Download ¿Qué es el Informe Económico Anual?

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Registro Nacional de Inversiones Extranjeras
Renovación anual de su constancia de inscripción en el Registro
Nacional de Inversiones Extranjeras
(Informe Económico Anual)
¿Qué es el Informe Económico Anual?
Es un cuestionario que se presentan de manera anual al Registro Nacional de Inversiones
Extranjeras (RNIE) acompañado de la documentación que acredita la personalidad de quien firma,
a fin de obtener su renovación de constancia de inscripción ante el RNIE y de esta forma dar
cumplimiento al artículo 35 de la Ley de Inversión Extranjera.
¿Quiénes lo presentan?
I. Las personas físicas o morales extranjeras y mexicanos que posean o adquieran otra
nacionalidad y que tengan su domicilio fuera del territorio nacional inscritos en el Registro
Nacional de Inversiones Extranjeras.
II. Las sociedades mexicanas inscritas en el Registro Nacional de Inversiones Extranjeras.
¿Dónde se presenta?
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En la Secretaría de Economía, ubicada en Insurgentes Sur, número 1940, planta baja,
colonia Florida, delegación Álvaro Obregón, código postal 01030, México, DF.
En cualquier delegación y subdelegación de la Secretaría de Economía. [Directorio de
Representaciones Federales]
Horario: Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00 horas.

A través de internet. [Liga a trámite de Nombre y Contraseña para presentar por
internet]
¿Cuáles son los requisitos?
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Formato en original y una copia:
o Personas físicas o morales extranjeras. [Descargar Formato]
o Sociedades Mexicanas. [Descargar Formato]
o Copia del Poder respectivo otorgado ante fedatario público y una copia de
identificación oficial vigente.
En caso de ser sujeto de sanción, copia del comprobante de pago de la multa. [Liga a
información y Cálculo de Sanciones]
¿Cuánto tiempo tengo para presentarlo?
Para la presentación del Informe Anual existe un calendario previamente determinado por la
primera letra de la denominación o razón social de la persona física o moral que presenta el
informe, dicho calendario se desglosa de la siguiente manera
LETRAS
Mes de presentación*
ABCD
Abril
EFGHIJ
Mayo*
KLMNÑOP
Junio*
QRSTUVWXYZ
Julio*
*Nota: En caso de que alguno de los meses terminara en un día no hábil, se entenderá como
recorrido el plazo para presentar el trámite, al siguiente día hábil inmediato.
Para los casos particulares en los cuales el nombre, denominación o razón social de la persona
física o moral no se encuentre relacionado en la tabla anterior, la fecha de presentación no deberá
exceder al mes de julio de cada año.
¿En cuánto tiempo me responden?
Inmediatamente, posteriormente la Secretaría de Economía cuenta con 20 días hábiles para
realizar una prevención derivada de omisiones o inconsistencias de la información contenida en el
formato. Una vez transcurrido este plazo sin que se dé la prevención, se considerará que el
formato se presentó debidamente requisitado.
¿Cuánto debo pagar por el trámite?
El trámite es gratuito.
¿Cuál es el fundamento jurídico del trámite?
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LIE, artículo 35 (D.O.F. 27-XII-93, reformada por decretos del 24-XII-96, 23-I-98, 19-I-99,
04-VI-01, 18-VII-2006, 20-VIII-08 y 25-V-11)
RLIE, artículos 38, fracción I y III y 43 (D.O.F. 08-IX-98, reformado por decreto del 4-V-09).
¿Qué sigue?

Notificar cualquier modificación a la información previamente proporcionada [Liga a la
información de Avisos de Modificación].
 Presentar un informe trimestral sobre ingresos y egresos [Liga a la información del
Informe Trimestral].
 Renovar anualmente su constancia de inscripción para lo cual bastará presentar un
cuestionario económico financiero en los términos que fije el Reglamento respectivo
 Solicitar la cancelación de su inscripción [Liga a la información de la Solicitud de
Cancelación].
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Si desea más información puede consultar el Registro Federal de Trámites y Servicios.
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Personas Físicas o Morales Extranjeras. [Homoclave SE-02-004-A]
Sociedades Mexicanas. [Homoclave SE-02-004-B]
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Preguntas frecuentes.
¿Qué medidas se pueden aplicar a quienes no obtengan la Renovación de la Constancia de
Inscripción?
De acuerdo al Artículo 38, Fracción IV de la Ley de Inversión Extranjera, en caso de omisión,
cumplimiento extemporáneo, presentación de información incompleta o incorrecta de las
obligaciones de inscripción, reporte o aviso al RNIE por parte de los sujetos obligados, se impondrá
multa de treinta a cien salarios mínimos.
Los fedatarios públicos deberán solicitar que se les acredite la renovación de constancia de
inscripción de los sujetos obligados a presentar el Informe Económico, al protocolizar cualquier
acto o hecho jurídico en donde participen éstos últimos; de no hacerlo, el fedatario tiene la
obligación de informar al RNIE de tal omisión dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha
de autorización del instrumento de que se trate.
¿Qué características debe cumplir la información requisitada en el Informe Económico Anual?
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No deberá tener alteraciones que modifiquen la forma de presentación y ubicación de la
información solicitada.
La información contenida en el formato no deberá tener tachaduras o enmendaduras.
Se deberá indicar el nombre completo de la persona física o persona moral, indicando, en
su caso, el régimen de la sociedad (Inc., L.T.D., S.A., S.A. de C.V., S. de R.L. de C.V., etc.).
El Registro Federal de Contribuyentes (RFC) debe estar compuesto de 12 ó 13 caracteres,
de los cuales los tres o cuatro primeros se relacionan con el nombre de la persona física o
persona moral; los siguientes 6 son una fecha compuesta de año, mes y día, la cual debe
corresponder con la fecha de nacimiento de la persona física o bien de protocolización de
los estatutos sociales de la persona moral; los últimos 3 caracteres llamados “homo clave”
no tienen ninguna relación con los datos de la persona física o persona moral.
La presentación del RFC es obligatoria.
El informe deberá contener la firma autógrafa de la persona física, o bien, del
representante legal de la persona física o persona moral.
El informe no deberá ser firmado "por ausencia", "por autorización" o "P.A.".
Se deberán indicar los datos de la persona física o, en su caso, del representante legal de
la persona física o persona moral extranjera; los cuales deberán estar completos, es decir,
contener el nombre y apellido paterno, domicilio (calle y número, colonia o
fraccionamiento, municipio o delegación, estado, código postal y correo electrónico). El
teléfono es opcional.
Sólo deberá estar marcada la opción de informe económico anual. Se deberá verificar que
las fechas de inicio y cierre del ejercicio que corresponda con las del periodo que se
presenta.
Se deberán indicar los datos de la persona que pueda ser consultada para cualquier
aclaración. Deberán proporcionar el nombre y apellido paterno, el teléfono y fax y correo
electrónico.
Las cantidades deberán de anotarse en pesos, no se permite la alteración o modificación
en ninguno de los rubros establecidos.
Si no se requisitan los datos de número de empleados, se debe justificar la razón por la
cual no se cuenta con empleados.
Si se cuenta con empleados en nómina, se deben requisitar las preguntas
correspondientes a SUELDOS, SALARIOS y PRESTACIONES del Estado de Resultados.
Deberá cumplir con las siguientes igualdades contables:

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Activo Total Inicial = Pasivo Total Inicial + Capital Contable Inicial + Créditos Diferidos
Inicial + Reservas de Activo y Pasivo Inicial.
Activo Total Final = Pasivo Total Final + Capital Contable Final + Créditos Diferidos Final +
Reservas Activo y Pasivo Final.

La suma total de ingresos en el país y en el exterior menos la suma total de gastos en el
país y en el exterior, arroja el resultado del ejercicio ya sea como pérdida o utilidad bruta
contable.
Las sociedades siempre deberán reportarnos el capital social, asentado en actas, como dato
mínimo a reportar dentro de la información contable y financiera.
Es importante mencionar que las estadísticas complementarias son datos informativos, no forman
parte del estado de resultados ni del balance general.
¿Puede presentarse el Informe en algún mes anterior al que corresponde de acuerdo al
calendario establecido?
Sí puede y cabe señalar que las fechas anteriormente mencionadas son plazos máximos y una
sociedad puede presentar antes del mes que le corresponda su Informe Anual, por ejemplo un
sujeto de inscripción que le corresponda presentar su Informe Anual en el mes de junio, puede
hacerlo durante enero, febrero, marzo, abril, mayo o bien junio.
¿Qué información presento en el Informe Anual?
En el Informe Anual se reporta la información referente al estado que observó la empresa en
último ejercicio fiscal y que contiene un balance contable y financiero en valores históricos y en
pesos, así como sus datos de empleo. Dicha información deberá cumplir con las siguientes
igualdades contables:
Activo Total Inicial = Pasivo Total Inicial + Capital Contable Inicial + Créditos Diferidos Inicial +
Reservas de Activo y Pasivo Inicial.
Activo Total Final = Pasivo Total Final + Capital Contable Final + Créditos Diferidos Final + Reservas
Activo y Pasivo Final.
La suma total de ingresos en el país y en el exterior menos la suma total de gastos en el país y en el
exterior, arroja el resultado del ejercicio ya sea como pérdida o utilidad bruta contable.
¿Existen excepciones a la presentación del Informe Anual?
No se contemplan ningún tipo de excepciones a la presentación del informe Anual por parte de los
sujetos.