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Consejo Superior del Poder Judicial
Secretaría General
CIRCULAR N° 80-98
ASUNTO:
Método para consignar el número de
cédula.
A LAS AUTORIDADES JUDICIALES DEL PAÍS
SE LES HACE SABER:
Que el Consejo Superior en sesión N° 70-98 celebrada el 8 de setiembre de 1998, artículo
CX, acordó ponerles en conocimiento la circular N° 2-98, emitida por el señor Jorge A. Vargas
Meneses, Director General a.i. de Informática del Ministerio de Hacienda, que literalmente dice:
“ASUNTO: MÉTODO PARA CONSIGNAR EL NUMERO DE CÉDULA
FECHA: SETIEMBRE, 1998
Siguiendo las normas para la estandarización del número de cédula a nivel nacional, de acuerdo con
el Decreto 15126-H-PLAN, del 4-1-84, se han establecido tres tipos de cédula para el caso de los
servidores ACTIVOS Y PENSIONADOS a saber:
1) Cédula Nacional tendrá el “Tipo” en blanco y su estructura será la siguiente, a partir del mes de
noviembre del presente año.
Ejemplo: Cédula Nacional 1-142-305 debe reportarse así:
CÉDULA
Tipo
Número
1-0142-0305
Si la cédula pertenece a los casos en que el número del tomo ya superó el 999, como sucede con
la provincia de San José, se debe indicar ese número sin anteponer un cero, tal como se había
establecido anteriormente.
Para efectos de información computarizada en lo que respecta al TIPO, este debe ser grabado
como un “0” (cero); el resto de la información deberá grabarse tal y como se especifica en el
ejemplo.
2) Cédula de Residencia, expedida por la Dirección de Migración y Extranjería, su “Tipo” será
una letra R y su numeración se estructurará con la primera y segunda parte de la cédula
completa. Ejemplo:
Consejo Superior del Poder Judicial
Secretaría General
Cédula de Residencia 175-43958-2138, debe reportarse así:
CÉDULA
Tipo
R
Número
175-043958
Como puede apreciarse en este caso, la segunda parte de la numeración de la cédula de
Residencia se debe rellenar con ceros a la izquierda hasta completar seis dígitos.
Para efectos de información computarizada en lo que respecta al TIPO, éste debe ser grabado
como 1 en representación de la letra “R”; el resto de la información deberá grabarse tal como se
especifica en el ejemplo.
3) Permiso Especial de Trabajo, expedido por la Dirección de Migración y Extranjería a personas
que no cuentan con cédula de residencia, previa autorización del Ministerio de Trabajo y
Seguridad Social, su “Tipo” será una letra “X”. Ejemplo:
Permiso de Trabajo a Extranjeros 96-479, debe reportarse así:
CÉDULA
Tipo
X
Número
96-0000479
Los primeros dos dígitos se refieren al año de otorgamiento y el resto es un número consecutivo
que ha de rellenarse con ceros a la izquierda hasta completar siete dígitos.
Para efectos de información computarizada en lo que respecta al “Tipo”, éste debe ser grabado
como 8 en representación de la letra “X”; el resto de la información deberá grabarse tal como se
especifica en el ejemplo.”
San José, 17 de setiembre de 1998.
Silvia Navarro Romanini
Secretaria General
CC: Diligencias
Archivo Sría.
PUBLICACIÓN:
Boletín Judicial N° 192 del 2 de octubre de 1998
rmb*/circulares/1998.