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TEMA 5: LOS REYES CATÓLICOS: LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO MODERNO
INTRODUCCIÓN
I.- UNIÓN DINÁSTICA: INTEGRACIÓN DE LAS CORONAS DE CASTILLA Y ARAGÓN.
II.- LA CONQUISTA DE GRANADA Y LA INCORPORACIÓN DE NAVARRA.
A.- La conquista de Granada
B.- La incorporación de Navarra
III.- POLÍTICA INTERNACIONAL DE LOS REYES CATÓLICOS.
A.- Política Mediterránea: El antagonismo con Francia. Italia
B.- La expansión en el norte de África
C.- La política Atlántica: Conquista de Canarias y descubrimiento de América
D.- El sistema de alianzas: relaciones con Portugal, Austria e Inglaterra.
IV.- ORGANIZACIÓN DEL ESTADO: INSTITUCIONES DE GOBIERNO
1.- El Estado Moderno: definición
2.- La Monarquía autoritaria
3.- Las instituciones de gobierno
-
Los virreyes
Los consejos
-
El Consejo Real de Castilla
El Consejo de Aragón
El Consejo de Cruzada
El Consejo de Órdenes Militares
El Consejo de la Inquisición
El Consejo de la Santa Hermandad
-
Las Cortes
El ejército profesional
La administración de Hacienda
Administración territorial y de justicia
- La Audiencia o Chancillería
-
Administración local: el corregidor
-
Política religiosa
- El Patronato regio
- El problema de los conversos. La Inquisición
- La expulsión de los judíos
- Mudéjares y moriscos
Marcelino Vaquero Ferreiro IES Condesa Eylo
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TEMA 5: LOS REYES CATÓLICOS: LA CONSTRUCCIÓN DEL ESTADO MODERNO
INTRODUCCIÓN
El período del reinado de los RR.CC. (entendido entre la proclamación de Isabel I como
reina de Castilla en diciembre de 1474 y la muerte de Fernando II de Aragón en enero de 1516)
puede ser considerado como el del comienzo de la Edad Moderna en España y una etapa crucial en
la historia española con el establecimiento de las bases del Estado Moderno.
Con los RR.CC. se estableció una unión dinástica, donde cada reino conservó sus leyes y
tradiciones. Por un lado, avanzaron en las bases para la unidad territorial de lo que hoy día continúa
siendo España, y por otro, arbitraron fórmulas para fomentar la unidad política, aunque no hubo tal
unidad de los reinos ya que permanecieron independientes (Castilla, Aragón, Cataluña y Valencia).
y religiosa, conquista de Granada y expulsión de los judíos (1492). Además, fabricaron los
instrumentos necesarios para la creación y consolidación de una monarquía absoluta, aunque
pervivieron los ideales y las instituciones medievales, se impusieron a la nobleza y la iglesia sobre
todo en Castilla. Además, iniciaron una política expansiva abierta en un triple frente (militar,
diplomático y explorador) para convertirse en el núcleo de una formación imperial. Finalmente,
pudieron conocer ya los primeros frutos de la que habría de ser una larga época de crecimiento
económico y esplendor cultural.
I.- UNIÓN DINÁSTICA: INTEGRACIÓN DE LAS CORONAS DE CASTILLA Y ARAGÓN.
El proceso de gestación de la unidad territorial fue sumamente complejo.
A.- Unión dinástica: integración de las coronas de Castilla y Aragón.
Ha existido una tendencia historiográfica que consideraba a los RR.CC. como "forjadores de
la unidad nacional" Otros historiadores han rechazado esta afirmación, basándose en un hecho
indiscutible: los RR.CC. lo eran no de uno, sino de dos Estados diferentes: la Corona de Castilla y
la Corona de Aragón. Pero si se ahonda más en los hechos y se procura matizar los conceptos, se
descubre que Fernando e Isabel tenían un proyecto evidente: promover la unificación política de
ambos Estados.
Presionado por la nobleza, Enrique IV nombró heredero a su hermanastro Alfonso. Tras la
muerte de Alfonso, Enrique e Isabel llegaron a un acuerdo, Pacto de Guisando (1468) por el que
Isabel reconocía a Enrique como rey y éste la nombraba sucesora a la corona.
En 1469 la princesa Isabel, hermana del rey Enrique IV, contrajo matrimonio con el príncipe
Fernando de Aragón, heredero del rey Juan II. El matrimonio de Isabel con Fernando de Aragón
hace que Enrique IV desherede a su hermanastra y nombrar como sucesora a su hija Juana. Al morir
Enrique IV en 1474 se inicia la guerra civil (1474-1479) entre la hija del rey, Juana, a la que los
nobles apodan injustamente “la Beltraneja” por considerarla hija de Beltrán de la Cueva y
prometida al rey portugués e Isabel. A Juana la apoyaba Portugal, se casó con el rey portugués
Alfonso V, y parte de la nobleza y el clero. A Isabel la apoyan las ciudades, Aragón, por ser su
esposo Fernando el heredero de la Corona, y otra parte de la nobleza y de la iglesia. Isabel se
impuso a su sobrina Juana en 1479, gracias a victorias como la de Toro en 1476. Isabel fue
reconocida como reina de Castilla en el Tratado de Alcaçovas (1479) que además resolvía los
problemas con Portugal, delimitaba las áreas de la expansión atlántica, dejando Canarias para
Castilla, y para Portugal la ruta de la India, y a su vez concertaba el matrimonio del hijo del rey
portugués Juan II, don Alfonso, con la hija mayor de los RRCC, Isabel.
Por su parte, Fernando se convirtió en rey de Aragón el mismo año 1479, a la muerte de su
padre. Los dos Estados heredados por Fernando y por Isabel presentaban grandes diferencias. La
Corona de Castilla tenía una estructura política claramente unitaria; en cambio, la Corona de
Aragón era una asociación de tres reinos (Aragón, Cataluña y Valencia) a los que se habían unido
más tarde Mallorca, Cerdeña y Sicilia. Pues bien, cada uno de estos territorios constituía un Estado
con sus leyes y sus órganos de gobierno (Cortes, por ejemplo). A su vez, las fronteras entre Aragón
y Castilla se mantenían, teniendo que pagar derechos sobre mercancías. Además, existía una
evidente asimetría entre el peso de la Castilla (385.000 km2 y 4 millones de hab. y Aragón (110.000
km2 y unos 800.000 habitantes).
A lo largo de su reinado, los RR.CC. aceptaron esta pluralidad de Estados y no dejaron de
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reconocerla en todos sus documentos.
Castilla desempeñó un papel hegemónico debido a su mayor extensión, población y poder
económico.
"La unión personal"
Algunos historiadores utilizan el concepto unión personal para designar los poderes que
tenían los RR.CC. en todos sus Estados. Hay un hecho indiscutible: desde la fecha de su
matrimonio (1469), Isabel otorgaba a Fernando una importante participación en el gobierno de la
Corona de Castilla. Esta participación fue confirmada en el Acuerdo de Segovia (1475), pactado a
la muerte Enrique IV de Castilla. Así, en 1475, Isabel reconoció a Fernando como rey de Castilla,
con sus mismas prerrogativas. Esta situación se mantuvo hasta la muerte de Isabel en noviembre de
1504. Fernando, por su parte, al convertirse en rey de Aragón (1479) reconoció a Isabel la misma
autoridad en todos sus reinos. Los historiadores llaman a esto "unión personal de las dos Coronas".
La política unitaria de los Reyes Católicos
En el Acuerdo de Segovia se había pactado también que ambos reyes tendrían una sola
Corte, que residiría habitualmente en Castilla. Por este motivo, Fernando nombró lugartenientes
suyos para que le suplieran en su ausencia, en cada acto de los Estados de la Corona de Aragón. En
esta Corte única los monarcas adoptaban decisiones políticas que afectaban a ambos Estados (éste
será el caso de la creación de la Inquisición).
Por otra parte, el ejército y la diplomacia actuaban en asuntos que afectaban tanto a Castilla
como a Aragón. De esta forma, normalmente, los RR.CC. practicaban una política orientada a "unir
fuerzas" para la realización de sus proyectos políticos. No cabe duda de que Fernando e Isabel
empezaron a perfilar un proyecto destinado a la unificación política, a largo plazo, de sus dos
reinos. La política exterior era un proyecto común de ambos.
II LA CONQUISTA DE GRANADA Y LA INCORPORACIÓN DE NAVARRA.
A.- La conquista de Granada
Los RRCC, que habían heredado la tradición secular de la reconquista, le otorgaron un lugar
de privilegio en su programa político por los grandes beneficios que podría reportarles: proseguir el
proceso de unidad peninsular, suprimir la cabeza de puente para el avance turco en la cuenca
mediterránea y promover la participación de aragoneses y castellanos en una empresa común.
En 1481 se había reactivado en la frontera del reino de Granada (actuales provincias de
Málaga, Almería y Granada) una situación de guerra endémica heredada del período anterior. Y a
partir de 1483, los RR.CC. se propusieron la conquista de Granada utilizando los recursos militares
de Castilla y de Aragón. La campaña fue impulsada por la bula de Cruzada del papa Sixto IV
(1482) y financiada con el impuesto de cruzada, las subvenciones del clero, las contribuciones
especiales de musulmanes y judíos y los préstamos de la Mesta y ciudades comerciales de Castilla y
Aragón.
La guerra, especialmente dura, contó la aportación de tropas aportadas por los nobles
(mesnadas) y la Santa Hermandad y se desarrolló especialmente desde 1483 hasta diciembre de
1491. Los RRCC utilizaron el asedio como estrategia fundamental gracias a la utilización de la
artillería, además de las capitulaciones
Fases de la Conquista:
1ª fase: la conquista y defensa de Alhama (1481-1484) Los enfrentamientos entre cristianos y
musulmanes en la frontera del reino nazarí, son el pretexto para conquistar la fortaleza de
Alhama (1482), situada a medio camino entre Granada y Málaga. Los reyes refuerzan esta
conquista inicial con el asedio de plazas fuertes en la vega granadina.
2ª fase: la toma de Málaga (1485-1487).Fue la etapa más dura y decisiva. Málaga sufre un
asedio durísimo, y una vez conquistada, toda la población sobreviviente se somete a la
esclavitud.
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3ª fase: la rendición de Granada (1488-1492).Previamente se van rindiendo, sin apenas
resistencia, las plazas próximas a la capital del reino: Granada fue entregada por el último
rey nazarí, Boabdil, enfrentado en una guerra civil, tras firmar unas capitulaciones con los
Reyes Católicos el 2 de enero de 1492. Así desaparece Al-Ándalus y el territorio se
incorpora a la Corona de Castilla. .
En la capitulación se estipulaba que los habitantes del reino de Granada podían conservar su
religión, su lengua, sus propiedades, sus costumbres y sus leyes (estas seguirían siendo aplicadas
por los jueces islámicos). Este hecho iba a desencadenar, a corto plazo, importantes problemas
políticos porque se incorporaba a Castilla un territorio bastante extenso, poblado por unas 500.000
personas totalmente arabizadas e islamizadas. Aunque muchas de esta población musulmana
abandonara el reino quedando despoblado gran parte del territorio.
B.- La incorporación de Navarra.
Se produce con posterioridad a la muerte de Isabel (1504). En 1512 se contextualiza dentro
de las pugnas entre Fernando el Católico y el rey Luis XII de Francia por Italia.
Las dinastías navarras desde el siglo XIII habían sido vasallas del rey francés, prueba de ello
eran los reyes Catalina de Foix y Juan de Albret, vasallos y aliados del rey de Francia en ese
momento. Navarra estaba dividida en dos bandos: una parte de la nobleza era partidaria de los
franceses y la otra del rey aragonés Fernando. Por este motivo, y para evitar una invasión francesa
por Navarra, Fernando exigió a Navarra que diera paso a sus tropas para atacar a Francia y ésta se
negó. Apoyándose en esta negativa y en el hecho de que el Papa Julio II había excomulgado al rey
de Francia y a todos sus aliados, Fernando dio la orden de invadir el reino de Navarra. Las tropas
del Rey Fernando el Católico, dirigidas por el 2º duque de Alba, encontraron en Navarra el apoyo
de uno de los dos bandos que se disputaban el poder político: el beamontés.
Todo el territorio del reino de Navarra situado al Sur de los Pirineos cayó en manos de
Fernando (1515). Las zonas navarras situadas al Norte de la cadena pirenaica (Bearn o Navarra
francesa) siguieron en poder de Catalina de Foix y Juan de Albret. En 1515, las Cortes de Burgos
proclamaron la incorporación de Navarra a la Corona de Castilla. Pero en las mismas cortes se
aceptó que los navarros conservaran sus propias instituciones de gobierno y una importante
autonomía política.
Los RRCC sientan además las bases de la unión peninsular, mediante la política matrimonial
con Portugal.
III.- POLÍTICA INTERNACIONAL DE LOS REYES CATÓLICOS.
Si la política exterior de tradición aragonesa miró hacia los Pirineos (Rosellón y Cerdaña) y
al Mediterráneo (Italia), Castilla impulsó la prosecución de la Reconquista en el norte de África y la
expansión por el Atlántico (Canarias y América), mientras la política matrimonial de ambos
soberanos tenía en cuenta el fomento de las buenas relaciones con Portugal y con Inglaterra, y que
tenía como fin último el aislar a Francia.
Los RRCC utilizaron una diplomacia ágil, con embajadores estables en las principales cortes
europeas. Crearon las primeras embajadas y un cuerpo de diplomáticos profesionales cuya hábil
gestión les convertirá en una pieza clave de la política internacional de los Reyes Católicos.
Además, poseían un ejército permanente financiado por la corona: tras la guerra de Granada se
crea el primer ejército permanente sostenido por la Corona. Al final del reinado absorbía más de la
mitad del presupuesto real. Las unidades básicas del nuevo ejército creado por Gonzalo Fernández
de Córdoba (el Gran Capitán) eran unidades de infantería, constituidas por 6.000 hombres
A.- Política Mediterránea: El antagonismo con Francia. Italia
El rey Fernando impulsó una política exterior centrada en el antagonismo con Francia. Esta
venía siendo desde el siglo XIII una constante de la política de la Corona de Aragón. Cuando el Rey
Católico heredó la Corona de Aragón, los condados del Rosellón y la Cerdaña estaban en manos del
rey de Francia. Rosellón y la Cerdaña se lo había entregado Juan II de Aragón al rey Francés
Luis XI a cambio de la ayuda prestada en la guerra civil con Cataluña.
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Fernando maniobró con habilidad: ofreció a Carlos VIII de Francia su neutralidad en las
guerras que éste emprendiera, a cambio de la devolución de los dos condados. Ambos fueron
recuperados de esta forma por el rey Fernando en el Tratado de Barcelona 1493. Carlos VIII,
creyéndose con las manos libres, invadió entonces el reino de Nápoles, cuyo monarca era Alfonso
II, hijo de Alfonso V de Aragón y, por tanto, primo de Fernando el Católico. Fernando, alegando
que el reino de Nápoles era vasallo del Papa, envió su ejército a este territorio del que expulsó a los
franceses (1496).
En 1500, el nuevo rey de Francia, Luis XII, volvió a penetrar en Italia. Primero, se adueñó
del ducado de Milán y después se dirigió con sus tropas hacia Nápoles. Fernando el Católico le
ofreció un pacto para repartirse este territorio. Pero los malentendidos que surgieron en el momento
de concretar este reparto desencadenaron una nueva guerra en la que los ejércitos españoles,
dirigidos por Gonzalo Fernández de Córdoba, (el Gran Capitán), derrotaron a los franceses
(Ceriñola y Garellano). A consecuencia de estas derrotas, Luis XII tuvo que conceder a Fernando el
dominio de todo el reino de Nápoles (1505).
En 1511, Luis XII, empeñado de nuevo en la aventura italiana, volvió a entrar en guerra con
los ejércitos de Fernando el Católico en los campos de Italia. Con ocasión de esta nueva guerra con
Francia, Fernando invadió y se anexionó el reino de Navarra (1512).
B.- La expansión en el norte de África
El espíritu de reconquista de los RRCC franqueó el Estrecho de Gibraltar hacia el norte de
África. La política africana no sólo se apoyaba en el sentimiento de cruzada sino en consideraciones
militares (ocupar posiciones frente al Imperio Otomano que amenazaba Nápoles), políticas
(contrarrestar la influencia portuguesa en la zona occidental donde habían ocupado Ceuta y Tánger)
y comerciales (establecer un tráfico estable con Berbería para alcanzar los productos
subsaharianos).
Los RR.CC. iniciaron una política de expansión destinada a ocupar una serie de puertos
estratégicos en el Norte de Africa. La conquista se limitaba a la ocupación de ciudades costeras,
porque éstas eran consideradas posible base de futuros ataques islámicos a la Península y, a la vez,
refugio de 1os piratas que incomodaban a los navegantes españoles en el Mediterráneo Occidental.
De acuerdo con esta estrategia fueron conquistadas Melilla (1497), Mazalquivír (1505),
Peñón de Velez de la Gomera (1508), Orán (1509), Bujía y Trípoli (1510). Como consecuencia de
ello, se consiguió la sumisión del rey de Argel. A partir de 1510, Fernando proyectó un ataque
contra el Imperio turco en el Mediterráneo Oriental.
C.- La política Atlántica: Conquista de Canarias y descubrimiento de América
Conquista de Canarias:
El Tratado de Alcaçovas había obligado a Castilla a renunciar a las expediciones a Guinea
pero había exceptuado a las Canarias. Aunque había habido algunas expediciones anteriores, la
verdadera conquista se inicia a comienzos del s. XV por obra de caballeros normandos (Jean de
Bethencourt) quienes se habían puesto bajo la protección de Enrique III de Castilla. Durante este
siglo el archipiélago estuvo bajo el señorío de una serie de súbditos de los monarcas castellanos,
hasta que los RRCC rescataron sus derechos sobre las islas mayores (empresa real) mediante
capitulaciones, de Gran Canaria, (1483) y La Palma (1493) y Tenerife (1496), con lo que se
produce la incorporación definitiva de las Islas Canarias a la comunidad española y supone el
enclave desde donde se dará el salto a América, escala y base de aprovisionamiento.
El trato dado a los guanches y las epidemias supusieron la reducción de 100000 a 7000
habitantes. Fueron forzados a cristianizarse. Los colonizadores consiguieron capitulaciones de la
Corona, que cedía la iniciativa de la conquista a cambio de futuros beneficios.
Descubrimiento de América:
Aunque el tratado de Alcaçovas (1479) negaba a Castilla la posibilidad de explorar la costa
africana y llegar a la India, de donde venían las especias, no decían nada en dirección al occidente
por lo que Castilla pudo apoyar a Colón lo que llevaría a la conquista y colonización del nuevo
continente. El descubrimiento fue posible gracias a una serie de adelantos técnicos (brújula,
astrolabio, carabela) y sobre todo a la imaginación de Colón que decidió llegar a la India por
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occidente (siguiente tema).
D.- El sistema de alianzas: Relaciones con Portugal, Austria e Inglaterra.
La política matrimonial de los RRCC tuvo importantes consecuencias para la Monarquía
Hispánica durante los dos siglos siguientes. Utilizaron este mecanismo para conseguir sus fines de
aproximación a Portugal, Inglaterra y Austria, con el triple fin de conseguir la unidad de todos los
reinos Ibéricos, de aislar a Francia y de consolidar sus posiciones en el Mediterráneo.
- Relaciones con Portugal:
Terminada la guerra civil, en 1479, Alfonso V de Portugal reconoció a Isabel como reina de
Castilla. Al poco tiempo se reanudaron los enlaces matrimoniales entre las familias reinantes en
Castilla y Portugal, tal como ya había sucedido en el periodo anterior. Con estos matrimonios los
monarcas castellanos pretendían favorecer la unión política de Castilla y Portugal. Esto podía
realizarse si la herencia de ambos reinos recaía en un sólo príncipe.
La hija mayor de los Reyes Católicos, Isabel, se casó con el heredero de Portugal, el hijo de
Juan II de Portugal, el príncipe Alfonso. Tras su muerte, Isabel se casó con el rey de Portugal,
Manuel el Afortunado, primo de Alfonso. Un hijo de este matrimonio, el príncipe Miguel (1497),
fue durante un corto período de tiempo el heredero de las tres coronas peninsulares. En 1500,
muertos su esposa y su hijo Miguel, Manuel de Portugal se casó con la menor de las hijas de los
Reyes Católicos: María. Hija de este matrimonio fue Isabel de Portugal, casada en 1525 con
Carlos V, rey de España y emperador de Alemania. En 1580 Felipe II, hijo de ambos y rey de
España, fue reconocido rey por los portugueses, por la distinción que le otorgaba el ser hijo de
Isabel de Portugal. Este enlace permitiría a Felipe II llegar a ser rey de Portugal en 1580,sentando
las bases de la unión peninsular..
- Relaciones con Austria e Inglaterra:
Para consolidar su influencia política en Europa, Fernando e Isabel tejieron una red de
alianzas destinadas a aislar y rodear a Francia. La más sólida de estas alianzas fue la que
establecieron con Maximiliano de Austria, que era emperador de Alemania. Los tanteos para esta
gran alianza habían empezado ya en 1484 y por fin el pacto se selló en 1495 con un doble
matrimonio: el de los príncipes Juan y Juana, hijos de los RRCC, con los archiduques Felipe y
Margarita, hijos del emperador Maximiliano y de su esposa, la duquesa María de Borgoña. Como
consecuencia Carlos I tendría las herencias castellana, aragonesa, borgoñona y austríaca.
Para redondear el acoso al rey de Francia, se concertó una nueva alianza con Inglaterra,
confirmada con el matrimonio de la princesa Catalina, hija de los reyes, con el príncipe Arturo,
heredero de la corona inglesa (1496) y después con su hermano Enrique VIII de Inglaterra (años
después se divorciaría de ella, siendo el punto de conflicto que culminó con la iglesia anglicana)
III.- ORGANIZACIÓN DEL ESTADO: INSTITUCIONES DE GOBIERNO.
1.- El Estado Moderno: definición
Los RRCC buscan centralizar y concentrar el poder del Estado en sus manos. Fortalecen el
poder de la Corona frente a los estamentos, dominando a los señores laicos y eclesiásticos a cambio
de cederles grandes privilegios económicos y sociales. Potencian instituciones ya existentes, las
modifican con nuevos contenidos. Se convierten en un modelo de Monarquía Autoritaria, al
menos en Castilla. Todo ello es posible gracias al aumento de impuestos, al menos en Castilla, que
permite pagar un gran ejército permanente y modernizarlo. Buscan además la unidad religiosa de
sus súbditos, a través del Tribunal de la Inquisición y la expulsión de judíos y mudéjares. Entre las
medidas de organización política que adoptan los monarcas destacan las que afectan al gobierno
central de los reinos, las Cortes, a la administración de justicia y al orden interno de Castilla, así
como algunas instituciones de Aragón
Los RRCC crearon y potenciaron los primeros organismos de poder al servicio directo de los
monarcas. Controlaron la administración real a través de un cuerpo de funcionarios, compuesto
por personas de confianza de los reyes. Dispusieron de un ejército permanente centralizado y al
servicio de la monarquía Cuentan con una diplomacia a su servicio. La hacienda real se nutre del
cobro de rentas eclesiásticas y son los reyes los que nombran los cargos eclesiásticos
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2.- La Monarquía autoritaria
Los historiadores consideran que el Estado europeo moderno empezó a perfilarse en el s.
XV. Éste es un modelo político en el que resulta decisivo el poder del rey. Por este motivo se ha
acuñado, para designarlo, la expresión "monarquía autoritaria": Forma de gobierno en que los reyes
consiguen imponer su autoridad a nobles, concejos (corregidor), iglesia (Patronato regio)... pero
deben jurar los fueros y libertades de cada reino, que limitan sus poderes, así como las Cortes.
Con respecto a la nobleza, algunos historiadores habían hablado de la política antinobiliaria
de los Reyes Católicos. Posteriormente, otros autores se han ocupado de matizar esta afirmación.
Los RRCC, con su característico sentido político, habían captado dos realidades. En primer lugar,
que no podían enfrentarse a los grandes nobles castellanos, pero también sabían que tenían que
evitar que las grandes familias de la nobleza volvieran a decidir sobre las opciones políticas de la
Corona de Castilla. Por estos motivos los reyes no sólo no desposeyeron a los nobles de sus
patrimonios sino que les permitieron consolidarlos creando los mayorazgos (Cortes de Toro de
1505) e incluso los atrajeron a la Corte. Pero la nobleza, por su parte tuvo que aceptar la indiscutible
soberanía de los reyes. Esta otorgaba a los monarcas el poder decisorio en todas las cuestiones
políticas.
El establecimiento de esta monarquía en los reinos hispánicos por obra de los RR.CC. inicia
el tránsito hacia la Edad Moderna. Con ella se instauró una cierta capacidad unificadora de los
reinos hispánicos, basada en la lealtad al soberano. Así se produjo la unión de entidades de distinta
personalidad (idioma, leyes, costumbres...), unión que se fortaleció con la llegada de la dinastía de
los Austrias (o Habsburgo) a la Corona española.
3.- Las instituciones de gobierno
Para quitarle poder a la nobleza, los RR.CC. reestructuraron instituciones heredadas del
período anterior. En la época feudal los reyes no podían prescindir de los nobles en dos aspectos
básicos: la toma de decisiones (que salían de la Curia o Consejo) y la guerra (en la que dependían
de la fuerza militar que aportaban los nobles).
Procuraron llevar a cabo una centralización administrativa para conseguir un Estado
Moderno, pero lo hicieron manteniendo los organismos existentes. La unión dinástica exigió en
ocasiones el cambio de nombre y de sede desde donde actuaban; la nueva situación política también
exigió la creación de nuevos organismos. Veamos algunos de estos órganos:
Los virreyes: Representante del rey, gobernando como máxima autoridad allí donde se
encuentre. Aparecen en la Corona de Aragón, gracias al carácter pactista de la monarquía, y dado
que los reyes estaban frecuentemente fuera de sus reinos tuvieron necesidad de nombrarlos.
Los consejos: Eran un órgano colegiado, que como su nombre indica, orientaba, aconsejaba,
a los reyes; Sus dictámenes no eran vinculantes ya que los monarcas se reservaban la decisión final.
Había Consejos territoriales, los cuales ejercían su función sobre un reino o territorio
determinado, como el Consejo de Castilla y el de Aragón. Había otros especializados en una
determinada área de gobierno; como el Consejo de Cruzada, el de Órdenes Militares, el de la
Inquisición y el de la Santa Hermandad.
El Consejo Real de Castilla: Era el antiguo Consejo Real aunque modificado. En las Cortes
de Toledo (1480) los RR.CC. regularon sus atribuciones y sus competencias. Su ámbito de
competencia era tan amplio como impreciso; por eso los reyes recurrían a él con más frecuencia que
a ningún otro. Sus miembros eran en su mayoría letrados, nombrados y pagados por el rey. Estaba
formado por un presidente (un eclesiástico), tres nobles (con un poder simbólico, ya que formaban
parte de él llamados por el monarca, nunca por derecho propio) y ocho o nueve letrados (que eran
quienes realmente elaboraban los dictámenes); teóricamente el rey debía presidirlo y como no había
una capital oficial era itinerante; aunque tenía un cierto carácter de tribunal supremo, se ocupaba
fundamentalmente de los asuntos de gobierno y, en ocasiones, invadió el campo legislativo.
El Consejo de Aragón (1494): Era el antiguo Consejo Real de Aragón cambiado de nombre;
sus funciones eran similares a las del Consejo de Castilla; su ámbito jurisdiccional se extendía por
Aragón, Cataluña, Valencia, las Baleares, Sicilia y Nápoles; también era itinerante.
El Consejo de Cruzada. Para conseguir fondos con destino a la guerra de Granada los
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RR.CC. consiguieron que el papa la declarase Cruzada, es decir, que quienes aportasen algún dinero
recibirían a cambio indulgencias; los fondos procedían de la Corona de Castilla pero también, y en
cantidad nada despreciable, de la Corona de Aragón (por eso se ha dicho que la guerra de Granada
soldó la unidad de ambas Coronas). El dinero lo administraba la Hacienda Real, pero como cuando
acabó la guerra el papa renovó la bula sucesivas veces y el dinero disponible iba en aumento se hizo
preciso crear un organismo para su administración; fue el Consejo de Cruzada (1509). Los ingresos
percibidos por la bula de Cruzada junto a los percibidos por la Santa Hermandad permitieron a los
RR.CC. no tener que recurrir a las Cortes castellanas para pedir aumento de impuestos por lo que
prácticamente prescindieron de ellas.
El Consejo de Órdenes Militares. Fue creado en 1498 cuando el rey Fernando logró que el
papa le concediese el Maestrazgo de las Órdenes Militares castellanas (Alcántara, Calatrava y
Santiago). Se dedicó a controlar la nobleza de quienes querían pertenecer a alguna Orden o recibir
de ella algún beneficio.
El Consejo de la Inquisición.(1478) La Inquisición fue el tribunal eclesiástico encargado de
imponer la ortodoxia católica persiguiendo la herejía. Dependía directamente de los monarcas. Su
misión era la persecución de los judeo-conversos que continuaban practicando el judaísmo.
Persigue la herejía con acusaciones anónimas, interrogatorios basados en torturas y con
penas que iban desde humillaciones públicas o castigos físicos hasta la quema en la hoguera si era
reincidente tras el auto de fe.
El Consejo de la Santa Hermandad. Tuvo una existencia muy breve. Se creó en las Cortes de
Madrigal (1476) para perseguir a los malhechores que actuaban en descampado o en pequeños
pueblos, en un momento de intensa agitación antiseñorial en el campo; sus componentes, los
cuadrilleros, eran pagados por los ayuntamientos. Tuvo su sede en Toledo y su ámbito de actuación
se limitó al reino de Castilla.
Las Cortes. Dada la tendencia autoritaria de los reyes perdieron importancia y fueron
convocadas en pocas ocasiones. En Castilla, su presidente era el del Consejo de Castilla, que con
harta frecuencia suplantó el poder legislativo de las Cortes; salvo para la jura del heredero se
convocaron pocas veces, ya que como prácticamente su única función era aprobar nuevos impuestos
y los RR.CC. merced a los ingresos que le aportaban la bula de Cruzada y la Santa Hermandad,
tenían una saneada Hacienda y no las quisieron convocar. Algo similar ocurrió en Aragón. En
Navarra tampoco eran convocadas y para discutir únicamente asuntos de trámite.
El ejército profesional: La imposición de la autoridad regia en el interior y la política
expansionista en el exterior, exigieron la creación de un ejército profesional.
Si la guerra de Granada se hizo con milicias urbanas y con las huestes señoriales y milicias
concejiles, la guerra de Italia se llevó a cabo con un nuevo ejército, que fue el modelo de todos los
ejércitos europeos a partir del siglo XVI. Este ejército, formado por combatientes de cualquier clase
y procedencia, obedecía a las órdenes del rey sin poner condiciones. Sólo tenía un inconveniente,
sus componentes luchaban a cambio de una paga: la soldada. Era un ejército eficiente pero caro.
Los mandos de este ejército pertenecían siempre a la nobleza. Antecedente de los famosos Tercios.
Este nuevo ejército ya no era ni de la Corona de Castilla ni de Aragón, sino del rey de
España. Su creador fue un noble andaluz, Gonzalo Fernández de Córdoba, el "Gran Capitán".
La administración de Hacienda
El ejército precisaba de recursos económicos, así como toda la máquina política,
funcionarios. Los soberanos no transformaron radicalmente el sistema heredado, lo ordenaron y
racionalizaron. La base de la hacienda Real fue la Hacienda castellana, nutrida por una serie de
ingresos ordinarios entre los que destaca:
La alcabala (impuesto del 10% de todas las transacciones), los derechos de aduanas, el
derecho de servicio y montazgo (pagado por la ganadería trashumante), las rentas de los
maestrazgos de las Órdenes Militares, las tercias reales... Las Cortes podían conceder al rey un
servicio, es decir una contribución extraordinaria.
Pasó a depender de dos organismos centrales: la Contaduría Mayor de Hacienda y de la
Contaduría Mayor de Cuentas, que como estaban bastante anquilosadas, los RR.CC. crearon dentro
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del Consejo de Castilla la «Sala de Contadores Mayores de los libros de Hacienda y Patrimonio
Real» de la que se hizo cargo el eficaz Alonso de Quintanilla; los ingresos de la Corona se elevaron
mucho. La corona de Aragón mantuvo su sistema contributivo, teniendo separada la hacienda del
reino de la del rey. La Hacienda castellana contribuía a los gastos generales de la monarquía,
mientras que la aragonesa se destinaba a cubrir las necesidades de sus propios reinos, creando así
una contraposición que se revelaría como conflictiva en el siglo siguiente.
Lo que sí introdujeron los RR.CC. fue una cierta unidad monetaria basada en el maravedí,
una moneda de cuenta. Existió el ducado que era de oro (375 mar.); el real de plata (34 mar.) y las
blancas de cobre (1/2 mar.).
Como el valor facial de todas ellas era igual al valor real (aunque había una sobrevaloración
de la plata) se podía pagar con cualquiera y en cualquier lugar de los distintos reinos, incluso en el
extranjero; esa fue la única medida que tomaron los RR.CC. para lograr la unidad económica entre
sus reinos, ya que siguieron existiendo aduanas y los impuestos fueron diferentes.
Administración territorial y de justicia
La centralización administrativa era una exigencia del estado Moderno. Desde Castilla se
adoptaban todas las medidas importantes de política interior y exterior y se decidían todos los
nombramientos de los cargos públicos. En los reinos alejados de la Corona se crean los virreyes.
La justicia del rey, se impuso claramente sobre la justicia señorial (que a pesar de todo no
desapareció) y sobre la privada en las cuestiones penales. El mayor cambio introducido por los
RR.CC. fue la extensión de jurisdicción de la Inquisición sobre todos sus reinos.
La Audiencia o chancillería. Siguió siendo la máxima instancia jurídica tanto en lo penal
como en lo civil; había una Audiencia o Chancillería Valladolid (desde 1472), otra en Granada
(desde 1505), y otra en Santiago (1505), aunque la de Valladolid tuvo una preeminencia ya que a
ella podían recurrir en apelación los condenados en las otras. Las existentes en Zaragoza (1493),
Barcelona (1493), Valencia (1507) y Pamplona no tuvieron cambios importantes.
Los fueros, privilegios, exenciones y otras mercedes dificultaban la acción del gobierno y la
justicia. Los RR.CC. decidieron aclarar esa confusa maraña y sacaron el Ordenamiento de Montalvo
que fue publicado como Ordenanzas reales de Castilla (1484); donde los nobles pierden muchos
bienes y derechos mal adquiridos; estuvo en vigor hasta la nueva recopilación de 1567.
Por la misma época y con el mismo fin de regular el Derecho Público se publicaron los
Fueros y observancias del reino de Aragón, de Cataluña, de Valencia, y Mallorca. El Derecho civil
o privado fue recogido en Castilla en las denominadas Leyes de Toro (1505).
Administración local: el corregidor
Dentro de los concejos, cuyas funciones y componentes no cambiaron en lo esencial,
destaca del corregidor, que era bastante más que un regidor; nombrado por el rey y pagado por el
ayuntamiento. Era la máxima autoridad judicial, militar, fiscal (relativo al Fisco) así como el
encargado de velar por el orden público y moral; es decir, era un pequeño virrey local, elevaba al
rey las peticiones del concejo, su labor era periódicamente inspeccionada por los veedores.
Política religiosa:
Uno de los rasgos más visibles de la nueva monarquía fue su marcado carácter confesional.
Esta confesionalización de la política enmarcó todos sus actos (la conquista de Granada, la
expansión africana (cruzada), la colonización de América...). La concesión del título de católicos
por Bula del Papa Alejandro VI (1496), fue la sanción de su proyecto de política cristiana. La
unidad religiosa es consustancial con la unidad política del estado Moderno y de ahí deriva el
impulso a la reforma del clero, el permanente intervencionismo en la vida eclesiástica, la represión
contra los enemigos de la fe (Inquisición), la expulsión de los judíos y la presión sobre la
comunidad musulmana que más tarde acabaría en la expulsión.
El Patronato regio: Los RRCC intentaron dominar a la Iglesia creando el Patronato regio.
En una Bula concedida por Inocencio VIII en 1486 se permitía a los reyes proponer a Roma el
nombre de los obispos y otras dignidades. Pero con la conquista de Granada se les permitió además
nombrar directamente la jerarquía eclesiástica en Granada y más adelante en las Indias.
El problema de los conversos. La Inquisición: A raíz de los asaltos a las juderías ocurridos
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durante el siglo XIV, muchos judíos se habían convertido al cristianismo. Pero las masas urbanas
seguían descargando sobre ellos su agresividad. Cuando en 1478 los RR.CC. hicieron un viaje a
Sevilla, captaron la tensión que existía y que con frecuencia estallaba en alborotos. Los monarcas
decidieron afrontar el problema inmediatamente. Los conversos eran acusados por mucha gente de
judaizar. En este caso podían ser considerados herejes y como a tales se les podía tratar.
Ante la actitud y el hecho evidente de que muchos conversos volvían a practicar la religión
judaica (judaizantes), llevó a los RR.CC. a cambiar su actitud primera de tolerancia y a solicitar del
Papa Sixto IV el permiso para establecer el Tribunal del Santo Oficio que fue puesto bajo el
control directo de la Corona de Castilla como un consejo Rea en 1483 con el nombre de Consejo de
la Suprema y General Inquisición. Este Tribunal debía ocuparse exclusivamente de los conversos
sospechosos de judaizar, pero no de los judíos ni de los moriscos. Poco después la Inquisición fue
establecida en Aragón y Cataluña lo que provocó gran malestar en estos reinos.
La Inquisición no fue un invento de los RR.CC. La novedad, en este caso, en su plena
sumisión a los reyes (antes sujeta al Papa y obispos) y que tenía competencia sobre todos los reinos.
Los componentes de este Tribunal eran nombrados directamente por el rey que extendió sus
funciones y su campo de acción se fue ampliando a lo largo del s. XVI y SS. , a otras heterodoxias
(moriscos, erasmistas, protestantes, brujería...). Fue poderosa en época de los Austrias y vio
disminuido su poder con los Borbones, sobre todo con Carlos III. Será abolido definitivamente por
el régimen liberal en 1820.
La expulsión de los judíos: La expulsión de los judíos fue una consecuencia del problema de
los conversos. Los inquisidores declaraban que los conversos que judaizaban lo hacían por
influencia de sus parientes y amigos que aún se mantenían fieles judaísmo. Los RR.CC. que tenían
entre sus colaboradores a muchos judíos, estuvieron dudando un tiempo; pero al final prevaleció en
ellos la voluntad política y religiosa de tener en sus territorios una sociedad más homogénea.
El proceso y animadversión antisemita de la España en el tránsito hacia el mundo moderno
fue complejo, ya que entran en juego factores socioeconómicos (el ascenso de un grupo urbano
especializado en actividades profesionales, comerciales y financieras que suscitaban el recelo tanto
de las clases populares como de la nobleza terrateniente), factores religiosos (responsables de la
muerte de Cristo), culturales (mantenimiento de unas señas de identidad, de una cultura). Todo ello
desembocó en 1492 en el Decreto Real de expulsión de los judíos.
El edicto de expulsión de los judíos no conversos se publicó el 31 de marzo de 1492. En él,
los monarcas conminaban a los judíos de sus reinos a convertirse al cristianismo o a salir del
territorio, para lo que se les daba un plazo de cuatro meses en el que debían liquidar sus
pertenencias, con la prohibición de sacar metales y monedas, con lo que malvendieron sus
posesiones, por tejidos, animales.... Hubo muy pocas conversiones, ya que la mayor parte de ellos
se exiliaron. La cifra de los judíos que salieron de España debió ser de unos 100.000. Otros Estados
europeos habían expulsado también a los judíos. Pero en ningún país la medida se aplicó tan a
rajatabla y se mantuvo vigente durante tantos años como en España.
La consecuencia fue muy importante primero a nivel demográfico y también en la economía
urbana, porque era una minoría cualificada profesionalmente.
Mudéjares y moriscos: La incorporación de los 500.000 mudéjares granadinos a la Corona
de Castilla constituyó un doble problema político, porque eran un elemento extraño a la sociedad
cristiana y porque estaban concentrados en una zona estratégica frente a las costas del Magreb,
dominadas por Estados islámicos. La conciencia de estos problemas empujó a los reyes al
incumplimiento de los pactos firmados con los granadinos en 1492 (que les garantizaban .la práctica
de su religión y el mantenimiento de sus costumbres, lengua, cultura...)
Primero, se tanteó la posibilidad de convencer a los mudéjares de Granada para que se
convirtieran. Los métodos suaves del primer arzobispo de Granada, Fray Hernando de Talavera,
dieron muy pocos resultados. En 1499, se encargó el enérgico arzobispo de Toledo, Cisneros. Sus
nuevos métodos, una fuerte presión unida al ofrecimiento de muchas ventajas políticas y
económicas para los convertidos, originaron una tensión que desembocaría en la revuelta del
Albaicín en 1500. En 1501, la sublevación se extendió a la Alpujarra y a Serranía de Ronda. Los
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reyes creyeron entonces que ya tenían las manos libres para romper sus compromisos por el hecho
de que, al sublevarse, los granadinos habían roto los pactos de 1492.
En 1502, los reyes dictaron nuevas condiciones: los mudéjares granadinos podían escoger
entre convertirse o salir de España. El mismo decreto se aplicó a los otros mudéjares de la Corona
de Castilla, que eran unos 25.000 y nunca habían constituido ningún problema. La mayoría de los
mudéjares optó por la conversión: serían los llamados moriscos, a partir de aquel momento.
Quedaban puestas así las bases de la cuestión morisca de los reinados posteriores y de su
definitiva expulsión en la época de Felipe III (1609).
VOCABULARIO
Auto de Fe: Ceremonia pública en las que se castigaba a las personas condenadas por la
Inquisición. Su carácter era ejemplarizante y venía precedida por procesiones de los condenados. El
auto incluía la lectura de las condenas, peticiones públicas de perdón, quemas reales o en “efigie”
cuando el reo no se encontraba presente. Los más destacados fueron los de Sevilla (1558) y
Valladolid (1559)
Chancillería En Castilla, tribunal superior de justicia. Tenía más competencias que las
audiencias, como los pleitos de mayorazgo, señoríos, hidalgos, etc., y era el tribunal que juzgaba en
segunda instancia algunos asuntos de las audiencias. Sus sentencias eran definitivas.
Cisneros, Francisco Jiménez de: (1436-1517). Cardenal y regente de Castilla. Franciscano
y confesor de la reina. Intervino en todos los asuntos del reino. Estableció una regencia cuando
murió Felipe el Hermoso, para cubrir el vacío de poder hasta el regreso del rey Fernando, y él
mismo desempeñó una segunda regencia a la muerte de este último, organizó la conquista del norte
de África, creó la Universidad de Alcalá y preparó la edición de la Biblia Políglota.
Corregidor: Representante de la autoridad regia en los municipios castellanos que surgió a
mediados del siglo XIV, se volvió permanente con los Reyes católicos y se implantó en América en
el siglo XVI. Pertenecientes a la baja y media nobleza, los corregidores tenían poder jurisdiccional
y presidían las reuniones de los ayuntamientos con voto de calidad. Fueron un instrumento de
centralización de los monarcas, aunque con frecuencia hubieron de plegarse a los intereses de las
oligarquías locales. Fueron introducidos en la Corona de Aragón por Felipe V en el siglo XVIII. Se
mantuvieron hasta 1835 cuando fueron sustituidos por alcaldes y jefes políticos.
Estado Moderno: Constitución de una comunidad territorial bajo la soberanía de un
monarca que se reserva las funciones anteriores de acuñar moneda, recaudar impuestos, promulgar
leyes, declarar la guerra y la paz y erigirse en juez supremo y que se dota de unas instituciones
centrales de gobierno (administración con un cuerpo de funcionarios, hacienda pública, ejército
profesional y diplomacia permanente). Surge en Francia, Inglaterra y España.
Fernando II el Católico (1452-1516) Rey de Aragón desde 1479. Su reinado constituye
uno de los más brillantes por su sagacidad. En Cataluña abolió los llamados "malos usos", y declaró
libres a los payeses de remensa. Se casó con Isabel de Castilla con la que preparó la conquista de
Granada. Dirigió la política internacional de las dos coronas y consiguió una gran expansión por el
Mediterráneo y por Europa mediante políticas matrimoniales. Al morir Isabel I, y después de la
muerte de Felipe el Hermoso, ocupó la regencia castellana hasta la llegada de su nieto, Carlos I.
Isabel l la Católica: (1451-1504) Reina de Castilla (1479-1504). Hija de Juan II de Castilla
e Isabel de Portugal, fue reconocida heredera al trono por su hermanastro, el rey Enrique IV, en
detrimento de los derechos de la hija de este, Juana, en el Pacto de Guisando (1468). Se casó en
secreto con Fernando de Aragón. Una vez en el poder, sometió a los nobles; liberó a los solariegos,
y protegió la Mesta. Tomó Granada y estableció el Tribunal de la Inquisición y la expulsión de los
judíos. Organizó administrativamente el reino y creó la Santa Hermandad. Fue la principal valedora
del viaje de Cristóbal Colón, que culminaría con el descubrimiento de América.
Juana de Castilla, la Beltraneja: (1462-1530). Hija de Enrique IV de Castilla y de su
segunda esposa, Juana de Portugal, fue jurada heredera de Castilla. Fue considerada hija de Beltrán
de la Cueva y por tanto, ilegítima, por lo que recibió el nombre de “la Beltraneja”. Los nobles
obligaron a Enrique IV a reconocer heredero a su hermano Alfonso, y cuando este falleció, a su
hermana Isabel. La muerte del rey en 1474 marcó el comienzo de la guerra en la que Juana e Isabel
se disputaron el trono. La contienda terminó con los Tratados de Alcaçovas, que implicaban la
renuncia de Juana a sus derechos. Murió en Lisboa.
Inquisición Tribunal eclesiástico encargado de la represión de la herejía y otros delitos
contra la fe cristiana (brujería, apostasía, etc.). Conocida también como Santo Oficio, fue creada por
el Papa Gregorio IX en 1233, y establecida en España por los RRCC. Estaba presidida por el
inquisidor general; tenía tribunales provinciales y sus sentencias podían implicar desde la
absolución hasta la muerte en la hoguera, pasando por la prisión. Fue suprimida por las Cortes de
Cádiz en 1813, revivió en los períodos absolutistas de Fernando VII y desapareció definitivamente
en 1834. Ejerció un rígido control sobre la cultura.
Marcelino Vaquero Ferreiro IES Condesa Eylo
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Maravedí: Moneda de oro castellano leonesa que imitaba al dinar. Se acuñó por primera
vez en 1172 en Toledo por Alfonso VIII de Castilla. Desde que Alfonso X labró el maravedí de
plata pasó a ser moneda de cuenta.
Mayorazgo: Institución castellana que organizó la propiedad nobiliaria hasta el siglo XIX.
Se consolidó tras las Cortes de Toro (1505). Consistía en el agrupamiento de tierras, derechos
señoriales y otros bienes que heredarse en bloque por un único miembro del linaje nobiliario
(preferentemente el varón de más edad). Esa persona tenía prohibida su venta o reparto y debía
transmitirlo íntegramente a uno solo de sus hijos. El patrimonio no podía ser enajenado ni por
deudas y garantizaba la continuidad patrimonial de la nobleza.
Monarquía autoritaria: Forma de gobierno en que los reyes consiguen imponer su
autoridad a nobles, concejos (corregidor), iglesia (Patronato regio)... pero deben jurar los fueros y
libertades de cada reino, además de acuñar moneda, declarar la guerra o firmar la paz....
Santa Hermandad: Institución creada por los RRCC para imponer el orden en los medios
rurales. Se aprueba en 1496 en las Cortes de Madrigal, financiada por los Ayuntamientos. Tuvo una
existencia muy breve. Sus componentes, los cuadrilleros, eran pagados por los ayuntamientos. Tuvo
su sede en Toledo y su ámbito de actuación se limitó al reino de Castilla.
Virrey: Persona que resultaba ser el alter ego del monarca, con todos sus poderes: militar,
orden público, administración de justicia…. Surgió en la Corona de Aragón durante el reinado de
Martín el Humano. Respondió a la necesidad de mantener la presencia regia en una monarquía muy
extensa. Con la formación de la Monarquía Hispánica dicho cargo se trasladó a algunas posesiones
europeas, como el reino de Nápoles, y a América. En este continente tuvieron gran importancia,
donde existieron diversos virreinatos. Nueva España y Perú (siglo XVI) y Nueva Granada y Río de
la Plata (siglo XVIII)
Instituciones de Gobierno de los Reyes Católicos
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Datos cronológicos reinado
Dinastía portuguesa de Avis
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Actividad 1. La España de los Reyes Católicos
El fallecimiento del príncipe Alfonso, acontecimiento que tuvo lugar el día 5 de julio de 1468 […] echó por
tierras los proyectos de la oligarquía nobiliaria que venía actuando, desde hacia varios años, contra Enrique
IV. […]
Pero no sólo había despareado del horizonte el hipotético rival de Enrique IV, por más que Alfonso hubiera
sido simplemente un mero juguete en manos de los poderosos. El hecho cierto era que a raíz de su
fallecimiento se planteaba un serio problema: ¿quién sucedería a Enrique IV en el trono de Castilla?. El
monarca que nos ocupa había tenido una hija de su segunda esposa, Juana […] Pero los rumores que
circulaban en la corte […] rechazaban la paternidad de Enrique IV. La princesa Juana, a tenor de los
rumores, era hija del entonces favorito rey de Castilla, Beltrán de la Cueva. De ahí deriva la oprobiosa
denominación de La Beltraneja […]
Por lo demás Enrique IV tenía también una hermana, Isabel.[…] En un primer momento los nobles rebeldes
pretendieron utilizar como banderín de su causa, en sustitución del fallecido Alfonso. Isabel, sin embargo, no
parecía estar dispuesta a desempeñar ese papel.
Preguntas:
1.- ¿De qué problema habla texto? Tiene alguna relación con la creación del Estado Moderno
2.- ¿Quién era el príncipe Alfonso? ¿A qué dinastía pertenecía?
3.- ¿Qué se produjo tras la muerte del rey Enrique IV? ¿Quién fue la siguiente reina?
4.- ¡Con quién se casó Isabel? ¿Qué importancia tuvo para la Historia de España?
5.- ¿Qué motivos pudieron tener las gentes de la época para expandir el rumor sobre Juana “La
Beltraneja”?
Actividad 2.- La conquista de Granada.
“El rey e la reyna, vista la carta e embajada del rey Boaddil, aderezaron de ir a tomar la Alhambra. Y
partieron del lugar real, lunes dos de enero, con sus huestes, muy ordenadas sus batallas. E llegando cerca de
la Alhambra, salió el rey Muley Boabdil, acompañado de muchos caballeros, con las llaves en las manos
encima de un caballo. Y quísose apear a besar la mano del rey, y el rey no se lo consintió descabalgar del
caballo, ni le quiso dar la mano. E el rey moro le besó en el brazo y le dio las llaves e dixo: Toma, señor, las
llaves de tu ciudad, que yo y los que estamos dentro somos tuyos.
Y el rey don Fernando tomó las llaves e dióselas a la reyna, y la reyna se las dio al príncipe, y el príncipe
se las dio al conde de Tendilla. El cual con el duque de Escalona, el marqués de Villena e con otros muchos
caballeros e con tres mil de a caballo e dos mil espingarderos, envió entrar en la Alambra e se apoderar de
ella. E fueron entraron. E mostraron en la más alta torre primeramente el estandarte de Cristo, que fue la
Santa Cruz que el rey traía siempre en la santa conquista consigo. E el rey e la reyna e el príncipe e toda la
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hueste se humillaron a la Santa Cruz, e dieron muchas gracias e loores a Nuestro Señor, e los arzobispos e
clerecía dijeron Te deum laudamus”
Andrés Bernáldez, Historia de los Reyes Católicos.
Preguntas:
1. ¿Quiénes ocuparon la Alambra? ¿Con qué finalidad lo hicieron?
2.- ¿En qué gestos y actitudes se advierte el tono de cruzada que tenía la guerra?
3.- ¿Quién entregó las llaves al rey Fernando? ¿Qué datos conoces de él?
4.- ¿Cómo se financió la última etapa de la Reconquista de Granada? ¿A quién pertenecían las
huestes?
5.- ¿Cuánto duró esta última fase de la Reconquista?
Actividad 3
Analiza el siguiente mapa
Ponle un título. Señala cómo esta repartido el territorio de la Península Ibérica. Reflexiona, con los
apuntes, acerca de la unidad política, dinástica……
Actividad 4
Fernando el Católico, como rey de aragonés, estaba muy interesado en los asuntos de Nápoles. [..] la
posesión de Sicilia le permitía intervenir con gran facilidad, y la elección como papa del cardenal valenciano
Rodrigo de Borja (Alejandro VI) en 1492 fue para él una baza inapreciable. [..]
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Carlos VIII de Francia pecó de ingenuo ante un político mucho más perspicaz, devolvió a don Fernando los
condados de Rosellón y Cerdaña, creyendo que con ello lo apartaría de los asuntos de Italia, [..] La invasión
fulminante del rey francés, que se proclamó rey de Nápoles (1495), fue seguida de una reacción no menos
fulminante: don Fernando anudó los hilos de una Liga Santa en la que participaron Milán, Venecia, el Papa y
el emperador alemán.
Aislado y rodeado de enemigos, al rey francés no le quedó más alternativa que abrirse paso hacia su patria,
dejando en Nápoles algunas guarniciones que sucumbieron prontamente.
Antonio Domínguez Ortiz, “La España de los Reyes Católicos” en Historia de España, Ámbito, 199 (p 216217)
Preguntas:
1.- ¿Qué país era el enemigo natural de Aragón?. Repasa el tema anterior e indica desde cuándo se
había iniciado la expansión mediterránea de Aragón (Sicilia, Nápoles….)
2.- ¿Cuál fue la política exterior de los Reyes Católicos para aislar a su enemigo en el Mediterráneo?
3.- ¿Quién entregó el Rosellón y la Cerdaña a Francia? ¿Por qué?
4.- ¿Qué noble fue quien comandó las tropas españolas? ¿Cómo fue conocido comúnmente?
Actividad 5. Comenta el siguiente mapa
Actividad 6. Las Cortes
La reducción del poder de los tres estamentos –la nobleza, el clero y las ciudades- estuvo cargada de
consecuencias para la institución que tradicionalmente las representaba, las Cortes [..] en Castilla, donde las
Cortes eran un organismo que no formaba parte del sistema regular del gobierno, sino que podía ser
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consultado cuando la corono así lo decidiera y que servía para reforzar la autoridad de la corona pero no para
limitarla. El derecho de representación correspondía tan solo a 17 ciudades (18 con la incorporación de
Granada desde 1492), [..] Las Cortes tenían derecho a veto de presentar peticiones pero no de poder
legislativo. Las nuevas leyes no requerían el asentimiento de las Cortes. `No era mayor el poder financiero de
la institución.[..] Así pues, las Cortes de Castilla no podían anteponer la resolución de los agravios a la
concesión de dinero y, por tanto, carecían de capacidad negociadora con respecto a la corona. Sin embargo,
podían ser de utilidad como medio de llegar de llegar a la opinión pública y en los primeros años de su
reinado Fernando e Isabel buscaron su colaboración, [..] en su campaña contra la nobleza.
En los estados de la Corona de Aragón las Cortes contaban con privilegios más reales […] A diferencia del
monarca castellano, el rey de Aragón no podía legislar sin las Cortes ni imponer impuesto alguno sin su
consentimiento. Incluso durante los intervalos entre las reuniones de las Cortes la corona no podía escapar a
su control.
John Lynch, Monarquía e imperio. El País, 2007, (p 45-46)
Preguntas:
1.- ¿Qué diferencias existían entre las cortes castellanas y las aragonesas? ¿Cuáles tenían más poder?
2.- ¿Qué poderes ostentaban las cortes aragonesas? ¿Por qué se denominaba a la corona aragonesa
como “pactista”?
2.- ¿Cómo utilizaron los Reyes Católicos las cortes para sus intereses?
3.- ¿Quiénes formaban las cortes?
4.- ¿Para qué utilizaban los impuestos los Reyes Católicos?
Actividad 7. Edicto de expulsión de los judíos
“Don Fernando y Doña Isabel, por la gracia de Dios rey e reina de Castilla, de León, de Aragón, de Sicilia,
de Granada, de Toledo, de Valencia, de Mallorca, Duques de Atenas y Neopatria. Al Príncipe don Juan,
nuestro hijo, e a los Infantes, prelados, duques, marqueses, condes... a los concejos, corregidores, alcaldes …
de todas las ciudades, villas y lugares de nuestros reinos y señoríos, y a las aljamas de los judíos y a todos los
judíos y personas singulares, de cualquier edad que sean... salud y gracia.
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Sepades e saber debedes que porque Nos fuimos informados que hay en nuestros reinos algunos malos
cristianos que judaizaban de nuestra Santa Fe Católica, de lo cual era mucha culpa la comunicación de los
judíos con los cristianos, en las Cortes de Toledo de 1.480 mandamos apartar los judíos en todas las
ciudades, villas y lugares de nuestros reinos, dándoles juderías y lugares apartados donde vivieran juntos en
su pecado, pensando que se remorderían; e otrossí habemos procurado que se hiciese Inquisición... por la que
se han hallado muchos culpables, según es notorio. Y consta ser tanto el daño que se sigue a los cristianos de
la comunicación con los judíos, los cuales se jactan de subvertir la fe católica, que los llevan a su dañada
creencia... procurando de circuncidar a sus hijos, dándoles libros para escribir y leer las historias de su ley...
persuadiéndoles de que guarden la ley de Moisés, haciéndoles entender que no hay otra ley nin verdad sino
aquella; lo cual todo consta por confesiones de los mismos judíos y de quienes han sido pervertidos. Lo cual
ha redundado en oprobio de la Fe Católica.
Por ende. Nos, en concejo e parecer de algunos prelados, e grandes e caballeros, e de otras personas de
ciencia e de conciencia, habiendo habido sobre ello mucha deliberación, acordamos de mandar salir a todos
los judíos de nuestros reinos, que jamás tornen; e sobre ello mandamos dar esta carta por la cual mandamos...
que fasta el fin del mes de julio que viene salgan todos con sus fijos, de cualquier edad que sean, e non osen
tornar... bajo pena de muerte. E mandamos que nadie de nuestros reinos sea osado de recibir, acoger o
defender pública o secretamente a judío nin judía pasado el término de julio... so pena de confiscación de
todos sus bienes. Y porque los judíos puedan actuar como más les convenga en este plazo, les ponemos bajo
nuestra protección, para que puedan vender, enajenar o trocar sus bienes. Les autorizamos a sacar sus bienes
por tierra y mar, en tanto non sea oro nin plata, nin moneda nin las otras cosas vedadas.
Otrossí mandamos a nuestros alcaldes, corregidores... que cumplan y hagan cumplir este nuestro
mandamiento. Y porque nadie pueda alegar ignorancia mandamos que esta Carta sea pregonada por plazas e
mercados”.
Dada en Granada, a treinta y uno de marzo de 1492.
Preguntas:
1.- ¿Cómo fueron llamados los judíos convertidos al cristianismo en esta época?
2.- ¿Qué objetivos políticos perseguían los Reyes Católicos con este Edicto de expulsión?
3.- Según el decreto ¿qué era judaizar?
4.- ¿Qué Institución crearon los Reyes Católicos para perseguir a los judaizantes? Haz un
breve resumen de cómo actuaba