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UNIVERSIDAD DE CHILE-CONTRALORIA Unidad de Coordinación e Información Jurídica Recopilación de Leyes y Reglamentos Tomo III. 215 CREA CÁTEDRA EN EL DEPARTAMENTO DE ANTROPOLOGÍA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS SOCIALES. DECRETO UNIVERSITARIO EXENTO N°0022043, de 06.06.2014. Artículo 1 Créase, en el Departamento de Antropología de la Facultad de Ciencias Sociales de la Universidad de Chile, la “Cátedra Indígena”, en adelante la “Cátedra”. Artículo 2 La Cátedra tendrá como objetivo principal el desarrollo de actividades académicas en el ámbito de los conocimientos indígenas, especialmente en las siguientes materias: historia, medicina indígenas, matemáticas, cosmovisión o filosofía, conocimiento de la clasificación indígena acerca de la flora y fauna, arquitectura indígena, cosmogonía y cosmología indígena, procesos educativos endógenos, análisis discursivo de los procesos sociales, entre otras materias. Artículo 3 La Cátedra tendrá como objetivos específicos: a) Realizar cursos, talleres y actividades de Pregrado; b) Realizar actividades de extensión abiertas y gratuitas para comunidades e interesados indígenas y no indígenas; c) Realizar Diplomados y Cursos de Extensión abiertos y gratuitas para comunidades e interesados indígenas y no indígenas; d) Fomentar el desarrollo de investigaciones sobre temas de cultura, lenguas indígenas, género y etnicidad, salud intercultural, patrimonio e identidades étnicas, relación de las comunidades indígenas con la sociedad y el Estado chileno; e) Mantención de un Fondo Concursable de Investigación en temáticas indígenas y publicaciones; y f) Mantención y Actualización permanente del Repositorio Web. Artículo 4 La Cátedra Indígena, para el adecuado cumplimiento de sus objetivos, podrá relacionarse con entidades públicas o privadas, nacionales o extranjeras, cuyos fines u objetivos correspondan o promuevan el reconocimiento, respeto y protección de las culturas e idiomas indígenas, las que podrán incorporarse como socios estratégicos de la Cátedra. Artículo 5 Para a adecuada administración de la Cátedra existirá un Consejo y un Comité Directivo. UNIVERSIDAD DE CHILE-CONTRALORIA Unidad de Coordinación e Información Jurídica Recopilación de Leyes y Reglamentos Tomo III. 216 Será función del Consejo velar por el cumplimiento de los objetivos de la Cátedra Indígena, proponer temas de investigación y actividades de extensión a desarrollar y aprobar la cuenta anual. El Consejo estará integrado por: a) El (la) Director(a) del Departamento de Antropología de la Universidad de Chile. b) El (la) Coordinadora del Centro Interdisciplinario de Estudios de Género, del Departamento de Antropología de la Universidad de Chile, o su representante. c) 2 Académicos(as) Indígenas de la Universidad de Chile (Escuela de Derecho, Facultad de Derecho y Escuela de Gobierno y Gestión Pública del Instituto de Asuntos Públicos). d) 2 Representantes de Organizaciones Indígenas Urbanas (Mapuche y Aymara). e) 1 Representante del Pueblo Rapa Nui. f) 1 Funcionario(a) Indígena de la Facultad de Ciencias Sociales. g) 1 Académico(a) Experto(a) en temas relacionados con Indígenas Urbanos. h) El (la) Coordinador(a) General de la Cátedra Indígena. Los integrantes del Consejo de la Cátedra señalados en las letras c), d), e) y f), serán designados, por un período de 2 años, por el Director del Departamento de Antropología, previo acuerdo del Consejo del señalado Departamento. Por su parte, el Comité Directivo tendrá como misión desarrollar las actividades propuestas, garantizar su calidad académica, velar por el respeto y trato equitativo para las personas indígenas participantes y sus conocimientos, hacer una cuenta anual y hacer gestiones para la consecución de fondos para el desarrollo e las actividades propuestas. Estará compuesto por los siguientes integrantes, designados por el Decano de la Facultad de Ciencias Sociales, a propuesta del Director del Departamento de Antropología: a) 1 Coordinador(a) General de la Cátedra Indígena un(a) académico(a) del Departamento de Antropología. b) 1 Coordinador (a) Indígena. c) 1 Asistente de Gestión de los diversas líneas de la Cátedra Indígena. Artículo 6 El Comité Directivo se encargará de realizar gestiones para la obtención de financiamiento para sus actividades, a través de licitaciones, convenios y acuerdos de colaboración y/o proyectos de investigación, patrocinados para estos efectos por el Departamento de Antropología.