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CICLO CRISIS ECONÓMICA Y DERECHOS HUMANOS “LA ENFERMEDAD MENTAL Y LA DISCAPACIDAD INTELECTUAL FRENTE AL DELITO Y LAS INSTITUCIONES PENITENCIARIAS” ORGANIZAN: CERMI, FUNDACION ONCE Y FUNDACIÓN CGAE DÍA: 5 DE JULIO 2012 LUGAR: Paseo Recoletos nº 13, Sede CGAE. Auditorio. 10.30 – 10.45 Inauguración: D. Carlos Carnicer, Presidente del Consejo General de la Abogacía Española y de la Fundación del Consejo General de la Abogacía Española D. Mariano Casado, miembro del Comité Ejecutivo del CERMI (Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad) y Vicepresidente de FEAPS (Confederación Española de Organizaciones en favor de las Personas con Discapacidad Intelectual) D. José Luis Gutiérrez, Gerente de FEAFES (Confederación Española de Agrupaciones de Familiares y Personas con Enfermedad Mental) 10.45 – 12.00 Mesa: Las personas con discapacidad intelectual y enfermedad mental en el proceso penal. Moderador: D. Luis Delgado de Molina, Patrono Fundación CGAE. Abogado: D. Carlos García Castaño Fiscalía: Dña. Pilar Santos Médico Psiquiatra: Dr. Carlos Riaza Juez de Instrucción: D. Juan Antonio Toro PAUSA CAFÉ 12.00 – 12.15 12.15 – 13.30 Mesa: Las personas con discapacidad intelectual y enfermedad mental en el entorno penitenciario y el cumplimiento de las medias de seguridad. Moderadora: Dña. Ana Sastre, Delegada para Derechos Humanos de CERMI. Juez de Vigilancia Penitenciaria, D. Ángel Luis Ortiz González Administración Penitenciaria: D. José Manuel Arroyo, Subdirector General de Sanidad Penitenciaria. Administración Autonómica: Dª Soledad Jiménez. Subdirectora General de la DG de Personas con Discapacidad de la Junta de Andalucía. Representantes del movimiento asociativo: o Torcuato Recover, Asesor Jurídico de FEAPS. o Ana García Pérez, Psicóloga de la Asociación FEAFES LEON, ALFAEM. JUSTIFICACIÓN DE LA JORNADA: Existe una enorme carencia de recursos adecuados y normalizados en el tratamiento penitenciario de las personas con enfermedad mental y de las personas con discapacidad intelectual que han cometido algún delito. Según el “Informe de prevalencia de trastornos mentales en centros penitenciarios españoles”, conocido como INFORME PRECA*: La prevalencia de enfermedad mental en población reclusa es alrededor de 5 veces más alta que entre la población general. Se calcula que hay unos 3.000 enfermos con trastornos psicóticos en las cárceles españolas. Esto es el 4% de los presos. En un mes cualquiera, aproximadamente un 41% de los presos sufren algún tipo de trastorno mental. En un mes cualquiera, aproximadamente un 17% de los presos sufren algún trastorno mental como consecuencia del consumo de drogas. Las personas encarceladas tienen entre 4 y 6 veces más probabilidad de padecer un trastorno psicótico o depresión grave que la población general. * El Informe PRECA es un estudio realizado en 2007-2008, publicado en Junio de 2011 y hecho en cárceles, en lugar de en hospitales psiquiátricos penitenciarios donde los internos viven en privación de libertad como no responsables de delito debido a su patología mental) El desarrollo de medidas alternativas para abordar adecuadamente este problema es una necesidad social de primer orden en nuestro país. De acuerdo a nuestro ordenamiento jurídico, la discapacidad puede determinar la necesidad de aplicar medidas alternativas a las de entrada en prisión, cuyo objetivo es permitir al detenido incorporarse a un proceso de rehabilitación social adecuado a su situación. Para ello se establecen las medidas de seguridad, privativas y no privativas de libertad, que mediante resolución judicial pueden ser atribuidas al sujeto cuando concurran las circunstancias legalmente previstas para ello. No obstante existen algunas dificultades de aplicación de este régimen que ocasiona importantes disfuncionalidades y situaciones inapropiadas en perjuicio de las personas con discapacidad. Durante el proceso judicial es importante que los distintos operadores jurídicos puedan intervenir en la mayor protección de los derechos de los procesados cuando tengan una discapacidad. Durante el proceso, el juez frecuentemente no cuenta con la suficiente información, lo que puede ser debido a que: no se ha investigado suficientemente el caso o no hay estructura para que intervengan todos los estamentos necesarios. Es decir, puede resultar que el magistrado no sepa o desconozca la situación de discapacidad del imputado y por ello no aplique las medidas apropiadas; o puede suceder que conociendo la discapacidad no identifique los recursos alternativos a los que la ley hace referencia, bien porque no existan o porque sean de difícil acceso para ese caso en concreto. El Ministerio del Interior calcula que en torno al 30% de los internos del Hospital de Foncalent podrían ser potencialmente usuarios de medidas alternativas no privativas de libertad. En el mismo sentido, la falta de identificación de la discapacidad intelectual durante el proceso judicial supone un quebrantamiento de derechos y puede ocasionar una inadecuada atención de la persona en detrimento de su reinserción social. Cuando esto ocurre la colaboración de los profesionales que trabajan en el entorno penitenciario es esencial para poder mejorar la situación y si es preciso revertirla hacia una medida más adecuada. En este sentido y para garantizar un proceso adecuado y garantista se identifican determinadas cuestiones de especial trascendencia: Es necesario mejorar la formación y sensibilización de jueces, abogados y fiscales. Es necesario que los abogados de oficio de los servicios de orientación penitenciaria conozcan específicamente el problema de la salud mental y la discapacidad intelectual. Es necesaria una mayor atención de los abogados de oficio a este tipo de casos durante los procedimientos. La gran acumulación de trabajo que asumen jueces y fiscales reduce la atención correcta a este tipo de casos. Existe una carencia de recursos y programas para atender las necesidades de las personas con discapacidad que han cometido un delito. Por otro lado, la falta de centros educativos especiales previstos legalmente tiene consecuencias muy graves que pueden resultar en privaciones de libertad desproporcionadas en centros situados fuera del entorno comunitario, e incluso de la provincia del detenido. En el caso de la enfermedad mental en España existen solo dos hospitales psiquiátricos penitenciarios. Uno de ellos está en Alicante y otro en Sevilla. Sus problemas fundamentales son: La sobreocupación que asola a ambos centros. El criterio de internamiento inadecuado en estos centros. En la mayoría de casos, estos ingresos inadecuados afectan a personas detenidas por un delito leve. Al ser consideradas "inimputables" por su estado mental se les impone una medida de seguridad con internamiento en estos hospitales que dura de tres meses a un año. Problema de dispersión geográfica de los internados en los hospitales psiquiátricos penitenciarios, al existir solo estos dos. Los expertos trabajan actualmente en la elaboración de un “protocolo de derivación”, una fórmula para evitar encarcelamientos psiquiátricos innecesarios, aliviar la sobreocupación, mantener en la calle de forma controlada a quienes no deben estar recluidos y evitar errores judiciales al valorar conductas infractoras cometidas por enfermos mentales. Y el movimiento asociativo de la discapacidad reclama la atención especializada desde un enfoque asistencial comunitario que garantice los derechos de estas personas gravemente vulnerados en el sistema actual. La falta de medidas adecuadas para la rehabilitación social de las personas con enfermedad mental y discapacidad intelectual perjudica su integridad física y moral. Además, la falta de atención adecuada a los presos que manifiestan algún tipo de trastorno mental y la escasa capacidad de los hospitales psiquiátricos penitenciarios son cuestiones que nos alarman. La crisis económica y el desempleo de larga duración, con sus devastadores efectos sobre la sociedad, pueden aumentar la cantidad de población reclusa, lo que a su vez aumentará el número y la gravedad de las patologías en los centros de reclusión. Presumiblemente, la crisis económica también afectará negativamente a los mecanismos de atención necesarios para personas con patologías una vez salen del sistema penitenciario. La Fundación del Consejo General de la Abogacía, CERMI y la Fundación ONCE desean visibilizar esta situación a través de una jornada de expertos en la que se se intenta recabar un compromiso de las administraciones que permita resolver los graves problemas del sistema penitenciario en relación a las personas con discapacidad.