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informe
EL ESTADO TIENDE UNA
RED DE SEGURIDAD
JORGE PALLARÉS SANCHIDRIÁN
Las medidas normativas excepcionales
para hacer frente a
los efectos de la crisis financiera internacional persiguen
inicialmente recuperar la confianza, la liquidez y la solvencia
del sistema
El presente artículo describe
de forma resumida las medidas
normativas adoptadas por el
Gobierno español para hacer
frente a los acontecimientos
acaecidos como consecuencia
de los efectos de la crisis financiera internacional. Este trabajo
compendia, puntualiza y pone
en claro los aspectos más relevantes del conjunto de medidas
adoptadas.
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BOLSA
4º TRIMESTRE DE 2008
Inspector de entidades de crédito del Banco de España1(*)
(*) Este artículo es responsabilidad exclusiva del autor y
no reƀeja necesariamente la opinión del Banco de España.
EL ESTADO TIENDE UNA RED DE SEGURIDAD
e
l pasado 7 de octubre, el Consejo de
Ministros de Economía y Finanzas de
la Unión Europea (ECOFIN), teniendo
en cuenta las iniciativas adoptadas por algunos de
sus miembros de manera nacional, asumió el compromiso de adoptar todas las medidas necesarias
para preservar la estabilidad del sistema financiero
en su conjunto. En este sentido, el Gobierno de España, redacta tres Reales Decretos con el propósito
de mejorar los mecanismos de financiación de los
mercados y preservar la confianza en las entidades
financieras.
MEDIDAS PARA REFORMAR EL SISTEMA FINANCIERO
FONDO DE GARANTÍA
DE DEPÓSITOS
CONFIANZA
Medidas adoptadas
por el que se fijan los importes garantizados a que
se refiere el Real Decreto 2606/1996, de 20 de diciembre, del Fondo de Garantía de Depósitos de
Entidades de Crédito y el Real Decreto 948/2001, de
3 de agosto, sobre sistemas de indemnización de
los inversores.
El ECOFIN acordó aumentar el umbral mínimo de
cobertura, que a nivel europeo eran 20.000 euros,
esta cantidad era la adoptada por España, tal y
como disponía el artículo 7.1 del RD 2606/1996,
este umbral se eleva hasta los 50.000 euros. Estas
cifras suponen cantidades mínimas, por lo que en
este caso, el Gobierno ha querido reforzar dicha cobertura aumentando la protección a 100.000 euros
por titular y entidad.
> REAL DECRETO-LEY 6/2008, de 10 de octubre,
por el que se crea el Fondo para la Adquisición de
Activos financieros.
Se crea un Fondo adscrito al Ministerio de Economía
y Hacienda, con cargo al Tesoro. Su objeto es la adquisición de activos españoles de la máxima calidad
de las entidades financieras, siempre con carácter
voluntario por parte de éstas y con criterios de mercado. Serán preferentes los activos garantizados
con nuevos créditos, porque se persigue revitalizar
los canales de financiación hacia las empresas, autónomos y familias.
> REAL DECRETO-LEY 7/2008, de 13 de octubre,
de Medidas Urgentes en Materia Económico-Finan-
LIQUIDEZ
ESQUEMA <1>
AVALES Y ADQUISICIÓN
DE RECURSOS PROPIOS
LIQUIDEZ Y
SOLVENCIA
TRANSPARENCIA
Se aprueban tres Reales Decretos que contienen
una serie de medidas con las que el Gobierno
quiere reforzar tanto la liquidez, como la solvencia
de las entidades financieras buscando reactivar la
confianza de los mercados y de los ciudadanos en
las mismas tras las situaciones de quiebra de entidades importantes vividas en los Estados Unidos
fundamentalmente (ver esquema 1).
> REAL DECRETO 1642/2008, de 10 de octubre,
FONDO PARA LA ADQUISICIÓN
DE ACTIVOS FINANCIEROS
informe
MEJORAR EL FUNCIONAMIENTO DEL SISTEMA
FINANCIERO EN SU CONJUNTO
ciera en relación con el Plan de Acción Concertada
de los Países de la Zona Euro.
El presente texto autoriza el otorgamiento de avales
del Estado a las operaciones de financiación nuevas que realicen las entidades de crédito. Además
se faculta al Ministerio de Economía y Hacienda,
con carácter excepcional, la adquisición de títulos
que tengan la consideración de recursos propios,
para tratar de reforzar la posición de solvencia de
las entidades.
Todas estas medidas llevan consigo una obligación
de información, con la intención de garantizar la mayor transparencia. En este sentido se prevén distintos mecanismos de comunicación de las Comisiones encargadas de las mismas hacia el Congreso
de los Diputados, así como la publicación en el BOE
de los acuerdos adoptados y la comparecencia del
Ministro de Economía y Hacienda (cuatrimestralmente) como del Secretario de Estado de Economía
(cada dos meses) ante la Comisión de Economía y
Hacienda.
Objetivos
Los objetivos generales que se persigue cumplir
son: a) preservar las condiciones de liquidez de las
entidades financieras que aseguren el correcto funcionamiento de los mercados financieros; b) facilitar
su acceso a la financiación, para no estrangular las
fuentes de financiación de particulares y empresas;
c) establecer mecanismos de fortalecimiento de la
solvencia de las entidades, para asegurar el funcionamiento de la economía real.
Estos objetivos generales, se complementan con
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EL ESTADO TIENDE UNA RED DE SEGURIDAD
otras acciones como, por ejemplo, la reciente creación, por parte de los principales reguladores contables(1), de un comité para el análisis de la excepcional situación actual de los mercados y los criterios
contables a aplicar. Además, en nuestro país, se
han adoptado otras medidas que buscan estabilizar
la situación del mercado de trabajo, y ayudar a las
familias con cargas hipotecarias que tengan algún
miembro en situación de desempleo.
El aumento de la cobertura del Fondo de Garantía de Depósitos, persigue reforzar la confianza en las entidades de depósito, evitando situaciones de pánico bancario (retiradas masivas de depósitos) como consecuencia de la incertidumbre que
la actual situación financiera internacional ha producido en la sociedad. Retiradas de fondos impulsivas
debidas a rumores, infundados en la mayoría de los
casos, ocasionarían graves inconvenientes para las
entidades. Hay que tener en cuenta que el negocio
bancario, es un negocio basado en la confianza,
donde sus principales activos, son activos monetarios, por lo que el aumento de la garantía sobre los
depósitos, debe templar los ánimos en cuanto a la
eventualidad de perder los fondos depositados en
una entidad.
Con la creación del Fondo para la Adquisición de Activos, se busca inyectar liquidez a
las entidades financieras, ya que sus tradicionales
mercados de financiación, han reducido su actividad debido a la perdida de confianza, entre las
mismas entidades, como consecuencia del entorno
de incertidumbre actual. Las entidades de crédito
constituyen un pilar fundamental en la sociedad, por
cuanto canalizan los excedentes monetarios y los
ponen a disposición de las unidades deficitarias de
fondos, a través de diferentes productos financieros
que tratan de satisfacer las necesidades de todos
los actores de los mercados. Esta relación tan directa entre la economía real y el sistema financiero
requiere de medidas que traten de evitar trastornos
con consecuencias en los sectores productivos del
país que requieren de financiación para el desarrollo
de su actividad.
El otorgamiento de avales y la autorización
al Estado para adquirir títulos calificables
como recursos propios, trata de restablecer la
confianza y el buen funcionamiento del mercado
de financiación en primera instancia, y fortalecer la
solvencia de las entidades financieras en segundo
término. En el panorama actual las entidades de
crédito tienen un papel fundamental en las decisiones de inversión, ahorro y financiación de familias y
empresas como vehículos de las mismas. Por ello
esta medida trata de restablecer el consumo y la
inversión, a través de los tradicionales cauces que
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constituyen las entidades financieras.
Un objetivo o un propósito es que todas estas medidas se lleven a cabo con la mayor transparencia,
debido a la especial sensibilidad que produce en la
opinión pública, el empleo de dinero de los contribuyentes en la ayuda a empresas privadas, en este
caso entidades financieras. A este respecto cabe
comentar que el dinero destinado a estos efectos,
incide en el buen funcionamiento del mercado de
financiación, clave para el desarrollo del tejido empresarial y de las familias. En este sentido la publicación (que no el conocimiento) de ciertos datos,
debido al riesgo reputacional que puede generar en
las entidades que acudan a estas medidas, debería
quedar en un segundo plano en relación a la efectividad de las medidas tomadas, tal y como ocurre
en los países competidores de nuestras entidades
internacionalmente activas.
Las disposiciones
aprobadas por el Gobierno no
vienen a sustituir a los tradicionales
medios de financiación de las entidades, sino que complementan
las posibles maniobras de éstas en
cuanto a sus fuentes de financiación
Instrumentación de las
medidas
Fondo de Garantía de Depósitos
Es la medida más sencilla de aplicar, por la que se
modifica el artículo 7.1 del RD 2606/1996, y el artículo 6.1 del RD 948/2001, quedando los importes
garantizados, a partir del pasado 11 de octubre de
2008, en 100.000 euros por titular y entidad.
Fondo para la adquisición de activos financieros
Se crea un Fondo adscrito al Ministerio de Economía
y Hacienda con cargo al Tesoro. El importe de dicho
Fondo asciende a la cantidad de 30.000 millones de
euros, ampliables a 50.000 millones de euros, con
cargo a los Presupuestos Generales del Estado. De
esta cantidad se destinan 10.000 millones de euros
para operaciones a realizar durante 2008.
Los órganos de gobierno del Fondo, lo constituyen
un Consejo Rector, compuesto por las más altas
instancias, con los objetivos de establecer las directrices de inversión, y realizar el seguimiento y
evaluación del mismo; una Comisión Ejecutiva,
compuesta por Altos Funcionarios del Estado, con
la misión de realizar las operaciones del Fondo,
elaborar los presupuestos e informes cuatrimestrales; Un Comité Técnico, compuesto por representantes del Banco de España, CNMV, Tesoro e ICO,
que asistirá a la Comisión Ejecutiva en el desarrollo
de sus funciones.
Las entidades que podrán participar en la venta
de activos al Fondo son las entidades de crédito
(Bancos, Cajas, Cooperativas de Crédito, EFC), así
como las sucursales y filiales en España de bancos
extranjeros con una actividad destacada en nuestro país.
NOTA
(1) El International Accounting
Standards Board (IASB) y el Financial Accounting Standards Board
(FASB), los principales reguladores
contables, han creado un comité, con
fecha 16 de octubre, para adecuar
los criterios contables a aplicar, a
efectos de valoración principalmente, a la vista de la situación
excepcional en la que se encuentran
los mercados.
EL ESTADO TIENDE UNA RED DE SEGURIDAD
Los activos elegibles para el Fondo pueden ser de
dos clases, activos adquiridos en firme o activos adquiridos en operaciones simultáneas (con pacto de
recompra):
1. Activos adquiridos en firme: cédulas hipotecarias
y bonos de titulización respaldados por cédulas
hipotecarias (multicedentes) que se emitan a partir del 15 de octubre, y con una calidad contrastada: calificación crediticia triple A, vencimiento de
los títulos no superior a 3 años y que sean admitidos (al menos solicitado) a negociación en un
mercado regulado. No pudiendo constituir más
de un 10% de un solo emisor.
2. Activos adquiridos en operaciones simultáneas:
cédulas hipotecarias, bonos de titulización de
activos y bonos de titulización hipotecaria que
se emitidos a partir del 1 de agosto de 2007, que
cumplan con las condiciones para ser activos
elegibles del BCE, con calificación crediticia de al
menos doble A, con un vencimiento superior a 12
meses e inferior a 2 años, admitidos (al menos
solicitado) a negociación en un mercado regulado. El importe adquirido no podrá ser superior a
un 10% con una misma entidad.
La compra se realizará a través de subasta, con
liquidación de las operaciones en las cuentas de
efectivo y de valores que tienen las entidades en el
Banco de España y en Iberclear respectivamente. El
tipo de interés mínimo no será inferior al coste de la
financiación del Tesoro, por lo que no se están subvencionando fondos sino que se están facilitando.
Se fija un límite por entidad, siendo el importe máximo adjudicado el menor entre el 10% del volumen a
adquirir por el Fondo en la subasta, y el porcentaje
informe
que resulte de multiplicar por 2,5 la cuota de mercado de la entidad por el volumen máximo a adquirir
por el Fondo en la subasta.
Está previsto que durante los dos últimos meses de
2008 se pongan en el mercado 10.000 millones de
euros, a través de dos subastas por 5.000 millones
cada una, en noviembre (activos adquiridos en operaciones simultáneas) y diciembre (activos adquiridos en firme).
Otorgamiento de Avales y Adquisición de títulos
Se destina para el otorgamiento de avales en 2008
un importe de 100.000 millones de euros, en 2009
dicho importe se fijará en la Ley de Presupuestos.
Los avales sólo se otorgarán hasta el 31 de diciembre de 2009 con un vencimiento inferior a 5 años.
Las emisiones nuevas avaladas serán de pagarés,
bonos y obligaciones admitidas a negociación en
los mercados secundarios oficiales españoles. Dichas emisiones devengarán una comisión que será
armonizada para toda la zona euro.
En cuanto a la adquisición de títulos computables
como recursos propios, dicha medida tiene carácter
excepcional y finaliza el 31 de diciembre de 2009.
El Estado podrá adquirir cualquier instrumento computable como recursos propios, según la Circular
3/2008, de 22 de mayo, del Banco de España, a
entidades de crédito, sobre determinación y control
de los recursos propios mínimos, quedando dichos
títulos fuera de las limitaciones establecidas por la
Circular para su computabilidad como recursos propios, aumentando la efectividad de los mismos. Estas adquisiciones se harán previo informe del Banco
de España.
CONCLUSIONES
> Estas medidas suponen una iniciativa por parte de los Gobiernos europeos con la intención de revitalizar los mercados ³nancieros
en general, inyectando liquidez en el sistema a través de las entidades ³nancieras, de reparar la con³anza en las mismas y de reforzar la solvencia de las entidades.
> Las disposiciones aprobadas por el Gobierno no vienen a sustituir a los tradicionales medios de ³nanciación de las entidades que,
sin duda, seguirán funcionando aunque tengan mayores di³cultades de colocación en estos momentos, sino que complementan
las posibles maniobras de éstas en cuanto a sus fuentes de ³nanciación.
> Las exigencias de calidad en la compra de activos por parte del Fondo son superiores a las requeridas por el BCE en sus subastas
de liquidez. Este dato, de alguna manera, revela que no se está subvencionando a las entidades, sino que se está aportando liquidez a unos activos cuyos mercados están secos.
> El hecho de que se instrumenten mediante reales decretos, en mi opinión, aporta transparencia al proceso, este es un aspecto muy
demandado por la opinión pública, y que creo que no debería debilitar los objetivos de las mismas, pudiendo provocar el efecto
contrario si la publicación de determinados datos no se interpreta o utiliza de manera correcta.
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