de Abasto Social de Leche Fortificada Liconsa constituyen una niñez en mejores
condiciones físicas y mentales, con menos riesgos de contraer enfermedades.
Sin embargo, el pasado 10 de octubre el Consejo de Administración de Liconsa, autorizó
ajustar el precio de la leche que vende a sus beneficiarios. Como consecuencia de esto, a
partir del día de ayer el nuevo precio de la leche Liconsa será de $ 4.50 por litro.
El referido incremento tiene verificativo, después de haberse mantenido inalterado el
precio durante los últimos cinco años y la empresa manifestó a través de un comunicado
que Liconsa agotó ya su margen de maniobra, por lo que se vio obligada a elevar el
precio para captar los ingresos que le permitan seguir operando con eficiencia.
Aun cuando resulte razonable desde un punto de vista económico el incremento en
cuestión, lo cierto es que desde una óptica social el mismo resulta inaceptable, toda vez
que a lo largo de los últimos cinco años las condiciones de vida de las personas más
marginadas del país, entre quienes se encuentran buena parte de los beneficiarios de la
leche de Liconsa, lejos de haber mejorado, ahora se encuentran peor que desde el último
aumento.
Consideramos que esta medida tendrá un efecto negativo en la economía de millones de
mexicanos, ya que el poder adquisitivo del salario esta muy lejos alcanzar un nivel
medianamente aceptable, sobre todo como consecuencia de la turbulencia financiera que
nos viene afectando desde hace tres años.
En este sentido, exhortamos respetuosamente al titular del Poder Ejecutivo Federal, por
conducto de la Secretaría de Desarrollo Social, a efecto de que se suspenda la aplicación
del incremento autorizado, hasta en tanto la empresa no informe a esta Soberanía sobre
las causas que motivaron la autorización del incremento en el precio, las repercusiones
que ésta tendrá en la economía de los beneficiarios y se puedan analizar de manera
conjunta con la Comisión de Desarrollo Social de ésta Cámara otras opciones que eviten
el incremento en el precio.
En razón de lo anterior, nos permitimos someter a la consideración de esta soberanía la
siguiente proposición con:
PUNTO DE ACUERDO
ÚNICO. El Senado de la República exhorta respetuosamente al titular del Ejecutivo
Federal, por conducto de la Secretaría de Desarrollo Social, a efecto de que se suspenda
la aplicación del incremento autorizado en la leche Liconsa, hasta en tanto la empresa no
informe detalladamente a esta Soberanía sobre las causas que motivaron la aprobación
de dicha medida, las repercusiones que tendrá ésta en la economía de los beneficiarios y
se puedan analizar de manera conjunta con la Comisión de Desarrollo Social de ésta
Cámara otras opciones que eviten tal incremento.
A t e n t a m e n t e,
SEN. FERNANDO CASTRO TRENTI
Salón de Sesiones del Senado de la República, a 29 de noviembre de 2011.