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Transcript
Compromiso Social para el Progreso de Andalucía
considera que el proyecto de Ley de garantías y
sostenibilidad del Sistema Sanitario Público en Andalucía
da un paso atrás al incumplir la universalidad del derecho
a la salud y a la asistencia sanitaria

La plataforma cree que el texto no garantiza la financiación finalista del
sistema sanitario y deja en el aire la participación social
(Sevilla, 23 de mayo de 2017).— La plataforma Compromiso Social para el Progreso
de Andalucía considera que el proyecto de Ley de garantías y sostenibilidad del
Sistema Sanitario Público en Andalucía, que los agentes sociales valoran esta semana
ante la Comisión de Salud del Parlamento Andaluz, muestra numerosas lagunas para
asegurar adecuadamente los criterios de planificación, organizativos y financieros que
respalden la protección de la salud y la atención sanitaria de la ciudadanía andaluza.
La Ley debería dar respuesta a las movilizaciones ciudadanas en protesta por las
medidas adoptadas por la administración andaluza en materia de salud, tales como:
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Merma de recursos materiales en la sanidad pública andaluza, que repercuten
directamente en los usuarios de los centros hospitalarios de Andalucía.
Recortes que han derivado en problemas asistenciales tales como: listas de
esperas, atención médica especializada, estado de los servicios de
urgencias…
Incremento de la concertación y la privatización parcial de algunos de los
servicios en la Sanidad Pública andaluza.
Las fusiones hospitalarias, algunas de ellas recientemente anuladas.
Por contra, el texto presenta lagunas en lo que debería ser una ley para garantizar un
sistema sanitario gestionado desde lo público, que permita una atención de calidad a
la salud de las personas, desarrollado bajo criterios de cohesión social y territorial y
que garantice un empleo de calidad y una adecuada participación de los interlocutores
sociales y las personas trabajadoras del sistema.
Sanidad universal:
Partiendo de la necesidad de garantizar la universalidad del derecho a la salud y la
asistencia sanitaria, resulta del todo incongruente que la Junta de Andalucía haya
hecho gala de su defensa en estos años, plasmándolo en diferentes documentos de
planificación y gestión de la Consejería de Salud y del Servicio Andaluz de Salud, y
que el borrador de la ley dé un paso atrás en este sentido. Compromiso Social apra el
Progreso de Andalucía no comparte el cambio que se plantea en la Disposición final
primera sobre articulo 3 de la Ley 2/1998 de Salud de Andalucía, ya que limita el
acceso de las personas extranjeras no comunitarias que no tienen ninguna cobertura,
al establecer como criterio el estar en riesgo de exclusión. Si bien existe
contradicción con la regulación estatal, hay que buscar alternativas para superar la
situación, dado que la Comunidad Autónoma tiene competencias exclusivas en esta
materia. Por ello, sería conveniente revisar la redacción y los condicionantes que
se reflejan en la Disposición final primera que deroga y modifica el artículo 3 de la
Ley de Salud de Andalucía, para reforzar la idea de garantizar la universalidad de
la asistencia sanitaria en Andalucía.
Carácter genérico:
Una verdadera Ley de Garantías y Sostenibilidad debe fijar un objetivo mínimo, que
garantice la financiación finalista, de igual manera que se hace con las leyes que fijan
los techos de gasto público, y no estar al albur de “la progresión y evolución favorable
del PIB”, o del “incremento de ingresos extras” como se recoge en la memoria
económica justificativa. En borradores previos se establecía un límite mínimo del
6,5% del PIB andaluz para la financiación del SSPA. De mantenerse así la ley, se
entiende que se está poniendo en cuestión la credibilidad de la norma, y lo que es
peor, la sostenibilidad del Sistema.
El texto merece una revisión en su conjunto, pues parece más un compendio resumido
y salteado de otras normas existentes, la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de
Andalucía y la Ley 16/2001, de 23 de diciembre, de Salud Pública de Andalucía, que
una norma integral, bien construida y cohesionada.
Participación social:
En la norma no se le da a la participación social el tratamiento que merece, pues es un
valor o principio básico y esencial sobre el que se asienta el Sistema Sanitario Público
Andaluz. A lo largo del articulado son diversos los momentos en los que se hace
mención a la participación, pero tan no se concreta en un compromiso expreso y ni tan
siquiera, como en otros ámbitos, se prevé la elaboración de un Plan de participación,
ni la participación expresa en el Plan de Gestión.
En este sentido es necesario destacar el estado en que se encuentra el Consejo
Andaluz de Salud, máximo órgano de participación ciudadana en la formulación de la
política sanitaria y en el control de su ejecución, y asesor en esta materia a la
Consejería de Salud en el ejercicio de las funciones de fomento y desarrollo de dicha
participación, según la Ley de Salud de Andalucía. El mencionado órgano no existe en
la actualidad, tras la anulación por sentencia judicial de su norma reguladora, y
después de que se hayan abordado varios proyectos normativos que no han
prosperado por lo que no se conoce un horizonte claro sobre su continuidad. A ello se
le une la parálisis generalizada del resto de órganos de participación existentes y que
fueron creados en desarrollo de dicha norma.
Esta ley deberá establecer y definir quienes de los distintos interlocutores sociales son
los que participan en cada uno de los diferentes ámbitos, foros y niveles de
participación, a la hora de acceder al derecho reconocido legalmente de participar e
incidir en la definición de las políticas públicas, como es el caso de la salud: los
agentes económicos y sociales reconocidos en el Estatuto de Autonomía para
Andalucía, los profesionales y las organizaciones sindicales que les representan, la
sociedad civil organizada o a título individual como usuaria del SSPA, donde pueden
tener cabida otros asesores que sean de interés para determinados temas.
Compra de bienes y servicios:
En relación a la compra de bienes y servicios, debe prevalecer un criterio de calidad y
seguridad que garantice en todo caso la eficacia y calidad adecuada de la prestación,
ya que tal y como está redactado el anteproyecto tienen mayor peso criterios
economicistas para la ordenación de las adjudicaciones de obra y compra de bienes y
servicios.
En la norma se deberían introducir mecanismos de publicidad, transparencia y control
por parte de la ciudadanía, y en especial de los grupos de interés afectados directa o
indirectamente por la adecuada gestión de estos recursos económicos. Así mismo
también es necesario que se establezcan criterios de compra pública responsable.
Calidad en el empleo
Es necesario que la sostenibilidad del SSPA recoja como imprescindible la calidad del
empleo y la protección de los derechos de las personas trabajadoras, tanto de las que
trabajan directamente para el sistema como las trabajan para empresas que
suministran bienes o servicios, para lo que los protocolos deberán exigir el
cumplimiento de requisitos de responsabilidad social en los concursos y contratos. Así
mismo, la ley debe contemplar la necesidad de mantener una plantilla suficiente de
personas trabajadoras, así como los mecanismos para garantizar la igualdad de
oportunidades y los derechos laborales, entre ellos el derecho participación de la
representación legal de las personas trabajadoras.
Coordinación sociosanitaria
El proyecto adolece de una apuesta más ambiciosa para avanzar hacia una
coordinación sociosanitaria más efectiva. No basta con que se cambie el enfoque
asistencial y la orientación del trabajo profesional solo por los cambios demográficos y
epidemiológicos, tal y como recoge el artículo 25, sino que hay que superar el
enfoque estrictamente sanitario, delimitando el papel de los Servicios Sociales y de
sus profesionales, coordinando medidas y actuaciones, que no se deben limitar a la
cronicidad y la pluripatología. Por ello consideramos que el Plan de atención que se
prevé en dicho artículo, no puede ser exclusivo de la Consejería competente en
materia de salud, y debe ser coordinado con Servicios Sociales para su aprobación.
MÁS INFORMACIÓN:
 Jordi Castilla López. Portavoz de la Plataforma Compromiso Social para el
Progreso de Andalucía. 954 900 078
 Maribel Roldán. Comunicación. [email protected]. 954 915 249 / 625
119 102.