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NOTA DE PRENSA
OSIPTEL SUPERVISARÁ REGISTRO DE USUARIOS DE CELULARES
PREPAGO Y SANCIONARÁ INCUMPLIMIENTOS
 Hoy se publicó Decreto Supremo 024-2010-MTC que hará que usuarios
prepago que no se registren o que no subsanen sus datos pierdan su
línea de manera definitiva a partir del 1º de marzo de 2011.
 Los usuarios que no se registren sufrirán la primera suspensión del
servicio desde el 1º de setiembre.
El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (OSIPTEL),
supervisará el adecuado cumplimiento del registro de usuarios prepago, cuya
actualización es responsabilidad de las tres empresas operadoras que dan servicio de
telefonía móvil en el país. Los usuarios que no cumplan con registrarse o que no
corrijan sus datos sufrirán la suspensión del servicio desde el 1º de setiembre y
perderán su línea en forma definitiva a partir del 1º de marzo de 2011.
El OSIPTEL dará así cumplimiento del DS 024-2010-MTC que fue publicado hoy por
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la cual dictamina que la suspensión
del servicio de telefonía móvil se realizará en tres etapas:
-Entre el 1º de julio hasta el 31 de agosto, las empresas operadoras informarán a sus
clientes prepago, a través de de una locución hablada sin costo, que están obligados
a registrar o subsanar los datos que no correspondan a sus nombres y apellidos, a su
documento legal de identificación y a su número telefónico. Igualmente, las empresas
operadoras harán lo mismo con la información errada que tengan sobre los
comercializadores del servicio de telefonía móvil o de personas naturales vinculadas a
esta comercialización.
-A partir del 1º de setiembre hasta el 30 de noviembre, las empresas operadoras
suspenderán parcialmente los servicios de aquellos usuarios que no hayan cumplido
con registrarse o subsanar sus datos. Esta suspensión sólo les permitirá recibir
llamadas y mensajes de texto y no podrán realizar llamadas, a excepción de las
llamadas a los servicios de información y de emergencia. Al igual que en la etapa
anterior, los usuarios escucharán una locución recordándole la obligación de
registrarse o de subsanar sus datos.
-Desde el 1º de diciembre hasta el 28 de febrero de 2011, se suspenderá de forma
total del servicio de telefonía móvil a aquellos usuarios que no hayan cumplido con
registrarse ante sus empresas operadoras. Finalmente, el 1º de marzo se dará de
baja la línea en forma definitiva.
En los casos en que los usuarios, cuyo servicio ya haya sido cancelado y cumplan
con registrar sus datos personales, las empresas operadoras tendrán que reactivar el
servicio en un plazo máximo de 24 horas.
Las empresas operadoras tienen la obligación de comunicarse con los usuarios que
no estén registrados, ya sea por teléfono o por mensajes de texto, así como también
tendrán un plazo de 6 meses, a partir de que se cumpla el plazo de la subsanación de
la información en el registro, para verificar que los datos de sus abonados prepago
coincidan con los que tiene el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil
(Reniec).
Igualmente, las empresas operadoras tienen un plazo máximo de 48 horas para
atender los requerimientos de información sobre sus abonados prepago, control y
postpago que haga la Policía Nacional del Perú en el marco de sus investigaciones,
siempre que ésta guarde la reserva del caso.
Cada vez que los usuarios contraten la adquisición de un equipo móvil, chip o tarjetas
sim card, las empresas operadoras deberán requerir los nombres completos de sus
abonados, el número de su documento legal de identificación y su número telefónico.
Lima, 27 de mayo de 2010
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