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Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto
Subsecretaría de Emergencia
Dirección Provincial de Defensa Civil
Medidas de Acción Preventiva
Para Hipótesis de Emergencias
M.A.P.H.E.
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CARTILLA PARA VECINALES
1) Objetivo: establecer el conjunto de previsiones que los Municipios y Comunas, a través de sus
Asociaciones Vecinales o Barriales, adoptarán para anular, disminuir o mitigar los posibles casos
de emergencias, sean éstos de origen natural o antrópicos (tecnológicos o accidentales), y
desarrollar el conjunto de procedimientos coordinados para responder ante un siniestro, a fin de
reducir al mínimo los efectos del mismo.
2) Finalidad: evitar o minimizar la pérdida de vidas y/o bienes
causados por efectos
socionaturales, previendo hacer el mejor uso posible de los recursos locales existentes (humanos y
materiales) con que cuente cada Municipio y/o Comuna, entendiendo como Hipótesis de
Emergencia a toda suposición de una situación que pueda derivar en un siniestro que exceda los
medios normales de autoprotección.
3) Planificación: para el desarrollo mancomunado en la adopción de las Medidas de Acción
Preventiva para Hipótesis de Emergencias es indispensable, como primera medida, establecer:
a) Por la Vecinal o Asociación Barrial: el lugar geográfico de la Vecinal o Asociación Barrial,
cotas de alturas, manzanas que comprende, coronamiento o defensas contra inundaciones,
espacios verdes, su censo poblacional y habitacional, edificaciones de más de tres pisos,
determinación de sus vías de circulación automotor y ferroviaria, medios de transporte que la
recorren, la ubicación de los distintos Organismos o
Instituciones en la misma, depósitos de combustibles, estaciones de servicio, escuelas, centros
de asistencia médica, fábricas, almacenes de productos químicos o tóxicos, cultos o templos
religiosos, clubes o entidades deportivas, y otros que se crea conveniente enumerar.
Toda esta información, deberá ser volcada en el Anexo I para ser elevado a la Municipalidad y/o
Comuna de su jurisdicción.
Por lo extensa y exhaustiva que representará para algunas Vecinales llevar a cabo esta tarea, se
deberán implementar mecanismos de complementación entre los integrantes de la Comisión
Directiva de cada Asociación, designando a tales efectos, personas idóneas para que desempeñen
las tareas de:
b) Encargado de Sector: quien tendrá a su cargo la zona delimitada por evaluación de relación
viviendas – habitantes - espacio territorial que se estime desde la conducción de la Asociación
Vecinal o Barrial, estableciéndose como mínimo la cantidad de 4 (cuatro) manzanas por
encargado. A efectos de uniformar los criterios para este plan, se denominará a cada sector con
una letra (A, B, C, etc.)
El Encargado de Sector recepcionará y elevará a la Comisión Directiva de la Vecinal o
Asociación Barrial, toda la información que surja de los relevamientos efectuados y las
modificaciones que se observen en su jurisdicción, efectuándolos en el formulario Anexo II. A
tales efectos tendrá la atribución de designar a cada:
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c) Encargado de Manzana: será quien efectúe el relevamiento base determinado en el Anexo III,
el que luego de cumplimentado será elevado al Encargado de Sector.
A efectos de unificar los criterios, se denominará a cada manzana con un número ( 1, 2, 3,
etc.)
La tarea del Encargado de Manzana será preponderante en la confección final de los datos a tener
en cuenta para la ejecución de las Medidas de Acción Preventiva para Hipótesis
de Emergencia, ya que deberán ser lo más fidedignos posibles y ajustados a la realidad de cada
módulo o manzana relevada.
4) Organización Vecinal: los Intendentes Municipales y Presidentes Comunales son los
funcionarios responsables del planeamiento, la organización y preparación de la protección civil
en sus ámbitos de jurisdicción. La autoprotección es uno de los aspectos fundamentales que la
autoridad local tiene la responsabilidad de organizar, adaptándola a las características propias de
cada área urbana o rural a su cargo.
Por tal motivo, no es posible uniformar un solo tipo de organización, puesto que la diversidad
entre ciudades y localidades hace que los principios y funciones de la autoprotección sean
distintos en cada caso.
De igual manera, este hecho se repite recurrentemente entre los distintos sectores, barrios o
seccionales de los grandes conglomerados urbanos, ya que entre ellos se diferencian por:

número total de habitantes

densidad demográfica dentro de la localidad

tipos de edificación

zonas fabriles

zonas residenciales

características de los suelos

recursos (humanos y materiales)
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Las autoridades Municipales y Comunales, por la legislación vigente (Ley Provincial Nº 8094 y
su Decreto Reglamentario Nº 4401), son los responsables directos de la protección civil de sus
jurisdicciones y deben proporcionar administración y guía para la autoprotección organizada
(autoprotección individual y colectiva), y constituir un vínculo entre los habitantes de la
comunidad y la autoridad local de Defensa Civil.
Las Asociaciones Vecinales y Barriales deben actuar como canales de información de la defensa
civil en sus respectivas áreas de actividad y ser responsables de la organización y adiestramiento
de las personas habitantes en sus zonas, para llegar a la autoprotección individual y para la
autoprotección colectiva organizadas.
5) Misión de las Vecinales: de esta manera, y puesta en consideración toda información
recabada por los Encargados de Manzanas y por los Encargados de Sectores, la Asociación
Vecinal o Barrial procederá a la confección y redacción de las Medidas de Acción Preventiva
para Hipótesis de Emergencias, para lo que deberá tener en cuenta:
a) Identificación de Riesgos: son todos aquellos que, a la vista del observador y por su desenlace,
pueden ocasionar pérdidas humanas y/o de bienes, daños económico – sociales y ecológicos.
b) Hipótesis de Riesgo: es la suposición (descripción, estudio y evaluación) de una situación de
riesgo derivada de un posible siniestro o estrago de origen natural o provocado por el
hombre y a la que estaría expuesta una comunidad.
Constituye uno de los elementos básicos para el planeamiento de la acción destinada a
neutralizar los efectos de una emergencia o desastre.
c) Evaluación de la Amenaza: es el proceso mediante el cual se analiza la ocurrencia y la
severidad de un fenómeno potencialmente desastroso, en un tiempo específico y en un área
determinada, con base en el estudio del mecanismo que la produce o fuente generadora, su
monitoreo, vigilancia y el registro de fenómenos ocurridos a través del tiempo.
Vulnerabilidad: es la condición en la que se encuentra una población y que le permite ser afectada
por un fenómeno; esto es, la presencia de determinados factores (materiales o físicos, económicos,
sociales, políticos, etc.). La vulnerabilidad no está determinada por la posible ocurrencia de
fenómenos peligrosos, sino por la forma en que las ciudades, comunidades, regiones o países se
han desarrollado y la forma en que la sociedad se organiza y se prepara para enfrentarlos.
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