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MODIFICACIONES A LAS ORACIONES EUCARÍSTICAS A
PARTIR DE LA una de la TARDE DEL 28 DE FEBRERO
HASTA
LA ELECCIÓN DEL NUEVO SUMO PONTÍFICE
Por instrucción del Sr. Arzobispo Don Rogelio Cabrera
Me permito presentarles las siguientes indicaciones:
Para las Misas del 28 en la tarde hasta la elección del nuevo Papa,
simplemente se suprime lo que lo que esté en cursiva y en rojo.
ORACIÓN EUCARÍSTICA I
Padre misericordioso, te pedimos humildemente por Jesucristo, tu Hijo, nuestro Señor, que
aceptes y bendigas estos + dones, este sacrificio santo y puro que te ofrecemos, ante todo,
por tu Iglesia santa y católica, para que le concedas la paz, la protejas, la, congregues en la
unidad y la gobiernes en el mundo entero, con tu servidor el Papa Benedicto, con nuestro
Obispo Rogelio, y todos los demás Obispos que, fieles a la verdad, promueven la fe católica
y apostólica.
ORACIÓN EUCARÍSTICA II
Acuérdate, Señor, de tu Iglesia extendida por toda la tierra; y con el Papa Benedicto, con
nuestro obispo Rogelio, y todos los pastores que cuidan de tu pueblo, llévala a su
perfección por la caridad.
ORACIÓN EUCARÍSTICA III
Te pedimos, Padre, que esta Víctima de reconciliación traiga la paz y la salvación al mundo
entero. Confirma en la fe y en la caridad a tu Iglesia, peregrina en tierra: a tu servidor, el
Papa Benedicto, a nuestro Obispo Rogelio, al orden episcopal, a los presbíteros y diáconos,
y a todo el pueblo redimido por ti.
ORACIÓN EUCARÍSTICA IV
Y ahora, Señor, acuérdate de todos aquellos por quienes te ofrecemos este sacrificio: de tu
servidor el Papa Benedicto, de nuestro obispo Rogelio del orden episcopal y de los
presbíteros y diáconos de los oferentes y de los aquí reunidos, de todo tu pueblo santo y de
aquellos que te buscan con sincero corazón.
Nota: Como se observa solo se suprime la mención del Papa.
Nota: no hemos recibido indicación alguna acerca del toque campanas en las iglesias para
día 28 a la una de la tarde. Sin embargo, consideramos que no es un signo conveniente
para la renuncia del Papa, puesto que no se puede llamar a duelo porque el Papa no ha
fallecido pero tampoco podemos repicar las campanas porque el Papa ha renunciado.
Esperamos recibir este tipo de indicación para cuando el nuevo Papa sea elegido .
EN CUANTO A LAS MISAS QUE SE PUEDEN CELEBRAR EN ACCIÓN DE
GRACIAS O POR LA ELECCIÓN DEL NUEVO PONTÍFICE el misal romano en la
sección de Diversas Necesidades nos presenta una Misa Propia para la elección del nuevo
Papa, sin embrago como estamos en el tiempo santo de la Cuaresma, y siguiendo la Tabla
de Precedencias del mismo misal, no hay una norma que pueda adaptarse a esta
circunstancia, ya que el período de la Sede vacante no es una fiesta de la Iglesia Universal,
pero sí, un acontecimiento muy especial. Por lo tanto, les presento la Tabla de Precedencias
en las celebraciones eucarísticas:
TITULO II
DIA PROPIO DE LAS CELEBRACIONES
56. La Iglesia tiene la costumbre de celebrar los santos el día de su muerte; es una costumbre que debe
observarse igualmente en las celebraciones propias inscritas en el calendario particular.
No obstante, aunque las celebraciones propias tengan un especial interés para cada Iglesia particular o para
una familia religiosa, es muy conveniente que exista una uniformidad, en cuanto sea posible, en la celebración
de las solemnidades, de las fiestas y de las memorias obligatorias indicadas por el calendario general.
Por tanto, es preciso observar las siguientes normas en las celebraciones propias de los calendarios
particulares:
a) Las celebraciones registradas por el calendario general se han de inscribir en el calendario propio el
mismo día que lo están en el general; si es necesario, se puede cambiar la categoría litúrgica.
Lo mismo debe observarse por lo que se refiere a las celebraciones propias de una sola iglesia,
cuando estas se inscriban en el calendario diocesano o en el de alguna familia religiosa.
b) Las celebraciones de los Santos no existentes en el calendario general, asígnense a la fecha del día
de la muerte del santo. Pero si se ignora tal día, entonces la celebración tendrá lugar en otro día que
tenga alguna relación con el santo, por ejemplo, el día de su Ordenación, del hallazgo de su cuerpo
o reliquias, o del traslado de éstos. De no ser así, pásese a un día que esté libre de cualquiera otra
celebración en el calendario particular.
c) Si no puede celebrarse en el día de la muerte o en el que tenga alguna relación con el santo, debido
a que en dicho día hay una celebración obligatoria, aun de grado inferior, del calendario general o
particular, pásese igualmente al próximo día que esté libre.
d) Pero si se trata de celebraciones que, por motivo pastoral, no pueden cambiarse a otro día,
cámbiese entonces la celebración impediente.
TABLA DE LOS DIAS LITURGICOS
dispuesta de acuerdo con el orden de precedencia
I
1.
2.
3
4.
El triduo pascual de la Pasión y de la Resurrección del Señor.
Navidad, Epifanía, Ascensión, Pentecostés.
Los domingos de Adviento, Cuaresma y Pascua.
El Miércoles de Ceniza.
Semana Santa, desde el Lunes Santo al Jueves Santo, ambos inclusive. Los días infraoctava de
Pascua.
Las solemnidades del Señor, de la Virgen y de los Santos, inscritas en el calendario general.
La Conmemoración de todos los fieles difuntos.
Las solemnidades propias, o sea:
a) La solemnidad del patrono principal del lugar, del pueblo o de la ciudad.
b) La solemnidad de la dedicación y el aniversario de la dedicación de la iglesia propia.
c) La solemnidad del título de la iglesia propia.
d) La solemnidad del título, del fundador o del patrono principal de una orden o de una
congregación.
II
5.
6.
7.
8.
Las fiestas del Señor inscritas en el Calendario general.
Los domingos del tiempo de Navidad y los del Tiempo Ordinario.
Las fiestas de Nuestra Señora y de los santos del calendario general.
Las fiestas propias, o sea:
a) La fiesta del patrono principal de la diócesis.
b) La fiesta del aniversario de la dedicación de la iglesia catedral.
c) La fiesta del patrono principal de la región o de la provincia, o de la nación o de un territorio
más extenso.
d) La fiesta del título, del fundador, del patrono principal de la orden o de la congregación y de la
provincia religiosa, de acuerdo con lo que prescribe el n 4.
e) Las otras fiestas propias de alguna iglesia.
f) Las otras fiestas inscritas en el calendario de cada diócesis, orden o congregación.
9.
Las ferias de Adviento, del 17 al 24 de diciembre, ambas inclusive.
Los días infraoctava de Navidad.
Las ferias de Cuaresma.
III
10. Las memorias obligatorias del calendario general.
11. Las memorias obligatorias propias, es decir:
a) La memoria del patrono secundario del lugar, del de la diócesis, de la región, de la nación, del
territorio más extenso, de la orden o de la congregación y de la provincia religiosa.
b) Las otras memorias obligatorias inscritas en el calendario de la diócesis, de la orden o de la
congregación.
12. Las memorias libres, que pueden celebrarse de acuerdo con las normas particulares, descritas en la
Instrucción General del Misal Romano y en la Liturgia de las Horas, en los días mencionados en el n.
9.
En la misma forma, las memorias obligatorias que accidentalmente coincidan con las ferias de
Cuaresma, pueden celebrarse como memorias libres.
13. Las ferias de Adviento hasta el dic. 16 de diciembre inclusive.
Las ferias del tiempo de Navidad, del 2 de enero al sábado después de Epifanía. Las ferias del
tiempo Pascual, desde la II después de la octava de Pascua hasta el sábado anterior a Pentecostés
inclusive.
Las ferias del Tiempo Ordinario.
60. Cuando concurran diversas celebraciones, se celebra aquella que en la Tabla de los días litúrgicos
ocupe el lugar superior. No obstante, la solemnidad impedida por un día litúrgico de mayor precedencia, se
transfiere a la fecha más cercana en que no se tenga ninguna de las celebraciones señaladas en los números
meros del 1 al 8 de la Tabla de precedencia, observando lo prescrito en el n. 5 En este caso, se omiten las
demás celebraciones.
61. En el caso de que hayan de celebrarse las vísperas del oficio del día y las primeras vísperas del día
siguiente en un mismo día, tienen preferencia las vísperas de la celebración que ocupa un lugar superior en la
tabla de los días litúrgicos; en caso de paridad, ganan las vísperas del oficio del día.
Misa en acción de gracias
Por el pontificado de benedicto xvi
ORACION COLECTA
D
ios y Padre generoso,
de quien procede todo
cuanto somos y tenemos,
enséñanos a reconocer los beneficios
de tu paterno amor,
(que nos has dispensado durante
el pontificado de tu siervo Benedicto XVI)
para que te amemos con todo el corazón
y todas nuestras fuerzas.
Por nuestro Señor Jesucristo.
R. Amén.
LA LITURGIA DE LA PALABRA SE TOMA LA DEL DÍA
ORACION SOBRE LAS OFRENDAS
cepta, Señor,
este sacrificio de alabanza
en acción de gracias por todos tus beneficios
(durante el pontificado de tu siervo
Benedicto XVI)
y concédenos utilizar para tu gloria
lo que, sólo de tu bondad, hemos recibido.
Por Jesucristo, nuestro Señor.
R. Amén.
A
ORACION DESPUES DE LA COMUNION
ú que nos has devuelto en alimento espiritual
el Cuerpo y la Sangre de Cristo
que te ofrecimos en acción de gracias,
(por el pontificado de tu siervo
Benedicto XVI y), llénanos, Señor, de fortaleza y alegría,
para poder servirte con renovado entusiasmo
y disfrutar continuamente de tus beneficios.
Por Jesucristo, nuestro Señor.
R. Amén.
T
PARA LA ELECCION DEL PAPA O DEL OBISPO
ANTIFONA DE ENTRADA
I Sam 2, 35
Yo haré surgir para mi pueblo un sacerdote fiel,
que obre según mi corazón y mis deseos;
le edificaré una casa permanente
y caminará siempre en mi presencia.
ORACION COLECTA
ios nuestro, tú que como pastor eterno
conduces a tu grey con solicitud constante,
concede a tu Iglesia un pontífice (obispo)
que te agrade con su santidad de vida
y se consagre enteramente al servicio de tu pueblo.
Por nuestro Señor Jesucristo.
R. Amén.
D
LA LITURGIA DE LA PALABRA SE TOMA LA DEL DÍA
ORACION SORRE LAS OFRENDAS
bre, Señor, los tesoros de tu misericordia
y por estas ofrendas que te presentamos,
alegra a tu Iglesia
con el don de un Papa (obispo) según tu corazón.
Por Jesucristo, nuestro Señor.
R. Amén.
A
ANTIFONA DE LA COMUNION
No son ustedes los que me han elegido, dice el Señor;
soy yo quien os ha elegido,
para que vayan y den fruto y ese fruto perdure.
Jn 15, 16. 16
ORACION DESPUES DE LA COMUNION
ú que nos has renovado
con el sacramento
del Cuerpo y la Sangre de tu Hijo,
concédenos, Señor, un pastor santo
que ilumine a tu pueblo con la verdad del Evangelio
y le sirva de ejemplo con su vida.
Por Jesucristo, nuestro Señor.
R. Amén.
T
Como el ministerio petrino no puede ser dado provisionalmente a nadie, no sucede como en
las demás diócesis donde la iglesia diocesana queda bajo el cuidado de un administrador ya
sea apostólico o diocesano y, éste debe ser mencionado en las intercesiones de las plegarias
eucarísticas.
En el caso que nos ocupa, ni el Camarlengo, ni el Colegio Cardenalicio, asumen el
ministerio petrino que la iglesia concede solo al sucesor de Pedro1. De tal modo que la Sede
Apostólica no es una cosa, sino una persona, así al renunciar Joseph Ratzinger a ser la
Sede, ésta queda automáticamente vacante. Un Papa no sucede a otro Papa, todos suceden
directamente a san Pedro.
Otro caso es el Estado Vaticano que al ser declarada la Sede vacante, éste se queda sin el
Jefe de Estado y de Gobierno, entonces para su administración y asuntos internos, el
Camarlengo, asistido por tres cardenales se ocupan de estos asuntos en tanto se elige a otro
Papa.
Hay que hacer notar, aprovechando la circunstancia que cuando se hace mención del Papa
en la Plegaria Eucarística NO SE AGREGA EL NÚMERO ya que es el único Papa, es
decir, NO SE DICE BENEDICTO XVI, sino solo “tu servidor Benedicto”. Asimismo,
cuando se hace mención del obispo NO SE TIENE QUE HACER LA DISTICIÓN de que
si es Arzobispo, Cardenal o Patriarca, tampoco se agregan apellidos, solo se dice: “CON
NUESTRO OBISPO ROGELIO”. Tampoco la Plegaria establece que se mencionen
Auxiliares o Eméritos ya que UNO es el Obispo.
EDICIONES SAPAL
MONTERREY, N.L., MÉXICO
FEBRERO DEL AÑO DE LA FE 2013
Universi Dominici Gregis, 1. Mientras está vacante la Sede Apostólica, el Colegio de los Cardenales no
tiene ninguna potestad o jurisdicción sobre las cuestiones que corresponden al Sumo Pontífice en vida o en el
ejercicio de las funciones de su misión; todas estas cuestiones deben quedar reservadas exclusivamente al
futuro Pontífice. Declaro, por lo tanto, inválido y nulo cualquier acto de potestad o de jurisdicción
correspondiente al Romano Pontífice mientras vive o en el ejercicio de las funciones de su misión, que el
Colegio mismo de los Cardenales decidiese ejercer, si no es en la medida expresamente consentida en esta
Constitución.
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