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 COMERCIALIZACIÓN DE SUPLEMENTOS ALIMENTARIOS EN FARMACIAS DE VALPARAÍSO (Marketing of food supplements in pharmacies of Valparaiso). Mariane Lutz (1,2a), Natalia Correa (1b), Karina González (1b) y Ann Loren Smith (3c) RESUMEN / ABSTRACT Actualmente en las farmacias del país se observa una amplia oferta de suplementos alimentarios, los que se comercializan con una vasta promoción, cuyos atributos publicitarios en su mayoría aluden a propiedades saludables inespecíficas, y no se cuenta con un control exhaustivo del cumplimiento de la reglamentación estipulada para su registro y venta. El objetivo del estudio fue analizar la forma de comercialización de los suplementos alimentarios en 5 cadenas de farmacias de Valparaíso, considerando diversos puntos de venta (n=13), en los cuales se evaluó el cumplimiento de la reglamentación vigente. Se escogió aproximadamente 20 productos por cada tipo de farmacia, agrupando los resultados según el público al cual están dirigidos, formas de disposición en los puntos de venta y su registro. La mayor parte de los suplementos evaluados se ofrecen clasificados, en orden decreciente, como: adelgazantes, antioxidantes, multivitamínicos, fortificadores óseos, multiminerales y energizantes. Un 20% de los productos evaluados no se ofrece en una sección independiente del establecimiento y el 51% no cumple con alguno de los requisitos de registro sanitario. Los resultados muestran falta de cumplimiento de la reglamentación establecida para la venta de los suplementos alimentarios en las farmacias de Valparaíso, principalmente en lo que respecta a su forma de disposición en los locales, deficiencias en su registro y generalmente los atributos que se les atribuye en la publicidad carecen de base científica. Palabras clave: Suplementos alimentarios, Farmacias, Comercialización. A wide variety of food supplements is currently offered in the pharmacies throughout the country. These products are sold with considerable promotion, using a variety of marketing strategies, including a series of attributes that are declared, mostly related to unspecific healthy properties. There is no current mechanism of thorough control of the compliance of the regulations concerning their sanitary register, the forms of distribution in the store, and sale. The aim of the study was to analyze the mechanisms of marketing and commercialization of food supplements in 5 pharmaceutical chain stores in Valparaiso, considering various selling points (n=13), in which the legislation conformity was evaluated . Nearly 20 products were selected in each type of pharmacy, categorizing the results by the type of public to whom they are recommended, the form of their exhibition in the store, and their sanitary register. Most of the food supplements offered in the pharmacies of Valparaiso that were evaluated are classified, in decrement order, as slimming agents, antioxidants, multivitamins, bone strengtheners, mineral mixes, and energizing agents. 20% of the evaluated food supplements are not offered in an independent section of the pharmacy, as requested by the current regulation, and 51% do not comply with some of the requisites established for their sanitary registration. The results show a lack of conformity with the current legislation established in order to regulate this type of retail, mainly regarding their disposition in the pharmacy. Deficiencies in the sanitary registration process were also detected, and the attributes declared in their publicity usually lack any scientific basis. Key words: Food supplements, Pharmacies, Commercialization. ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐ INTRODUCCIÓN adelgazantes, energizantes, fortificadores óseos, entre otras. Los Se consideró de interés analizar la comercialización de suplementos alimentarios cumplen un rol fundamental en suplementos alimentarios en la ciudad de Valparaíso con el fin de aquellas personas que carecen de una dieta balanceada y/o no observar la diversidad de productos en oferta, así como verificar el cumplimiento de los estándares de calidad que establece la lograr cubrir sus requerimientos nutricionales, de acuerdo a su reglamentación vigente. Entre los antecedentes que llevaron a situación fisiológica, y su principal objetivo es mejorar el estado realizar este trabajo destaca la amplia gama de beneficios para la nutricional. Por tratarse de alimentos, su normativa se rige por el salud con la que se promocionan estos productos y la forma en Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA), que en su Artículo que estas cualidades están siendo divulgadas al consumidor. Cabe 534 define a los suplementos alimentarios y sus requisitos a cumplir como: “productos elaborados o preparados especialmente destacar que las propiedades que se atribuye a los suplementos para suplementar la dieta con fines saludables y contribuir a en venta incluyen aspectos tales como: disminución del porcentaje mantener o proteger estados fisiológicos característicos tales de grasa corporal, prevención y el tratamiento de resfríos, aumento de la masa muscular, estímulo y fortalecimiento del como adolescencia, adultez o vejez. sistema inmunológico, reducción del envejecimiento, disminución del colesterol, efectos antioxidantes, reguladores de la digestión, ‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐‐
Correspondencia: a Dra. Mariane Lutz, Facultad de Farmacia, Gran Bretaña 1093, Casilla 5001, Valparaíso. Fax 032‐2508111, e‐mail: [email protected]. 1 Centro de Investigación y Desarrollo de 2 3 Alimentos Funcionales CIDAF, Facultad de Farmacia, Universidad de Valparaíso; Centro Regional de Estudios en Alimentos Saludables, CREAS, Región de Valparaíso; Secretaría Regional a b Ministerial de Salud, Región de Valparaíso, Chile. Químico Farmacéutico, Magíster en Nutrición Humana, Profesora Titular de Nutrición. Tesista Facultad de Farmacia, Universidad de Valparaíso. c Químico Farmacéutico, Magíster en Gestión Farmacéutica y Farmacia Asistencial, Encargada Técnica Regional de Políticas Farmacéuticas y Profesiones Médicas y Paramédicas de la SEREMI de Salud Región Valparaíso. Trabajo realizado en la Facultad de Farmacia, Universidad de Valparaíso, financiado por CIDAF, Proyecto CID 04/2006. Rev. Farmacol. Chile (2009) 2(1): 1 Su composición podrá corresponder a un nutriente, mezcla de nutrientes y otros componentes presentes naturalmente en los alimentos, incluyendo compuestos tales como vitaminas, minerales, aminoácidos, lípidos, fibra dietética o sus fracciones. Se podrán expender en diferentes formas de liberación convencional, tales como polvos, líquidos, granulados, grageas, comprimidos, tabletas, cápsulas u otras propias de los medicamentos” (Ministerio de Salud 1997a). En general, en el mercado farmacéutico se observa una gran oferta de suplementos alimentarios, que son adquiridos mayoritariamente sin indicación alguna por profesionales de la salud. Su empleo representa riesgos para la salud desde diversos puntos de vista, como es el caso del consumo de altas dosis de vitaminas y minerales. Estos productos son generalmente adquiridos sin indicaciones de empleo, salvo la propaganda asociada a su venta. Esta situación se suma a la ausencia de información acerca de sus contraindicaciones, las que no siempre se encuentran claramente escritas en el envase (Ministerio de Salud 2005). Asimismo, es posible que las vitaminas y minerales administradas en forma de suplementos alimentarios presenten una menor biodisponibilidad que si estos mismos nutrientes se consumen a través de una dieta balanceada (Ministerio de Salud 1997b). El uso de suplementos alimentarios de este tipo en una persona que se alimenta adecuadamente no es necesario y sólo debieran usarse en casos especiales, como ocurre luego de la cirugía que impida la alimentación normal por vía oral, en vegetarianos estrictos que requieran complementar la dieta, deportistas en los que se observa un déficit en hierro, calcio y/o algunas vitaminas del complejo B, embarazadas, personas con anemia, entre otras, todos casos muy concretos e individualizados. Por otra parte, estos productos pueden interactuar con algunos fármacos, por lo que es imprescindible que su ingesta sea supervisada. Los suplementos alimentarios debieran considerarse como añadidos a una dieta adecuada y, en ningún caso, constituir sustitutos de los alimentos y/o ser la base de un plan de alimentación. Estos productos se regulan como alimentos y no como fármacos, razón por la cual los fabricantes no tienen que demostrar su eficacia y sólo están obligados a incluir la información nutricional en su rotulado. Debido a que no existe un documento que avale la real eficacia de los suplementos alimentarios, estos no se pueden registrar como fármacos a través del Instituto de Salud Pública de Chile y, en consecuencia, su registro debe realizarse del mismo modo que los alimentos, a través de la SEREMI (Secretaría Regional Ministerial) de Salud, a través del Instructivo para la obtención de certificado de destinación aduanera y autorización de uso y disposición de productos alimenticios importados, o del SESMA (Servicio de Salud Metropolitano del Ambiente), que en la actualidad forma parte de la SEREMI. Los suplementos alimentarios pueden tener dos fuentes: la elaboración en plantas autorizadas en el país o la importación de estos productos. En el caso de la elaboración a nivel nacional, el establecimiento es autorizado por parte de la SEREMI correspondiente de la región donde esté ubicado. Los alimentos importados a los que se da autorización de uso y disposición en el país deben cumplir con las normas establecidas en la Ley Nº 18.164 y los requisitos de calidad y rotulación que determina el RSA. Posteriormente, se debe obtener un Certificado de Destinación Aduanera, resolución emitida por el SEREMI de Salud correspondiente al lugar en que se encuentra ubicada la Aduana por la cual ingresaron los productos, en la que se autoriza el traslado de las mercaderías a la bodega donde serán almacenados. El certificado debe indicar la dirección de la bodega autorizada, ruta y condiciones de traslado de las mercaderías, y luego una Autorización de uso y disposición, instrumento en virtud del cual se autoriza al importador el uso, venta, consumo, cesión y disposición de los productos importados. Previo a tal autorización, la SEREMI inspecciona y/o somete a análisis de laboratorio dichos productos para comprobar que cumplan con la normativa sanitaria vigente. En el caso de productos importados, la documentación debe incluir el Nombre Comercial: denominación con la cual se comercializa el producto o su nombre de fantasía, Naturaleza: uso o función que se le dará al producto, Nombre del Producto: producto terminado, Marca: identificación o sello registro del proveedor o fabricante, Presentación: detalle de embalaje, envase, volumen y/o peso de cada producto, y Cantidad del producto en kilos netos. La autorización de uso y disposición de productos importados debe contar previamente con el Certificado de Destinación Aduanera otorgado por la SEREMI de salud respectiva. Así como existe una normativa que rige la importación de productos, también es necesario que se regule el etiquetado y los mensajes con los cuales estos suplementos alimentarios se comercializan. Todos los alimentos que en su rotulación o publicidad declaren propiedades saludables, o cuando su descripción produzca el mismo efecto, están afectos a la declaración de nutrientes tal como lo establece el RSA (Vera y Castillo 2000). Las declaraciones de propiedades saludables deben ser científicamente reconocidas o consensuadas internacionalmente y enmarcarse dentro de las normas técnicas sobre directrices nutricionales aprobadas por resolución del Ministerio de Salud. La reglamentación chilena permite el uso de 18 mensajes saludables, que se utilizan para declarar propiedades saludables y funcionales de los alimentos, consistentes en la asociación entre un alimento, un nutriente u otra sustancia y una condición de salud (Lutz y cols 2009). La publicidad de los suplementos alimentarios no debe hacer asociaciones falsas, inducir el consumo innecesario ni otorgar sensación de protección respecto de una enfermedad o condición de deterioro de la salud. Es responsabilidad del fabricante, importador y/o envasador final, que toda la información en el rótulo sea fidedigna y dé cumplimiento a lo establecido en el RSA (Araya y Lutz 2003). En este trabajo se identifica puntos de venta y distribución formales de suplementos alimentarios en farmacias de Valparaíso, se cuantifica una variedad de productos en venta, se identifica el principal público objetivo al que están dirigidos, se analiza la publicidad entregada al consumidor en los puntos de venta y la información acerca de las propiedades que se les atribuye a los productos. Ello permite, entre otros, verificar si ellos cumplen los estándares de calidad que se exige para su distribución y venta y determinar la veracidad del etiquetado nutricional y uso de mensajes saludables asociados a su comercialización. MATERIALES Y MÉTODOS Se seleccionaron 3 tipos de farmacias de la ciudad de Valparaíso de las cadenas más importantes y representativas a nivel nacional. Tipo 1: Cruz Verde (3 locales), Ahumada (3 locales) y Salcobrand (3 locales), Tipo 2: Farmacias Homeopáticas Knop (2 locales) y Doctor Simi (2 locales). Para elegir los suplementos alimentarios a evaluar, se utilizó como criterio de selección aquellos productos catalogados como los de mayor venta por los químico‐
farmacéuticos a cargo de cada establecimiento. Se escogió una muestra aproximada de 20 productos por cada tipo de farmacia observada. Para ser incluido dentro de la muestra, el requisito fundamental es que el suplemento alimentario debe estar rotulado en forma explícita como tal. Para realizar el análisis se generó una pauta de evaluación considerando el nombre Rev. Farmacol. Chile (2009) 2(1): 2 comercial y el compuesto activo del suplemento alimentario, así como sus indicaciones, forma de presentación, etiquetado, registro y atributos publicitarios. De acuerdo al registro sanitario de los suplementos alimentarios, se asignó un puntaje según el registro declarado en el envase de cada producto, el cual debiera contener 3 indicadores: tipo de institución que lo otorga, número y lugar. De acuerdo a esta tipificación, se tiene el siguiente desglose: •
•
•
•
3 puntos: no presenta registro en Chile 2 puntos: ausencia de 1 indicador 1 punto: ausencia de 2 indicadores 0 punto: ausencia de 3 indicadores. RESULTADOS ‐ Farmacias Tipo 1: En dos de los locales de una de las cadenas de farmacias se observó desconocimiento por parte del profesional a cargo acerca de cuáles son los suplementos alimentarios, el establecimiento no cuenta con material publicitario escrito (folletos informativos y/o revistas o catálogos de ofertas), por lo que la publicidad se realiza solo de forma oral. Al contrario de lo que la normativa exige, los suplementos se encuentran dispuestos en la misma sección que los medicamentos y productos cosméticos. El registro de los productos solo especifica el número, no el tipo de la institución que lo otorga ni el lugar. En otro local de la misma cadena, el profesional muestra mayor conocimiento en relación al tema, los suplementos alimentarios se encuentran dispuestos en una sección especial del establecimiento, separado de los cosméticos y medicamentos y se cuenta con un catálogo de ofertas de los productos vendidos a modo de publicidad. En dos de las farmacias de la segunda cadena Tipo 1 (Tabla 2), se observó una gran cantidad de información dirigida al público, ya sea en forma de folletos informativos, revistas o catálogos de ofertas a disponibilidad de los clientes. Los suplementos alimentarios se encuentran en una sección independiente del establecimiento. Los productos especifican el lugar, tipo de institución que lo otorga y número de registro, el cual se encuentra al reverso o en la base del envase. En una de las farmacias de esta cadena, los suplementos alimentarios se encuentran en una sección especial, compartiendo estantes con medicamentos y productos cosméticos. En la tercera cadena de farmacias Tipo 1 (Tabla 3), se observó que un local presenta una sección completa destinada únicamente a suplementos alimentarios, suplementos herbales y alimentos para deportistas. Los productos en algunas ocasiones no especifican el lugar donde se realizó el registro, y solo incluye el tipo de institución que lo otorga y número. Existe una gran variedad de productos, con precios son más altos en comparación con las otras farmacias. La publicidad corresponde a folletos informativos de los productos más vendidos y en oferta. En otro local, por ser la farmacia más concurrida y la más amplia, existe una persona contratada especialmente dedicada a la venta de estos productos. En este local se ofrece una variedad mayor de productos con una alta tasa de ventas. Los suplementos se encuentran en una sección especial del establecimiento, pero la publicidad es menor en comparación con los demás locales visitados. ‐ Farmacias Tipo 2: En la primera cadena de farmacias Tipo 2 (Tabla 4), uno de los locales está especialmente dedicado a la venta de productos homeopáticos, herbales y suplementos alimentarios. Aquí se observa una gran cantidad de publicidad, tanto en revistas, catálogos de ofertas y folletos informativos, en especial de los productos más vendidos. A diferencia de los productos de las farmacias Tipo 1, algunos de los suplementos alimentarios tienen registro proveniente de la región de Valparaíso, debido a que muchos de los productos a la venta son producidos en el laboratorio farmacéutico originario de la farmacia, ubicado en esta Región. Todos ellos especifican tanto el lugar como el tipo de institución que lo otorga y número. En uno de los establecimientos Tipo 2 no fue posible aplicar la pauta de evaluación, debido a que la autorización fue denegada, por lo cual se realizaron dos visitas a uno de los locales. Suplemento alimentario Adelgazantes Antioxidantes
Con fines cosméticos
Cuidado próstata Energizantes Fortificador óseo
Menopausia Minerales Multivitamínicos
Prebiótico
Regulador de la digestión Total
n 2 3 1 1 2 1 1 1 3 1 3 19 % 11 16
5
5 11 5
5 5 16
5
16 100
TABLA Nº 1: Número y porcentaje de suplementos alimentarios evaluados en la Cadena 1 de Farmacias Tipo 1. En los locales de la segunda cadena de farmacias Tipo 2 (Tabla 5) se aprecia una menor variedad de suplementos alimentarios en comparación con las otras farmacias, y estos además presentan menor precio. Los productos se encuentran ubicados en una sección especial del establecimiento y sus registros respectivos con lugar, tipo de institución que lo otorga y fecha. No se cuenta con publicidad escrita para ofrecer a los consumidores. Suplemento alimentario Adelgazantes Antioxidantes
Con fines cosméticos
Energizantes Fortificador óseo Inmunoestimulante
Minerales Multivitamínicos Regulador de la digestión
Total
n 5 2 1 1 1 2 3 1 3 20 % 25 10
5
5 5 10
15 5 16
100
TABLA Nº 2: Número y porcentaje de suplementos alimentarios evaluados en la Cadena 2 de Farmacias Tipo 1. En cuanto al público objetivo al cual se dirigen los productos en oferta, la Tabla 6 muestra que este es mayoritariamente adulto, y en un solo caso se especifica que el producto está dirigido a adultos mayores. Es importante mencionar que al comercializar los suplementos alimentarios, se considera como público adulto a toda persona cuyo peso sobrepase los 45 kg, sin importar su edad. Luego se encuentran los productos dirigidos especialmente a deportistas, con el fin de “aumentar el rendimiento físico”, y en algunos casos “contribuir a aumentar la masa muscular”. A Rev. Farmacol. Chile (2009) 2(1): 3 continuación se encuentran los productos dirigidos a niños, los que en su mayoría tienen como objetivo “disminuir síntomas del resfrío y la gripe”. Suplemento alimentario Adelgazantes Antiinflamatorios Antioxidantes Energizantes Formador muscular Fortificador óseo Menopausia Multivitamínicos Minerales y vitaminas Total n 5 1 4 1 3 1 1 3 1 20 %
25 5 20
5 15 5
5
15 5 100
TABLA Nº 3: Número y porcentaje de suplementos alimentarios evaluados en la Cadena 3 de Farmacias Tipo 1. Estos resultados, en su conjunto, muestran que en la primera cadena de farmacias tipo 1 se observó un nivel de cumplimiento de un 47% con la reglamentación establecida en cuanto a forma de disposición de los productos a la venta dentro de los establecimientos. En relación al registro de los productos, el un 21% cumplía con un registro completo (indica el tipo de institución que lo otorga, el lugar donde se realizó y el número), mientras que un 16% de los productos analizados presentaba dos indicadores y el 63% restante presentaba un solo indicador. La segunda cadena de farmacias cumple en un 75% con la reglamentación exigida relacionada con la disposición de los productos en el establecimiento. Con respecto al registro de los productos, estas farmacias cumplen en su totalidad con lo exigido. En la tercera cadena de establecimientos, de un total de 20 productos evaluados en dos establecimientos diferentes, el 100% cumple con la forma de disposición al momento de venta. Un solo producto ofrecido (5%) no cumple con ningún tipo de institución que otorga el registro en Chile. Aun cuando el 95% restante cuenta con su registro en Chile, sólo presenta dos indicadores de los tres exigidos en la reglamentación, ya que no menciona el lugar donde se realizó el registro. En las farmacias tipo 2, en la primera cadena el 100% de los suplementos alimentarios analizados cumple con la reglamentación en cuanto a la forma de disposición de los productos. El 35% de los suplementos evaluados no presenta en su registro uno de los tres indicadores exigidos, correspondiente al lugar donde se realizó. En la segunda cadena, donde se evaluó 7 productos en dos establecimientos diferentes, el 71% cumple en cuanto a la forma de disposición en el local, en tanto que, con respecto al registro, el 29% de los productos evaluados presenta registro incompleto, al no indicar el lugar donde se realizó. DISCUSION La observación de la forma de comercialización de suplementos alimentarios en 5 cadenas de farmacias de Valparaíso mostró que el 80% de los productos a la venta cumplen con la reglamentación nacional en cuanto a la forma de disposición de estos productos en el local de venta. El 20% restante, que no cumple con lo exigido por parte de la autoridad sanitaria, ofrece los suplementos alimentarios junto a productos cosméticos y/o medicamentos. Este incumplimiento es relevante, ya que puede inducir a errores o mala interpretación por parte de los consumidores, quienes pudieran pensar que estos productos poseen cualidades farmacológicas. Por esta razón, y considerando que los suplementos alimentarios no cuentan con ninguna evaluación de biodisponibilidad ni efectividad biológica, es imprescindible un mayor control por parte de las autoridades sanitarias correspondientes con el fin de vigilar la forma en que estos productos se están comercializando en el mercado nacional. Del total de los productos evaluados en 13 farmacias de Valparaíso, un 51% no posee alguno de los tres indicadores requeridos acerca de su registro. Ello pone de manifiesto la necesidad de que se realice un control más exhaustivo por parte de la SEREMI de Salud, institución que regula estos registros inscritos en los suplementos alimentarios de los establecimientos en que se comercializan. Suplemento alimentario Adelgazantes Antioxidantes
Antioxidante y Energizante
Estimulador del ánimo Fortificador óseo
Inmunoestimulante
Multivitamínico Prebiótico Estimulador del tracto urinario Total n 4 3 1 1 2 3 2 1 1 20 % 20 15
5
5 10
15
10 5 5
100 TABLA Nº 4: Número y porcentaje de suplementos alimentarios evaluados en la Cadena 1 de Farmacias Tipo 2. Merece la pena señalar que más grave aún resulta el caso de aquellos productos que, si bien no están rotulados en su envase como suplementos alimentarios, se comercializan como tales y no poseen ningún tipo de institución que otorgue su registro en Chile, lo que amerita un mayor control por parte de los organismos correspondientes. Además de los locales tradicionales de venta de suplementos alimentarios, como son las farmacias, estos productos se pueden adquirir en gimnasios, ferias libres, a través de ventas por promociones de TV, entre otros, incluyendo múltiples sitios de Internet. Al analizar este mercado, es posible encontrar suplementos alimentarios que no poseen registro en Chile y permanecen al margen de la legalidad. Estos productos, si bien no se registran en su rotulación como suplementos alimentarios (razón por la cual estos datos no fueron incluidos en este análisis), la oferta verbal de venta se efectúa bajo esta denominación y se les adjudica propiedades farmacológicas no permitidas por la reglamentación nacional. La oferta de los principales suplementos alimentarios en las 13 farmacias observadas mostró una alta venta, en primer lugar, de los productos clasificados como adelgazantes, seguidos de los antioxidantes, que se expenden con el objetivo de “retardar el envejecimiento”. En tercer lugar se encuentran los suplementos multivitamínicos, que tienen como finalidad “proporcionar un alto porcentaje de vitaminas y minerales en forma rápida al organismo”. A continuación están aquellos clasificados como fortificadores óseos, productos en su mayoría elaborados en base a calcio y vitamina D, cuya finalidad es “mantener huesos sanos y combatir enfermedades como la osteoporosis y dolores articulares”. En un porcentaje menor se encuentran los denominados como suplementos de minerales y los energizantes, indicados en su mayoría para personas con “requerimientos aumentados de energía”. Al analizar los mensajes saludables con los cuales los suplementos alimentarios se comercializan, cabe Rev. Farmacol. Chile (2009) 2(1): 4 señalar que en gran parte de los casos se atribuye propiedades farmacológicas a estos productos, pese a que no están permitidas. Si bien la promoción observada en este trabajo corresponde fundamentalmente a los folletos entregados al público por los encargados de su venta, es la promoción verbal de éstos la que resulta menos controlada y más exagerada en cuanto a las propiedades que se atribuye a los productos ofrecidos, la que cumple un rol importante al momento que el usuario decide la compra. La reglamentación nacional exige el cumplimiento de ciertas características al momento de atribuir cualidades específicas que relacionen las propiedades del producto con alguna condición de salud. Por esta razón, es importante vigilar no sólo el etiquetado del producto, sino también las cualidades que se les atribuye en las revistas informativas propias de los locales de venta u ofertas promocionales (por ejemplo, en insertos en diarios o catálogos de ofertas), folletos distribuidos a los usuarios, promoción oral de los productos, Internet, informes comerciales en TV, entre otros, ya que toda esta información se encuentra a libre disposición de los consumidores y suele inducir a errores por parte de éstos al atribuirles cualidades propias de los productos farmacológicos. Suplemento alimentario Antioxidantes Fortificador óseo Minerales Multivitamínicos Total n 1 2 1 3 7 % 14
29
14 43 100
TABLA Nº 5: Número y porcentaje de suplementos alimentarios evaluados en la Cadena 2 de Farmacias Tipo 2. El uso de mensajes saludables al promocionar alimentos o suplementos alimentarios debe basarse en evidencia científica, la que es presentada ante la autoridad sanitaria para avalar la declaración de salud que se solicita sea aprobada. En todos los casos, debería evaluarse tanto la naturaleza como la calidad de esa evidencia científica, así como su ámbito de aplicación. Es fundamental la presentación de trabajos de investigación en animales de experimentación o bien, siempre que sea posible desde el punto de vista ético y científico, aportarse los resultados de investigaciones en humanos, realizadas con protocolos validados por un comité de ética, que demuestren fehacientemente la relación entre la propiedad saludable enunciada y el efecto provocado por el alimento. Además, deberá adjuntarse la monografía descriptiva del alimento donde se incluya la propuesta de redacción del mensaje saludable que se desea comunicar (Lutz y cols 2009). El trabajo pone en evidencia una importante falta de cumplimiento de la reglamentación establecida para la venta de suplementos alimentarios, principalmente en lo que respecta a su forma de disposición en las farmacias, los registros y los atributos publicitarios que se les atribuye. Llama la atención la falta de conocimiento de algunos profesionales químico farmacéuticos en estas materias, que deben formar parte de sus competencias profesionales. Asimismo, se evidenció en varios casos una falta de compromiso del profesional por observar la normativa vigente en el local bajo su dirección técnica, en cuanto a la disposición de los productos y la supervisión de su venta, evidenciándose que la promoción y consejos están a cargo de auxiliares o promotoras sin formación académica, cuyo objetivo primordial es lograr comisiones de venta. Tipo de público
Adultos
Mujeres Niños
Adolescentes
Adultos mayores Deportistas Total
n 68 3 4 1 1 8 85 %
80
4 5
1
1 9 100
TABLA Nº 6: Público objetivo al cual están dirigidos los suplementos alimentarios ofrecidos en las farmacias observadas. Otro aspecto que se considera de interés es la gran diversidad de precios de los productos en los distintos puntos de venta. En algunos casos, los suplementos alimentarios alcanzan precios significativamente elevados, si se comparan con el costo que implica una alimentación adecuada. En tal sentido, resulta paradójico que el Ministerio de Salud realice ingentes campañas de educación en alimentación saludable, y al mismo tiempo un local asociado a la promoción y recuperación de la salud de las personas, como es la farmacia, se constituya en un punto de venta de productos que, en su gran mayoría, no obedecen a reales necesidades, que serían innecesarios si las personas supieran acceder a una alimentación adecuada a sus requerimientos fisiológicos, dejando los suplementos alimentarios sólo para los casos justificados. Por otra parte, aquellos suplementos alimentarios elaborados a base de compuestos teóricamente bioactivos (ya que no se exige ninguna prueba de ello), a los que se atribuye propiedades que colindan con la farmacología, debieran someterse a una evaluación para reconsiderar si corresponde que sigan clasificándose de esta forma o debieran pasar a categorías de fitofármacos u otras que sean más pertinentes, teniendo siempre como fin la salud de la persona que los consume, a través de una comercialización ética y socialmente responsable (Lutz y Zuleta 2009). El consumo de suplementos alimentarios a nivel nacional es muy elevado, tanto así que se incorporó a los multivitamínicos en la canasta de bienes y servicios en la que el Instituto Nacional de Estadísticas calcula mensualmente el Índice de Precios al Consumidor (IPC). No cabe duda de que este tema representa un desafío para los profesionales de la salud, que intentan establecer la medicina basada en evidencias, al enfrentarse a un negocio de grandes dimensiones en el cual se venden productos para promover o recuperar la salud que no cuentan con ningún tipo de certificación. El trabajo muestra que, en muchos casos, no se respeta la mínima normativa vigente para estos productos, relacionada con su registro y disposición para su comercialización. BIBLIOGRAFIA ‐ ARAYA H, LUTZ M. Alimentos saludables y funcionales. Rev Chil Nutr. 2003; 30: 8‐14. ‐ LUTZ M, GRECO C, TRIGO MJ. Aspectos legales en relación con los alimentos funcionales: definiciones y normativa. En: Aspectos Nutricionales y Saludables de los Productos de Panificación. Lutz M y León AE, editores. Editorial Universidad de Valparaíso, Chile. 2009; 17‐26. ‐ LUTZ M, ZULETA A. Relación entre la alimentación y la salud del consumidor. En: Aspectos Nutricionales y Saludables de los Productos de Panificación. Lutz M y León AE, editores. Editorial Universidad de Valparaíso, Chile. 2009; 190‐204. Rev. Farmacol. Chile (2009) 2(1): 5 ‐ MINISTERIO DE SALUD DE LA REPÚBLICA DE CHILE. Subsecretaría de Salud Pública, Departamento de Asesoría Jurídica, Gobierno de Chile, Normas Técnicas sobre Directrices Nutricionales para la declaración de Propiedades Saludables de los Alimentos, Resolución Exenta Nº 556, 2005. ‐ MINISTERIO DE SALUD DE LA REPÚBLICA DE CHILE. Reglamento Sanitario de los Alimentos. Decreto Supremo Nº 977. Titulo XXIX, Párrafo I: De los Suplementos Alimentarios. 1997a. ‐ MINISTERIO DE SALUD DE LA REPÚBLICA DE CHILE. Reglamento Sanitario de los Alimentos. Decreto Supremo Nº 977. Titulo II De los Alimentos, Párrafo II: De la Rotulación y Publicidad, 1997b. ‐ VERA G, CASTILLO C. Etiquetado Nutricional de Alimentos. Manual de Aplicación. Gobierno de Chile, Universidad de Chile, editores. Atelier Impresores, Santiago. 2000. Rev. Farmacol. Chile (2009) 2(1): 6