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COMISIÓN
EUROPEA
Bruselas, 16.2.2016
SWD(2016) 26 final
DOCUMENTO DE TRABAJO DE LOS SERVICIOS DE LA COMISIÓN
RESUMEN DE LA EVALUACIÓN DE IMPACTO
que acompaña al documento
Propuesta de
REGLAMENTO DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO
sobre medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas y por el que se deroga
el Reglamento (UE) nº 994/2010
{COM(2016) 52 final}
{SWD(2016) 25 final}
ES
ES
Ficha resumen
Evaluación de impacto relativa a la propuesta de Reglamento del Parlamento Europeo y del Consejo sobre
medidas para garantizar la seguridad del suministro de gas y por el que se deroga el Reglamento (UE)
nº 994/2010.
A. Necesidad de actuar
¿Por qué motivo? ¿Cuál es el problema que se afronta? Máximo 11 líneas
Aunque la UE ha aumentado su nivel global de seguridad del suministro con la aplicación del Reglamento (UE)
nº 994/2010, un análisis reciente [pruebas de resistencia realizadas en el verano de 2014, COM(2014) 654 final]
muestra que sigue estando expuesta a perturbaciones graves del suministro de gas. Explican esa vulnerabilidad
factores tales como los sesgos de comportamiento de los Estados miembros, la insuficiente atención prestada a
los riesgos externos, los problemas técnicos y el limitado ámbito de aplicación del Reglamento vigente. La
evaluación de impacto explica detalladamente cuál es el alcance de estos problemas y por qué razón aparecen.
Además, la evaluación de impacto llega a la conclusión de que, de no adoptarse nuevas medidas, la
preparación y la capacidad de la UE para responder eficazmente a una crisis de suministro de gas serían
limitadas. Reforzar la capacidad de resistencia de la UE para atenuar los efectos de una interrupción del
suministro de gas es un aspecto esencial de la política energética de la UE y constituye un objetivo clave de la
Unión de la Energía de la UE, cuya primera dimensión («Seguridad energética, solidaridad y confianza»),
anuncia, como medida concreta, la revisión del Reglamento sobre la seguridad del suministro de gas en la UE
[Reglamento (UE) nº 994/2010].
¿Qué espera alcanzar esta iniciativa? Máximo 8 líneas
El principal objetivo es aumentar la seguridad del suministro de gas a través de una mayor prevención, por una
parte, y mejores medidas de atenuación, por otra, garantizando al mismo tiempo que esos objetivos se
alcanzan con el menor coste posible para los consumidores de la UE. A tal fin, el Reglamento revisado se
propone específicamente intensificar la cooperación regional, mejorar la evaluación y el examen de los factores
de riesgo externos, reforzar las obligaciones relacionadas con las infraestructuras de gas y ampliar su alcance
geográfico a la Comunidad de la Energía.
¿Cuál es el valor añadido de la actuación a nivel de la UE? Máximo 7 líneas
Es preciso actuar a escala de la UE por cuanto el riesgo de una interrupción importante del suministro de gas a
la UE no queda circunscrito a las fronteras nacionales y puede afectar directa o indirectamente a varios Estados
miembros. Además, la creciente interconexión de los mercados de gas de la UE exige la coordinación de las
medidas. A falta de coordinación, las medidas aplicadas a escala nacional pueden resultar perjudiciales para
otros Estados miembros o comprometer la seguridad del suministro a escala de la UE. Por otra parte, las
pruebas de resistencia han puesto de manifiesto que una coordinación adecuada permite atenuar con mayor
eficacia los efectos de una interrupción del suministro y reducir su impacto. También puede ser necesario
intervenir a escala de la UE en determinadas situaciones (por ejemplo, una emergencia a escala de la Unión o
regional), cuando la seguridad del suministro de la UE no pueda ser garantizada de manera suficiente por los
Estados miembros por sí solos. [Aspectos transnacionales. Límites de la acción de los Estados miembros.]
B. Soluciones
¿Qué opciones legislativas y no legislativas se han estudiado? ¿Existe o no una opción preferida?
¿Por qué motivo? Máximo 14 líneas
Para alcanzar los objetivos previstos se han evaluado cuatro opciones, desde una aplicación reforzada del
Reglamento vigente (opción no legislativa) hasta la plena armonización a escala de la UE de un conjunto de
principios y medidas que han de aplicar los Estados miembros, incluidas las normas vigentes. Cada opción
consiste en un conjunto de medidas que combinan los instrumentos existentes, en su caso actualizados y
mejorados, y nuevos instrumentos. A grandes rasgos, dichas opciones pueden presentarse del siguiente modo:
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Opción 0: ninguna intervención a escala de la UE (hipótesis de base);
Opción 1: aplicación reforzada y medidas de Derecho indicativo (opción no legislativa);
Opción 2: coordinación más estrecha con mayores posibilidades de aplicar soluciones a medida (opción
legislativa);
Opción 3: mayor coordinación, con algunos principios o normas establecidos a escala de la UE (opción
legislativa);
Opción 4: plena armonización a escala de la UE (opción legislativa).
Todas estas opciones se examinan en la evaluación de impacto y se comparan con la hipótesis de base (opción
0: ninguna intervención a escala de la UE) y entre sí. Tras este análisis, se ha elegido la opción 3 por ser la más
eficaz para alcanzar los objetivos perseguidos y, dados sus efectos, también la más eficiente y coherente con
las demás políticas.
¿Quién apoya cada opción? Máximo 7 líneas
Las diferentes opciones e ideas se basan en una ponderación de las opciones y los argumentos presentados
por todas las partes interesadas pertinentes en la consulta pública y otros foros (por ejemplo, seminarios). La
evaluación de impacto presenta, especialmente en la sección en que se describen las opciones, referencias
concretas al apoyo prestado por las partes interesadas a las distintas opciones e incluso a medidas específicas
dentro de cada opción. Las opciones más respaldadas por el sector del gas en su conjunto (incluidas las
autoridades públicas), son la opción 2 y, en particular, la opción 3. En general, el apoyo a la opción 4 es limitado
y la mayoría de las partes interesadas —especialmente la industria, aunque también algunos Estados
miembros— son contrarias a ella.
C. Impacto de la opción preferida
¿Cuáles son las ventajas de la opción preferida (si existe, o bien de las principales)? Máximo 12
líneas
La opción preferida (opción 3) tiene en cuenta la gran probabilidad de que las crisis de suministro de gas
importantes afecten a varios Estados miembros y, en consecuencia, la necesidad de examinar posibles
supuestos de interrupción del suministro y las correspondientes medidas de prevención y atenuación en un
contexto transfronterizo. Esta opción permitirá crear un marco adecuado para desarrollar sinergias, detectar en
una fase temprana las medidas que puedan comprometer la seguridad del suministro de una determinada zona
o de la UE en su conjunto, y fomentar la solidaridad entre los Estados miembros en caso de crisis en el sector
del gas, todo lo cual entrañará un mayor nivel de protección de todos los consumidores de gas de la UE.
La opción 3 también contiene mecanismos para mejorar el intercambio de información y garantizar que se
tengan debidamente en cuenta los riesgos externos en la evaluación general de riesgos y en la concepción de
las medidas. Por otra parte, establece un marco concreto de cooperación entre las Partes contratantes de la
Comunidad de la Energía y los Estados miembros de la UE.
Por último, la opción 3 mejoraría el marco legislativo relativo a las infraestructuras al introducir obligaciones más
precisas y efectivas para tomar debidamente en consideración todos los costes y beneficios en cuestión.
¿Cuáles son los costes de la opción preferida (si existe, o bien de las principales)? Máximo 12 líneas
En general, el coste de los instrumentos propuestos en la opción preferida (3) será muy limitado. Algunas
medidas pueden acarrear costes más elevados que las opciones 1 y 2 (por ejemplo, obligaciones de flujo en
sentido inverso), aunque estos seguirán siendo muy limitados. Las medidas son en su mayoría de carácter
administrativo y se basan en una mayor cooperación entre las partes interesadas. Por lo tanto, los costes son
también de naturaleza administrativa y no muy significativos. Además, algunas propuestas (por ejemplo, en lo
que respecta a la norma relativa al suministro) tratan incluso de evitar costes innecesarios y aprovechar
sinergias en las medidas relativas a la seguridad del suministro, lo cual debería reducir los costes globales del
marco de seguridad del suministro para todos los consumidores.
¿Cómo se verán afectadas las empresas, las pymes y las microempresas? Máximo 8 líneas
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La opción preferida debería tener efectos positivos globales en todos los participantes en el mercado y los
consumidores, incluidos en este caso los consumidores no domésticos. Contiene disposiciones destinadas a
garantizar transparencia y rentabilidad en el cumplimiento de una serie de normas (por ejemplo, la norma
relativa al suministro), según lo solicitado por el sector.
Las pymes seguirán formando parte de los «clientes protegidos» si un Estado miembro así lo decide, por lo que
esta opción no tendrá efectos negativos para ellas. Con todo, no estarán necesariamente amparadas por el
principio de solidaridad. Debe tenerse en cuenta que dicho principio está concebido para hacer frente a
situaciones muy extremas en las que está en juego el suministro a los hogares y los servicios sociales
esenciales (por ejemplo, los hospitales), que se considera una prioridad esencial. Se trata, pues, de un
mecanismo de último recurso en caso de extrema necesidad, situación que la totalidad del Reglamento
revisado tiene por objeto evitar, pero para la que es preciso estar preparados.
¿Se producirán efectos significativos sobre los presupuestos nacionales y las administraciones?
Máximo 4 líneas
Los efectos en términos de costes y carga administrativa se mantendrán muy limitados. Aunque varias
disposiciones exigen una cooperación regional mucho más estrecha, las pruebas ya realizadas (por ejemplo,
pruebas de resistencia) han allanado el camino para esa cooperación reforzada y también se propone una serie
de medidas complementarias para compensar y atenuar el posible aumento de la carga administrativa (por
ejemplo, modelos, ampliación del período de revisión para la actualización de los planes, etc.).
¿Se producirán otros efectos significativos? Máximo 6 líneas
No.
D. Seguimiento
¿Cuándo se revisará la política? Máximo 4 líneas
Los resultados de la aplicación global se evaluarán seis años después de la entrada en vigor del Reglamento
revisado. El calendario propuesto garantizará un panorama completo de su aplicación, basado, en particular, en
la evaluación de dos ciclos completos de planes de seguridad del suministro (plan de acción preventivo y plan
de emergencia).
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