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PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS QUE HAN DE REGIR EN EL
CONCURSO ABIERTO PARA LA CONTRATACIÓN DE LA GESTIÓN DEL
SERVICIO PÚBLICO DE LAS PRESTACIONES DE TERAPIA
RESPIRATORIA DOMICILIARIA Y OTRAS TÉCNICAS DE
VENTILACIÓN ASISTIDA EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD
AUTÚNOMA DE LA REGIÓN DE MURCIA
1. OBJETO
El objeto de este concurso es la prestación del servicio domiciliario de
oxigenoterapia, aerosolterapia, ventilación mecánica, terapia del síndrome
de apnea del sueño,
estudios del sueño, monitorización
de apnea,
pulsioximetría y aspiración de secreciones para los beneficiarios del
Servicio Murciano de Salud.
Las empresas adjudicatarias se comprometen a atender, con carácter
permanente, a los pacientes que lo requieran por prescripción facultativa y
de acuerdo con las instrucciones que determine el Servicio Murciano de
Salud.
DESCRIPCIÓN DE LAS TÉCNICAS, DISPOSITIVOS Y OPERACIONES
EN EL DOMICILIO DEL PACIENTE
La descripción de las técnicas, dispositivos y operaciones en el domicilio del
paciente es la que sigue:
 Oxigenoterapia continua domiciliaria.



Oxigenoterapia con cilindro o bala de oxigeno.
Oxigenoterapia con concentrador.
Oxígeno líquido.
 Aerosolterapia a domicilio.


Aerosolterapia convencional.
Aerosolterapia de alto flujo.
1
 Tratamiento ventilatorio del síndrome de apnea del sueño, a
domicilio.
CPAP: presión positiva continua en vía aérea.
BIPAP: presión positiva binivel en la vía aérea con dos
modalidades: espontánea y controlada
 Estudios de sueño a domicilio.


 Ventilación mecánica a domicilio.
 Aspirador de secreciones a domicilio.
 Pulsioximetría a domicilio.
 Monitorización de la apnea a domicilio.
REQUISITOS MÍNIMOS GENERALES:
1. Todos los equipos deben cumplir los requisitos establecidos en el RD
414/96, de 1 de Marzo, sobre productos sanitarios, la normativa
internacional de seguridad para aparatos eléctricos de uso médico así
como la normativa legal local, autonómica y estatal vigente en cada
momento de todos los equipos utilizados electromédicos o no y para
el material fungible que se precise, debiendo estar todos ellos
validados y en correcto estado de funcionamiento.
2. Todos los equipos
dispondrán de instrucciones adecuadas y
comprensibles en lengua oficial española, especialmente para
actuación en caso de emergencia. Todo el etiquetado estará también
en lengua oficial española (Directiva 93/42/CEE; RD 414/96)
3. Serán de obligado cumplimiento los criterios higiénico-sanitarios
para la prevención y control de la legionellosis en instalaciones de
riesgo en terapias respiratorias que se contemplan en el Real Decreto
865/2003 de 4 de julio de 2003.
2
4. Con objeto de asegurar la prestación del servicio, las empresas
ofertantes, en el momento de la presentación de ofertas, deberán
tener (como se especifica en el pliego de cláusulas administrativas)
_ La capacidad de producción y envasado de oxígeno necesarios para
atender satisfactoriamente a todos los usuarios de lo centros donde se
oferta. En este sentido, se deberá disponer de mas de una planta de
producción y envasado, bien propias o contratadas por la entidad ofertante,
_ Los equipos necesarios, en cada modalidad terapéutica, para atender
satisfactoriamente a los usuarios de los centros .
_ Los profesionales sanitarios (auxiliar de enfermería, enfermero o
fisioterapeuta) , en el momento de la adjudicación, debidamente formados
en la materia para la adecuada atención al paciente en las terapias que se
establecen.
2. ATENCIÓN AL PACIENTE
Atención del aviso de instalación de los equipos antes de las 24 horas
siguientes
a la recepción del mismo, 12 horas para el caso de la
oxigenoterapia, monitor de apnea y ventilación mecánica no continua o
dentro de las 4 horas siguientes en caso de urgencia.
En los casos de ventilación mecánica continua se proporcionará el equipo y
se comenzará el adiestramiento en el mismo centro hospitalario, en su caso,
antes del traslado del paciente a su domicilio.
INSTALACIÓN DE EQUIPOS EN EL DOMICILIO DEL PACIENTE:
El personal que acceda al domicilio del paciente deberá estar identificado
con una credencial personal, con fotografía, expedida y cancelada bajo la
responsabilidad de la empresa contratada.
Las botellas, aparatos y sistemas, así como sus accesorios, fungibles o no, se
suministrarán en el domicilio del paciente con los medios de transporte
técnicos y humanos propios de la empresa adjudicataria.
Se facilitará el suministro de accesorios nuevos en bolsa estéril, cerrada y
precintada, al inicio del tratamiento, renovándose el material fungible cada
vez que se requiera renovarlo.
3
El sistema de conexión entre los aparatos y los paciente, así como los
elementos que presenten riesgo de contaminación y tengan carácter
fungible, serán nuevos en cada instalación. En caso de tratarse de no
fungibles deberá facilitarse en bolsa estéril debidamente precintada.
Los equipos deberán poseer unas dimensiones que garanticen su estabilidad
y serán suministrados con los soportes y elementos de fijación necesarios
para asegurar que no puedan caer accidentalmente con riesgo de lesiones
para el paciente o acompañantes.
La empresa adjudicataria deberá contar en cada momento con las
existencias y servicios técnicos y de distribución necesarios para efectuar
el suministro a los pacientes en las condiciones mencionadas.
La empresa retirará con sus medios los equipos al finalizar el tratamiento.
ATENCIÓN DOMICILIARIA:
 Puesta en marcha de los equipos con los parámetros prescritos por el
facultativo:
 Por personal sanitario (auxiliar de enfermería, enfermero o
fisioterapeuta): en las modalidades de ventilación mecánica,
tratamiento del síndrome de apnea del sueño, estudios del
sueño, pulsioximetría, aspiración de secreciones, monitor de
apnea.
 Por personal técnico: en las modalidades de oxigenotarapia y
aerosolterapia.
 Entrega del manual de instrucciones en el domicilio.
 Información verbal y escrita al usuario y familiares sobre las
instrucciones de funcionamiento, manipulación y normas de seguridad
de los equipos instalados, verificándose la total comprensión por
aquellos.
 Adiestramiento del paciente y familiares en los aspectos de uso,
manipulación e higiene de los equipos, verificándose la adquisición de
la destreza por aquellos.
4
 Educación para la Salud de forma sistematizada al paciente y
familiares por parte de personal sanitario de la empresa según el
protocolo que se establezca en cada caso, sobre:





Aspectos de la enfermedad en términos sencillos.
La importancia del cumplimiento de la prescripción.
Hábitos saludables (no fumar, ejercicio físico, nutrición,...)
relacionados con la enfermedad.
Uso correcto de la medicación (inhaladores,...)
Alerta relacionada con signos y síntomas, en términos sencillos,
de complicaciones por las que deben acudir a un centro médico.
 Fisioterapia respiratoria domiciliaria en los casos que indique el
facultativo, según protocolo establecido.
 Consentimiento informado (documento de la empresa )
 Servicio de información y atención al paciente operativo las 24 horas
de todos los días.
 Servicio de asistencia técnica permanente, incluidos festivos y
horario nocturno, que solventará dudas de funcionamiento y atenderá
las averías, a demanda del usuario, con la urgencia que requiera cada
caso, sustituyendo el equipo si así fuera necesario. De modo
preceptivo se establece que la respuesta eficaz a este tipo de aviso
deberá darse antes de las 4 horas siguientes al aviso del usuario.
VISITAS DOMICILIARIAS:

Oxigenoterapia y Aerosolterapia:
Instalación de los equipos por personal técnico.
Tras la instalación en el domicilio del paciente, se verificará
telefónicamente por el personal sanitario en las primeras 24 horas el
correcto funcionamiento y manejo de los equipos.
El personal sanitario realizará una primera visita a los 15 días de la
instalación de los equipos y posteriormente una revisión trimestral en el
domicilio del paciente que incluya:
 La comprobación del correcto funcionamiento del equipo ( en los
concentradores de oxígeno se controlará y ajustará la pureza del
oxígeno suministrado)
5



La reposición de accesorios.
La verificación del cumplimiento de la prescripción.
El refuerzo de los aspectos de Educación para la Salud.
Si el paciente se encuentra incluido en el programa de fisioterapia
respiratoria, la atención en el domicilio se hará según lo que establece el
protocolo que redacte al efecto el facultativo responsable del servicio de
cada Centro Sanitario contratante con la empresa adjudicataria.

Ventilación mecánica:
Instalación de los equipos por personal sanitario.
La primera visita la realizará el personal sanitario al día siguiente, la
segunda a los 7 días, la tercera al mes y después cada dos meses,
realizando:









Valoración de la adaptación del paciente y familiares al
tratamiento.
Verificación de destreza del paciente y familiares para el
manejo básico del equipo, aclarando dudas y reforzando los
aspectos que deban serlo.
Comprobación de la saturación del oxígeno.
Verificación de fugas y medidas antifugas.
Verificación de erosiones nasales.
Verificación de ciclaje y estabilidad de parámetros
ventilatorios.
Verificación de alarmas y se recabará información sobre estas.
Verificación de la batería interna.
Refuerzo de aspectos de Educación para la salud.
 El personal sanitario efectuará una comunicación telefónica a las 48
horas después de instalado el equipo, posteriormente una llamada
cada 7 días durante el primer mes, acudiendo al domicilio si se
precisa. En esta llamada se formulará una batería de preguntas
relacionadas con:
 Situación del paciente.
 Adaptación a los equipos.
 Alarmas.
 Dudas sobre el funcionamiento, manipulación, higiene y normas de
seguridad.
 Educación para la salud.
6

Tratamiento del síndrome de apnea del sueño:
 Instalación del equipo por el personal sanitario.
 La primera visita la realizará el personal sanitario al día siguiente de
la instalación del equipo, la segunda a los 15 días, la tercera al mes y
posteriormente trimestralmente, realizando:



Valoración de la adaptación del paciente al tratamiento.
Verificación de la destreza para el manejo básico del
equipo, aclarando dudas y reforzando aquellos aspectos
que necesiten serlo.
Control del correcto funcionamiento del equipo.
 El personal sanitario efectuará una comunicación telefónica 48 horas
después de la instalación del equipo, y posteriormente con una
periodicidad semanal durante el primer mes, acudiendo al domicilio
del paciente si fuera necesario. En esta llamada se formulará una
batería de preguntas relacionadas con:
 Situación del paciente.
 Adaptación a los equipos.
 Alarmas.
 Dudas sobre el funcionamiento, manipulación, higiene y normas de
seguridad.
 Educación para la salud.

Pulsioximetría y monitor de apnea:
 Instalación de los equipos por el personal sanitario.
 El personal sanitario efectuará una visita a la semana
de la
instalación de los equipos
y posteriormente trimestralmente,
realizando:
 Valoración de la adaptación del paciente al tratamiento.
 Verificación de la destreza para el manejo básico del equipo,
aclarando dudas y reforzando aquellos aspectos que necesiten
serlo.
 Control del correcto funcionamiento del equipo.
 El personal sanitario efectuará una comunicación telefónica a las 24
horas después de la instalación del equipo, y posteriormente con una
7
periodicidad semanal durante el primer mes, acudiendo al domicilio
del paciente si fuera necesario.
o Aspiración de secreciones:
 Instalación de los equipos por el personal sanitario.
 El personal sanitario realizará una visita al mes de la instalación de
los equipos y posteriormente trimestralmente realizando:



Valoración de la adaptación del paciente al tratamiento.
Verificación de la destreza para el manejo básico del equipo,
aclarando dudas y reforzando aquellos aspectos que necesiten
serlo.
Control del correcto funcionamiento del equipo.
 El personal sanitario efectuará una comunicación telefónica al día
siguiente de la instalación del equipo, y posteriormente con una
periodicidad semanal durante el primer mes, acudiendo al domicilio
del paciente si fuera necesario.
EN GENERAL:
Todos los aspectos de Educación para la Salud e información al paciente y
familiares contarán con el visto bueno de los responsables de los servicios
prescriptores de los Centros del SMS.
La empresa deberá contar con un sistema protocolizado de evaluación de los
conocimientos adquiridos por el paciente y/o al menos un familiar que
conviva con este ( o sólo por los familiares dependiendo de la situación
clínica del paciente) con seguimiento periódico durante todo el tiempo que
dure la prestación y para todas las terapias.
La empresa deberá disponer de una ficha de seguimiento del paciente que
incluyan todos los datos que indique el SMS, que se cumplimentará en su
totalidad desde el inicio del tratamiento de cada paciente y en cada una de
las revisiones , debiendo facilitar esta información cuando se solicite.
De cada visita el personal sanitario emitirá informe al responsable del
paciente en circunstancias y formato que se determinen.
8
3. MANTENIMIENTO DEL SERVICIO.
Se establecerá un sistema de mantenimiento preventivo de equipos y
accesorios, en el domicilio del paciente, y, correctivo en talleres propios o
subcontratados, pero debidamente homologados.
Se realizará una revisión exhaustiva del equipo por personal especializado,
en su caso en taller homologado: 1 vez al año en el caso de los ventiladores y
cada 8760 horas en el caso de los concentradores. Quedará constancia en
los mismos de la fecha de la última revisión efectuada, así como el
responsable que certifica la idoneidad del estado del equipo.
4. ACCESO A LOS SERVICIOS.
Sólo se considerarán indicaciones válidas aquellas que estén cumplimentadas
en el modelo de prescripción de terapias respiratorias domiciliarias que
determine el SMS.
La indicación definitiva (superior a tres meses) de cualquier modalidad
terapéutica respiratoria a domicilio será efectuada exclusivamente por
especialistas hospitalarios.
Las indicaciones realizadas por facultativos de Atención Primaria y/o
Urgencias se considerarán prescripciones transitorias y no tendrán validez
como prescripción definitiva. El paciente deberá ser estudiado en el menor
tiempo posible en la Unidad de Neumología, que determinará el siguiente
periodo de prescripción.
La empresa adjudicataria deberá asumir la prestación de todos los servicios
a los pacientes que residan temporal y/o permanentemente en el Área de
influencia de cada hospital.
9
5. INFORME CONTROL DE LA PRESTACIÓN.
Información sobre identificación y consumo
La empresa contará con un sistema que permita la gestión informatizada de
la terapia respiratoria domiciliaria.
Se establecerá un Registro de Pacientes en Terapias Respiratorias
domiciliarias, será obligatorio que todos los usuarios estén inscritos en este
registro y en él se harán constar todos los datos relativos al paciente, al
facultativo y a la facturación.
Para cada paciente y modalidad terapéutica la empresa confeccionará una
ficha que estará a disposición en todo momento del o los centros de gestión
que el SMS determine.
En ella constará:
Apellidos, nombre, dirección y teléfono del paciente.
Apellidos, nombre, CÍAS, especialidad y centro de trabajo del médico
prescriptor.
Trascripción de los datos que consten en el modelo normalizado de
prescripción.
Día de instalación de los equipos.
Día de retirada del equipo o equipos.
Marca, nº de serie y modelo del equipo o equipos.
Valor del contador en horas en el caso de que el equipo disponga del mismo.
Fecha de cada una de las revisiones de mantenimiento, especificando las
trimestrales y las exhaustivas y transcripción de los datos que resulten de
las mismas.
En el caso de sistemas de suministro de oxígeno con cilindros o sistemas de
fuente portátil, se reflejará la capacidad de los recipientes.
En el caso de suministro de oxígeno con cilindro o de oxígeno líquido se
hará constar el consumo/ mes de oxígeno por el paciente. En el caso de que
el paciente precisara simultáneamente mas de un recipiente se realizarán
las correspondientes anotaciones identificando claramente cada uno.
Fecha de revisión telefónica y visitas a domicilio del paciente y resultados
de las mismas.
Incidencias.
10
Informe de control.
La empresa contratada enviará en papel y en soporte informático a la
unidad/es o dependencias del centro de gasto contratante que este
determine, como mínimo la información mensual como sigue:
Hoja resumen general, con:
Nº medio de tratamientos/día habidos en el mes en cada modalidad
terapéutica.
Nº de altas y bajas habidas en ese mes.
Detalle por modalidad terapéutica:
Modalidad terapéutica.
Apellidos, nombre, nº de SS, edad, dirección y teléfono.
Apellidos, nombre, especialidad, CíAS y centro de trabajo del/los médicos
prescriptores.
Parámetros de prescripción.
Fecha de prescripción.
Fecha de inicio del tratamiento.
Fecha de finalización del tratamiento y motivo.
Nº de días de tratamiento en el mes a que se refiere el informe.
Nº de días de tratamiento desde el inicio del año en curso.
En el caso de que a un mismo paciente se le haya prescrito y suspendido
varias veces la modalidad terapéutica los datos se harán constar en cada
una de las prescripciones.
Facturación de los servicios.
Solo podrán ser facturados los servicios prescritos por el personal
facultativo autorizado por el SMS.
6. COMISIÓN DE SEGUIMIENTO.
Se creará una comisión de seguimiento para el control de la prestación que
estará constituida en cada centro de gestión por un representante del
Servicio de Neumología, un representante de la empresa y un representante
de la Dirección del centro. Esta comisión se reunirá trimestralmente.
El Servicio Murciano de Salud realizará el control, seguimiento y evaluación
de la prestación a través del Servicio de Inspección de Centros, Servicios y
Establecimientos Sanitarios.
11
7. DESCRIPCIÓN TÉCNICA DEL MATERIAL:
 OXIGENOTERAPIA.
Los equipos utilizados para el suministro de oxigeno deberán cumplir el
Reglamento de Aparatos a Presión, la Instrucción Técnica Complementaria
MIE-AP7, así como la normativa de aplicación en cada momento sobre el
funcionamiento de estos equipos.
El Oxígeno suministrado será específico para uso medicinal y cumplirá en
todo momento con los requerimientos de la Real Farmacopea Española y
Europea, este aspecto se asegurará por medio de un procedimiento
documentado (RD1800/2003)
Todos los equipos utilizados en la prestación del servicio
(reguladores/caudalímetros, concentradores y recipientes de oxígeno
líquido) deberán cumplir la directiva 93/42/CEE del Consejo de las
Comunidades Europeas de inmediata transposición a la legislación española y
en vigor a partir del 01 de enero de 1995.
Los vehículos utilizados para el transporte del oxigeno suministrado,
deberán cumplir los requisitos y Normativas vigentes en cada momento,
especialmente en lo referente al transporte de mercancías peligrosas (ADR03)
Los accesorios necesarios para la administración del tratamiento deberán
de ser de uso individual, estar fabricados con materiales atóxicos y serán
entregados al paciente en envase individual precintado y etiquetado,
garantizándose la no manipulación entre su fabricación y el usuario.
El concesionario del servicio deberá contar en cada momento con la
suficiente reserva de almacenamiento, servicio técnico y de distribución
necesarias para efectuar el suministro del paciente con la urgencia y
tiempos establecidos.
12
OXIGENOTERAPIA CON CILINDRO O BALA DE OXIGENO.
Características generales:

El cumplimiento de los requisitos de la Farmacopea Europea y
Española deberá estar reflejado en el etiquetado de cada botella.
Esta calidad tendrá que estar asegurada por medio de un
procedimiento documentado garante de que durante la fase de
envasado:
o Se hace un vacío previo a todas las botellas antes de su llenado.
o Se identifica cada botella con el lote de envasado
correspondiente.
o Se analiza cada lote y se precinta cada botella al finalizar el
proceso garantizando la no manipulación desde su salida de
fábrica.

Las botellas estarán provistas de una etiqueta con instrucciones de
uso y especificación del nombre, dirección y teléfono de la empresa
suministradora para casos de avería o emergencia.

Las botellas tendrán unas dimensiones que garanticen su estabilidad y
serán suministradas con los soportes y elementos de fijación
necesarios para asegurar que no puedan caer accidentalmente con
riesgo de lesiones para el paciente o acompañantes. En todo caso la
capacidad de las botellas será como máximo de 30 litros de capacidad
de agua (6 metros cúbicos de oxígeno comprimido a 200 bares de
presión)

El volumen de oxígeno en el domicilio del paciente estará de acuerdo
con el consumo previsto y a la proximidad al centro de distribución,
pero en ningún caso la cantidad total de oxígeno podrá superar los 20
metros cúbicos, salvo que el consumo por día programado justifique
expresamente la necesidad de incrementar la cantidad anterior.

Si la vivienda del paciente dispone de dos plantas, se deberán
proporcionar dos cilindros, uno para cada planta, o un sistema de
suministro que permita la completa movilidad del paciente en ambas
plantas.
13
El sistema básico de administración de oxígeno al paciente constará de:







Manómetro capaz de indicar en cada momento la presión de carga
contenida en el envase o botella.
Caudalímetro. El modelo utilizado debe ser de fiabilidad y estabilidad
comprobada y capaz de medir en litros/ minuto el flujo de gas
prescrito por el facultativo. Permitirá la administración exacta de
un flujo bajo de oxígeno (0,5 a 2 litros/ minuto)
Válvula de demanda y vaso humidificador según prescripción
facultativa.
Tubos de conducción de una pieza o de una longitud máxima de 20
metros, ajustándose en cada caso su longitud a las necesidades del
paciente.
Accesorios de inhalación. Se suministrará el prescrito por el
facultativo en cada caso: gafas nasales, catéter nasal tipo sonda y/o
mascarilla de inhalación oronasal o traqueal.
Conexiones de seguridad.
Se suministrará una botella adicional pequeña para transporte,
equipada para funcionamiento inmediato, a los pacientes que, no
siendo subsidiarios de oxígeno líquido, precisen oxigenoterapia
durante desplazamientos concretos (visita médica, etc)
OXIGENOTERAPIA CON CONCENTRADOR.
Características generales:
El modelo de concentrador de oxígeno deberá estar homologado y reunir, al
menos, las siguientes características:
 Componentes eléctricos que permitan su conexión y funcionamiento a
partir de la red eléctrica doméstica.
 Peso inferior a 30 Kg.
 Ruedas o cualquier otro sistema que garantice un fácil
desplazamiento del aparato sin tener que levantarlo.
 Nivel de sonoridad inferior a 55 dB, medida a 1 metro de distancia
del equipo.
 Alarma sonora para avisar de la interrupción del suministro eléctrico.
 Filtro de entrada de aire de fácil manipulación por el paciente.
 Filtro antibacteriano, de polen y polvo.
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




La pureza mínima será del 90% con independencia del flujo de
oxígeno administrado.
Indicadores luminosos de la pérdida de pureza del oxígeno
suministrado, así como alarma sonora de la misma.
Contador horario que permita controlar al número de horas de
funcionamiento que no pueda ser manipulado.
Consumo eléctrico inferior a 450 vatios/ hora.
El equipo permitirá un aporte de oxígeno según la prescripción
facultativa y siempre de al menos 1 a 3 litros por minuto.
Material básico de administración y accesorios:








Caudalímetro de fiabilidad y estabilidad comprobada y capaz de
medir en litros /minuto el volumen de gas en su salida de
administración al enfermo. Ofrecerá la posibilidad de ajustar el flujo
de oxigeno a la prescripción del facultativo, así como permitir la
administración exacta de un flujo bajo de oxígeno ( inferior a 1 litros
/minuto) si se requiere.
Vaso humidificador según prescripción facultativa.
Tubos de conducción de una pieza y de una longitud máxima de 20
metros.
Accesorios de inhalación. Se suministrarán los prescritos por el
facultativo en cada caso: catéter tipo sonda nasal y/o mascarilla de
inhalación oronasal o traqueal.
Conexiones de seguridad.
Botella de reserva. la empresa suministrada facilitará al paciente
junto al concentrador, una botella de oxígeno medicinal
perfectamente equipado para su uso inmediato para el caso de avería
o corte de corriente.
Válvula de demanda según prescripción facultativa.
Se suministrará
también una botella adicional pequeña para
transporte, equipado para funcionamiento inmediato, a los pacientes
que, no siendo subsidiarios de oxígeno líquido, precisen
oxigenoterapia durante desplazamientos concretos.
15
OXIGENOTERAPIA CON OXIGENO LIQUIDO:
Características generales:







El equipo a suministrar constará de dos recipientes criogénicos, uno
nodriza, dotado de ruedas, y otro portátil en los que se almacena
oxigeno líquido a –183 º C.
El sistema de rellenado del equipo portátil ha de ser sencillo y con
mínima posibilidad de riesgos para que éste pueda ser realizado por
el propio paciente, una vez adiestrado por personal cualificado de
entidad adjudicataria.
Depósito nodriza: capacidad entre 20 y 45 litros y tasa de
evaporación inferior a 0.75 litros/día.
Depósito portátil: peso lleno inferior a 4 Kg; tasa de evaporación
inferior a 0.75 litros/día.
El periodo mínimo de autonomía a un flujo medio de 2 l/min. Será
como mínimo de a 3 horas.
la calidad del oxigeno suministrado será la que estableza la
Farmacopea Europea y Española en cada momento.
Tanto el depósito fijo como el portátil dispondrán de un indicador de
contenido que permita saber en todo momento la cantidad de oxígeno
contenido.
Material básico de administración y accesorios para ambos depósitos:
 Caudalímetro de fiabilidad y estabilidad comprobada y capaz de
medir en litros /minuto el volumen de gas en su salida de
administración al enfermo. Ofrecerá la posibilidad de ajustar el flujo
de oxigeno a la prescripción del facultativo, así como permitir la
administración exacta de un flujo bajo de oxígeno ( inferior a 1 litros
/minuto) si se requiere.
 Vaso humidificador según prescripción facultativa.
 Tubos de conducción de una pieza y de una longitud máxima de 20
metros, ajustándose en cada caso su longitud a las necesidades del
paciente.
 Accesorios de inhalación: se suministrará el prescrito por el
facultativo en cada caso.
 Conexiones de seguridad.
16
 AEROSOLTERAPIA:
Se instalarán, según la prescripción médica, dos tipos de aerosoles:
AEROSOL CONVENCIONAL.
Características generales:
 Flujo a régimen dinámico igual o superior a 4 l./min.
 Nebulizador tipo Jet con o sin demanda por la inhalación del paciente.
 Volumen residual inferior o igual a 1 ml.
 Diámetro de masa media (MMD) entre 1 y 5 micras.
 Fracción respirable (RF) en % de MMD por debajo de 5 micras no
inferior a 70%.
 Circuito cerrado para nebulización de antibióticos, esteroides, etc.
AEROSOL DE ALTO FLUJO.
Características generales:
 Flujo a regimen dinámico superior a 8 l./min.
 Nebulizador tipo Jet con demanda por la inhalación del paciente.
 Volumen residual inferior o igual a 1 ml.
 Diámetro de masa media ( MMD) entre 1 y 5 micras.
 Fracción respirable (RF) en % de MMD por debajo de 5 micras no
inferior a 70%.
 Circuito cerrado para nebulización de antibióticos, esteroides, etc.
Material básico de administración y accesorios para ambos equipos:







Tubo para antibióticos.
Filtro de entrada de aire.
Filtro antibacteriano.
Tubo de alta presión para conexión del nebulizador con el compresor
a través del filtro antibacteriano.
Boquillas para nebulización (máscara facial, pieza nasal o bucal)
Material fungible necesario.
Instrucciones para el paciente sobre uso e higiene del equipo y
accesorios.
17
 TRATAMIENTO VENTILATORIO DEL SÍNDROME DE LA APNEA
DEL SUEÑO.
 CPAP. PRESIÓN POSITIVA CONTINUA EN VÍAS AÉREAS.
El sistema a instalar en el domicilio del paciente constará como mínimo de
los siguientes elementos:













Generador de presión.
Regulador de la presión por mando ajustable hasta un máximo de 20
cm. de agua a intervalos de 0,5 cm de agua.
Debe mantener una presión positiva prefijada en la vía aérea , aunque
haya pérdidas en el circuito del paciente.
Indicador de presión perfectamente visible, programado con la
medida a nivel de la máscara.
Peso inferior a 2 Kg.
Fluctuación dinámica de la presión menor de 1 cm de agua.
Nivel sonoro inferior 36 decibelios a 1 metro, para una presión de 10
cm de agua (mascara obturada)
Presión máxima limitada en caso de fallo del circuito electrónico de
control.
El sistema debe poseer doble aislamiento eléctrico para la seguridad
del paciente, y debe poder funcionar con corriente 220 voltios
alterna o con conexión a fuente de corriente continua de 12 V (tipo
mechero de coche o directo a batería)
Función de retardo programable que permita conseguir la presión
prefijada de forma paulatina en un tiempo inicial prefijado.
Cuenta-horas que permita el seguimiento del cumplimiento de la
terapia.
Para aquellos casos que los facultativos indiquen , se incluirá sin cargo
adicional equipos auto-CPAP.
Para aquellos casos que los facultativos así lo indiquen , y con el
objetivo de un posterior análisis, se instalarán equipos con memoria
de registro de, como mínimo 90 sesiones sin cargo adicional.
Accesorios:



Sistemas de filtro, que aseguren la calidad de aire que llega al
paciente.
Filtro de repuesto.
Arnés de sujeción.
18





Tubo de conexión anticolapsable.
Dispositivo nasal prescrito por facultativo de tamaño adecuado al
paciente, y conjunto de sujeción.
Material fungible necesario.
Bolsa de transporte.
Mecanismos necesarios para añadirle oxigenoterapia, así como
accesorio humidificador o humidificador calentador, bajo
prescripción facultativa .
 PRESIÓN POSITIVA DE DOS NIVELES EN LA VÍA
AÉREA (BIPAP)
El sistema a instalar en el domicilio del paciente constará de:

Generador de flujo que mantenga una presión positiva prefijada en la
vía aérea, entre niveles ajustados de presión positiva inspiratoria
(IPAP) y presión positiva espiratoria (EPAP) aun con las pérdidas
admisibles del circuito del paciente.

Según prescripción médica se deberá poder funcionar de los modos
siguientes:
BIPAP asistida/ controlada: espontáneo, espontáneo /ciclado y ciclado.
BIPAP espontánea: funcionará como respuesta al flujo del paciente.
Ambos tipos de generadores cumplirán los requisitos y estarán dotados de
los componentes siguientes:







Doble aislamiento eléctrico para la seguridad del paciente, con
corriente de 220 voltios alterna o con conexión de 12 voltios (tipo
mechero de coche o directo a batería)
Regulador de presión ajustable a intervalos de 1 cm de agua.
Fluctuación máxima de la presión menor de 1 cm de agua.
Indicador de presión perfectamente visible, programado con la
presión a nivel de máscara.
Función de retardo programable (BIPAP espontánea)
Presión máxima limitada en caso de fallo del circuito electrónico de
control.
Cuenta-horas que permita el seguimiento del cumplimiento de la
terapia.
19


Nivel sonoro inferior a 40 decibelios a 1 metro, para una presión de
10 cm de agua (máscara obturada)
Peso inferior a 4 Kg.
Accesorios:







Dispositivo nasal prescrito por el facultativo, de tamaño adecuado al
paciente y conjunto de sujeción.
Arnés de sujeción.
Válvula de espiración.
Tubo corrugado.
Material fungible necesario.
Bolsa de transporte.
Mecanismos necesarios para añadirle oxigenoterapia así como de
accesorio humidificador o humidificador calentador según
prescripción facultativa.
 ESTUDIOS DE SUEÑO.
Los polígrafos deberán satisfacer las necesidades de los especialistas
que solicitan la exploración, neumólogos o neurofisiólogos, en lo que se
refiere al número y tipo de registros monitorizados.
En cualquier caso, las empresas deberán indicar en la oferta los canales
de que disponen los equipos polígrafos que se instalarán al igual que el
resto de características técnicas de los mismos.
 VENTILACIÓN MECÁNICA.
El sistema a instalar en el domicilio del paciente constará como mínimo de:







Generador de flujo que suministre ventilación de volumen o de
presión.
Peso inferior a 18 Kg.
Doble aislamiento eléctrico para la seguridad del paciente, con
funcionamiento con con corriente de 220 voltios alterna.
Batería interna o posibilidad de conexión a batería externa.
Conexión a fuente continua de 10 a 40 voltios (tipo mechero de coche
o directo a batería)
Cuenta-horas de funcionamiento.
Mecanismos necesarios para incorporar oxigenoterapia.
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Accesorios:
deberán ser de uso individual y estar fabricados con materiales atóxicos;
se entregarán al paciente en envase individual precintado y etiquetado.
Contarán al menos con los siguientes componentes:
 Sistema de filtros que aseguren la calidad del aire que llega al
paciente.
 Arnés de sujeción.
 Válvulas espiratorias facilmente lavables.
 Tubo corrugado (anticolapsable)
 Humidificador.
 Mascarilla nasal de tamaño adecuado al paciente y sistema de
sujeción a la misma.
 En los casos que así se indique, mascarilla oral y facial completa
adecuada al paciente.
 Cánulas de traqueostomía, sondas de aspiración y humidificadores de
nariz según prescripción facultativa, en pacientes que así lo
requieran.
 Accesorios que permitan fácil portabilidad.
 Batería externa de seguridad.
 Material fungible necesario.
VENTILADOR DE VOLUMEN.
 Tendrán un caudal de aire regulable que pueda alcanzar, como
mínimo, 20 litros/ minuto, con frecuencia respiratoria regulable
desde, al menos, 8 ciclos/ minuto y que alcance, como mínimo, 35
ciclos/minuto.

Dispondrá de mandos para ajuste de volumen de corriente, frecuencia
respiratoria, regulación I/ E o tiempo inspiratorio, sensibilidad,
modos ventilatorios y alarmas de alta y baja presión.

Contarán con alarmas independientes de fuentes externas de
suministro eléctrico. Las alarmas básicas son:
Alarma de desconexión eléctrica.
Alarma de fallo de funcionamiento.
Alarma de descarga de la batería.
Alarma de alta y baja presión.
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

Indicador de desencadenamiento de inspiración por parte del
paciente.
Podrán funcionar en ventilación asistida y ventilación controlada.
VENTILADOR DE PRESIÓN.

Tendrán un rango de presión de 5 a 30 milibares, Tendrán un caudal
de aire regulable que pueda alcanzar, como mínimo, 20 litros/ minuto,
con frecuencia respiratoria regulable desde, al menos, 8 ciclos/
minuto y que alcance, como mínimo, 35 ciclos/minuto.

Mandos para ajuste de presión del paciente, frecuencia respiratoria,
modos ventilatorios y regulación del tiempo inspiratorio.
 Contará con alarmas independientes de:
Alarma de desconexión eléctrica.
Alarma de fallo de funcionamiento.
Alarma de desconexión o corte de suministro eléctrico.
Alarma de descarga de la batería.
Alarma de alta y baja presión.
Podrán
funcionar en ventilación espontánea con soporte de presión
(asistida) y ventilación asistida con presión controlada (controlada)
A pesar de las requisitos mínimos exigidos, dadas las especiales
características de los pacientes tratados con ventilación, los Servicios de
Neumología de los Hospitales podrán tener en cuenta las peticiones de
aquellos pacientes y familiares que por el tiempo que llevan en terapia, han
depositado en él la confianza del tratamiento y no desean que se les instale
un equipo distinto.
 ASPIRADOR DE SECRECIONES:
El equipo instalado en el domicilio del paciente permitirá mediante presión
negativa regulable en intensidad, aspirar secreciones generadas en la vía
aérea, mediante catéter o sonda de aspiración.
Estará dotado de los siguientes elementos:
 Generador de aspiración.
 Recipiente recolector de secreciones.
 Regulador de intensidad de succión.
22


Conexiones desde el aspirador al paciente y de este al paciente.
Equipamiento necesario para adaptarlo a traqueostomía, en los
casos en que proceda.
Características técnicas:
 Capacidad de aspiración mínima de 400 mm Hg.
 Flujo de succión mínimo 10 litros/ minuto.
 Capacidad del colector mínima 0,5 litros.
 Posibilidad de disponer de batería y conexión a la red.
 Peso no superior a 3,5 Kg.
 El sistema de tubos de conexión, así como los elementos que
presenten riesgos de contaminación serán nuevos en cada instalación.
 PULSIOXIMETRÍA.

La empresa dispondrá de equipos válidos para adultos y de equipos
válidos para neonatos.
Dispondrá de los siguientes elementos:
Sensores adaptables a dedo de carácter universal, y en caso
necesario al pabellón auricular.
 Selección y acceso directo a los límites altos y bajos de alarmas de
SpO2 y de la frecuencia cardíaca.
 Alarmas visuales y sonoras.
 Almacenamiento automático de hasta 18 horas de datos de SpO2, de
la frecuencia cardiaca y violaciones de los límites de alarmas en la
memoria de tendencias.
 Salida para transmisión de datos.
 Autochequeo automático de arranque.
 Posibilidad de disponer de batería e incorporación a la red.
 Dispondrá de los siguientes intervalos de valoración:
 Saturación de oxígeno entre 1 y 100%.
 Frecuencia cardiaca, al menos, entre 30 y 220 latidos por minuto.
 Los errores máximos de medición serán:
Saturación de oxígeno +/- 2% para saturación de oxigeno entre 70% y
100%.
Frecuencia cardiaca +/- 2 latidos por minuto.

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 MONITOR DE APNEA.
Los monitores de apnea deberán cumplir lo establecido en la Directiva
93/42/CEE del Consejo de las Comunidades Europeas, los requisitos
establecidos en la norma UNE 20613 y todo el resto de normativa vigente
tanto en nuestro país como en el país de fabricación de los equipos.
Los equipos dispondrán de :
 Posibilidad de obtener registros gráficos y numéricos de los eventos
detectados por el equipo.
 Reloj-calendario que permita identificar la fecha y la hora de los
sucesos mas importantes, así como un seguimiento del cumplimiento
de la terapia.
 Posibilidades de conexión a pulsioximetro.
 Batería que permita el funcionamiento autónomo durante 10 horas.
 Los licitadores deberán reflejar los rangos e intervalos relativos a la
programación de las alarmas de apnea, taquicardia y bradicardia.
 Alarma acústica media no inferior a 75 dB a un metro de distancia.
 Deberán contar con alarma de :
Apnea, bradicardia y taquicardia.
Desconexión.
Avería del equipo.
Bajo nivel de batería.
Murcia, 14 de abril de 2005
DIRECTOR GENERAL DE RÉGIMEN
ECONÓMICO Y PRESTACIONES
Fdo. Andrés Carrillo González
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