Download Ver PDF - noble seguros
Document related concepts
no text concepts found
Transcript
Consentimiento Informado (CI) Por Dra. Myriam Andrea Roxana Cruz Médica Auditora de Clínica del Sol, Médica Legista, Magíster en Gerencia y Administración de Sistemas y Servicios de Salud Artículo Publicado en Revista ADECRA (Asociación de Clínicas, Sanatorios y Hospitales Privados de la República Argentina). Octubre 2008 (Nº 5) Del latín Cumsentire ... Sentir juntos, sentir con... Mucho se ha escrito sobre el tema, con múltiples y permanentes abordajes por diferentes áreas del saber. Como el conocimiento y el saber se construyen por estratos es la mejora continua lo que motiva que actualmente se continúe trabajando en el consentimiento informado con el firme objetivo de lograr el beneficio compartido del mismo, tanto para el paciente, como para el médico. Por supuesto es necesario contar con un análisis profundo para establecer cuáles son específicamente aquellos que podríamos denominar beneficios según los roles, expectativas de cada uno y la manera más adecuada de llegar a ellos. Conceptos Importantes: Definición: el CI no es sólo un documento, es un proceso que permite arribar a la declaración de voluntad realizada por una persona (paciente). Quedando habilitado para decidir con responsabilidad solamente luego de haber recibido la información suficiente, pertinente y debida, referida al procedimiento diagnóstico o terapéutico que se le propone como médicamente aconsejable. De este procedimiento se informarán los beneficios, los riesgos asociados, las opciones terapéuticas, las posibles complicaciones y el riesgo potencial de la no realización del mismo. Únicamente contando con esta información el paciente podrá consentir o no la realización del procedimiento. Esto hace referencia estricta a: 1 AUTONOMÍA: por este principio el paciente es capaz de comprender y asimilar y junto con la información poder tomar una decisión “autónoma” y voluntaria. DIGNIDAD: respeto de las personas y sus derechos. ADECUACIÓN DE LA INFORMACIÓN: es la provisión de los datos tomando en cuenta al interlocutor, de una forma apropiada. Sólo a través de la información y el conocimiento de la situación es que el paciente podrá sentirse involucrado en la toma de decisiones que afectan su cuerpo (desvanecimiento del paternalismo y de la unilateralidad). Cuadro: representa el flujo de la información, requisitos de la misma, deberes y derechos y sus responsables, en el marco de la relación médico-paciente: MÉDICO (Competencia) PACIENTE (Competencia) DEBERES DERECHOS INFORMACIÓN Suficiente Veraz Debida Lenguaje adecuado Relación Médico-Paciente En los comienzos el CI surgió como una herramienta resultado de la interacción entre reglas jurídicas y éticas. Este origen dio al CI una impronta de expresión del derecho de autonomía que terminó constituyéndose hoy en un falso “elemento de garantía legal” o de transferencia de responsabilidades. 2 Veamos porque pudo haberse generado esta distorsión: CALIDAD DE LA ATENCIÓN MÉDICA EJE EFICIENTE COMUNICACIÓN Medicina basada en la evidencia Adecuación de la atención a las necesidades del paciente Mejora de la calidad de vida Satisfacción del paciente INEFICIENTE Medicina defensiva Ejercicio médico cauteloso Desconfianza entre pacientes y médicos. Ruptura relación M-P Insatisfacción del paciente Ineficacia terapéutica Demandas por Praxis Médica: Como es de público conocimiento en el ámbito médico-legal, tanto las demandas como las instancias prejudiciales (mediaciones privadas) obedecen -con exclusividad casi total- a una falla en el proceso comunicacional en la relación médico – paciente. En este punto me gustaría hacer una incorporación ya que la experiencia demuestra que en nuestros días la relación involucra no sólo al paciente sino a su familia directa, quienes tienen la potestad también de opinar, escuchar, decidir y consentir si fuera necesario. La mayoría, y esto puede observarse en las sentencias no responden a un mal desempeño técnico profesional, no ponen en juego la idoneidad profesional del efector, sino que, claramente, son la manifestación, muchas veces incomprensible para nosotros los médicos, de la insatisfacción del paciente por una alteración de la comunicación. Este desequilibrio evidente y objetivable, conlleva una posterior fractura (si no se procede a tiempo) del vínculo fundamental: médico-paciente. Por ello es oportuno señalar que el CI no es un acto jurídico-legal, tampoco es un acto de tipo administrativo, sino una parte clave del acto médico que deberíamos llevar a cabo ya, con una total naturalidad previo a la realización de cualquier procedimiento, procurando afianzar la relación con el paciente. Ese paciente es la persona que fuera de la consulta tiene dudas, investiga, busca información, lee, pregunta, necesita conocer, escucha sobre otros casos y 3 experiencias. Esta secuencia de indagación sería mucho más responsable, segura y constructiva si se diera en el espacio de la relación médico-paciente. Toda energía encauzada para fortificar esta relación será la base del éxito de cualquier tratamiento médico. ¿ No sería deseable y apropiado que aquello que busca el paciente en libros, en Internet o con la experiencia de los otros se lo brindemos los médicos en nuestro consultorio? Finalmente ambos, médicos y pacientes poseemos los mismos intereses y objetivos. Instituciones y Consentimiento Informado Obstetricia es la especialidad que está en el ápice de las estadísticas por praxis médica, pero también es la especialidad que desde hace unos años a la fecha cumple rigurosamente con el consentimiento informado en el consultorio. La paciente se interna con esa declaración de voluntad para tener su bebé. Dada esta situación los obstetras se dieron cuenta de que era muy útil y valoraron los beneficios de cumplimentar este “trámite” otorgándole su verdadera dimensión dentro del acto médico esencial. En las Instituciones son variadas las posiciones y a veces resulta difícil hacer cumplir esta disposición de presencia. Los tiempos que se manejan son otros, se intenta evitar la recarga del profesional médico pero se lo reconoce como único emisor válido de información. Nadie puede hacerlo mejor. En la actualidad un grupo de profesionales de diversas Instituciones nos reunimos en la sede de ADECRA para tratar de consensuar y acercar criterios sobre el consentimiento informado, los responsables, la información que debe darse, la utilización de un lenguaje adecuado, su implicancia médico-legal, unificación de documentación, etc.. Es nuestro objetivo lograr un consentimiento en el que pueda expresarse con total libertad la decisión del paciente y en donde el médico detalle los datos posibles que generen una representación clara de aquello a lo que va a ser sometido el paciente y los riesgos que conlleva. Así como tomamos naturalmente la relación causa-efecto, podemos encontrar un paralelismo en el par información-decisión. No debería existir decisión alguna sin información veraz, oportuna, sencilla y precisa. Es importante tomar conciencia que tanto médicos, pacientes e Instituciones poseemos en esta interacción un rol totalmente activo que encuentra su denominador común en el Consentimiento Informado responsable y respetuoso de los derechos. Los tres actores de este sistema lo necesitamos. 4 El paciente debe de conocer la existencia del CI y reclamarlo en el caso de que por alguna razón este sea omitido. El médico debe tomarlo como parte del acto puramente médico e integrarlo a la práctica cotidiana como tal y las Instituciones tendrán que colaborar firmemente con los profesionales médicos para lograr automatizar un mecanismo simple, extremando las medidas de control, con una actitud solidaria no solo para responder ante un magistrado, sino para prevenir proactivamente. Hacerlo nos demanda solo unos minutos, hacerlo bien algunos minutos más... Evitemos la demanda innecesaria. 5
Related documents