Download 1126-99 Autoriz. Financiación Med Plazo $ 100.000.-

Document related concepts
no text concepts found
Transcript
..\..\CONSEJO DELIBERANTE\ORDENANZAS - V.G.B..mdb
EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE LA
MUNICIPALIDAD DE VILLA GENERAL BELGRANO
SANCIONA CON FUERZA DE
ORDENANZA
Art.1°) FACÚLTASE al Departamento Ejecutivo a tomar financiamiento de entidades
crediticias o de otras instituciones, para operaciones de mediano plazo, en las
condiciones imperantes en plaza, hasta la suma de PESOS CIEN MIL ($100.000.-).-Art.2°) LOS ingresos derivados de la facultad expresada en el Art. anterior, se
imputará al inciso 2.1 “Uso del crédito-2.1.1 De Instituciones Bancarias”. En caso de
concretarse operaciones financieras con otras instituciones, deberá rectificarse el
Cálculo de Recursos vigente, a los efectos de su readecuación.---------------------------Art.3°) EN el caso de las operaciones financieras que se realicen con entidades no
bancarias y a los efectos de su inmediata liquidación, podrá ser instrumentada su
compensación mediante el empleo de cheques diferidos en los plazos autorizados
legalmente.------------------------------------------------------------------------------------------------Art. ) siguientes de forma.Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad
de Villa General Belgrano, a un día del mes de Noviembre de 1999.-----------------------